DECRETO SUPREMO N° 075-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, para equipamiento en el marco de los Programas Presupuestales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014

Fecha de disposición30 Marzo 2014
Fecha de publicación30 Marzo 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Domingo 30 de marzo de 2014
519984
Móviles por Satélite (IMSO), la misma que se efectuará en
la sede de la Organización Marítima Internacional (OMI), a
realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte, del 3 al 11 de abril de 2014;
Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado
dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación
y autorización de viaje de UN (1) Of‌i cial Superior, para
que participe en la mencionada reunión;
Que, es conveniente para los intereses institucionales,
autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del
Capitán de Navío SGC. Jorge Enrique VARGAS Guerra,
para que participe en el 34º Periodo de Sesiones del
Comité Consultivo de la Organización Internacional
de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO), a
realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte, del 3 al 11 de abril de 2014;
por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán
en benef‌i cio de la Autoridad Marítima Nacional dentro
del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del
Perú;
Que, asimismo, teniendo en consideración los
itinerarios de los vuelos internacionales y con el f‌i n de
prever la participación del personal comisionado durante
la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida
del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su
retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días
adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora
N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el
artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 5 de junio de 2002;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619,
Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento,
aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 5 de junio de 2002 y su modif‌i catoria aprobada con
mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG,
de fecha 26 de enero de 2004 y sus modif‌i catorias, que
reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y
Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-
2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que
determina la jerarquía y uso de las normas de carácter
administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos
del Ministerio;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de
la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio del Capitán de Navío SGC. Jorge Enrique
VARGAS Guerra, CIP. 00812250, DNI. 32971994,
para que participe en el 34º Periodo de Sesiones del
Comité Consultivo de la Organización Internacional
de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO), a
realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte, del 3 al 11 de abril de 2014;
así como, autorizar su salida del país el 1 y su retorno el
12 de abril de 2014.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan,
de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aéreo: Lima - Londres
(Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima
US$ 2,500.00 US$ 2,500.00
Viáticos:
US$ 540.00 x 9 días US$ 4,860.00
--------------------
TOTAL A PAGAR: US$ 7,360.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa, queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se
autoriza el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 4º.- El Of‌i cial Superior designado, deberá
cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular
de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los QUINCE (15) días calendario contados a partir
de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del
mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos,
conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de
2002 y su modif‌i catoria.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
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ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas
a favor de las Unidades Ejecutoras de
Salud de los Gobiernos Regionales,
para equipamiento en el marco de
los Programas Presupuestales en el
Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO
Nº 075-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó,
entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego 011:
Ministerio de Salud;
Que, el artículo 21 de la Ley citada en el considerando
precedente dispone que el pliego Ministerio de Salud
transf‌i ere hasta el monto de CIENTO VEINTE MILLONES
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 120 000 000,00), con
cargo a su presupuesto institucional, a las unidades
ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales,
para equipamiento en el marco de los programas
presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno
Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el
VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, y
Enfermedades No Transmisibles;
Que, asimismo, el referido artículo 21 establece
que para efecto de su aplicación las modif‌i caciones
presupuestarias en el nivel institucional se realizan
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de
Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a solicitud de
este último, previa aprobación por parte del Ministerio de
Salud de un plan de equipamiento de los establecimientos
de salud a cargo de los Gobiernos Regionales, a más
tardar el 30 de marzo de 2014;
Que, con Resolución Ministerial Nº 152-2013/MINSA
se aprobaron 25 Planes Regionales de Equipamiento de
Establecimientos de Salud, en el marco de los Programas

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