Educación jurídica y políticas: el caso de Venezuela

AutorRogelio Pérez Perdomo
Páginas229-268
229
Educación jurídica y políticas:
el caso de Venezuela
A la memoria de Enrique Pérez Olivares, quien tanto
hizo por la renovación de los estudios jurídicos en Venezuela.
Rogelio Pérez Perdomo*
Sumario: I. Idea del Derecho y políticas de educación universita-
ria en la segunda mitad del siglo .- 1.1. Concepción del Derecho
y educación jurídica.- 1.2. Insatisfacciones y políticas públicas.- 1.3.
Los planes de estudio.- II. La diversidad de universidades y planes
de derecho en el siglo .- 2.1. La diversidad de las universidades.-
III. Un balance: educación jurídica, Derecho y revolución.
Sumilla: El presente ensayo parte, metodológicamente, del segui-
miento en la transformación de la educación jurídica en Venezuela
que presupone el contacto directo con los gestores de la enseñanza,
así como de la propia labor del autor en puestos de suma impor-
tancia en el campo.
A través de un recorrido por las diferentes políticas públicas desarrolla-
das históricamente en ese país, se brinda un completo panorama acerca
de la dirección innovadora que ofrece la Universidad Bolivariana. A este
n, se muestran diversos ejemplos concretos de universidades venezo-
lanas, describiendo las precisas contingencias que este proyecto plantea.
* A lo largo de los años que he trabajado sobre educación jurídica, debo mucho a los
colegas que me han brindado conversación, apoyo, reexiones y críticas, y a los fun-
cionarios que me han provisto de datos no siempre de fácil acceso al público. A todos
agradezco y especialmente a Eugenio Hernández Bretón, Humberto Njaim, Mirian
Rodríguez y Carmen Alguíndigue por la información provista y por los comentarios
y correcciones a una primera versión de este trabajo. Luis González Blanco, Presidente
de Inpreabogado, me apoyó con datos y con la perspectiva del gremio de los abogados.
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PRESENTACIÓN
Este ensayo es una reexión sobre lo que pasa en Venezuela en una
época de cambios políticos y sociales. Se escribe en un momento muy rico
en eventos que sacuden el país que invitan a plantearnos el sentido del de-
recho en la convivencia social, la responsabilidad de la educación jurídica y
la misión de las escuelas de derecho. Conviene explicar el momento, aunque
el trabajo no será sobre los eventos políticos.
El 10 de enero 2013, el Presidente reelecto Hugo Chávez no pudo
juramentarse ante la Asamblea Nacional por encontrarse gravemente
enfermo en Cuba. El 08 de enero, el Vicepresidente Maduro había
anunciado, de parte del Presidente, que no podía presentarse, y la
Asamblea le prorrogó el permiso para permanecer fuera del país por el
tiempo necesario para su curación. La Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia decidió el 09 de enero que el Presidente Chávez se
encontraba en el ejercicio de sus funciones, que no requería juramentarse
el 10 de enero ante la Asamblea y que podía hacerlo posteriormente ante
el Tribunal Supremo. Mientras tanto, el Vicepresidente Maduro y el go-
bierno continuaban en funciones. La Presidenta del Tribunal Supremo
aclaró que ese tribunal no veía motivos para designar una junta médica
que informara sobre el estado de salud del Presidente porque el gobierno
informaba de ello regularmente.
El 08 de enero un conjunto numeroso de profesores de derecho público,
reunidos en la Universidad Central de Venezuela, había declarado que la
solución constitucional era que la Asamblea Nacional designara al Presi-
dente de la Asamblea Cabello como Presidente de la República Encargado

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