Dictamen recaído en los proyectos 01539/2021-CR, 03710/2022-CR, 04681/2022-CR y 05341/2022-CR. LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGÁNICA DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL, CON EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS (EN RELATORÍA 23/10/2023)

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN EN MAYORÍA
Fecha23 Octubre 2023
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CONGRESO
R.EPUBLICA.
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"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres yhombres'
"Ano de la unidad, la paz y e! desarroilo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
COMIS10N DE CONSTiTUCION Y REGLAMENTO
Periodo Anual de Sesiones 2023 - 2024
Senor Presidente:
Han ingresado para dictamen de la Comision de Constitucion y Reglamento las siguientes
iniciativas legislativas:
• El proyecto de ley 1539/2021-CR, que propone una prorroga a la vigencia del DNI y
el pasaporte.
• El proyecto de ley 3710/2022-CR, que propone reconocer la vjgencia del Documento
Nacional de Identidad (DNi) por diez (10) anos.
• El proyecto de ley 4681/2022-CR, que propone la ley que exonera el pago por
derechos de tramites del documento nacional de Identldad de menores de edad.
• El proyecto de ley 5341/2022-CR, que propone la ley que establece !a gratuidad en
el tramite de actualizacion de datos en ei DNI cuando el titular rectifique su decision
inicial y se constituya en donante de organos y tejidos.
El presente dictamen fue aprobado par MAYORfA en la Septima Sesion Ordinaria de la
Comision de Constitucion y Reglamento, de fecha 17 de octubre de 2023, con el voto a
favor de los congresistas: Moyano Delgado, Martha Lupe; Tudela Gutierrez, Adriana
Josefina; Marticorena Mendoza, Jorge Alfonso; Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio;
Castillo Rivas, Eduardo Enrique; Ventura Angel, Hector Jose; Juarez Gallegos, Carmen
Patricia; Cerron Rojas, Waldemar Jose; Palacios Huaman, Margot; Taipe Coronado, Maria
Elizabeth; Salhuana Cavides, Eduardo; Alva Prieto, Maria del Carmen; Reymundo
Mercado, Edgard Cornelio; Paredes Gonzales, Alex Antonio; Tacuri Valdivia, German
Adolfo; Echaiz de Nunez fzaga, Gladys Margot; Munante Barrios, AIejandro; Gonzales
Delgado, Diana Carolina; Picon Quedo, Luis Raul; Vergara Mendoza, Eivis Heman; Valer
Pinto, Hector; Burgos Oliveros, Juan Bartolome y el voto a favor con reservas de la
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CONGRES(-) "Decenio de la Iguaidad de Oportunidad para mujeres y hombres'
REPOBLTCA ''Ano de la unidad, la paz y el desarrolSo"
DICTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENT1DAD DE LAS PERSONAS".
congresista Camones Soriano, Lady Mercedes; con el voto en abstencion del congresista
Echevema Rodnguez, Hamlet; y ningun voto en contra.
SITUACION PROCESAL
El proyecto de ley 1539/2021-CR, que propone una prorroga a la vigencia del DNI y
el pasaporte, fue presentado por el congresista Diego Alonso Bazan Calderon,
integrante del grupo parlamentario de Avanza Pais, ante el Area de Tramite
Documentario del Congreso de la Republica con fecha 29 de marzo de 2022, siendo
decretado e ingresando a la Comision de Constitucion y Reglamento en la misma fecha
citada, para su respective estudio y dictamen como unica comision dictaminadora.
El proyecto de ley 3710/2022-CR, que propone reconocer la vjgencia del Documento
Nacional de Identidad (DN1) por diez (10) anos, fue presentado por la congresista
Digna Calle Lobaton, Integrante del grupo parlamentario de Podemos Peru, ante el
Area de Tramite Documentario del Congreso de la Republica con fecha 30 de
noviembre de 2022, siendo decretado e ingresando a la Comision de Constitucion y
Reglamento el 1 de diciembre de 2022, para su respectivo estudio y dictamen como
unica comision dictaminadora.
El proyecto de ley 4681/2022-CR, que propone la ley que exonera el pago por
derechos de tramites del documento nacional de identidad de menores de edad, fue
presentado por el congresista Flavio Cruz Mamani, integrante del grupo
parlamentario de Peru Fibre, ante el Area de Tramite Documentario del Congreso de la
Republica con fecha 10 de abril de 2023, siendo decretado e ingresando a la Comision
de Constitucion y Reglamento a los once dias del mes mencionado, para su respectivo
estudio y dictamen como unica comision dictaminadora.
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CONGRESO "Decenio de la Iguatdad de Oportunidad para mujeres y hombres"
RJEPUBUCA "Ano de ta unidad, la paz y el desarroHo'
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR. QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
El proyecto de ley 5341/2022-CR que establece la gratuidad en el tramite de
actualizacion de datos en el DNI cuando el titular rectifique su decision inicial y se
constituya en donante de organos y tejidos, fue presentado por el congresista Raul
Huaman Coronado, integrante del grupo parlamentario Fuerza Popular, ante el Area
de Tramite Documentario del Congreso de la Republica con fecha 14 de junio de 2023,
siendo decretado e ingresando a la Comision de Constitucion y Reglamento el 15 de
junio de 2023, para su respective estudio y dictamen como unica comision
dictaminadora.
II. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
2.1 Proyectos de ley presentados
De la revision del buscador de proyectos de ley de la pagina virtual del Congreso de la
Republica, se identifico que para el periodo parlamentario 2016-2021, de las materias
que se pretende legislar en las iniciativas legislativas examinadas, se presentaron solo
proyectos de ley relacionados a promocionar la donacion de organos. A continuacion,
el detalle:
Cuadro 1
Antecedentes de proyectos de ley
re laci o n ados la promocion de donacion de organos
PROYECTO
DE LEY
110/2016-CR
1228/2016CR
1975/2017-CR
TITULO
Ley que establece la
donacion universal de
organos y/o tejidos
humanos
Ley que declara de
prioridad y necesidad
publica la creacion del
Instituto Nacionai de
Donadon y Trasplante de
organos, Tejidos y Celulas
Ley que modifica la Ley
29471, Ley que promueve
la obtencion, la donacion y
el trasplante de organos o
tejidos humanos, y modifica
ULTIMO ESTADO
Todas estas iniciativas legislativas citadas
fueron acumuladas en un solo dictamen
aprobado par mayona en la vigesima quinta
sesion ordinaria de la Comision de Salud y
Poblacion el 16 de marzo de 2021 e
ingresado a! Area de Tramite y Digitalizacion
de Documentos el 9 de abril de 2011.
Par su parte, la Comision de Justicia y
Derechos Humanos aprobo un dictamen de
inhibicion del PL 110/2016-CR.
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CONGR¥.SO
REPUBUCA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de ta unidad. la paz y el desarrolSo"
D1CTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
3253/2018"CR
4247/2018-CR
el art. 318-A del Codigo
Penal sobre Trafico de
organos, Tejidos y Celulas
Ley de promocion de
donacion solidaria de
organos y tejidos humanos
Proyecto de Ley que
modifica la Ley General de
Donacion y Trasptante de
6rganos y/o Tejidos
Humanos
Fuente; Comision de Constitucion y Reglamento 2022-2023.
Cabe resaltar, que durante el periodo parlamentario 2006-2011, se tiene un
antecedente referente a la ampliacion del plazo de la vigenda del DNI. A continuacion,
el detalle:
Cuadro 2
Antecedentes de proyectos de ley relacionados a la ampliacion de la vicjencia del D N I
PROYECTO DE LEY
1674/2007-CR
T1TULO
Proyecto de ley que modifica
el articulo 37 de la Ley
26497, Ley Organica del
Registro Nacional de
Identificadon y Estado Civil
RENIEC.
ULTIMO ESTADO
Ley 29222, Ley que modifica
el articulo 37 de la Ley
Organica del Registro
Nacional de identificacion y
Estado Civil - RENIEC,
sobre la validez del
Documento Nacional de
identidad (DN1)
Esta comision considera prudente senalar que el actual Congreso de la Republica
aprobo las siguientes leyes relacionadas a las materias examinadas:
• La Ley 31421, Ley que modifica ia Ley 26497, Ley Organica del Registro
Nacionai de Identificacion y Estado Civil, a fin de ampliar la informacion
personal que debe contener el Documento Nacional de Identidad. Esta norma
incorpora al documento nacional de identidad la informacion del grupo y factor
sanguineo de su titular, asi como su implementacion gradual y progresiva,
entre otras disposiciones.
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CONGRESO
REPOBUC^
"Decen/b de la tguaidadde Oportunidad para mujeres yhombres'
"Ano de ta unidad, !a paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR.
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MOD1FICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Ley 31756, Ley que promueve la donacion de organos y tejidos humanos para
trasplante con fines terapeuticos. Esta ley tiene por objeto promover la
donacion de organos y tejidos humanos de donante cadaverico para trasplante
con fines terapeuticos.
2.2 Opiniones solicitadas y recibidas
Mediante los siguientes oficios se solicito opinion tecnica de los proyectos de ley
examinados:
Cuadro 3
Opiniones solicitadas respecto del
Proyecto de Ley 1539/2021-CR
OFIC10 ?
692-2022-2023-CCR/CR
693-2022-2023-CCR/CR
694-2022-2023-CCR/CR
695-2022-2023-CCR/CR
696-2022-2023-CCR/CR
ENTIDAD
RENIEC
MINJUS
MINCETUR
1NDECOPI
MIGRACIONES
FECHA DE ENVIO
12.10.22
12.10.22
12.10.22
12.10.22
12.10.22
Fuente y elaboracion: Comision de Constitucion y Reglamento 2023-2024.
Cuadro 4
Opiniones solicitadas respecto del
Proyecto de Ley 3710/2022-CR
OFICIO ?
1228-2022-2023-CCR/CR
1229-2022-2023-CCR/CR
1230-2022-2023-CCR/CR
ENTIDAD
RENIEC
MINJUS
Defensoria del Pueblo
FECHA DE ENVIO
05.12.22
05.12.22
05.12.22
Fuente y elaboracion: Comision de Constitucion y Reglamento 2023-2024.
Cuadro 5
Opiniones solicitadas respecto del
Proyecto de Ley 4681/2022-CR
OFICIO ?
2607-2022-2023-CCR/CR
2608-2022-2023-CCR/CR
2609-2022-2023-CCR/CR
2610-2022-2023-CCR/CR
ENTIDAD
RENIEC
MiNJUS
Defensoria del Pueblo
MEF
FECHA DE ENV10
17.04.23
17.04.23
17.04.23
17.04.23
Fuente y elaboracion: Comision de Constitucion y Reglamento 2023-2024.
Cuadro 6
Opiniones solicitadas respecto del
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CONGRESO
REPUBLICA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y e! desarroiSo"
D1CTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR.
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Proyecto de Ley 5341/2022-CR
OFIC10 ?
3092-2022-2023-CCR/CR
3093-2022-2023-CCR/CR
3094-2022-2023-CCR/CR
3095-2022-2023-CCR/CR
ENTIDAD
RENIEC
MtNJUS
Defensona del Pueblo
MINSA
FECHA DE ENVIO
17.07.23
17.07.23
17.07.23
17.07.23
Fuente y elaboracion: Comision de Constitucion y Reglamento 2023-2024.
Hasta la elaboracion del presente dictamen se han recibido diferentes respuestas de
opinion de cada iniciativa legistativa examinada. A continuacion, el detalle:
Sobre el proyecto de ley 1539/2021-CR:
^ El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, mediante
Oficio ? 000228-2022/JNAC/REN!EC, de fecha 11 de noviembre de 2022,
alcanzo el Informe ? 001223-2022/OAJ/RENIEC, el cual senala que la
propuesta estudiada es INVIABLE, por los siguientes argumentos:
De un examen de la exposicion de motivos del Proyecto de Ley sujeto a
revision el mismo no presents una linea argumentativa que fundamente la
propuesta, limitandose a senalar que es un mecanismo de solucion para
descongestionar el servicio y garantizar el derecho a no ser privado del
documento nacional de SdentJdad; lo que no represents la explicacion clara
y precisa de las razones quejustifican la propuesta normativa.
Respecto a la vigencia del DN1 se precisa que el articulo 37 de la Ley 26497,
establece que: "Et Documento Nacional de Identidad (DNI) tendra una
validez de ocho (8) anos, vencido el cual sera renovado por igua! ptazo. La
Invalidez se presenta cuando el dtado documento sufre un deterioro
considerable, por cambios de nombre, o de alteraciones sustancfales en la
apariencia fisica que originen que la fotograffa pierda valor identificatorio.
En este caso, el Registro emitira un nuevo documento con /os cambsos que
sean necesarios. [...]".
REPOBLIC\
"Decenio de ia Iguaidad de Oportunidad para mujeres y hombres"
"Ano de la unidad, la paz y el desarrolto"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
El DNI cumple la mision de identificar de manera individual a los ciudadanos
nacionales, ademas de posibilitar la realizacion de diversos actosjundicos
que inciden en su esfera privada, encontrandose vigente en tanto, no se
cumpla el plazo senalado por la ley, el mismo que se encuentra consignado
en el mismo documento nacional de identidad. sin perjuicio de io
mencionado, a traves del articulo 7 del Decreto Legislativo 1246, se
pretendio enervar esta obligacion ciudadana de mantener actualizados sus
dates identitarios, lo que fuera recogido par la cuarta Disposicion
Complementaria Final del Decreto Legislativo ? 1310, Decreto Legislativo
que aprueba medidas adicionales de simplificacion administrativa,
publicado en el Diario Ofidal el Peruano el 30 de diciembre de 2016, que
dispuso que "Lo dispuesto en el articuto 7 del Decreto Legislativo ? 1246
no exime de la obligacion a cargo de /os dudadanos de renovar su
Documento Nacional de identidad". En consecuenda, constituye una
obligacion de los ciudadanos efectuar la renovacion de su Documento
Nacional de Identidad, una vez producido el vencimiento de su vigencia.
Bajo ese razonamiento, el objeto de la iniciativa legislativa devendna en
ilegal, por resultar contraria a las disposiciones de la Ley 26497, Ley
Organicadel RENIECysu reglamento,afectandogravementelacoherencia
imperativa del ordenjuridico.
El DNI, eselunicodocumentoquecumplelamisiondeidentificardemanera
individual a los ciudadanos nacionales, en consecuencia, ninguna persona,
autoridad o funcionario podra exigir, bajo modalidad alguna, la presentacion
de documento distinto al Documento Nacionai de Identidad (DNI), no siendo
viable que el certificado de inscripcion (C4) sea un documento de
identificacion.
La no renovacion del DNI par un periodo de 2 anos, afectaria el Registro
unico de Identificacion de las Personas Naturales - RUIPN en lo que se
refiere a: la actualizacion del registro, el acceso a ia informacion ciudadana,
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CONGRESO
KEPOBLICA
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"Ano de la unidad. la paz y el desarroHo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIF1CACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENT1DAD DE LAS PERSONAS".
actualizacion de la imagen, actualizacion de datos y del domicilio y
actuatizacion del Padron Electoral.
Una ley de esta naturaleza, no solo afectana significativamente la
recaudacion de los ingresos que forman parte del tesoro publico, sino que
pondria en peligro el cumplimiento de las fundones propias del Registro
Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC.
La no renovacion del DNi, implicanatenerel Registro Unico de Identificadon
de las Personas Naturales - RUIPN desactualizado, et cual perdena su
valor y utilidad, al no reflejar los datos (domicilio y estado civil) e imagenes
(foto, firma e impresion dactilar) de las personas para ser confrontadas con
los titulares del DNI.
^ El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante Oficios ? 849-2022-
MINCETUR/DM, de fecha 30 de noviembre de 2022, alcanzo diferentes
documentos que manifiestan que no corresponde emitir opinion respecto a
la iniciativa legislativa examinada, por cuanto versa sobre materias que no son
de su competencia.
^ El Institucion Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion
de la Propiedad Intelectual - Indecopi, mediante Oficios N0 000022-2023-
GEG/INDECOPI, de fecha 16 de enero de 2023, alcanzo el Informe ?000004-
2023-DPC/INDECOPI, de fecha 6 de enero de 2023, el cual senaia que en
apiicacion del principio de legalidad que rige la actuacion de las instituciones
publicas, no corresponde emitir opinion sobre la viabilidad del proyecto de
ley, par no ser materia supervisada por Indecopi ni tampoco involucrar el
ejercicio de funciones de dicha institucion. De igual forma, senala que las
entidades con competencia para emitir opinion respecto a la propuesta
normativa son e! Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Ministerio
del Interior, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Superintendencia
Nacional de Migraciones.
REPUBUCA
"Decenio de la Igualdad de Oportumdad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, !a paz y el desarroSSo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE 1DENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
^ El Ministerio del Interior, mediante Oficio ? 001428-2023/IN/SG, de fecha 5
de abril de 2023, alcanzo el Informe ? 000754-2023/IN/OGAJ, el cual senala
que la propuesta estudiada es INVIABLE, par los siguientes argumentos:
Con relacion a la propuesta de prorrogar la vigencia de! Documento
Nacional de Identidad (DNI), ei sector interior no tiene competencia para
emitir opinion sobre la misma, dado que la entidad correspondiente, seria el
Registro Nacional de Identificadon y Estado Civil - RENIEC.
Referente a la prorroga de vigencia del pasaporte, el articulo 14 del Decreto
Legislative 1350, Decreto Legislative de Migraciones, senala que: "(...} Los
documentos de viaje son aquellos expedidos por las autoridades
competentes de un Estado u organismo internacional habilitado para ello
por ef Derecho Internacional; que contiene la informacion suficiente para
determinar la identtdad y nacionalidad de su titular y que lo habilitan para el
ejercic'io de la libertad de transito internacional. (...)"; asimismo, el articulo
18 de la referida norma precisa que el pasaporte es un documento de viaje
de conformidad con las normas o los instrumentos internacionales de los
que el Peru es parte. De iguai forma, el articulo 20 del Decreto Legislativo
1350, precisa que el Estado peruano expide el pasaporte ordinario,
especial, diplomatico y otros establecidos medlante convenios o acuerdos
internacionaies.
Respecto al pasaporte ordinario, se detalla que es expedido en el temtorio
nacional por M1GRACIONES y en el extranjero es expedido par el Ministerio
de Relaciones Exteriores, a traves de las oficinas consulares del Peru en el
exterior. Asimismo, las caracteristicas fisicas, el diseno y las medidas de
seguridad del pasaporte ordinario son establecidas por MIGRACIONES,
respecto a los otros pasaportes, estas son establecidas por el Ministerio de
Relaciones Exteriores.
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CONGRESO
REPUBLICA
"Decenio de ta Sgualdadde Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de !a unidad, la paz y el desarroHo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MOD1FICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
El Documento 9303 denominado: Documentos de viaje de lectura
mecanica, de la Organizacion de Aviacion Civil Intemacional (OACI), en e\
numeral 2.2 de la Parte 9, sobre elperiodo de validez, senala lo siguiente:
"El penodo de vatidez del eMRTD queda a discrecion del Estado expedtdor
o de la organizacion expedtdora; no obstante, considerando la duracion
Hmitada de /os documentos y /os cambios de aspecto de la persona titutar
del documento con el tiempo, se RECOMIENDA un periodo de validez que
no supere ios diez anos. PUEDE considerarse un periodo mas breve para
permitirla actualizacion progresiva del eMRTD a medida que evoluciona la
tecnologia."
La Decision 525 del Consejo Andino de ministros de Relaciones Exteriores,
establece que el Pasaporte Andino expedido por cada uno de tos Paises
Miembros sera acorde con la normativa recomendada par la Organizacion
de Aviacion Civil Internacional (OACI) en materia de documentos de viaje y
contendra como mmimo las especificaciones tecnicas de nomenclatura y
seguridad contenidas en el Anexo I de la Decision. Asi, el numeral 3.1 del
referido Anexo de la decision en mencion, senala que ef Pasaporte Andino
incorporara una zona de lectura mecanica, cuya composicion se regira por
las especificaciones contenidas en el Documento 9303 de la OAC1, Parte I.
Asi pues, en el numeral 3.6 de este Anexo, se detalla que la segunda Imea
de la zona de lectura mecanica del Pasaporte Andino estara compuesta por
diversos datos, entre eilos, el de fecha de expiracion del pasaporte.
Por su parte, de los compromisos derivados del "Acuerdo entre la Republica
del Peru y la Union Europea sobre exencion de visados para estancias de
corta duracion", se senala que: "[...] La Repubtica de Peru, en su calidad de
Parie Contratante, dedara que ha adjudicado un contrato retativo a la
produccion de pasaportes biometricos y se compromete a expedir
solamente pasaportes biometricos a sus ciudadanos a mas tardar el 31 de
julio de 2016. Estos pasaportes cumpliran todos los requisitos de la OACI
que se enuncian en e! documento 9303 de la OACI. Las Partes Contratantes
10
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CONGiR£^° "Decenio de la igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres '•
R.EPUBLICA. "Ano de la unidad, la paz y el desarrolSo"
D1CTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIF1CA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
convienen en que el hecho de no haber comenzado a expedir unicamente
pasaportes biometricos a mas tardarel 31 dejulio de 2016 constttuye motivo
suficiente para suspender el presente Acuerdo de conformidad con el
procedimiento establecido en su articulo 8, apariado 4. [.. .]"
La vigencia de los pasaportes electronicos ordinarios esta directamente
relacionada con !a vigencia de los certificados que se graban en el chip del
pasaporte emitido, bajo los tiempos previstos en el mismo, como condicion
de seguridad; por lo que, tecnicamente no seria posible ampliar la vigencia
de los pasaportes caducados, en cualquier periodo de tiempo (antes del 31
de octubre 2022), ni extender la fecha de vencimiento de aquellos
pasaportes que caduquen, en fecha posterior a la posible publicacion de la
Ley.
De lo expuesto, el proyecto de ley ? 1539/2021- CR transgrediria las
recomendaciones en materia de documentos de viaje establecidas en el
Documento 9303 de la OACI y a su vez vulneraria lo establecida en la
Decision 52512 del Consejo Andino de ministros de Relaciones Exteriores.
Sobre el proyecto de ley 3710/2022-CR:
^ El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, mediante
Oficio ? 000248-2022/JNAC/REN1EC, de fecha 23 de diciembre de 2022,
alcanzo el Informe ? 001577-2022/OAJ/RENIEC, el cual senala que la
propuesta estudiada es INVIABLE, por [os siguientes fundamentos:
A partir de las disposiciones contenidas en !a Ley 26497 y su Reglamento,
aprobado par Decreto Supremo 015-98-PCM, el DNI, en su catidad de
ceduia de identidad personal y titulo de sufragio de la persona, constituye el
unico documento oficial emitido por el Estado Peruano para identificar a sus
nacionales, siendo par tanto su uso obligatorio para todos aquellos actos en
que par mandate legal debe ser presentado.
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CONGRESO
R.EPUBLTCA
"Decenio de la tgualdad de Oporiunidad para mujeres y hombres"
"Ano de ia unidad, la paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Con respecto a la vigencia del DNI se precisa que, el artfcuto 37 de la Ley
26497, establece que tiene una vigencia de 8 anos; asimismo, el articulo 90,
literal n) del Reglamento de las Inscripciones del Reniec, aprobado por
Decreto Supremo ? 015-98-PCM, establece, entre otras disposiciones, que
el DNI debera contener como mfnimo la fecha de caducidad del documento.
Se indica que constituye una obligacion de los ciudadanos efectuar la
renovacion de su documento nacional de identidad, una vez producido el
vencimiento de su vigencia. En ese sentido, el proyecto de ley no solo
contraviene la Constitucion Politica del Peru, sino que contradice el sentido
normativo de la propia Ley 26497, cuyo articulo 37 pretende modificar, al no
tener en cuenta que la imagen o apariencia fisica de la persona tambien
constituye un data incluido en el DNI.
Menciona que la no renovacion del DN1 por un periodo de 2 anos, afectana
el RUIPN en lo que se refiere a: la actualizacion del registro, el acceso a la
informacion ciudadana, actuaiizacion de la imagen, actualizacion de datos
y del domicilio y actualizacion del Padron Electoral.
^ La Clinica Juridica de Derecho a la Identidad de la Facultad de Derecho de
la Pontificia Universidad Catolica del Peru, mediante carta ingresada al Area
de Tramite y Digitalizacion de Documentos del Congreso, de fecha 28 de agosto
de 2023, alcanza un informe tecnico que menciona que es VIABLE la iniciativa
legislativa examinada, por los siguientes fundamentos:
En Latinoamerica es posible identificar paises que contemplan un plazo
de vigencia del DNI de diez anos, lo cual marca una tendencia en la
region. Estos paises son: Bolivia, Brasii, Chile, Ecuador, Uruguay y
Venezuela. Inclusive, existen casos como el argentino en el cual se
establece que el plazo de vigencia del DNI es de quince anos.
Se tiene la idea que el DNI es un documento que sirve para diferenciar
a !a persona del resto y llevar con ello un registro. Es par esto que, se
recurre a otorgar al DNI un cierto tipo de vigencia, pues, como se
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CONGRF.SO
REPUBUCA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y el desarroHo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022.CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE IDENT1FICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
comprende, con el paso del tiempo, cambia la apariencia fislca de la
persona. Sin embargo, considerando lo expresado con anterioridad,
Reniec ya no puede basarse solo en ello, no solo en el aspecto objetivo
de derecho a la identidad, sino et subjetivo. Este ultimo se refiere a un
desarrollo propio del comportamiento personal.
Se tiene la idea que el DNI es un documento que sirve para diferenciar
a la persona del resto y llevar con ello un registro. Es por esto que, se
recurre a otorgar al DNI un cierto tipo de vigencia, pues, con el paso del
tiempo cambia la apariencia fisica de la persona. Sin embargo, la
RENIEC ya no puede solo basarse en este argumento para no amptiar
la vigencia del DNI, pues tambien existen aspectos subjetivos del
derecho a la identidad que deben considerarse, tal es el ejemplo del
desarrollo propio del comportamiento personal.
La ampliacion de la vigencia del DNI en Peru de 8 a 10 anos es una
medida justa y necesaria desde un punto de vista legal. No solo
proporcionara un ahorro significativo a los ciudadanos, slno que tambien
garantizara el derecho a la identidad y reducira la carga administrativa
tanto para las ciudadanos como para las autoridades. Ademas, esta
propuesta se basa en experiencias exitosas en otros paises.
Sobre el Proyecto de Ley 4681/2022-CR:
^ El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Reniec, mediante
Oficio ? 000112-2023/JNAC/RENIEC, de fecha 20 de mayo de 2023, alcanzo
los informes 000645-2023/OPP/UP//RENIEC, 000538-2023/OAJ/RENIEC y
000042-2023/OAF/UTE//RENIEC, que recomiendan se tome en cuenta las
siguientes consideraciones:
El DN! es otorgado a los nacionales cuyo nadmiento ha sido inscrito en
el registro de estado civil correspondiente y a IDS extranjeros que se
naturalicen desde la fecha que obtiene el titulo de nacionalizacion,
13
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CONGR£SO
REPOBLtCA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de /a unidad, la paz y el desarrolio"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022.CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL. CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
pemnitiendo no solo su identificacion, sino la posibilidad de realizar
diversos actos jundicos que inciden en su esfera privada.
Constituye un deber legal inscribir a los recien nacidos en el registro del
estado civil desde el momento de su nacimiento, para solicitar
posteriormente la inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de
las Personas Naturales - RUIPN del Reniec, a tin de obtener el DNt de
menor de edad, documento que el Estado Peruano emite con el fin de
permitir que el titular de la misma, posea un elemento visible y material
de su identidad mediante el cual pueda ser identiticado en forma
fehaciente en todos los casos que par ley requiera acreditar su
identidad.
Para el ano 2023, Reniec ha emitido las Resoluciones Jefaturales
000012-2023/JNAC/RENIEC, de fecha 25/01/23 y 000027-
2023/JNAC/RENIEC del 02/02/23, a traves de las cuales, se autorizo la
gratuidad para la inscripcion por primera vez, para poblacion vulnerable
indocumentada menor y mayor de edad que habiten en todos !os
distritos del Peru, asi como la renovacion y actualizacion de datos para
ninos, ninas y adolescentes de 0 a 17 anos que habiten en todos IDS
distritos del Peru. De Igual forma, se autorizo la gratuidad hasta la meta
de 204,000 mil nuevos DNI para nihas y ninos de 0-3 anos 11 meses y
29dias(DNI emitidos porprimeravez), que habiten entodos tosdistritos
de! Peru, realizados en todas las Oficinas de Reniec (Oficinas
Registrales, Oficinas Registrales Auxiliares, Agencias y Puntos de
Ate nci on).
Cabe senalarque, mediante Decreto Supremo 043-2022-EF, publicado
en el Diario Oficial El Peruano el 24 de marzo 2022, se dictaron
disposiciones para la aplicacion de lo dispuesto par el numeral 15.3,
numeral 1 de la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto
Legislative 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesoreria,
que establece que, a partir del Ano Fiscal 2023, constltuyen recursos del
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CONGRESO
REFUBUCA
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"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres '
"Ano de la unidad, la paz y el desarrolto"
DICTAMEN RECAtDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
tesoro publico los provenientes de las tasas, ingresos no tnbutarios y
multas que recaudan las entidades publicas, asi como el saldo de
balance del ano fiscal anterior, de los poderes legislativo, ejecutivo,
judicial y [os organismos constitucionalmente autonomos, entre los
cuales se encuentra el Reniec.
Los montos recaudados par concepto de tramites de DNI de menores
de edad (incluye cambio de DNI de menor a mayor), por el periodo
comprendido entre los anos 2018 al 2023 (al 31 de marzo 2023),
unicamente par los tramites por los cuales se solicita la gratuidad, codigo
00647 y 02122 (incluye rectificaciones), debiendo senalarse que, la
recaudacion por concepto de DNI de menores representa un promedio
de 4% de la recaudacion de Reniec total por ano. A continuacion, el
detalle;
Cuadro 7
REC&UtWCION FOR 1^ TRAMrTES DE MEN ORES
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Fuente: Oficio ? 000112-2023-/JNAC/RENIEC
Si bien es cierto, los fondos provenientes de las tasas, ingresos no
tributaries y multas que recaude Reniec a partir del Ano Fiscal 2023, son
recursos del tesoro publico, se debe tener presente que las demandas
presupuestates adicionales seran evaluadas por la Direccion General de
Presupuesto Publico en funcion a las proyecciones de ingresos de
Reniec, afectando indirectamente la aprobacion de demandas
presupuestales adicionales que presente esta entidad, debido a que se
tendna una menor captacion efectiva de ingresos.
15
CONGRESO
REPUBLICA
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"Decenio de la Igualdad de Oportunsdad para mujeres y hombres"
"Ano de /a unidad, la paz y el desarrollo"
D1CTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022.CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICAC10N Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENT1DAD DE LAS PERSONAS".
La propuesta legislativa tal y conforme se encuentra planteada genera
un costo real a pesar de que en el rubro V relative al "Analisis Costo -
Beneficio" de la Exposicion de Motives se menciona que no. Esto debido
a que la propia emision del DNI implica un gasto en el material que se
utiliza, en consecuencia, afectaria el costo del DNI, porque la reduccion
de ingresos como resultado de la exoneracion del pago por derechos de
tramites del documento nacionai de identidad de menores de edad
guarda relacion directa con el numero de documentos por emitir
For tanto, si el congreso decidiera aprobar el proyecto de ley, se
requeriria del financiamiento del tesoro pUblico, lo que deberia ser
considerado en ei texto sustitutorio de la iniciativa legislativa sujeta a
materia a traves de una Disposicion Complementaria que precise que
los ingresos que se deje de percibir seran incluidos en la ley de
presupuesto del sector publico.
Sobre el Proyecto de Ley 5341/2022-CR:
^ Ei Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Reniec, mediante
Oficio ? 000180-2023/JNAC/RENIEC, de fecha 29 de agosto de 2023, alcanzo
et Informe 001076-2023/OAJ/RENiEC, el cual conduye que, si el congreso
decidiera aprobar el proyecto de ley se requeriria de! financiamiento del tesoro
pubiico, lo que deberia ser considerado en el texto sustitutorio de la iniciativa
legislativa a traves de una Disposicion Complementaria que precise que los
ingresos que se deje de percibir seran incluidos en la ley de presupuesto del
sector publico. A continuacion, se citan otros fundamentos del citado
documento:
Debe considerarse que el inciso 1 del numeral 15.3 del articulo 15 del
Decreto Legislative ? 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional
de Tesoreria, dispone que, constituyen recursos del tesoro publico los
provenientes de las tasas, ingresos no tributanos y multas que recaudan
16
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CONGRESO
R.EPOBLTCA
"Decenio de la Igualdadde Oportumdad para mujeres y hombres"
"Ano de la unidad, la paz y e! desarroiio"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTQS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGAN1CA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENT1FICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
las entidades publicas de los poderes legislativo, ejecutivo, judicial y ios
organismos constitucionalmente autonomos senalados en los
numerales i y ii del literal a) del inciso 1 del articulo 3 del citado Decreto
Legislative. El numeral 1 de la Primera Disposicion Complementaria
Final del referido Decreto Legislativo establece que lo dispuesto en el
inciso 1 del numeral 15.3 del articulo 15 del Decreto Legislativo ? 1441
es aplicable a partir del Ano Fiscal 2023, e incluye el Saldo de Balance
del ano fiscal anterior.
La propuesta legislativa tai y conforme se encuentra planteada genera
un costo real a pesar de que en el rubro V relative) al "Analisis Costo -
Beneficio" de la Exposicion de Motives que sustenta la propuesta
legislativa senala que: "[...] este monto no impactara de manera
negativa a esta entidad, en vista que ya cuenta con un presupuesto
asignado para su normal funcionamiento [...]". Ello en razon a que la
elaboracion y expedicion del DNI, es elaborado por el organo
responsable de ta preparacion del sustento de los costos, esto es, la
Oficina de Administracion y Finanzas del Reniec, conforme lo dispone
el Decreto Supreme 064-2010-PCM, que aprueba la metodologia de
determinacion de costos de los procedimientos administrativos y
servicios prestados en exclusividad, comprendidos en los Textos Unicos
de Procedimientos Administrativos de las Entidades Publicas.
Debe tenerse en cuenta que, conforme se desprende del texto de la Ley
31756, se ha establecido par ley la presuncion de donacion universal,
esto es, la autorizacion para la extraccion y el procesamiento de organos
y tejidos de donantes cadavericos. Unicamente, la no donacion u
oposicion a esta presuncion de donacion universal, requiere de
procedimiento simplificado que debera ser establecido en el Reglamento
de la citada ley.
HI. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
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CONGRESO
REPUBLICA
"Decenio de la Igualdad de Oportumdad para mujeres y hombres '•
''Ano de !a unidad, !a paz y el desarrotlo"
DICTAMEN RECAtDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIF1CA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Acontinuacion, sepresenta las formulas legales de losproyectos de ley1539/2021-CR,
4681/2022-CR y 5341/2022-CR, que proponen crear nuevas leyes:
Cuadro 8
PROYECTO DE LEY
1539/2021 -CR
LEY QUE PRORROGA LA
VIGENC1A DEL DN1 Y
PASAPORTE
Articulo 1.- Objeto de la Ley
El objetivo del presente Ley es
prorrogar la vigencia del
Documento Nacional de
Identidad - DNI y del
Pasaporte.
Articulo 2." Prorroga de la
vigencia del Documento
Nacional de Identidad
PROYECTO DE LEY
4681/2022-CR
LEY QUE EXONERA EL
PAGO POR DERECHOS DE
TRAMITES DEL
DOCUMENTO NACIONAL
DE IDENTIDAD DE
MENORES DE EDAD
Articulo 1. Objeto de la Ley.
La presents inidativa
legislativa tiene par objeto
establecer la exoneracion de
page por derechos de tramites
del Documento nacional de
Identidad de menores de edad.
Articulo 2. - Finalidad
Ley que tiene como proposito,
que los tramites de DNI de
PROYECTO DE LEY
5341/2022-CR
LEY QUE ESTABLECE LA
GRATU1DAD EN EL
TRAM1TE DE
ACTUALIZACION DE
DATOS EN EL DNI CUANDO
EL TITULAR RECTIFIQUE
SU DECISION INIC1AL Y SE
CONST1TUYA EN DONANTE
DE ORGANOS Y TEJIDOS
Articulo 1. Objeto
La presents ley tiene por
objeto establecer la gratuidad
(exonerar el pago) en el tramite
de actualizacion de datos en el
Documento Nacional de
Identidad (DNI) en caso ei
ciudadano exprese su voluntad
de ser donante de organos y
tejidos, a fin de fomentar que
se realice dicho tramite para
incrementar la tasa de
donantes de organos y tejidos
en el pais.
Articulo 2. Alcance
La presents ley beneficia a
toda persona mayor de 18
18
CONGRESO
REPUBLICA
"Decenio de la iguaidadde Oportunidad para mujeres yhombres'
"Ano de la unidad, la paz y el desan-oito"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIF1CA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Prorrogar excepcionalmente,
par un periodo de dos (2)anos,
la vigencia de todo Documento
Nadonal de Identidad (DNI)
que se encuentre caduco o
que este por caducar.
La prorroga a que se refiere el
presente articulo surte efecto
para la identificacion y acceso
a cualquier servicio que brinde
el Estado. En caso de perdida,
el Certificado de Inscripcion
(C4) sirve para acceder a los
servicios vinculados a ejercicio
de los derechos de
comunicaciones, salud y
educacion, en tanto dure la
tramitadon del nuevo
Documento Nacional de
Identidad.
Articulo 3.- Prorroga de la
vigencia del pasaporte
Prorrogar excepcionalmente la
vigencia hasta el 31 de
diciembre de 2023 de todo
Pasaporte que se encuentre
caduco o este por caducar.
Para efectos de la presente
Ley, se entiende por Pasaporte
caduco a aquel cuya fecha de
caducidad se haya producido
menor de edad no tengan
costo alguno, con excepcion
del tramite de duplicado.
DISPOSICION
COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- Sobre la
Reglamentacion, seran
exonerados de pagos par
derechos administrativos los
tramites del Documento
Nacional de Identidad (DN1) de
ciudadanos peruanos menores
de edad respecto a la
Renovacion de DNI de menor
anos, naddo en e! Peru o
nadonalizado, que posea el
Documento Nacional de
Identidad (DNI) de mayor de
edad.
Articulo 3. Actualizacion de
[a decision de donar organos
y tejidos
Los ciudadanos que deseen
actualizar el estado sobre la
donacion de organos y tejidos
en su Documento Nadonal de
identidad (DNI) y expresen su
voluntad de ser donantes,
podran tramitarlo ante el
Registro Nacionat de
19
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DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADQ CIVIL, CON
EL OBJETO DE FQRTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
entre el 16 de marzo de 2020 y
la publicadon de la Ley; y se
entiende por Pasaporte par
caducar a aquel que caduque
luego de la publicadon de la
Ley y hasta el 31 de diciembre
de 2023. El Ministerio de
Relaciones Exteriores,
Migraciones, las Embajadas y
los Consulados del Peru en
otros Estados se encargan de
dar difusion a la presents Ley
en las jurisdicciones distintas
alterritorio nacional.
DISPOS1CION
COMPLEMENTARIA FINAL
Primera.- Sobre la
Reglamentacion
El Documento Nacional de
Identidad y el Pasaporte son
prorrogados automaticamente
desde la publicadon de la
presents Ley, sin necesidad de
Reglamentos, Directivas o
disposiciones adicionales, sin
perjuido de aquellas que
contribuyan a hacer efectivas
estas disposiciones, lo que no
debe limitar la aplicacion de la
Ley.
de edad par caducidad,
actualizacion de datos de
domidlio, actualizacion de
fotografia de manera
automatica desde la
publicacion de la presents Ley,
sin necesidad de
Reglamentos, Directivas o
disposiciones adicionales, sin
perjuicio de aquellas que
contribuyan a hacer efectivas
estas disposiciones, lo que no
debe limitar ia aplicacion de ia
Ley.
Identificacion y Estado Civil
(RENIEC), en forma gratuita y
sin estar sujetas a sancion
alguna.
Articulo 4. Renovacion y
actualizacion de otros datos
Cuando se realice la
renovacion del DN1 o la
actualizacion de otros dafos en
dicho documento, estas seran
gratuitas, siempre que se
tramiten conjuntamente con la
actualizacion del estado de
donacion de organos y tejidos.
Articulo 5. Financiamiento
20
REPUBUCA
"Decenio de la iguatdad de Oportuntdad para muj'eres y hombres '•
"Ano de la unidad, la paz y el desarrollo'
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3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CML, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
El tramite correspondiente a la
actualizacion se dara
cumplimiento con cargo a los
recursos del pliego
presupuestal del ano siguiente
a la aprobacion de la presents
norma.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTAR1AS
FINALES
PRIMERA. Reglamentadon
Encarguese al Registro
Nacional de Identificacion y
Estado Civil (RENIEC), de
conformidad con sus
funciones, el cumplimiento de
to dispuesto en la presents Ley
y emita la reglamentacion
necesaria dentro de los treinta
(30) dias calendarios
siguientes a su publicacion.
Fuente: propuestas legislativas en estudio.
Por otro lado, se presents un cuadro comparativo entre el articulo 37 de la Ley 26497,
Ley Organica del Registro Nacional de Identiticacion y Estado Civil, y la formula legal
del proyecto de ley 3710/2022-CR, que pretende modificar dicho apartado normativo.
A continuacion, el details:
Cuadro 9
21
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CONGRESO
KEPUBL1CA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres ''
"Ano de ia unidad, la paz y e/ desarroSlo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGAN1CA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICAC10N Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL.
Articulo 37.- Vigencia e invalidez del
Documento Nacional de Identidad (DNI),
obiigacion de actualizar datos y verificacion
de la direccion domiciliaria
37.1 El Documento Nacional de Identidad
(DNI) tendra una validez de ocho (8) anos,
vencido el cual sera renovado par igual plazo.
PROYECTO DE LEY 3710/2022-CR
LEY QUE RECONOCE LA VIGENCIA DEL
DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD
(DNI) FOR DIEZ (10) ANOS
Articulo 1." Objeto de la Ley La presents ley
tiene por objeto modificar el articulo 37 de la
Ley ? 26497, Ley Organica del Registro
Nacional de Identificadon y Estado Civil.
Articulo 2.- Modificadon del articulo 37 de la
Ley ? 26497, Ley Organica del Registro
Nacional de Identificacion y Estado Civil.
Modifiquese el articulo 37 de la Ley ?
26497, Ley Organica del Registro Nacional
de Identificacion y Estado Civil, el cualqueda
redactado en los terminos siguientes:
"Articulo 37.- Vigencia e invalidez del
Documento Nacional de Identidad (DNI),
obligacion de actualizar datos y verificacion
de la direccion domiciiiaria
37.1 El Documento Nacional de Identidad
(DNI) tendra una validez de diez (10) anos,
vencido el cual sera renovado por igual plazo.
(...)."
Fuente; propuestas legislativas en estudio.
IV. MARCO JURIDICO
"Articulo 2. Toda persona tiene derecho:
22
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CONGR so "Decenio de la tgualdadde Oportunic.Sad para mujeres y hombres'
REPUBL1CA "Ano de la unidad, la paz y el desarroilo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE;
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo
y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto Ie favorece.
[...]"
4.2 Codigo Civil Peruano
"Derecho al nombre
Articulo 19.- Toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre. Este
incluye los apellidos."
"Nombre del hijo matrimonial
Articulo 20.- Apellidos del hijo
Al hijo Ie corresponde el primer apellido del padre y ei primero de la madre"
"Articulo 21.- Inscripcion del nacimiento
Cuando el padre o la madre efectue separadamente la inscripcion del nacimiento del
hijo nacido fuera del vmculo matrimonial, podra revelar el nombre de la persona con lo
hubiera tenido. En este supuesto, el hijo lievara el apellido del padre o de la madre que
lo inscribio, asi como del presunto progenitor, en este ultimo caso no establece vinculo
de fitiacion.
Luego de la inscripcion, dentro de los treinta (30) dias, el registrador, bajo
responsabilidad, pondra en conocimiento del presunto progenitor tal hecho, de
conformidad con el reglamento.
Cuando la madre no revele la identidad del padre, podra inscribir a su hijo con sus
apellidos."
"Defensa del derecho al nombre
Articulo 26.- Toda persona tiene derecho a exigir que se Ie designe por su nombre.
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REPOBUCA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, !a paz y el desarrolSo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIRCA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE [DENTIFICAC10N Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Cuando se vulnere este derecho puede pedirse la cesacion del hecho violatorio y la
indemnizacion que corresponda."
"Fin de la persona
Articulo 61." La muerte pane fin a la persona."
"Articulo 32.- El Documento Nacional de Identidad (DNI) debe contener, como minimo,
la fotografia del titular de frente y con la cabeza descubierta, la impresion de la huella
dactilar del indice de la mano derecha del titular o de la mano Ezquierda a falta de este,
ademas de los siguientes datos:
[...]
k) La condicion de donante o no donante de organos y tejidos, para fines de trasplante
o injerto, despues de su muerte.
[...]"
Articulo 37.- Vigencia e invalidez del Documento Nacional de Identidad (DNI),
obligacion de actualizar datos y verificacion de la direccion domiciliaria
37.1 El Documento Nadonal de Identidad (DNI) tendra una vaiidez de ocho(8) anos,
vencido el cual sera renovado por igual plazo.
4.4 Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislative de hfligraciones
"Articulo 18.- Tipos de documentos de Viaje
Los documentos de viaje son: el pasaporte; el salvoconducto; el documento de viaje o
el laissez-passer par razones humanitarias; ei documento de identidad de otro Estado,
siempre que se utilice con este proposito, y cuaiquier otro documento, de conformidad
con las normas o los instmmentos internacionaies de los que el Peru es parte.
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REPOBLICA
"Decenio de la tgualdadde Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGAN1CA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
"Articulo 19.- Derecho a obtener pasaporte
Todo nacional tiene derecho a obtener su pasaporte, dentro o fuera del territorio
nacional, expedido por la autoridad migratoria competente."
"Articulo 20.- Tipos de pasaporte
El Estado Peruano expide los siguientes tipos de pasaporte:
a. Pasaporte ordinario.
b. Pasaporte especial.
c. Pasaporte diplomatico.
d. Otros estableddos mediante convenios o acuerdos internacionales.
El pasaporte ordinario es expedido en el territorio nacional por MIGRACIONES y en el
extranjero es expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores a traves de las
oficinas consulares del Peru en el exterior. Las caractensticas fisicas, el diseno y las
medidas de seguridad del pasaporte ordinario son estabieddas por MIGRACiONES. El
Ministerio de Relaciones Exteriores expide y determina las caractensticas fisicas, el
diseno y las medidas de seguridad del pasaporte especial, dipiomatico y otros
establecidos mediante convenios o acuerdos internacionales."
"Articulo 20-A1. Vigencia del pasaporte electronico ordinario
E! pasaporte electronico ordinario tiene una vigencia de:
a) 10 anos para mayores de 18 anos.
b) 5 anos para adolescentes de 12 a 17 anos.
c) 3 anos para menores de 12 anos."
4.5 Ley 31756, Ley que promueve la donacion de organos y tejidos humanos para
trasplante con fines terapeuticos
1 Mediante Ley 31678, Ley que modifica el Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de
Migraciones, a fin de establecer la vigencia del pasaporte electronico ordinario a 10 anos, se amplio
la vigencia del pasaporte a un plazo de 10 anos. De igual forma, se ordeno tambien en una
disposicion complementaria final que la implementacion o la actualizacion de funcionalidades en el
software que permits la emision del pasaporte electronico ordinario con vigencia de 10 anos de la
Superintendencia Nacional de Migraciones se realiza en el piazo de ciento ochenta dias calendario,
contados a partir de la entrada en vigor de la citada fey.
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CONGR1BSO "DecQnio de la Sguatdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
RBPUBLICA "Ano de !a unidad, la paz y el desarrolto"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FQRTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
"Articulo 2. Definiciones
Para los fines de la presente ley se define como:
a) Donante cadaverico. Toda persona capaz civilmente que haya fallecido y de ia
que se pueda extraer organos o tejidos para su posterior trasplante con fines
terapeuticos. Dicha persona, de acuerdo con las disposiciones de la presents
ley, el regiamento o las demas normas sobre la materia, no debe haber
manifestado en vida su voluntad de no donar organos o tejidos con fines de
trasplante.
b) Donadon de organo o tejido. Es el acto voluntario y altruista de cesion gratuita
de organos o tejidos para su posterior trasplante en seres humanos con fines
terapeuticos.
c) Trasplante de organos y tejidos. Es el recurso terapeutico que se Ifeva a cabo
cuando el resto de recursos o intervenciones posibles se hayan agotado, sean
insuficientes o resulten inconvenientes y cuando aporte mayores beneficios
terapeuticos para el paciente, de acuerdo con la evidencia medica y cientifica
disponible.
Articulo 3. Presuncion de donacion universal
La autorizacion para la extraccion y el procesamiento de organos o tejidos de donantes
cadavericos se presume, salvo deciaracion en contrario del titular o excepcion
establecida en la presents ley.
Tocfo ciudadano puede hacer constar libremente en su documento nacional de
identidad (DNI) la declaracion de su voluntad de no ser donante de organos o tejidos,
de conformidad con lo establecido en el articulo 32, literal k), de la Ley 26497, Ley
Organica del Registro Nacionai de Identificacion y Estado Civil (Reniec), cuyo
contenido garantiza el derecho al consentimiento informado de los titulares para la
donacion de organos o tejidos. Asimismo, dispondra de los medios simplificados para
declarar su voluntad de no ser donante que pone a su disposicion el Ministerio de
Saiud, de acuerdo con los procedimientos que establece el regiamento de la presents
ley.
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^^I^RE^P "Decenio de la Sgualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
RJEPUBLICA "Ano de la unidad. !a paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIRCA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE 1DENT1FICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Articulo 4. Voluntad de no donar organos o tejidos
4.1. Toda persona puede declarar en vida su voluntad de no donar sus organos o
tejidos con fines de trasplante. Asimismo, puede revocar dicha declaracion en
cualquier momento.
4.2 El reglamento de la presents ley establece ia modalidad y los procedimientos
simplificados y accesibles para que toda persona pueda manifestar su voluntad
de no donar organos o tejidos con fines de trasplante.
4.3 Son nulos los actos de oposicion a la donacion de organos o tejidos humanos
realizados por parientes, personal de la salud o terceros.
Articulo 5. Declaracion de voluntad de no donar organos o tejidos con fines de
trasplante
5.1 La declaracion de voluntad de no donar organos o tejidos supone haber recibido
informacion respecto a la donacion de organos y tejidos humanos con fines de
trasplante, a traves de los medios que el Estado ponga a su disposicion.
5.2 La vigencia de esta declaracion se produce desde el momenta en que se efectue
hasta que sea revocada por otra que la deje sin efecto.
5.3 El reglamento establece los procedimientos y dicta las disposiciones que regulan
la actuaiizacion, custodia y consulta de la documentacion o registros
sustentatorios, a traves de medios fisicos, canales digitales y sistemas de
infomnacion.
[...]"
4.6 Ley 31714, Ley que prioriza el tramite gratuito de la actualizacion del domicilio en
el Documento Nacional de Identidad (DNI) de la poblacion en situacion de
pobreza y pobreza extrema
"Articufo 1." Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto establecer la prioridad del tramite gratuito de la
actualizacion del domicilio en el documento nacional de identidad (DNt) de la poblacion
en situacion de pobreza y pobreza extrema, a fin de contribuir con el proceso de
27
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CONGRESO "Decenio de la igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
R.EPOBLICA. "Ano de ta unidad, !a paz y el desan-ollo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
focalizacion reguiado por la Ley 30435, Ley que Crea el Sistema Nacional de
Focalizacion (Sinafo).
Articulo 2.- Atribuciones no afectadas
La presents ley no afecta la atribucion del Registro Nacional de Identificacion y Estado
Civil (Reniec) de determinar la gratuidad de sus procedimientos, ni las competencias
del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social en el ambito del Sistema Nacional de
Focalizacion (Sinafo).
Articulo 3.- Prioridad
Tienen prioridad para el tramite gratuito de actualizacion del domicitio en ei documento
nacionai de identidad (DN1), de acuerdo con las normas vigentes, las personas
clasificadas como "pobre extremo" y "pobre" en el Sistema de Focalizacion de Hogares
(Sisfoh). La actualizacion se realiza de manera gradual y progresiva, y se sujeta a la
disponibilidad presupuestal del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
(Reniec) y los procedimientos que establece conjuntamente con el Ministerio de
Desarrollo e Inclusion Social.
Articulo 4.- Beneficiarios de la Ley
Las personas comprendidas en el articulo 3 pueden tramitar la actualizacion de los
datos de su direccion domiciliaria en el documento nacional de identidad (DNI) ante e!
Registro Naclonal de Identificacion y Estado Civil (Reniec).
Articulo 5.- Renovacion y actualizacion de otros dates
La presente iey se aplica a los tramites para la renovacion del documento naclonal de
identidad (DNI) o para la actuaiizacion de otros datos en dicho documento, siempre que
se tramiten conjuntamente con la actualizacion de la direccion domiciliaria.
Articulo 6.-Verificacion domiciliaria
El RegJstro Nacionai de Identificacion y Estado Civil (Reniec) efectua las acciones para
la verificacion domiciliaria en el marco de lo dispuesto en el articulo 37 de la Ley 26497,
28
REPO&LICA
V. ANALISIS TECNICO
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres '•
"Ano de la unidad, la paz y e! desarrolio"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
5.1 Fundamentos de las iniciativas legisiativas examinadas
La exposicion de motivos de la iniciativa legislativa 1539/2021-CR se sustenta en los
siguientes argumentos:
• Desde que se declare el Estado de Emergencia en todo el territorio nacional
mediante el Decreto Supremo 044-2020-PCM, de fecha 15 de marzo del 2020,
la eficiencia en la prestacion de todos los servicios publicos fue claramente
afectada. En el caso de la emision del DNI, el Reniec adopto un conjunto de
medidas a fin de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a los servicios
de salud, educacion y otros que requieren la identificacion con un documento
oficial. Asi, el Reniec adopto, entre otras medlas, la Resolucion Jefatural ?
000230-2021/JNAC/REN1EC, del 29 de diciembre del 2021, mediante la cual
dispone que el DNI mantendra su vigenda entre hasta el 31 de marzo del 2022.
• Cabe detaHar que, en una entrevista a la Agenda de Noticias Andina, la senora
Giovanna Jessen, directora de Servicios Registrales de RENIEC2, informo que
se tiene la vigencia del DNI hasta el 31 de marzo y se evaluara su ampliacion
de vigencia porque a la fecha se tiene m^s de 5 miliones de DNi que todavia
estan caducos. Anadio tambien que para coberturar a toda esa ciudadania, las
estrategias de operatividad y oferta quedan muy pequenas ante tanta demands,
siendo esta situacion ia que lleva a tomar la decision de tal vez extender la
vigencia del plazo porque no se quiere exponer ai ciudadano. Ante dicha
situacion, la iniciativa legislativa indica que es importante que el Congreso de ia
Republica pueda garantizar el derecho a no ser privado del documento nacional
de identidad.
• En el caso del Pasaporte se indica que el acceso a este servicio no solamente
se encuentra con limitaciones en la oferta, sino que esta completamente
2 Visto en: Reniec evalua ampSiar !a viaencia de los DNI caducados fvideol | Noticias I Agenda
Peruana de NoticiasAndina
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CONGRESO
REPOBUCA
"Decenio de la tgualdad de Oporiunidad para mujeres y hombres '
"Ano de ia unidad, la paz y e! desarrollo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIF1CA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENTIDAD DE LAS PERSONAS".
colapsado. Asi, existe un retraso completamente inusual en las citas para la
obtencion de pasaportes, estando en marzo del 2022, las citas para obtener un
nuevo pasaporte pueden durar en la ciudad de Lima par mas de 6 meses, lo
que evidentemente genera un colapso del servicio mas aun cuando las
restricciones en viajes intemacionales han sido levantadas desde fines del ano
2021.
For estos motives, el proyecto de ley propone prorrogar por un periodo de 2
anos la vigencia de todo DNI que se encuentre caduco o que este por caducar,
pennitiendo que dentro del mencionado plazo el ciudadano pueda usar ei
Certificado de Inscripcion (C4) para acceder a los servicios vinculados al
ejercicio de los derechos de comunicaciones, salud y educacion; asi como
prorrogar tambien la vigencia del pasaporte hasta el 31 de diciembre de 2023
que se encuentre caduco o este por caducar.
La exposicion de motives de la inidativa legislativa 3710/2021-CR se sustenta en los
siguientes argumentos:
• Se propone resolver la problematlca que representa la poca vigencia del
Documento Nacional de Identidad (DNI), lo cual amenaza para el ejercicio pleno
del derecho fundamental a la identidad lo cual es de ocho anos.
• El proyecto de ley ? 1674-2007-CR (del cual se derive la promulgacion de la
Ley N0 22999) planteo elevar la validez del Documento Nacionat de identidad
(DN1) y en aquella ocasion el Reniec se opuso considerando que elio afectaria
el costo de la tramitacion como consecuencia de la reduccion de ingresos, asi
como el cierre de agendas. Esta posicion es contraria a la realidad, toda vez
que el Reniec viene incrementando su presupuesto institucional, puesto que
entre ei ano 2014 y el ano 2022 el presupuesto se ha incrementado en S/
262,542,903 soles, mientras que, los recursos directamente recaudados desde
el ana 2014 al mes de noviembre del ano 2022 se incrementaron en S/.
167,019,884 soles; en otras palabras, la teoria de la reduccion de recursos al
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REPUBLTCA
"Decenio de la !gualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, ia paz y el desarroSSo"
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3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022.CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIF1CACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENT1DAD DE LAS PERSONAS".
ampliar los plazos de vigencia del DNI no tiene un efecto que implique la
reduccion de recursos.
A nivel intemacional, existen paises de la Union Europea que permiten la
validez del documento nacional de identidad con un piazo de diez (10) anos e
inciuso mayor, tal como puede apredarse en ta siguiente tabla:
Cuadro 10
Pais
Alemania
Austria
Belgica
Chipre
Republica
Checa
Espana
Hungria
PIazodeVigencia
10 anos (solicitantes mayores de 24 anos)
6 anos (solicitantes menores de 24 anos)
10 anos (solicitantes de 12 anos o mas)
5 anos (solicitantes entre 2 y 15 anos)
2 anos (solicitantes menores de 2 anos)
30 anos (solicitantes mayores de 75 anos)
10 anos (para antiguos DNI expedidos par consulados belgas,
o para solicitantes entre 18 y 75 anos)
6 anos (solicitantes entre 12 y 18 anos)
10 anos (solicitantes mayores de 18 anos)
5 anos (solicitantes menores de 18 anos)
10 anos (solicitantes mayores de 15 anos)
5 anos (solicitantes menores de 15 anos)
Sin caducidad (solicitantes mayores de 70 anos)
10 anos (solicitantes entre 30 y 69 anas)
5 anos (solicitantes entre 5 y 29 anos)
2 anas (solicitantes menores de 5 anos)
60 anos (solicitantes mayores de 65 anos)
6 anos (solicitantes entre 18 y 65 anos)
3 anos (solicitantes menores de 18 anos, pero solo hasta la
fecha en la que el portador alcanza los 12 anos)
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CONGRESO
MPUBLICA
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3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Italia
Luxemburgo
Malta
Pafses
Bajos
Polonia
Rumania
3 anos (ninos de 0 a 3 anos)
5 anos (menores de 3 a 18 anos)
10 anos (adultos)
10 anos (solicitantes mayores de 15 anos)
5 anos (sollcitantes entre 4 y 14 anos)
2 anos (solicitantes menores de 4 anos)
10 anos (para todos los solicitantes)
10 anos (solicitantes mayores de 18 anos, desde 2014)
5 anos (solicitantes menores de 17 anos)
10 ahos (solicitantes mayores de 5 anos)
5 anos (solicitantes menores de 5 anos)
10 ahos (solicitantes entre 25 y 54 anos)
7 anos (solicitantes entre 18 y 24 anos)
4 anos (solicitantes entre 14 y 17 anos)
Indefinidos (solicitantes mayores de 55 anos)
Fuente: pagina 5 del proyecto de ley 3710/2022-CR.
A pesar que la Ley ? 22999, que ampiio la vigencia del Documento Nacional
de Identidad (DNI) de 6 a 8 anos, existen largas colas en ei Reniec para recoger
DNI, afectando al ciudadano, demostrando la existencia de una problematica
relacionada con la emision del DNI.
Par las razones expuestas, la iniciativa legislativa examinada propone elevar de
8 a 10 anos la vigencia del documento nacional de identidad, fortaleciendo asi
e! derecho a la identidad de las personas.
La exposicion de motivos de la iniciativa legislativa 4681/2022-CR se sustenta en los
siguientes argumentos:
• Para disminuir la indocumentacion infantil, el Reniec ejecuta distintas
estrategias, entre ellas: la atencion en establecimientos de salud, el trabajo
articulado con instituciones aliadas y el desplazamiento de registradores hacia
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CO NGR ESQ
REPUBLICA
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3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGAN1CA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
los lugares donde se concentran las poblaciones en situacion de pobreza o
pobreza extrema, brindandoles atencion gratuita. El gerente de Restitucion de
la Identidad y Apoyo Social del Reniec, Carlos Reyna, advlrtio que en el
Presupuesto Publico 2020 no se destino recursos para atender a la infancia
mas vulnerable, y, en consecuencia, si los ninos no tienen DNI, no podran
acceder a sen/icios ni programas sociales.
El Reniec destaca el logro colectivo, pero pone enfasis en los nihos, ninas y
adoiescentes indocumentados, pues ellos enfrentan probiemas de distinto tipo,
por lo general, relacionados con su nombre o apellido, y dificultades para
acceder a servicios publicos como salud y educacion.
A nivel nacional, el 1.1% de menores deedad carece de DNI, pero en laselva
este porcentaje sube a 2.9%. Otro dato importante a resaltar es que en las
ciudades este porcentaje es de 2% y 4.1 % en las zonas rurales.
El DNI del menor de edad tiene una vigencia de 8 anos despues de su emision
en el primer registro, es decir que a! cumplir los 8 anos de edad este menor
debe de renovarsu DNI, debiendode pagarse unatasa por derecho de tramite.
Si bien es cierto desde el aho 2005 el Reniec inicio una masiva campana de
identificacion, pero aun no se logra que los menores de edad cuenten con los
dates de domicilio actualizado y con la fotografia actualizada, manteniendo
muchos de ellos los datos y fotografias de la primera inscripcion.
La Constitucion Politica del Peru establece el derecho fundamental a la
identidad, a la iguaidad ante la ley y a que nadie debe ser discriminado par
motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o
de cualquiera otra fndole. En ese sentido, y bajo estos derechos fundamentales
de la persona, es que se plantea la gratuidad del registro de la identidad con
fotografia actual, con datos reales de domicilio del menory con un DNI vjgente;
todo ello en razon que, a la fecha, segun el TUPA del Reniec aprobado
mediante Resolucion Jefatural N0 156-2017- JNACIRENIEC, se tiene que el
costo del tramite es de S/.16.00 (codigo de tribute 00647). De igual manera,
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CONGRESO
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3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497. LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIRCACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
mediante el mismo TUPA se establece e! pago de derechos administrativos por
los conceptos de renovacion de DNI de menor de edad o DNI Amarillo: S/16.00
(Codigo 02122), asi como el pago por rectificacion de domiciiio, DNIde menor
S/. 16.00, usando el codigo de tributo 00647.
La Jniciativa tiene como objetivo garantizar el derecho a contar con una
identificacion con datos reales, fotografia actual y a contar con un DNI vigente;
y es que, segun su fundamento, las razones economicas no pueden ser un
motive para que los menores de edad no cuenten con un DNI con informacion
actualizada.
Por tos motives expuestos, la iniciativa legislativa propone exonerar de costo
alguno ios siguientes tramites del DNI de menor de edad: la actualizacion de
datos de domicilio, la actualizacion de fotografia y la renovacion de DNI de
menor de edad. No se contempla el tramite del dupllcado en la exoneracion.
La exposicion de motivos de la iniciativa legislativa 5341/2022-CR se sustenta en !os
siguientes argumentos:
• El objeto de la presente propuesta normativa es establecer la gratuidad de la
expedicion en la renovacion y duplicado del documento nacional de identidad
en caso el ciudadano express su voluntad de ser donante. Dicha informacion
debe figurar en el reverse de la cedula de identidad con la palabra "Sf".
• En el supuesto de haber consignado la voluntad de "NO" donar organos y se
desea rectificar esta decision, el Reniec debera emitir un DNI nuevo. En la
actualidad, para realizar el tramite de rectificacion de la decision en el DNI se
requiere ejercer un pago de tasa por el tramite de S/. 22 soles si cuentas con
DNI azul, mientras que en el caso del DNI electronico es de S/35 soles.
• La escasez de numero de donantes en el pais y !a existencia de un pago
administrative par e! tramite obliga a buscar medidas que fomenten el
consentimiento explicito.
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CONGR£SP "Decenio de la Sguaidadde Oportumdad para mujeres y hombres'
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3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MOD1FICA LA LEY 26497, LEY ORGAN1CA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
• Se busca promover la cultura de donacion a traves de la exoneracion de este
pago. Que, por diversos factores de orden sociocultural, economico, normativo,
religioso o geografico, no todos los ciudadanos pueden realizar el tramite de
rectificacion en la decision de ser donante, situacion que acentua el bajo nivel,
generando en el pais una tasa de 0.7 par milion de personas como donantes
fallecidos; frente al lider mundial, Espaha que presenta 46.1 par millon de
personas, y muy lejos de Estados Unidos (41.6), Francia (24,7), Italia (24,1),
Reino Unido (19.8), Alemania (11.1 )yotros.
• Se pretende complementar los objetivos de la Ley 31756, Ley que promueve la
donacion de organos y tejidos humanos para trasplante con fines terapeuticos,
recientemente aprobada. Sin embargo, se details que esta norma se encuentra
condicionada a la ausencia de la declaracion de voluntad de no ser donante, es
decir, solo aplica cuando el ciudadano no ha dejado constancia expresa
respecto a su posicion a la donacion. La presente propuesta pretends que mas
nacionales expresen la declaracion de su voluntad en ser donantes al
eliminarse el pago por el concepto administrativo.
• La propuesta contribuira en la busqueda de soluciones frente a la problematica
de la donacion de organos y tejidos en el Peru, que trae como consecuencia
situaciones de vida y muerte para muchas personas lo que implica, a su vez,
una carga emocional cuando se pierde a un ser querido o cuando una donacion
pudo ayudar a salvar la vida de otro. A febrero de este ano se tenia 5700
personas aproximadamente esperando recibir un trasplante en todo el territorio
nacional.
5.2 Analisis del contenido de las propuestas legislativas en estudio
Habiendose analizado los fundamentos de las exposiciones de motives de las
iniciativas leglslativas examinadas, observamos que originan las siguientes
interrog antes:
35
R.EPUBLICA
"Decenio de la tgualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y e/ desarrollo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGAN1CA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENTIDAD DE LAS PERSONAS".
t^Cual es el contenido jundico del derecho fundamental a la identidad
contemplado en la Constitucion Politica del Peru?
ejerce dicho derecho? y ^Cual es su tratamientojuridico internacional?
cCua\ es el procedimiento administrativo para obtener el DNI azul y amarrillo?
c,Que polfticas publicas ha tornado el Estado peruano para luchar contra la
indocumentacion de menores de edad en condicion de pobreza y pobreza
extrema?
necesario prorrogar su validez por 2 anos mas? ^sena mas optima que la
vjgencia del DNI sea por 10 anos? ^Que senala la legislacion comparada al
respecto?
cE\ marco Juridico vigente sobre la promocion de la donacion de organos y
tejidos humanos para trasplante con fines terapeuticos contempla beneficios
para [os donantes? ^es necesario otorgar beneficios en la actualizacion de la
decision de donar organos y tejidos en el DNI?
(;,ES prioritario prorrogar la vigencia de los pasaportes caducos o que esten par
caducar hasta el 31 de diciembre de 20237 ^Cuanto tlempo de vigencia tiene
actualmente un pasaporte?
En relacion con todo ello, y a fin de realizar un mejor analisis, esta comision considera
pertinente desarrollar, en este orden, los siguientes items:
^ Derecho fundamental a la identidad: legislacion internacional y nacional, asi
como sentencias del Tribunal Constitucional.
^ Documento Nacional de Identidad: definicion, datos personales que contiene,
vigencia y procedimiento administrativo de adquisicion.
^ Analisis de la propuesta sobre establecer la exoneracion del pago por derecho
de tramites del DNI de menores de edad.
36
^Mtir
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CONGR 'so "Decenio de la Sgualdad de Oportunidad para mujeres y hombres '•
RJEPUBLICA. "Ano de la unidad, ta paz y el desarrolto"
D1CTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR. QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497. LEY ORGAN1CA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
^ Analisis de la propuesta de ampliacion de la vigencia del DNI por 10 anos o su
prorroga excepcional por un periodo de 2 anos para aqueilos DNI que se
encuentren caducos o esten por caducar.
^ Analisis de la propuesta que establece la gratuidad en el tramite de rectificacion
de datos en el DNI cuando el titular cambie su decision inicial y se constituya
como donante de organos y tejidos.
^ Improcedencia en parte del proyecto de ley 1539/2021-CR, que establece
prorrogar la vigencia del pasaporte al 31 de diciembre de 2023.
^ Propuesta de texto sustitutorio de la Comision de Constitucion y Reglamento.
5.3 Derecho fundamental a la identidad: legislacion internacional y nacional, asi
como sentencias del Tribunal Constitucional.
Del estudio realizado por esta comision sobre la legislacion internacional del derecho a
la identidad, encontramos que el Estado peruano ha suscrito diferentes tratados
intemacionales. Un ejempio es la Declaracion Universal de los Derechos Humanos3,
ratificado por e! Estado peruano mediante Resolucion Legislativa 13282 del 24 de
diciembre de 1959, que establece sobre esta materia en su articulo 6 que todo ser
humane tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad juridica.
Otra legislacion intemacional suscrita por el Estado es el Pacto Internacional de
Derechos Clviles y Politicos4, que fuera ratificado a traves del Decreto Ley 22128. Este
dispositivo legal senala, entre otras ideas, lo siguiente sobre el derecho a ia identidad:
"Articulo 16
3 Visto en: https://www.un.orq/es/abQut-us/universal-dec1aration-of-human-nghts
4 Visto en: httDS://www.ohchr.ora/es/instruments-mechanisms/Jnstruments/intemational-covenant-
civil-and-politicat-riflhts
37
'—^ F CKti
CON GR ESQ
REPUBLTCA
"Decenio de la iguaidad de Oportunidad para mujeres y hombres '
"Ano de la unidad, la paz y e! desarrotlo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su
personalidad juridica.
Artfculo 24
1. Todo nino tiene derecho, sin discriminacion alguna por motivos de raza,
color, sexo, idioma, religion, origen nacional o social, posicion economica o
nacimiento, a las medidas de proteccion que su condicion de menor
requiere. tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado.
2. Todo nino sera inscrito inmediatamente despues de su nacimiento y debera
tener un nombre.
3. Todo nino tiene derecho a adquirir una nacionalidad.
[...]"
Igualmente, esta comision tambien encuentra que la Declaracion de los Derechos del
Nino5, aprobada por la XIV de la Asamblea General de las Naciones Unidas, estipula
en uno de sus principios el derecho a la identidad, a continuacion, el detaile:
"Principio III:
El nino tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionaltdad."
De forma similar, la Convencion de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Nino6,
aprobada mediante Resoluclon 44/45 de la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 20 de noviembre de 1989, en ia ciudad de Nueva York - USA, dispone en su articulo
7 que el nino sera inscrito inmediatamente despues de su nacimiento y tendra derecho
desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible,
a conocer a sus padres y a ser cuidado par ellos. Asimismo, indica tambien que los
Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del nino a preservar su
5 Visto en: httDs://www.humanium.or(3/es/dec!aracion-de-los-de!'echos-ciel-nino-texto-completo/
6 Visto en: httDs://www.un.org/es/events/childrendav/pdf/derecho£Lpdf
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CONGR 'so "Decenio de la Igualdad de Oportunsdad para mujeres y hombres"
REPUBIICA "Ano de la unidad, la paz y e! desarrollo"
D1CTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MOD1FICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
identidad, incluidos ia nadonalidad, el nombre y las relaciones familiares de
conformidad con la ley sin injerencias ilicitas.
For otro lado, esta comision cree oportuno citar tambien la iegislacion internacional
vigente del continente americano. Es asi que encontramos el articulo XV11 de la
Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del Hombre7, que establece que
toda persona tiene ei derecho a que se Ie reconozca en cualquier parte como sujeto de
derechos y obligaciones y a gozar de los derechos civiies fundamentaies.
En ese mismo razonamiento, la Convencion Americana sobre Derechos Humanos8,
menciona sobre el nombre:
"Articulo 18 Derecho al Nombre
Toda persona tiene derecho a un nombre propio y a los apellidos de sus padres
o al de uno de ellos. La Ley reglamentara ia forma de asegurar este derecho
para todos, mediante nombres supuestos si fuere necesario.
Respecto a la legislacion nacional, la Constitucion Politica del Peru, en su artfculo 2,
numeral 1, dispone que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su
integridad moral, psfquica y fisica y a su fibre desarrollo y bienestar.
Par su parte, el Codigo Civil peruano menciona en sus articulos 19 y 20 que toda
persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre, incluyendo [os apellidos;
especificando tambien que al hijo Ie corresponde el primer apeliido del padre y el
primero de la madre.
Visto en:
httDS://www.aob.mx/cms/UDioads/attachment/fjle/351067/DECLARACtON AMERICANA DE L
OS__DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE.pdf
Visto en:
https://www.cndh.ora.mx/sites/alS/doc/ProgramasH'rataPersonas/MarcoNormativoTrata/lnslntem
acionales/Reoionaies/Convencion ADH.pdf
39
GRTSO "Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
R.EPUBLICA "Ano de !a unidad, la paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
En ese orden normativo, esta comision considera importante citar la Ley 26497, Ley
Organica del Registro Nacional de Identificacion Estado Civil, que, al ser la norma de
desarrollo constitucional del Reniec, incluye disposiciones reiacionadas a la identidad
de las personas, asi como registra diferentes momentos cruciales de la vida de una
persona, como lo es el nacimiento, e! matrimonio y su defuncion. Es asi que, respecto
a la inscripcion de los nombres y apellidos de un individuo ante el Estado, en su articulo
44 dispone que los mismos seran inscritos en los Registros Civiles.
Posterior a ello, se emite el documento nadonai de identidad, el que permite el ejercicio
del derecho a la identidad en la vida cotidiana del ciudadano.
Ahora bien, referente a la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional sobre el
derecho a la identidad, se puede citar la sentencia recaida en el expediente ? 4444-
2005- PHC/TC, que senala lo siguiente:
"4. Sobre el particular resulta necesario precisarque, en nuestro ordenamiento
jundico, el DN1 tiene una doble funcion; por un lado, permite que el derecho
a la identidad se haga efectivo, ya que posibiiita la identificacion precisa de
su titular; y, por otro, es un requisite para el ejercicio de los derechos civiles
y politicos que se encuentran consagrados en !a Constitucion Politica del
Peru. Dicho documento, ademas, es esencial para el desan-ollo de
actividades comerciales, tramites judiciales y otros de caracter personal, de
modo que su carencia comporta una limitacion de varies derechos
ciudadanos, uno de los cuales esta referido a la libertad individual, razon par
la que este Colegiado se considera habilitado para emitir pronunciamiento
sobre el particular."3
9 Fundamento 4 de la sentencia del Tribunal Constitudona! recaida en el expediente ? 4444-2005-
PHC/TC.
Vistoen: https://tc.gQb.pe/jurispru.d.enc)a/200_6/04444-2005-HC.pdf
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CONGRIESO "Decenio de la !gua!dad de Oportumdad para mujeres y hombres'
RJEPOBLICA. "Ano de la unidad, la paz y e! desarrolto"
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3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MOD1FICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
En ese mismo orden de ideas, la sentencia recaida en el expediente ? 2273-2005-
PHC/TC senala sobre derecho a la identidad:
El derecho a la identidad
21. Este Tribunal considera que entre los atributos esenciales de la persona,
ocupa un lugar primordial el derecho a la identidad consagrado en el inciso
1) del articulo 2° de la Carta Magna, entendido como el derecho que tiene
todo individuo a ser reconocido estrictamente por lo que es y par el modo
como es. Vale decir, el derecho a ser individualizado conforme a
determinados rasgos distintivos, esencialmente de caracter objetivo
(nombres, seudonimos, registros, herencia genetica, caracteristicas
corporales, etc.) y aquellos otros que se derivan del propio desarrollo y
comportamiento personal, mas bien de caracter subjetivo (ideologfa,
identidad cultural, valores, reputacion, etc.).
[...]
23. Queda claro que cuando una persona invoca su identidad, en principio lo
hace para que se la distinga frente a otras. Aun cuando a menudo tal
distincion pueda percibirse con suma facilidad a partir de datos tan
elementales coma el nombre o las caracteristicas fisicas (par citar dos
ejemplos), existen determlnados supuestos en que ta! distincion ha de
requerir de referentes mucho mas complejos, como puede ser el caso de
las costumbres, o las creencias (par citar otros dos casos). El entendimiento
de tal derecho, por consiguiente, no puede concebirse de una forma
inmediatista, sino necesariamente de manera integral, tanto mas cuando
de por medio se encuentran planteadas discusiones de fondo en tomo a la
manera de identificar del modo mas adecuado a determinadas personas.
1" 10
10 Fundamentos 21 y 23 de la sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el expediente ?
41
B
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REPUBLTCA
"Decenio de la Sgualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y e! desarrolto"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022.CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIHCA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFfCACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Complementando lo anterior, la sentencia recaida en el expediente 00139-2013-
PA/TC11, indica que el derecho a la identidad no puede ser apreciado como un concepto
unitario, que engloba una sola reatidad o que comprende una sola clase de
caracteristicas que identifican al individuo. Planteandose una faceta estatica, es decir,
no cambia con el devenir del tiempo y una faceta dinamica, aquella que de acuerdo a
la evolucion y maduracion de la persona muta.
Asimismo, esta sentencia alude que durante mucho tiempo la identidad estatica ha sido
la unica considerada juridicamente, y comunmente era denominada como
"identificacion"; siendo los elementos que la configuran el codigo genetico, el lugar y
fecha de nacimiento, los progenitores, las caracteristicas fisicas inmodificables, el
contorno somatico, entre otros. Por su parte, la identidad dinamica se describe como
el conjunto de atributos y calificaclones de la persona de cariz variable como son las
creencias filosoficas, religiosas, ideologicas, la profesion, las opiniones, preferencias
politicas y economicas, el perfil psicologico, la sexualidad, entre otros.
De lo expuesto, esta comision encuentra aue el derecho fundamental a la
identidad se encuentra ampliamente resguardado en los diferentes tratados
internacionales que el Estado peruano ha firmado, asi como por nuestra propia
Constitucion Politica^_ leyes v jurisprydencia del Tribunal Constitucional,
aarantizando asi que todo peruano tenga el derecho a nombres y apellidos, los
que seran inscritos en los Registros Civiles a traves de un certificado de
nacimient0i_eemn|tiendo, ppsteriormente. la obtencion del DNI para el eiercicio
diario del derecho a la identidad del ciudadano en la sociedad.
Visto en: httDs;//www.tc.aob.De/lurisDrudencia/2006/02273-2005-HC,pdf
11 Fundamentos 11 y 12 del veto singular de los magistrados Eto Cruz y Mesia Ramirez, de la
sentencia del Tribunal Constitucional recaido en el expediente 00139-2013-PA/TC.
Vistoen: httDS://www.tc.aQb.De/iurisDrudenc!a/2014/00139-2013-AA.pdf
42
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CONGRESO
REPOBUCA
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"Decenio de la Iguaidadde Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE 1DENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
5.4 Documento Nacional de Identidad: definicion, datos personales que contiene,
vigencia y procedimiento administrativo de adquisicion
Segun el artfculo 26 de la Ley 26497, Ley Organica del Registro Nacional de
Identificacion y Estado Civil se describe al Documento Nacional de Identidad - DNI
como un documento publico, personal e intransferible, constituyendose como la unica
cedula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos,
judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser
presented o.
El articulo 32 del mismo texto legal dispone que el DNI debe contar, como mmimo, con
una fotografia del titular de frente con la cabeza descubierta, la impresion de la huella
dactilar del indice de la mano derecha de la mano izquierda a falta de este, a demas
de los siguientes datos:
a) La denominacion de Documento Nacional de Identidad o DNI.
b) Et codigo unico de identificacion que se Ie ha asignado a la persona.
c) Los nombres y apellidos del titular.
d) El sexo del titular.
e) El lugary fecha de nacimiento del titular.
f) El estado civil del tituiar.
g) La firma del titular.
h) La firma del funcionario autorizado.
i) La fecha de emision del documento.
j) La fecha de caducidad del documento
k) La condicion de donante o no donante de organos y tejidos, para fines de
trasplante o injerto, despues de su muerte.
1) La declaracion voluntaria del titular de sufrir discapacidad permanente.
m) La direccion domiciliaria que corresponde a la residencia habitual del titular.
n) El grupo y factor sanguined
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REPUBLICA
"Decenio de la tgualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y e/ cfesan-o/to"
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3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Por otro lado, esta comision precisa que el articulo 37 de la Ley 26497, establece que
el DNI tendra una validez de 8 anos. Cabe precisar, que dicho plazo fue incorporado
mediante la Ley 29222, publicada el 2 de mayo de 2008, en virtud que anteriormente
el plazo de vigencia del DNIera de 6 anos.
Par otro tado, respecto al procedimiento administrativo de adquisicion de los DNI
amarillo y electronico, esta comision cree conveniente examinar los requisitos
necesarios para su obtencion. A continuacion, el detalie:
Cuadro 11
Requisites para la inscripcion del DNI
de menores de edad hasta [os 16
anos12
• Recibo de pago.
• Copia certificada de acta de
nacimiento expedida por
Registrador Civil.
« No sera necesario exhibir el recibo
de servicio publico en los casos que
el domicilio del menor sea el mismo
que el domicilio consignado en el
DNI del deciarante.
• Una foto tamano pasaporte actual,
sin marco, no porosa, a color, fondo
blanco, de frente, el rostro y orejas
deben estar descubiertos, sin
sonrelr, sin lentes, sin retoques, sin
Requisites para la inscripcion del DNI
desdelos 17anos13
• Recibo de pago.
• Copia certificada de acta de
nacimiento expedida por Registrador
Civil.
• Recibo de servicio publico (agua,
telefono, predial, arbitrio) en original y
copia, no mayor a seis meses de
antiguedad.
• Una foto famano pasaporte actual,
sin marco, no porosa, a color, fondo
blanco, de frente, el rostro y orejas
deben estardescubiertos, sin sonreir,
sin ientes, sin retoques, sin prendas
en !a cabeza salvo religiosas.
° Si la Oticina de Atencion cuenta con
12 Vista en: httqs^/www.reniec.Rob.pe/Dortal/tramiteGenerajD.htmff
13 Visto en: https://www.reniec.Rob.pe/portal/tramiteGeneralD.htm#
44
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CONGRESO
R.EPUBLICA
"Decen/o de /a iguaidad de Oportunidad para mujeres y hombres ''
"Ano de la unidad, la paz y el desarroHo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFtCA LA LEY 26497, LEY ORGAN1CA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENTIDAD DE LAS PERSONAS".
prendas en la cabeza saivo
reiigiosas.
Presentar DNI de padres,
ascendientes, tutores, hermanos
mayores de ios padres o del menor
de edad o representantes de la
Defensoria del Pueblo o del Centre
de Proteccion.
Certificado de discapacidad (RM
372-2000-SA/DM) o similar,
Resolucion Ejecutiva CONADIS,
certificado o constancia de centre de
educacion especial en la que conste
condicion de dlscapacidad.
Si el DNI pertenece a un menor de
edad, ei menor tiene que estar
presente cuando solicite la
inscripcion. Para el recojo solo es
necesario que lo haga el declarante
(padre, madre o tutor), es decir quien
acompano al menor a que realice el
tramite.
Pago de S/. 16 soles
registro digital del tramite (Captura en
Vivo) se Ie hara una toma gratuita de
la foto.
Declaracion Jurada del padre, madre
o hermano 6 de dos personas
mayores de edad que conozcan al
solicitante (si a la fecha de realizar el
tramite tiene 20 a mas anos).
Certificado de discapacidad (RM 372-
2000-SA/DM) o similar, Resolucion
Ejecutiva CONADiS, certificado o
constancia de centre de educacion
especial en la que conste condicion
de discapacidad.
Pago de S/. 30 soles, para personas
con discapacidad es gratuito.
Fuente: Pagina web del Reniec.
De lo expuesto en este acapite, esta comision resalta nuevamente que el DNI es el
documento por excelencia para ejercitar diariamente el derecho fundamental a la
identidad del ciudadano, pemnitiendo a este la realizacion de actos civiles, comerciales,
administrativos, judiciales, entre otros. De igual forma, se precisa que este documento
contiene tanto informacion objetiva de su titular (foto del mismo, nombres, apellidos,
45
I'F.Rtl
°^ ^iiasi:;:
CPNGR ^ "Decenio de la Igualdad de Oportumdad para mujeres y hombres'
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3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
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REGISTRO NACIONAL DE IDENT1FICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
tipo de sangre, sexo y firma), asi como declaraciones que el titular hace, tal como es el
caso de manifestar ser donante de organos o declarar que sufre una discapacidad
permanente, si la tuviere.
5.5 Analisis de la propuesta sobre establecer la exoneracion del pago por derecho
de tramites del DNI de menores de edad.
El proyecto de ley 4681/2022-CR propone que los tramites de DNI de menores de edad
no tengan costo aiguno, con excepcion del tramite de duplicado. Estos tramites son:
renovacion por caducidad, actuafizacion de datos de domicilio y actualizaciones de
fotografia de maneara automatica.
Lo pianteado significa que el ciudadano menor de edad estaria exento de pagar la tasa
del procedimiento administrativo correspondiente, sea cual fuese su condicion
economica. Al respecto, esta comision concuerda en que es necesario desde el Estado
una lucha contra la indocumentacion de ciudadanos menores de edad; no obstante,
entendiendo que los recursos economicos estatales no son ilimitados, esta comision
considera que no puede tratarse de igual manera en el pago de un derecho de tramite
a una persona que se encuentra en pobreza o pobreza extrema, con otra que tiene una
capacidad adquisitiva que Ie permite costear ios tramites. Y es que tal como lo ha
senalado el Tribunal Constitucional14, la iguaidad como derecho fundamental: "[...]
constituye, prima facie, en aquel derecho que obliga, tanto a los poderes publicos como
a los particulares, a encontrar un actuar paritario con respecto a las personas que se
encuentran en las mismas condiciones o situaciones, asi como a tratar de manera
desiquaf a las personas que esten en situaciones desiflya|es, debiendo dicho trato
14 Fundamento 4 de la sentencia del Tribunal Constitucional recaido en el expediente ? 03525-
2011-PAn'C
Vistoen: https://www.tc.ciob.pe/]urispmdencia/20H/03525-2011-AA%20Resolucion.html
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CONGRESO "Decenio de la Igualdad de Oportuntdad para mujeres y hombres'
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3710/2022-CR. 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MOD1FICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE IDENTIF1CACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
dispar tener un fin legitimo, el mismo que debe ser conseguido mediante la adopcion
de la medida mas idonea, necesaria y proporcional. [...]"
En el caso concreto, esta comision esta de acuerdo en una politica pubiica de entrega
gratuita a menores de edad del DNt, su renovacion por caducidad, actualizacion de
datos de domicilio y actualizaciones de fotografia, siempre y cuando sea destinado a
pemanos considerados en pobreza o extrema pobreza, toda vez que los que no se
encuentran en dicha condicion pueden pagar el tramite, brindando recursos al Estado
para seguir con esta labor.
En relacion a ello, esta comision cree pertinente citar las diferentes resoluciones
jefaturaies que ha emitido el Reniec relacionadas a otorgar gratuitamente la inscripcion
par primera vez del DNI para poblaciones vulnerables indocumentadas en todo el Peru,
asi como la renovacion y actualizacion de datos para nines, ninas y adolescentes de 0
a 17 anos. A continuacion, el details:
Cuadro 12
RESOLUCION JEFATURAL
EMITIDA FOR RENIEC
000016-2021/JNAC/RENIEC15
RESUMEN DE LA NORMA
Autoriza la continuidad de las inscripdones de los
nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales
Auxiliares que funcionan en !os hospitales del MINSA
duranteel 2021.
Autoriza la gratuidad en los procedimientos en el Registro
unico de Identificacion de las Personas Naturales -RUIPN
y la consecuente expedidon del documento nadonal de
identidad a los recien nacidos y menores de 0 a 16 anos de
edad que concurran par atendon facultativa a los hospitales
del M1NSA, durante el ano 2021.
1S Visto en:
httDS://cdn.www.Qob.De/uploads/documenVfile/1889804/RJ-016-2021-JNAC-RENlEC.Ddf
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CONGRESO
MPOBLICA
"Decen'io de la Sgua!dad de Oportunidad para mujeres y hombres ''
"Ano de la unidad, la paz y e/ desan'olio"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIF1CACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
000001-2022/JNAC/RENIEC16
Autoriza la gratuidad en los procedimientos en el Registro
Unico de Identificacion de las Personas Naturales - RUIPN
y la consecuente expedicion del documento nacionai de
identidad a los recien nacidos y menores de 0 a 16 anos de
edad que concurran par atencion facultativa a los hospitales
del MINSA, durante el ano 2022.
Autoriza la gratuidad en los procedimientos en el Registro
unico de Identificacion de las Personas Naturates - RUfPN
y las consecuentes expedicion dei documento nacional de
identidad a los recien nacidos en la red de hospitales de
EsSalud, durante el ano 2022.
Autoriza la gratuidad en los procedimientos en el Registro
Unico de Identificacion de las Personas Naturales - RUIPN
y la consecuente expedicion del documento nacional de
identidad a los reden nacidos hasta el pnmer ano de edad,
procedente de 1226 distritos de las 25 regiones del Peru
que se realicen en las Oficinas Registrales Auxiliares,
Oficinas Registrales, Agendas y Puntos de Atencion, asi
como a los centros de salud perifericos que confomnan las
redes asistenciales en dichos departamentos, en el marco
del Programa "Acceso de la Pobladon a la Identidad",
durante el ano 2022.
Autorizar la gratuidad hasta la meta de tresdentos setenta
y cinco mil quinientos (375,500) procedimientos en el
Registro Lfnico de Identificacion de las Personas Naturales
- RUIPN, para la tramitacion y consecuente expedicion del
DNI, que se gestionen en campanas o Jornadas de
documentacion de la Direcdon de Restitucion de la
16 Visto en:
https://cdn.www.aob.De/UDloads/document/file/2690776/Resoiud%C3%B3n%20Jefatural%20N
%C2%BO%20000001-2022-JNAC RENIEC.pdf?v=1641486445 48
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CONGRESO
REPOBLICA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y e! desarrotto"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR. 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGAN1CA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENT1FICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
000012-2023/JNAC/RENIEC17
000014-2023/JNAC/RENIEC18
Identidad y Apoyo Social - DRIAS, hasta el 31 de diciembre
del 2023, en las siguientes modalidades:
• Inscripcion por primera vez, para pobladon
vulnerable indocumentada menor y mayor de edad
que habiten en todos los distritos de! Peru.
• Renovacion y actualizacion de datos para nines,
ninas y adolescentes de 0 a 17 anos de edad que
habiten en todos los distritos del Peru.
• Renovacion, duplicados, actualizacion de
imagenes y rectificadon de datos (a excepcion de
rectificacion de domidlio), dirigidos a personas
mayores que habiten en 901 distritos
seleccionados y categorizados como pobres y muy
pobres conforme a los quintiles 1 y 2 de pobreza,
en base a la metodologia del Ministerio de
Economia y Finanzas, asi como por el Mapa de
Pobreza Provincial y Distrital 2018.
Autoriza la gratuidad hasta el 31 de diciembre de 2023, a
nivel nacional y hasta la meta de 900 procedimientos de
inscripdon, duplicado, renovacion y rectiticacion de datos
del documento nacional de identidad para personas con
urgendas medicas (quienes se encuentren hospitalizadas,
requieran de intervene] ones quirurgicas o necesiten
afiliarse al seguro para recibir tratamiento),
comprendiendose a personas menores y mayores de edad
derivadas por instituciones del Estado, Iglesia u
organizaciones de la sodedad civil, cuya situacion de
17 Visto en:
httDS://cdn.www.gob.pe/up!oads/document/file/4073565/Resoluci%C3%B3n%20Jefatural%20N%C2%BO
%20000012-2023-JNAC RENiEC.pdf?v=1674835297
18 Visto en:
httDS://cdn.www.Rob.pe/uoloads/document/ft!e/4073597/Resoiuci%C3%B3n%20Jefatural%20N%C2%BO
%20000014-2023-JNAC RENI,ECpdf?v=1674835659
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CONGRESO
R.EPUBLICA
"Decenio de ia IguaSdad de Oportunidad para mujeres y hombres"
"Ano de /a unidad, la paz y el desarrotlo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MOD1FICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
000027-2023/JNAC/RENIEC19
urgencia o vuinerabilidad se encuentre debidamente
justificada.
Autoriza la gratuidad hasta el 31 de diciembre de 2023 de
los procedimientos de renovacion y duplicado del
documento nacional de identidad, tramitados a nivel
nacional, para personas menores y mayores de edad que
residan en el pais y se encuentren en situacion de
vulnerabilidad y exclusion social, como consecuenda de
desastres naturales o siniestros que deterioren la caiidad
de vida de la persona, siempre que sean derivadas par
instituciones del Estado, la Iglesia u organizaciones de la
sociedad civil y cuya situacion de urgencia o vulnerabilidad
se encuentre debidamentejustificada. Hasta la meta de 900
procedimientos.
Autoriza, desde el 02 de febrero hasta el 30 de junio del ano
2023, la gratuidad hasta la meta de 204,000 mil nuevos DNI
para ninas y ninos de 0-3 anas 11 meses y 29 dias (DNI
emitidos par primera vez), que habiten en todos los distritos
de! Peru. realizados en todas las Oficinas del RENIEC
(Oficinas Registrales, Oficinas Registrales Auxiliares,
Agencias y Puntos de Atendon).
Ampliacion de la meta fijada en la Resolucion Jefatural
?000014-2023/JNAC/RENIEC (25ENE2023), hasta once
mil ochocientos (11,800) procedimientos en el Registro
Unico de Identificacion de las Personas Naturales - RUIPN
para la tramitacion y consecuente expedicion del
Documento Nacional de Identidad.
19 Visto en:
https://cdn.www.aob.De/UDloads/document/file/4087297/Resoluci%C3%B3n%20Jefatural%20N%C
2%BO%20000027-2023-JNAC RENIEC.pdf?v=1675371Q71
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CONGRESO
R.EPOBUCA
"Decenio de la Iguaidadde Oportumdad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y e/ desarrotlo"
DICTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGAN1CA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENT1FICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
000145-2023/JNAC/RENIEC20
Autoriza la gratuidad hasta el 31 de diciembre de 2023 a
nivel nacional, de los procedimientos de inscripcion,
duplicado, renovacion y rectificacion de datos del
Documento Nacional de Identidad para personas con
urgencias medicas (quienes se encuentren hospitalizadas,
requieran de intervenciones quirurgicas o necesiten
afiliarse al seguro para recibir tratamiento),
comprendiendose a personas menores y mayores de edad
derivadas par instituciones del Estado, Iglesia u
organizaciones de la sociedad civil, cuya situacion de
urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente
justificada
Elaboracion propia.
Fuente: https://www.flob.pe/
Estos dispositivos legales demuestran la politica pubiica del Reniec de luchar contra ia
Indocumentacion de mayores y menores de edad en los distintos distritos del Peru,
denotando una politica publica que optimiza el derecho a la identidad de muchos
pemanos considerados pobladon vulnerable.
De igual manera, la Ley 31714, Ley que prioriza el tramite gratuito de la actualizacion
del domicilio en el Documento Nacional de Identidad (DNI) de la poblacion en situacion
de pobreza y pobreza extrema, dispone establecer la prioridad del tramite gratuito de
[a actualizacion del domidlio en el documento nacional de identidad (DNI) de la
poblacion en situacion de pobreza y pobreza extrema, a fin de contribuir con el proceso
de focalizacion regulado por la Ley 30435, Ley que Crea el Sistema Nacional de
Focaiizacion (Sinafo).
20 Visto en:
https://cdn.www,.qob^.e/UDloads/document/fi[e/5056203/ResQ!uci%C3%B3n%20Jefatural%20N%C
2%BO%20000145-2023"JNAC RENIEC.pdf?v=1693251460
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CONGR ^ "Deceniodeta tgualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
R.EPUBLTCA "Ano de la unidad, la paz y el desan-oilo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENT1DAD DE LAS PERSONAS".
De lo expuesto, esta comision opina que existe un marcojuridico vigente que garantiza
el acceso a la obtencion del DNI para menores de edad considerados como poblacion
vulnerable por el Reniec, asi como la gratuidad del tramite de actualizacion de domidlio
para poblacion en situacion de pobreza y pobreza extrema, que incluye tambien a
menores de edad; sin embargo, este colegiado cree pertinente que en el caso de la
fotografia del menor de edad inserto en el DNI amarillo st es necesario una constante
politica publica de su actualizacion; pues los bebes y ninos al momento de crecer
cambian con mayor rapidez sus facciones del rostro, generando una no coincidencia
entre el rostro del titular y la foto plasmada en e! DNI amarillo. Es por ello, y bajo un
enfoque de cuidado y proteccion de los ninos peruanos, esta comision recomienda que
es prioritario una foto actualizada de los ninos en sus DNI amarillo, lo cual permitira
combatir no solo ia indocumentacion infantif, sino la trata de personas que en su
mayoria de casos ataca a los nlnos y ninas de nuestro pafs.
Para promover una politica publica sostenible de actualizacion de datos de menores
de edad, esta comision propone aue sea enfocado a las ninos v ninas cuya
condicion sea de pobreza o pobreza extrema, pyes_se encuentran en una
condicion de vulnerabilidad, a diferencia de familias peruanas que si pueden
paqar la tasa correspondiente por tener una capacidad de adauisicion de bienes
mode rada o aita.
For estos motives, esta comision considera viable en parte el proyecto de ley
4681/2022-CR.
5.6 Analisis de la propuesta de ampliacion de la vigencia del DNI par 10 anos o su
prorroga excepcional por un periodo de 2 anos para aquellos DNI que se
encuentren caducos o esten por caducar
Tal como esta comision indico en el acapite 5.4 del presente dictamen, la vigencia de!
DNI en el Peru es de 8 anos. Esto es porque mediante la Ley 29222, publicada el 2 de
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CONGRESO "Decenio de la Iguatdad de Oportumdact para mujeres y hombres '•
REPUBLICS "Ano de la unidad, !a paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497. LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACfON Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
mayo de 2008, se anadio dos anos mas de vigencia a los 6 anos que anteriormente la
Ley ? 26497 disponia.
El proyecto de ley 1539/2021-CR, propone una prorroga a la vigenda del DNI par un
periodo de dos anos, para aquellos documentos que esten caducos o por caducar, y
precisa que en el caso de perdida el Certificado de Inscripcion (C4) serviria para
acceder a los servidos vinculados al ejercicio de los derechos de comunicaciones,
salud y educacion, en tanto dure el tramite del DNI. En similar medida, el proyecto de
ley 3710/2022-CR propone reconocer la vigencia del documento nacional de identidad
pordiezanos.
Respecto a la primera iniciativa legislativa citada, esta comision opina que los
fundamentos que dieron origen a la propuesta de una prorroga excepcional carecen de
legitimidad en la actualidad, toda vez que se basa en una falta de eficiencia de la
prestacion de todos los servicios publicos del Estado como consecuencia de la
declaracion de Estado de Emergencia en todo el temtorio nacional, mediante Decreto
Supremo 044-2020-PCM, de fecha 15 de marzo de 2020, en el marco de una activa
pandemia de COVID-19 que en ese entonces el pais afrontaba en todo el territorio
nacional.
Actualmente, la pandemia del COVID-19 ha sido superada y las institudones publicas
estan trabajando con normalidad, brindando los servicios publicos que les corresponde
conforme a ley. En ese sentido, no correspondena en este extremo la viabilidad de la
iniciativa legislativa estudiada; no obstante, este colegiado cree pertinente reflexionar
sobre la amptiacion de la vigencia del DNI por dos anos mas, no en el sentido de una
prorroga, sino de manera permanente.
De la revision de la opinion negativa vertida por el Reniec sobre esta materia,
encontramos que senala que la no renovacion del DNI, implicaria tener e! Registro
Unico de Identificacion de !as Personas Naturales - RUIPN desactualizado, el cual
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CONGRT.SO
RJEPOBLICA
"Decenio de la Igualdadde Oportunidad para mujeres yhombres'
''Ano de !a unidad, la paz y e! desairollo"
DICTANIEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021.CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE 1DENT1FICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
perderia su valor y utilidad, al no reflejar los dates (domicilio y estado civil) e imagenes
(foto, firma e impresion dactilar) de las personas para ser confrontadas con los titulares
del DNI, asi como afectana la obligacion que tienen los ciudadanos de efectuar la
renovacion de sus DNI, en contra de la normativa vigente.
Asimismo, esta institucion alude que el DNI es el unico documento que cumple la mision
de identificar de manera individual a los ciudadanos nacionales, en consecuencia,
ninguna persona, autoridad o funcionario podra exigir, bajo modalidad alguna, la
presentacion de documento distinto al DNI, no siendo viable que el certificado de
inscripcion (C4) sea un documento de Jdentificacion.
Sobre ello, esta comision concuerda en parte con la opinion mencionada, en virtud que
indica, claramente, en su articulo 26, que la unlca cedula de identidad personal para
todos los actos civiles, comerciales y otros, es el DNI. El permltir el uso del certificado
de inscripcion (C4) como documento de identificacion no solo vulneraria la citada ley,
sino tamblen causana una dupiicidad de documentos de identificacion que tendrian el
mismo efectojundico, no siendo eficiente.
Par otra parte, en relacion al extreme de la opinion sobre la no ampliacion de la vigencia
del DNI, esta comision no comparte dicha posidon, puesto que los argumentos
esgrimidos por el Reniec referente a una desactualizacion del Registro Unico de
Identificacion de las Personas Naturales - RUIPN, no son del todo cierto; y es que el
Reniec cuenta con informadon objetiva del ciudadano, tal como la firma, huella digital,
sexo, nombres y apellidos completos, fecha y lugar de nacimiento, grupo y factor
sanguineo, asi como las manifestaciones que ha expresado el tituiar respecto de ser
donante de organos o tejidos, o si sufre una discapacidad permanente,
Respecto a la variacion del domicilio y la fotografia del titular, esta comision advierte
que sobre el primero, es mas factible que el titular actualice su domicilio antes de la
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REPUBUCA "Ano de la unidad, la paz y e! desarrolto"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICAC10N Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
fecha de caducidad del DNI par motivos de tener que ejercer sus derechos civiies y
demas, no debiendo suponerse de manera absoluta que el titular esperaria 8 anos para
modificario. En relacion a la fotografia del titular, como se expreso en el acapite anterior,
es entendible esta medida en los denominados DNIs amarillos, pues los bebes y nihos
al momenta de crecer cambian con mayor rapidez sus facciones del rostro; sin
embargo, esto no es tan impactante en las personas con mayona de edad,puesto que
sus facciones no cambian tan pronunciadamente en los dos anos adicionales que se
pretende ampliar la vigencia del DNI.
En adicion a lo manifestado, esta comision advierte que el Congreso de la Republica
aprobo la Ley 31678, Ley que modifica el decreto legislativo 1350, Decreto Legislativo
de Migraciones, a fin de establecer la vigencia del pasaporte electronico ordinario par
10 anos. Mediante esta ley, como su propio titulo lo establece, se amplfa el plazo de
vigencia del pasaporte a diez anos. Cabe recordar que el plazo anterior de la vigencia
era de 5 anos, es decir, se amplio al doble de tiempo.
Es asi, que actualmente el dudadano peruano puede adquirir un pasaporte cuya
vigencia de es 10 ahos y tener a su vez un DNI cuya vigencia sea de 8 anos. Siendo
ambos documentos que identifican a una persona, el primero fuera del territorio
nacional, y el segundo dentro del pais. Es asi, que esta comision estima prudente
homologar los anos de vigencia de ambos documentos, es decir, aumentar
permanentemente la vigencia del DNI por dos anos mas, con lo cual se uniformiza la
vigencia de ambos documentos de identificacion.
Esta medida permitiria a muchos peruanos ahorrar dinero y tiempo en la adquisicion
de nuevos DNIs cada 8 anos, minimizando los gastos extras, tales como movilidad,
tramites, entre otros; asi coma reducira la carga administrativa para las autoridades.
Igualmente, otro argumento que sustenta la postura tomada por este colegiado, es la
iegislacion comparada. Es asi que, esta comision solicito al Departamento de
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"Decenio de la Iguatdad de Oportunidad para mujeres y hombres '•
"Ano de la umdad, la paz y ei desarroiio"
D1CTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE 1DENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
tnvestigacion Parlamentaria21 la elaboracion de un cuadro comparativo de la vigencia
del DNI en otros paises de la region y Europa. A continuacion, el detalle:
Cuadro 13
PAIS
Argentina
Bolivia
NORMA
Decreto Nacional
1.501/2009, Decreto
Reglamentario de la
Ley 17.671 sobre
utilizacion de
tecnologias digitales
en la identiticacion de
ciudadanos nacionales
y exfranjeros como en
la emision del
Documento Nacional
de Identidad.
(22 de octubre de
2009).
Decreto Supreme 4861
(11 de enero de 2023).
ARTICULO
"Art. 5.- Las actualizaciones previstas en el articulo
10 de la Ley 17.671 y sus modificatorias se
cumpliran en las siguientes etapas:
[...]
C- A partir de los Diedseis (16) anos, cuaiquiera
sea la edad del identificado, todo ejemplar de los
nuevos Documentos Nacionales de Identidad
(DNI), aprobados por el articulo 1 del presente
tendran una vaiidez de quince (15)anos a partir
de la fecha de su emision. Las actualizaciones
seran obligatorias hasta cumplidos [os setenta
(70)ano de edad.
[...r
"Articulo 6.- (vigencia de la ceduia de identidad)
I. La C6dula de identidad en fomnato fisico tendra
una vigencia de cinco (5) anos, a partir de su
emision y/o actuaiizacion de datos.
II. La Cedula de Identidad en formato digital tendra
una vigencia de dos (2) anos, a partir de su
habilitadon.
III. Concluida la vigenda de la Cedula de Identidad
se considerara vencida y caduca para todo
efecto legal, debiendo el titular proceder a su
renovacfon.
21 Mediante Oficio ? 0017-2023-2024/CCR-CR, la Comision de Constitucion y Reglamento solidto
al Oficial Mayor trasiade el pedido de elaboracion de un cuadro comparativo de la vigencia de las
cedulas de identidad de paises latinos, Europa y Estados Unidos.
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CONGRRSO
REPOBLICA
"Decenio de la IguaSdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y el desarroilo"
DICTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022.CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Brasil
Decreto ? 10.977. de
23 de febrero de 2022.
Reglamento la Ley ?
7.116, de 29 de agosto
de 1983, para
establecer los
procedimientos y
requisites para la
expedicion de la
Cedula de Identidad
por los organos de
identificadon de los
Estados y del Distrito
Federal, y la Ley 9454,
de 7 de abril de 1997,
para establecer la
Tarjeta de Ciudadano
Sen/icio de
Identificacion como
Sistema Nacional de
Registro de
Identificacion Civil
(23.02.2022)
Decreto 773,
Establece forma de
IV. La Cedula de Identidad, en ambos formatos,
tendra vigencia indefinida para:
a) Las bolivianas y los bolivianos a partir de
los dncuenta y ocho (58) anos de edad;
b) Personas con discapacidad grave y muy
grave;
[...]"
"Vigencia de Cedula de Identidad
Art. 15. El periodo de vjgencia de la Cedula de
Identidad se establecera de acuerdo con la edad
del titular al momenta de la expedicion del
documento.
Parrafo unico. La Cedula de Identidad tendra
validez:
1.- dnco anos, para las personas de cero a once
anos;
II.- diez anos, para las personas de doce a
cincuenta y nueve anos;
ill.- indeterminado, para personas de sesenta anos
y mas.
[...]"
"Articulo 1°. - La fecha de vencimiento de las
cedulas de identidad para chilenos y chilenas,
57
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M
CO NCR ESQ
R.EPOBLICA
"Decenio de la Iguaidad de Oportunsdad para mujeres y hombres'
"Ano de la umdad, la paz y ei desarrotto"
DtCTAMEN RECA'IDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE 1DENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
1DENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Chile
Colombia
Costa Rica
Ecuador
determinar fecha de
vencimiento de Cedula
Nacional de Identidad
(17deenerode1998)
Circular unica RC e
identificacion -
Version 8
Modificadon Circular
unica de Registro Civil
e Identificacion -
Version 8
(27.03.2023)
Ley 3504, Ley
Organica del Tribunal
Supreme de
Elecdones y del
Registro Civil
(10 de mayo de 1965)
Ley Organica de
Gestion de ia
Identidad y Datos
Civiles
emitidas a partir del 1 de Julia de 1998 por el
Servicio de Registro Civil e Identificacion, se
calculara de acuerdo a las siguientes reglas:
a) El tiempo transcurrido desde que se emite la
cedula hasta que esta venza variara entre cinco
y diez anos.
:-]
f) Para los menores de 10 anas, la cedula de
identidad tendra siempre vencimiento a los cinco
anos contando de la manera indicada en ia letra b).
[...]"
"18.5. Vigencia de la cedula de ciudadania digital
La cedula de ciudadania digital tendra una
vigencia de diez (10) anos. Una vez se cumpla
este termino, el colombiano debera realizar una
nueva solicitud de duplicado de cedula de
ciudadania digital para la actualizadon de [os datos
biograficos y biometricos del titular.
[...]"
"Articulo 94.- Termino de validez de la cedula de
identidad. El termino de validez de la cedula de
identidad sera de diez anas a partir de la fecha
de su emision. Transcumdo ese termino, se
considerara vencida y caduca para todo efecto
legal y, de oficio, se cancelara la inscripcion del
ciudadano como elector.
[...]"
Art. 88.- Tiempo de vigencia. La cedula de
identidad tendra el tiempo de vigencia de diez
anos contados a partir de su expedicion.
58
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CONGRESO
REPUBLICA
"Decenio de la igualdadde Oportunidad para muj'eres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y ei desan-oUo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENT1FICAC10N Y ESTADO CIVIL. CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Mexico
Repubiica
Dominicana
Venezuela
Alemania
(04 de febrero de
2016)
Ley General de
Poblacion (14 de abril
de 2000)
Ley 26-01, que
modifies el Articulo 5
de la Ley ? 8-92, que
establece la Cedula de
Identidad y Electoral
(01 defebrerode2001)
Decreto 1.412,
mediante el cual se
dicta el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza
de Ley de Reforms de
la Ley Organica de
Identificadon
(19 de noviembre de
2014)
Ley sobre cedula de
identidad y prueba
electron ica de
identidad (Ley de
cedulas de identidad -
PauswG)
Real Decreto
1553/2005, de 23 de
"Articulo 109.- La Cedula de Identidad Ciudadana
debera renovarse;
1. A rnas tardar, noventa dias antes de que
concluya su vjgenda; la cual no podra
exceder de 15 ahos.
[...]"
"Articulo 1.- Se modifica el Articulo 5 de la Ley 8-
92, que establece la Cedula de Identidad y
Electoral, para que, a partir de ia promulgacion de
la presente, la Cedula de Identidad y Electoral
tenga una validez de diez anos, desde el ano de
su expedicion hasta la fecha de su proximo
cumpieanos, dentro del mismo ano calendario."
"Articulo 18. Vigencia
La Cedula de identidad tendra una vigencia de
diez anos, contados a partir de la fecha de
expedicion. En el caso de los extranjeros o
extranjeras, la vigencia sera detemninada par el
termino estabiecido en el visado correspondiente."
"6. Duracion de la validez del documento de
identidad; aplicacion temprana; restricciones
espaciales
(1) Los documentos de identidad se expiden par
un periodo de validez de diez anos.
[...]"
"Articulo 6. Validez
59
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CONGRESO
KEPOBLTCA
"Deceniodela tgua!dad de Oportunidad para mujeres y hombres"
"Ana de ia unidad, la paz y el desarrolto"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Espana
Union
Europea
didembre, por el que
se regula ia expedicion
del documento
nacional de identidad y
sus certificados de
firma electronica.
(24 de diciembre de
2005)
Reglamento (UE)
2019/1157 del
Parlamento Europeo y
del Consejo, sobre el
refuerzo de la
seguridad de los
documentos de
identidad de los
ciudadanos de la Union
y de los documentos
de residencia
expedidos a
ciudadanos de la Union
y a los miembros de
sus familias que
ejerzan su derecho la
libre circulacion
(20dejuniode2019)
1. Con caracter general el documento nacional de
identidad tendra un periodo de validez, a contar
desde la fecha de la expedicion o de cada una
de sus renovaciones, de:
:..]
c) Diez anos, cuando el titular haya
cumplido los treinta y no haya alcanzado
1 os setenta.
[...]"
"Articulo 4
Periodo de vatidez
1, El periodo de validez de los documentos de
identidad sera de cinco anos como minimo
y de diez anos como maximos.
[...]"
Fuente: Nota de informacion referencial 9/2023-2024-ASISP/DIP, cuyo titulo es: Vigencia de
los documentos de identidad o ceduia de identidad.
Tal como muestra en la data citada, Argentina tlene un documento de identidad cuya
vigencia es de 15 anos, asi como Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Republica
60
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9i.R ^ "Decen/o de la Igualdad de Oporiunidad para mujeres y hombres'
REPUBtICA "Ano de la unidad, ia paz y el desarroiSo"
DtCTAMEN RECA'IDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE 1DENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Dominicana, Venezuela, Aiemania y Espana cuentan con cedulas de identidad con una
vigencia de 10 anos. Esto demuestra que es una practica aceptada internacionaimente
que el DNI tenga una vigencia de 10 anos.
Por las razones expuestas, esta comision esta de acuerdo en ampiiar la vigencia del
DNI a 10 anos, y en consecuencia, considera viable el proyecto de ley 3710/2022CR.
5.7 Analisis de la propuesta que establece la gratuidad en el tramite de rectificacion
de datos en el DNI cuando el titular cambie su decision inicial y se constituya
como donante de organos y tejidos.
Con fecha 31 de mayo de 2023 fue publicada la Ley 31756, Ley que promueve la
donacion de organos y tejidos humanos para trasplante con fines terapeuticos22.
Mediante esta ley se dispone que la autorizacion para la extraccion y el procesamiento
de organos o tejidos de donantes cadavericos se presume, salvo declaracion en contra
del tituiar o excepcion establecida en la Ley.
Esta misma ley establece que en caso de que haya discrepancia entre la informacion
contenida en el documento nacional de identidad (DNi) y la declaracion posterior de
fecha cierta, se considera valida la ultima manifestacion, anterior a la muerte del
donante. Indica tambien que, excepcionalmente, se considera valtda la declaracion
positiva para donar formulada por [os familiares directos del donante cadaverico.
Bajo el marco legal citado, esta comision afimna que existe un marco juridico vigente
para la promocion de la donacion de organos y tejidos humanos para trasplantes con
fines terapeuticos que no cuenta con una exoneracion del pago de la rectificacion de la
decision manifestada par el titular en el DNI; en consecuencia, esta comision opina
22 Visto en:
https://lpderecho.pe/lev-31756-donac!on^rganps-^
61
CONGRESO "Decenio de ta tgualdad de Oporlunidad para mujeres y hombres'
R'EPUBUCA "Ano de !a unidad, la paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIF1CA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NAC10NAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
favorablemente sobre la propuesta planteada par el Proyecto de Ley 5341/2022-CR,
que propone la gratuidad en el tramite de actualizacion de datos en el DNI para rectificar
la decision inicial del titular y se constituya en donante de organos y tejidos. Ello en
razon a que facilitara al titular el poder cambiar su manifestacion de voluntad plasmada
en su DNI, de un "NO" a un "Sl", sin costo alguno. De esta manera, la iniciativa
planteada complementa la Ley 31756, siendo una medida aceptable y necesaria de
aprobar.
Cabe acotar, que, segun el Reniec, el 13.52% de peruanos mayores de 18 anos han
dicho si a la donacion de organos en sus DNI23, denotando la poca aceptacion de esta
acdon que puede salvar muchas vidas. Esta propuesta hara mas senciilo la
rectificacion de la manifestacion de voluntad para ser donante y, por ende, optimizara
la politica publica de donacion de organos que esta impulsando el Estado peruano.
For los motivos expuesto, esta comision considera viable el proyecto de ley 5341/2022-
CR.
5.8 Improcedencia en parte del proyecto de ley 1539/2021-CR, que establece
prorrogar la vigencia del pasaporte al 31 de diciembre de 2023.
Un extreme del proyectode!ey1539/2021-CRproponeunapr6rrogadel pasaporteque
se encuentre caduco o este por caducar hasta el 31 de diciembre de 2023.
En cuanto a ello, esta comision nuevamente opina que los fundamentos que dieron
origen a la propuesta de una prorroga excepcional del pasaporte carecen de legitimidad
en la actuaiidad, a causa de que se basa en una falta de eficiencia de la prestacion de
23 Vistoen:
https://consu!torsalud.com/organos-6-mil-peruanos-
trasplante/#:~:text=En%20el%20Reniec%2C%203.129.869,2%20coraz%C3%B3n%20v%203%20p.yim%Cl
%B3n.
62
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CONGRESO
"Decenio de ia Iguaidadde Oportunidad para mujeres y hombres'
REPUBLICS "Ano de ia unidad, la paz y et desarroHo"
D1CTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR. 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
todos los servicios publicos del Estado como consecuencia de ia COV1D-19 y los
estados de emergencias que se dieron desde el ano 2020. A la fecha el escenario es
completamente distinto, habiendose superado los momentos mas duros de la
pandemia.
De iguai forma, results ineficiente e ineficaz prorrogar la vigencia del pasaporte hasta
el 31 de diciembre de 2023, si tenemos en cuenta que estamos en el mes de octubre,
es decir, a 3 meses antes de fin de ano, y no existe un motivo sustancial para una
prorroga. Y si es que se diera, tal como lo senala la opinion del Ministerio del Interior,
afectaria tratados internacionales firmados por el Estado peruano, como ei vigente con
la Union Europea, sobre exencion de visados para estancias de corta duracion, el que
exige que se usen pasaportes electronicos vigentes.
Finalmente, como se cito en el item 5.6., actualmente el Estado peruano brindara
pasaportes con vigencia de diez anos, brindando un documento con ampiio termino de
uso que beneficiara a muchos peruanos, a diferencia de prorrogas que en el escenario
vigente no son necesarias y vulnerarian acuerdos internacionales firmados por el
Estado peruano.
Par IDS motivos expuestos, esta comision considera inviable en este extremo el
proyecto de ley 1539/2021-CR.
5.9 Propuesta de texto sustitutorio de la Comision de Constitucion y Reglamento.
Luego de las explicaciones expuestas en los acapites anteriores, esta comision
propone un texto sustitutorio que plantee una ley que modifique la Ley 26497, Ley
Organica del Registro Nacional e Identificacion y Estado Civil, incorporando las
siguientes disposiciones:
63
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REPUBLICA
"Decenio de la iguaSdad de Oportunidad para mujeres y hombres '
"Ano de la umdad, la paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
> El Documento Nacional de Identidad (DNI) tiene una validez de diez (10)
anos, renovable por Jgual plazo.
> El Reniec, con cargo a su presupuesto y sin demandar recursos adicionales al
tesoro publico, emite gratuitamente el Documento Nacional de Identidad (DNI)
en los siguientes casos:
a) Actualizacion de la fotografia del Documento Nadonal de Identidad (DNi)
del menor de edad en condicion de pobreza o pobreza extrema.
b) Rectificacion o renovacion del Documento Nacional de Identidad (DNI) de
persona mayor de edad que incluya afirmativamente su condicion de
donante de organos y tejidos, con fines de trasplante o injerto, despues
de su muerte.
c) Los que el Reniec considere pertinentes para atender la necesidad de
documentacion de la poblacion y autorice par resolucion jefatural.
d) Los demas establecidos por ley.
Con estas modificaciones expuestas, la comision considera viable las iniciativas
legislativas examinadas.
VI. ANALISIS DEL MARCO NORMATIVO Y EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA
NORMA
El texto sustitutorio propuesto modifica el literal 37.1 e incorpora el 37.7 al articulo
37 de la Ley 26497, Ley Organica del Registro Nacionai de Identificacion y Estado
Civil. A continuacion, un cuadro comparativo entre la norma vigente y la propuesta
deestacomision:
Cuadro 14
LEY ? 26497
LEY ORGANICA DEL REGISTRO
NACIONAL DE IDENTIFICACION Y
ESTADO CIVIL
64
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CO NCR ESQ
REPOBLICA
"Decenio de !a Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y el desarrolto"
D1CTAMEN RECA1DO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021.CR,
3710/2022-CR. 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
[DENTIDAD DE LAS PERSONAS".
"Articulo 37.- Vigencia e invalidez
del Documento Nacional de
Identidad (DNI), obligacion de
actualizar datos y verificacion de la
direccion domiciliaria
37.1 El Documento Nacional de
Identidad (DNi) tendra una vaiidez
de ocho (8) anos, vencido el cual
sera renovado por igual plazo.
PROPUESTA DE TEXTO
SUST1TUTORIO
"Articulo 37.- Vigencia e invalidez del
Documento Nacional de Identidad
(DNI), obligacion de actualizar datos,
verificacion de la direccion
domiciliaria y casos de gratuidad
37.1 El Documento Nacional de
Identidad (DNi) tiene una validez de
diez (10) anos, renovable por iqual
plazo.
[...]
37.7 El Reniec, con cargo _a_su
presupuesto
sin demandar
recursos adicionales al tesoro
Dubtico, emite gratuitamente_el
Documento Nacional de Identidad
(DNI) en los siguientes casos:
e) Actualizacion de la fotoarafia
del Documento Nacional de
Identidad (DNI) del menor de
edad en condicion de pobreza o
pobreza extrema.
f) Rectificacion o renovacion del
Documento
Nacional
de
Identidad (DNI) de persona
mayor de edad que incluva
afirmativamente su condicion de
donante de organos v tejidos,
con fines de trasplante o inierto,
despues de su muerte.
65
,^UUHt,
.0,
CONGRBSO
REPUBLICA
Hi
"Decenio de la Iguaidadde Oportunidad para muj'eres y hombres"
"Ano de la unidad, la paz y el desarroilo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022.CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE 1DENTIFICAC10N Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
g) Los que el Reniec considere
pertinentes para atender la
necesidad de documentacion de
la poblacjon y autorice par
resolucion jefatural,
h) Los demas establecidos por
ley".
Elaboracion: Comision de Constitucion y Reglamento.
VII. ANALISIS COSTO BENEFICIO
Los beneficios del texto normative que se propone aprobar se muestran en el siguiente
cuadro:
Cuadro 15
SUJETOS
El Estado
BENEFICIOS
DNI - VIGENCIA Y ACTUALIZACION DE FOTO DE MENOR DE EDAD
• La actualizacion de la foto del DNI del menor de edad
mejorara su identificacion, facilitando a la PNP protegerlo en
casos de trata de personas, desapariciones, u otras
situaciones anomalas.
• La ampliadon de la vigencia del DN! a 10 anos permitira que el
Estado ahorre gastos en la emision del plastico al momento que un
ciudadano renueve dicho documento.
DN1- RECTIFICACION PARA SER DONANTE DE ORGANOS
• Fortalece su poiitica publica de promocion de donacion de
organos y tejidos humanos para traspiante con fines
terapeuticos.
• Permite brindar a los hospitales nacionales organos y tejidos
humanos para los traspiantes que requieren sus pacientes.
66
^as\
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^^i^wMNI
CONGRESO
REPOBLfCA
"Decenio de la igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres'
"Ano de la unidad, la paz y el desarrollo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Ciudadanos
• Optimiza el derecho a la salud de los ciudadanos que
requieren trasplantes.
• Facilita su acceso a ser donante de organos, incorporando
su condicion coma tal en su DNI.
• Economiza el transito de no ser donante de organos y tejidos
a ser donante.
• Mejora su derecho a la salud, par contar con organos o
tejidos humanos que necesita para un trasplante a su favor.
» Mejorara la identificacion de sus hijos al contar con fotos
actualizadas de ellos. El tramite sera gratuito, siempre y
cuando sea de condicion de pobreza o extrema pobreza.
• Tendra un DNI con una vigencia de 10 anos, evitando ir a
renovarlo antes, asumiendo los costos administrativos y de
tiempo que implica ello.
Los costos o desventajas del texto normativo que se propone aprobar se muestran en
el siguiente cuadro:
Cuadro16
SUJETOS
El Estado
COSTOS 0 DESVENTAJAS
• El Estado dejara de obtener ingresos par rectificaciones
de DNIs de ciudadanos que deseen registrar su
condicion de donante de organos o tejidos, o de las
actualizaciones de fotos de los DNIs de ios menores de
edad que sean de condicion de pobreza o extrema
pobreza.
• Usara mas plasticos para la elaboracion de DNIs de
actualizacion de fotos de menores de edad.
VIII. CONCLUSION
67
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REPUi&LI01L "Ano de la unidad, la paz y et desarrolSo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIF1CACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
For las consideraciones expuestas, la Comision de Constitucion y Reglamento, como
resultado del analisis respectivo, y de conformidad con lo establecido en el inciso b) del
articulo 70 del Regiamento del Congreso de la Republica, propone la APROBAC10N
de los Proyectos de Ley 1539/2021-CR, 3710/2022-CR, 4681/2022-CR y 5341/2022-
CR, con el siguiente TEXTO SUSTITUTORIO:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL REGISTRO
NACIONAL DE IDENTIRCACION Y ESTADO CIVIL, CON EL OBJETO DE
FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA IDENTIDAD DE LAS
PERSONAS
Articulo unico. Modificacion del articulo 37 de la Ley 26497, Ley Organica del
Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
Se modifica la sumilla del articulo 37, el numeral 37.1 y se incorpora el numeral 37.7
confomne ai siguiente texto:
"Articulo 37.- Vigencia e invalidez del Documento Nacionai de Identidad
(DNI), obligacion de actualizar dates, verificacion de la direccion
domiciliaria v casos de aratuidad
37.1 El Documento Nadonai de Identidad (DNI) tiene una validez dediez(10)
anos, renovable par igual plazo.
[...]
37.7_JEI_Reniec, con cargo a su presupuesto v sjnjdemandaLj'ecursos
adicionales al tesoro publico. emite aratuitamente el Documento
Nacional de Identidad (DNI) en los siquientes cases:
68
FERD
C^ ::;Hg^::;
CONGRESO
R.EPOBUCA
™n
"Decenio de ta Igualdadde Oportunidad para mu/eres yhombres'
"Ano de la unidad, la paz y el desarroHo"
DICTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REG1STRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
a) Actualizacion de la fotografia del Documento Nacional de Identidad
(DNI) del menpr_de e^ad en condjcion de pobreza o pobreza
extrema.
b) Rectificacion o renovacion del Documento Nacional de Identidad
(DNI) de persona mayor de edad que incluya afirmativamente su
con d icion de donante de oraanos v teiidos. con fines de trasplante
o injerto, despues de su muerte.
c) Los que el Reniec considere pertinentes para atender la necesidad
de documentacion de la poblacion v autorice par resolucion
JefaturaL
Firmada djgrtalmente par.
GONZALES DELGADO Diana
Carolina FAU 3D18174B129 soft
trtrtivo: Soy el autordel
d) Los demas establecidos por ley".
Firmado digitalmente par:
CONGRESO documBnto
^.,.Y^. ./-,.' Fecha; t8/10/2D23 1fl;10:2B-DSDa
ECHAIZ DE NUNEZ IZAGA
Oladys Uargot FAU 20161748126
soft
hftotivo: Say el autordel
documenta
Fecha: 1B/1D/2D23 15:14:57-D5DD
nraffl.
DXOXtUA
Ffrmado digital me nte por:
ALVAPRICTO Maria Del
Carmen FAU 2DI0174B126 soft
Mctivo: Say el autor del
documanto
Fecha: 1B/1D/2D23 12:42:15-0500
Dese cuenta,
Sala de Sesiones
17deoctubrede2023.
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riRMh
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Firmado digrtalmente por:
AGUINAGARECUENGO
fleyandru Airelio FAU 2Dfet74S12B
soft
Motive; Say Etautordel
dQcumenta
Fecha: IBnQ/2023 17:D8;47-B5DQ
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Presidenta
Comision de Constitucion y Reglamento
Firmado digitalmente por:
MO.YANQ DELGADO Martha
Uipe FAU 2Q16.174B12B soft
hdalivD: Say el autor del
documenta
Fecha: 17/1D/2D23 13;Q4:18-DSDQ
FimiadD digitalmetTte p or:
TUDElAGUTIERREZAIriana
Jtisefina FAU 2DlB174ei29 soft
Mdtivo: Soy e) autor del
dacumento
Fecha: 16/iD/2D23 14:23:22-Q5DQ
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rxnwA.
DXOIttU. I
FirmadQ digitalmente por
JUAR.EZ OALLEBOS Carmen
Patricia FAU 2D1S1748.128 soft
Motive: Say el autar del
doGumento
Fecha: 1B/1D/2Q23 17:41:28-D5GD
Firm 6Q djgitalmerte por
VENTURAANGEL Hector Jose
FAU2aiB17'W12Bsaft
Motive: Soy el autordel
dscumento
Fecha; )g/1Q/2D23 12:37:47.B5DD
REPUBUCA
"Decenio de la igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres "
"Ano de ta unidad, la paz y el desarrollo"
Firm ado digrtalmente por:
REYMUNDO MERCADO Blgard
ComeliQ FAU 201817-18128 soft
tutotivD: Soy el autordel
documents
Fecha:2D/1D/2Q23 14:44:00-0500
DICTAMEN RECAtDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGfSTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
Flpa-ft.
OIOIffiMk
Fin-nado digitalmenfe por:
P1CON QUEDO Luis Raul VW
20181746128 soft
Motive: Soy el autordel
documento
Fecha: 10/1D/2D23 20:10:41-0300
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Firmado dlgitalmente por:
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flfonso FAU 2D161748126 soft
MortJvo: Soy el autordel
documento.
Fecha: 2D/1QC023 15:38:15-Q5DQ
Finnadb disrtatmente por
CASTILLO R1VAS Eduaria
Birique FAU 20181748128 soft
hrirtivQ: Soy el autordel
documento
Fecha:.2Q/1D/2D23 15:23:03.0500
Flrmadc digttalmente por
TACURI VALDIS/1A German
Alolfo FAU 20181746128 soft
Mativo: Soy el autordet
documents
.Fe[;ha-2D/10/2D23 16:53:D8-Q50D
FlrmadO digitalmente por;
hAARTICOREHAMENDOZAJorge
Wonsa FAU 20161748)28 soft
kbtiyo: Soy el autordel
documento
Fecha:2D/1D/2023 15:'U]:ia-050Q
Firmado digttalmerrte pQr
PAREDES GONZALE3 flex
Artonio FAU 2Q181749126 soft
Motive: Soy et alitor del
rfocumenrto
Fecha;2D/10fiD23 17:02:08-DSDO
Firm add digrtalmente p or:
TAIPEGORONADOtAna
Bizabeth FAU 2Q10I748128 soft
tytotivo: Soy el autardel
documento
Fecha: 20/10/2023 1fl:12;47-D50D
Firmado digitalmente por:
VERG^RAMENDOZA Bvis
Heman FAU 20181748128 soft
(ntativo; Soy el autar del
documento
Fecha: ZD/1Q/2Q23 17:13;55-D$QO
Finnado digrtalmenrte por:
3ALHUANACAVIDES Eduardo
FAU 20161746128 soft
Motivcf: Soy el autar del
documento
Fecha: 20/1Q/2D23 17:24:39-D5DD
)rc»y^
Oioifte
Firmado digftalmente par:
CERRON ROJAS Waldemar
Jose FAU 213161748126 hard
Mriivo: Soy elautordel
documenta
Fecha: 2D/1DCD23 18:33:16-0500
FirmiiEfl dig'rtalmente par:
BURGOS OLIVEROSJuan
Bartolome FAU 20161748128 soft
hArtivo: Soy el autor del
dacumento
Fecha:2D/1Q/2D23 18:56:41-0500
REPOBLICA
,(2<3^^»i^l:3i^^
"Decenio de la Igualdad de Oportunidad para mujeres y hombres"
"Ano de la unidad, la paz y e! desarrollo"
Finnado dig'rtalmente por
MUfiANTE BARRIOS flejandro
FAU 20161740128 soft
tubtivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 23/1D/2G23.1D:4S:51-Q5DQ
DICTAMEN RECAtDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR,
3710/2022-CR, 4681/2022-CR Y 5341/2022-CR. QUE PROPONE:
"LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL
REGISTRO NACIONAL DE 1DENTIFICAC10N Y ESTADO CIVIL, CON
EL OBJETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA
IDENTIDAD DE LAS PERSONAS".
,' ttIOXTXL
Firmado digitalmente par:
C^MONES SORIANO Lady
M&rcedes FAU 20181746128 soft
MotJvo: Soy el autordel
ctocumerto
Fecha:23/1D/3D23 11:58:27.0500
^
V^f npw
,' &x
Firm ado digitalmente par
PALAGIOS HLWiAAN Ixtargot
FAU 20181743128 soft
Motivo: 5oy el autor del
documento
Fecha: 23/1Q/2Q23 14:41 :Q7-D5DO
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DIOITAL
Firmado digitalmente per:
VALERPINTO Hector FAU
2D18174S126soft
trtrtivo: Soy el autordel
documento
Fecha:23/1Q/2D23 15:54:12-0500
71
MP Dictamenes
De: mesadepartesvirtual@congreso.gob.pe
Enviado el: lunes, 23 de octubre de 2023 16:1 6
Para: Elsa Mirella Portugal Sanchez
Asunto: Mensaje Usuario Interno - Dictamenes
Datos adjuntos: c42dabb6c4cfc4d6d8fb2dc70b5630c9.pdf
[Solicitante]: eportugal@congreso.gob.pe
[Asunto]: Mensaje Usuario Interno - Dictamenes
[Mensaje]: SE REMITE DiCTAMEN RECAIDO EN LOS PROYECTOS DE LEY 1539/2021-CR, 3710/2022-CR, 4681/2022-CR
Y 5341/2022-CR, QUE PROPONE: "LEY QUE MODIFICA LA LEY 26497, LEY ORGANICA DEL REGISTRO NACiONAL DE
IDENTIF1CACION Y ESTADO CIVIL, CON EL OBJ ETO DE FORTALECER EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA IDENTtDAD DE
LAS PERSONAS". SE DEJA CONSTANCIA QUE SE ACORDO LA DISPENSA OLE TRAMITE DE APROBACION DEL ACTA
PARA EJECUTAR LOS ACUERDOS ADOPATADOS.
[Fecha]: 2023-10-23 16:16:00
[IP]: 192.168.10.219
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