Dictamen recaído en el proyecto 03504/2022-CR. LEY QUE GARANTIZA EL ACCESO DE LOS ESTUDIANTES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PROMOVIDAS POR PERSONAS JURÍDICAS PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO A LOS PROGRAMAS SOCIALES

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN POR UNANIMIDAD
Fecha05 Julio 2023
DICTAMEN RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY
3504/2022-CR, LEY QUE GARANTIZA EL ACCESO
DE LOS ESTUDIANTES DE INSTITUCIONES
EDUCATIVAS PROMOVIDAS POR PERSONAS
REPUBLICA JURIDICAS PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO A LOS
PROGRAMAS SOCIALES
COMISION DE INCLUSION SOCIAL Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
PERIODO ANUAL DE SESIONES 2022-2023
Dictamen 037-2022-2023-CISPD-CR f tt Fl^ • ^23
Senor presidente: 7\ 1 ' f
Ha sido remitido para estudio y dictamen de la Comision de Inclusion Social y
Personas con Discapacidad el Proyecto de Ley 3504/2022-CR, presentado por
el grupo parlamentario Alianza para el Progreso a iniciativa del congresista
Alejandro Soto Reyes, que propone la Ley que garantiza el acceso de los
estudiantes de instituciones educativas promovidas por personas juridicas
privadas sin fines de lucro a (os programas sociales.
El presents dictamen fue aprobado por unanimidad con la dispensa del acta y su
lectura para ejecutar los acuerdos aprobados en la vigesima octava sesion
ordinaria de la Comision de Inclusion Social y Personas con Discapacidad,
celebrada el 20 de junio de 2023, se debatio y aprobo el presente dictamen, con
el voto unanime de los presentes. Votaron a favor los congresistas: Kamiche
Morante Luis Roberto, Saavedra Casternoque Hitler, Alcarraz Aguero Yorel Kira,
Infantes Castaneda Mery Eliana, Olivos Martinez Leslie Vivian, Ramfrez Garcia
Tania Estefany, Portalatino Avalos Kelly Roxana, Portero Lopez Hilda Marleny,
Vasquez Vela Lucinda. (9)
1. SITUACION PROCESAL
1.1 Ingreso del proyecto a [a Comision
El proyecto de ley ingreso a la Comision el 11 de noviembre de 2022, siendo
decretado la Comision de Inclusion Social y Personas con Discapacidad, en
condicion de principal comision dictaminadora, y a la Comision de Educacion,
Juventud y Deporte, como segunda comision dictaminadora.
1.2 Cumplimiento de los requisites reglamentarios
De conformidad con lo establecido en el articulo 77 del Reglamento del
Congreso de la Republica, la iniciativa legislativa materia de dictamen ha sido
remitida a esta comision.
Cabe precisar que el proyecto cumple con los requisitos generates y
especificos senalados en los articulos 75 y 76 del Reglamento del Congreso
de la Republica, por lo cual se realizo el estudio correspondiente.
.1. ^o DICTAMEN RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY
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*-
CONGRESO EDUCATIVAS PROMOVIDAS POR PERSONAS
REPUBUCA JURIDICAS PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO A LOS
PROGRAMAS SOCIALES
1.3 Vinculacion con las Politicas de Estado del Acuerdo Nacional
En el Acuerdo Nacional, desarrollado en ei aho 2002 con ei fin de definir un
rumbo para el desarrollo sostenible del pafs y afirmar su gobemabiiidad
democratica, se asumio un conjunto de grandes objetivos, plasmados en
politicas de Estado. El proyecto de ley se encuentra dentro del segundo
objetivo del Acuerdo Nacional que dice "equidad y justicia social",
especificamente en la decimo segunda politica de Estado, respectivamente
que senalan:
Politica de Estado 12: "Acceso Universal a una Educacion Publica Gratuita y
de Calidad y Promocion y Defensa de la Cultura y del Deporte".
II. CONTENIDO DE LA PROPUESTA LEGISLATIVA Y PROBLEMAS QUE
PRETENDE RESOLVER
La formula legal del proyecto consta de tres articulos y una disposicion
complementaria final.
Articulo 1. Objeto de la ley
Articulo 2. Finalidad
Articulo 3. Inclusion de estudiantes de instituciones educativas
promovidas par personas juridicas sin fines de lucro en los programas
sociales.
Unica Disposicion Complementaria Final.
Segun lo expresado en la propuesta legislativa, se tiene por objeto garantizar el
acceso de los estudiantes de instituciones educativas promovidas por personas
juridicas privadas sin fines de lucro a los programas sociales.
Asimismo, se tiene par finalidad que los estudiantes pobres y extremadamente
pobres accedan a los programas sociales en las instituciones educativas en
donde reciben ensenanza, vale decir Qali Warma.
III. OPINIONES E INFORMACION
3.1 Solicitudes de opinion
La comision ha remitido solicitudes de opinion a las siguientes instituciones;
^
CONGRESO
REPtJBUCA
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DE LOS ESTUDIANTES DE INSTITUCIONES
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JURJDICAS PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO A LOS
PROGRAMAS SOCIALES
?
1
2
3
4
5
Institucion
Ministerio de Educacion
Ministerio de Economia y
Finanzas
Ministerio de Desarrollo e
Inclusion Social
Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables
Ministerio de Economia y
Finanzas
N.° de oficio
422-2022-2023-CISPCD-CR
423-2022-2023-CISPCD-CR
424-2022-2023-CISPCD-CR
425-2022-2023-CISPCD-CR
1021-2022-2023-CISPCD-CR
Fecha
17.11.2022
17.11.2022
17.11.2022
17.11.2022
20.04.2023
3.2 Opiniones recibidas en contra o falta de competencia
a) Ministerio de Educacion
Mediante el Oficio ? 787-2022-MINEDU/DM de fecha 16 de diciembre de 2022,
el Ministerio de Educacion traslada adjunto el Informe ? 01486-2022-
M1NEDU/SG-OGAJ mediante el cual la Oficina General de Asesoria Jundica del
Ministerio de Educacion brinda respuesta a la opinion solicitada respecto del
proyecto de ley, concluyendo que no es viable.
Al respecto, refiere el Ministerio de Educacion que, en los ultimos treinta anos,
los sen/icios educativos "privados" han proliferado en todo el pafs incluso en las
zonas mas populares, siendo que los entes promotores pueden describirse que
son organizaciones sin fines de lucro, no existiendo actualmente un registro. Por
lo cual esta clasificacion no es viable.
Asimismo, ia ley aplicaria a estudiantes que provengan de hogares pobres y
extremadamente pobres y que reciban alimentos en la institucion educativa
donde reciben ensenanza. Esto significa identificar a cada estudiante de acuerdo
a la direccion que registra su DNI, esta identificacion al presente no se cuenta y
no basta con un dispositivo legislative.
En la disposicion final no se senala el presupuesto adicional que se requerira
para este incremento de cobertura par parte del Programa Nacional de
Alimentacion EscolarQaliWarma actualmente adscrito al Ministerio de Desarrollo
e Inclusion Social.
Por otro lado, en la Ley 28044, Ley General de Educacion se establece la
gratuidad de la educacion, senalandose que la educacion es un servicio publico;
cuando lo provee el Estado es gratuita en todos sus niveles y modalidades, de
acuerdo con lo establecido en la Constitucion Politica y en la presente ley. En la
educacion inicial y primaria se complementa obligatoriamente con programas de
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alimentacion, salud y entrega de materiales educativos, por ello la referida ley,
no es una disposicion infra legal, al contrario es el marco normativo para el
sistema educativo peruano, de acuerdo ai proyecto de ley se necesitaria
modificar este articulo, lo que impacta en los programas de alimentacion, de
salud, asi como de materiales, los cuales requieren presupuesto y la habilitacion
normativa correspondiente, portampoco resulta viable.
En conclusion, el proyecto de ley no resulta viable ya que los estudiantes que
provengan de hogares pobres y extremadamente pobres podran recibir
alimentos en la institucion educativa donde reciben ensenanza, significaria
identificar a cada estudiante de acuerdo a ia direccion que registra su DNI, no
contandose con esta identificacion; asimismo, se necesitaria contar con
presupuesto adicional para llevara cabo lo dispuesto en la iniciativa legislativa.
b) Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social
A traves del Oficio D000900-2022-MIDIS-DM de fecha 28 de diciembre de 2022,
el IVlinisterio de Desarrollo e Inclusion Social, traslada el Informe D000802-2022-
MIDIS-OGAJ e informe anexo D000021-2022-M1DIS-OGAJ-TCR de la Oficina
de Asesoria Juridica mediante el cual se emite opinion sobre la propuesta
legislativa, considerandola no viable.
Al respecto, refiere el ministerio, mediante la Direccion General de Diseno y
Articulacion de las Prestaciones Sociales, es opinion que el proyecto de ley, no
es viable, ya que su aprobacion supondria la intromision del legislador en
competencias exclusivas y excluyentes del Poder Ejecutivo; asi como, vulnera lo
dispuesto en el Articulo 79° de la Constitucion Politica del Peru y lo establecido
en el numeral 2, inciso a), articulo 76°, del Reglamento del Congreso de la
Republica, donde se establece que los representantes del Congreso no tienen
iniciativa para crear ni aumentar gasto pubico.
Finalmente, la Oficina General de Asesoria Juridica, recogiendo y consolidando
las opiniones de las areas tecnicas, concluye que el presente proyecto de ley en
analisis excede las competencias del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social
por lo que no con-esponde pronunciarse sobre su viabilidad, recomendando
contar con la opinion del Ministerio de Educacion.
c) Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
Con Oficio ? D000382-2023-MIMP-SG de fecha 08 de febrero de 2023, el
Ministeriode la Mujery PoblacionesVulnerables, remiteel Informe ? D000143-
2023-MIMP-OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoria Juridica
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PROGRAMAS SOCIALES
concluyendo que por competencia, no corresponde al ministerio, emitir
opinion sobre el proyecto de ley materia de analisis.
d) Ministerio de Economfa y Finanzas
Mediante el Oficio ? 930-2023-EF/10.01 de fecha 18 de mayo de 2023, el
Ministerio de Economia y Finanzas remite el Memoranda 370-2023-EF/50.04 de
la Direccion General de Presupuesto Publico que adjunta el Informe ? 202-
2023-EF/50.04 de la Direccion de Normatividad de la mencionada Direccion
General, la cual concluye observando el proyecto materia de analisis.
Al respecto, concluye el ministerio que la iniciativa legislativa no cumple con las
reglas para la estabilidad presupuestaria establecidas en la Ley 31639, Ley de
Equilibria Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Aho Fiscal 2023.
Contraviene el principio de equilibrio presupuestario recogido en el articulo 78 de
la Constitucion Politica del Peru y ei articulo 2 del D.L.1440, Decreto Legislative
del Sistema Nacional de Presupuesto Publico, y finalmente contraviene la
prohibicion establecida en el articulo 79 de la Constitucion Politica del Peru,
referida a la prohibicion de iniciativa de gasto congresal.
3.3. Opiniones ciudadanas en el Foro Legislative Virtual
Al 19 de junio de 2023 se registraron quince opiniones conforme se aprecia a
continuacion;
e) Opiniones ciudadanas a favor
Patricia Alejandra Esquivel Castro (27/04/2023) a favor.
Garantizar el acceso de los estudiantes de instituciones educativas
promovidas por personas jundicas privadas sin fines de lucro a los
programas sociales puede tener un impacto positivo en el acceso a la
educacion, la igualdad de oportunidades, el rendimiento academico y el
compromiso social.
Jarli Maices Zavaleta Pierola (09/05/2023) a favor.
Que bueno que se busque garantizar el acceso de los estudiantes a los
programas sociales, siempre es importante el apoyo a la juventud, mas
aun en los estudios.
Edy Nicolas Chavez Lavi (09/05/2023) a favor.
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DE LOS ESTUDIANTES DE INSTITUCIONES
EDUCATIVAS PROMOV1DAS POR PERSONAS
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PROGRAMAS SOCIALES
A favor que la educacion sea gratuita para este tipo de personas, ya que
el hecho de no contar con los recursos no sea impedimento para que
puedan estudiar.
Raymar Jose Uscamayta Zavaleta (1 0/05/2023) a favor.
A favor. Que se apoye a los jovenes siempre.
Isabel Margarita SanchezAquino (11/05/2023) a favor.
Mi opinion es a favor, me parece muy bien que en algun momenta haya
programas sociales para los estudiantes para los que realmente lo
merecen sobre todo los de extrema pobreza mas aun brindar apoyo a los
jovenes que realmente se queman las pestahas para estudiar y ser
personas de bien en un future. Hoy en dia se ve varies programas sociales
supuestamente para los pobres y extreme pobres, cuando la realidad es
otra, hay personas que pueden trabajar y tienen para darse una mejor
calidad de vida tambien perciben de esos programas no me parece justo
y las personas que realmente necesitan solo les queda mirar y esperar
que algun dia sean beneficiarios. Apoyemos a los ninos yjovenes que si
lo merecen.
Roberto Nonato (12/05/2023) a favor.
Me parece una ley que sera muy beneficiosa, sobre todo pensando en el
future del pais.
Julio Abel Rios Atoche (16/05/2023) propuesta alternativa
Estos programas siempre estan ahi, lo ideal sena que alli se construyan
mejores colegios, sean mas poblados, se les de oportunidades dentro
del lugar donde ellos estan.
Nelly Mercedes Vera Correa (16/05/2023) a favor.
Se debe de mejorary proponer para que tengan mas oportunidades de
estudio ytrabajo
Diego Tomas Zapata Jacinto (23/05/2023) a favor.
Me muestro a favor del proyecto de Ley, debido a que, en concordancia a
los articulos senalados, que se relacionan con la proteccion del nino, niha
y adolescente, la no discriminacion de los derechos, independientemente
de la raza, religion, etc.; es deber del estado peruano brindar elsoporte a
todo nino, niha y adolescente en pobreza o extrema pobreza.
Independientemente que, en ciertos casos, haya ninos, ninas y
adolescentes que reciban et apoyo de personas jundicas privadas sin
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CONGRHO EDUCATIVAS PROMOVIDAS POR PERSONAS
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fines de lucro, el objetivo principal del estado no es juzgar a los
involucrados por si reciben o no apoyo de las instituciones senaladas;
debido a lo mencionado antes, el objetivo del estado es brindar elsoporte
sin distincion y sin discriminacion. Indirectamente, el mismo estado esta
violando las leyes que favorecen a todo nino, nina y adolescente en
extrema pobreza. Vuelvo a repetir, et estado es el que esta obligado a
brindar et soporte a todos, sin discriminacion.
Araceli Elena Casquero Vara (26/05/2023) a favor.
Estoy de acuerdo con esta iniciativa. Hay muchos estudiantes que par
media de benefactores tienen acceso a la educacion en instituciones
privadas, muchos de ellos son destacados ya que aprovechan esta
oportunidad al maximo. El estado puede apoyarlos con el acceso a los
programas sociales que contribuyan con su desarrollo a nivel educativo.
Sergio Enrique Sanchez Tolentino (01/06/2023) a favor.
Creo que esta ley favorecera el desempeno del alumno para lograr estas
becas. Importante que se haga seguimiento y que se promocione pues
muchos alumnos que he conocido han tirado la toalla al chocarse con una
realidad mas exigente que la escolar.
Christian Alessandro Melendez Carbajal (01/06/2023) a favor.
Interesante, a favor.
Juan Fernando Gomez Esteban (05/06/2023) a favor.
Importante, a favor.
Claudia Mary Delgado Martmez (05/06/2023) a favor.
Creo que se deberia brindar alimentos a los nihos de escasos recursos
mediante programas de alimentacion, pues muchas veces, asisten a los
centres educativos sin desayuno o no tienen loncheras saludables, esto
genera que el cansancio sea mayor y no tengan buen rendimiento escolar.
Ivan Yasser Tafur Mena (09/06/2023) a favor.
Mejores oportunidades para los alumnos de bajos recursos que quieren
saliradelante
IV. MARCO NORMATIVO
• Decreto Legislative 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de
Presupuesto Publico
Codigo Civil Pemano.
• Decreto Supreme 003-2020-MIDIS, Reglamento de Organizacion y
Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social.
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PROGRAMAS SOCIALES
• Decreto Supreme ? 008-2012-MIDIS, que crea el Programa Nacional
de Alimentacion Escolar Qali Warma y sus modificatorias.
• Resolucion Ministerial que aprueba el Manual de Operaciones del
Programs Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, Resolucion
Ministerial ? 283-2017-MIDIS.
V. ANALISIS DE LA PROPUESTA
5.1. Analisis tecnico
Articulo 7. - Todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del media
familiar y la de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su
promocion y defensa. La persona incapacitada para velar par si misma a
causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su
dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y
seguridad.
Articulo 9. - El Estado determina la Politica Nacional de Salud. El Poder
Ejecutivo norma y supervisa su aplicacion, es responsable de disenarla y
conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el
acceso equitativo a los servicios de salud
Articulo 107. El presidente de la Republica y los congresistas tienen
derecho a iniciativa en la formacion de leyes.
Articulo 22°. - Los congresistas tienen derecho;
A presenter proposiciones de ley y las demas proposiciones contempladas
en el presents Reglamento.
Articulo 75°. - Las proposiciones de ley deben contener una exposicion de
motives donde se expresen sus fundamentos, el efecto de la vigencia de la
norma que se propone sobre la legislacion nacional, el analisis costo
beneficio de la futura norma legal incluido, cuando corresponda, un
comentario sobre su incidencia ambiental. De ser elcaso, la formula legal
respectiva, que estara dividida en titulos, capitulos, secciones y articulos,
estos requisites solo pueden ser dispensados por motivos excepcionales.
Las proposiciones de ley y de Resolucion Legislativa se presentan ante la
Oficina de Oficialia Mayor del Congreso de la republica en dia habil y en
horario de oficina, para su registro,
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Articulo 76°. La presentacion de las proposiciones de Ley y de Resolucion
Legislativa esta sujeta, ademas de lo senalado en e! articuio precedente, a
los siguientes requisitos especiales.
2. Las proposiciones de ley o de Resolucion Legislativa que presentan los
congresistas lo seran a traves del Grupo Parlamentario y requieren el
respaldo:
2.1 De la mayoria de sus miembros, en e! caso del Grupo
Parlamentario conformado por cinco (5) Congresistas.
2.2 De no menos de seis (6) Congresistas en el caso de los grupos
parlamentarios conformados par un numero de integrantes
superior a seis (6) Parlamentarios.
A. Marco de proteccion de los beneficiarios comprendidos en la norma:
i) A nivel supranacional, el articulo 13.1 del Pacto Internacional de
Derechos Economicos, Sociales y Culturales establece que la
educacion promueve el desarrollo de la persona y fortalece el respeto
porsusderechos:
Los Estados parte reconocen el derecho de toda persona a la
educacion, convienen en el referido Pacto, que la educacion debe
orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad y del sentido de
su dignidad y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y
las libertades fundamentales. Convienen, asimismo en que la
educacion debe capacitar efectivamente en una sociedad libre,
favorecer la comprension, la tolerancia y a la amistad entre todas las
naciones y entre todos los grupos raciales, etnicos o religiosos y
promover las actividades de la Naciones Unidas en pro del
mantenimiento de la paz.
ii) De conformidad con los articulos 1 y 4 de la Constitucion Politica del
Peru, la defense de la persona humana y la defensa de su dignidad
son el fin supreme de la sociedad y del Estado, por lo que este ultimo
y la comunidad protegen especialmente a las nihas, ninos,
adolescentes, a la madre y al adulto mayor en situacion de abandono,
extendiendose este mandate tuitivo a las personas con discapacidad.
Asimismo, se establece en su articulo 13 que la educacion tiene como
finalidad el desarrollo integral de la persona humana. Siendo que el
Estado reconoce y garantiza la libertad de ensenanza, los padres de
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familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger
los centres de educacion y de participar en el proceso educativo.
En el articulo 14 de la Constitucion se establece que la educacion
promueve el conocimiento, el aprendizaje y la practica de las
humanidades, la ciencia, la tecnica, las artes, la educacion fisica y el
deporte, prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad. Es
deber del Estado promover el desarrollo cientifico y tecnologico del
pais. La formacion etica y civica y la ensenanza de la Constitucion y
de [os derechos humanos son obligatorias en todo el proceso
educativo civil o militar. La educacion religiosa se imparfe con respeto
a la libertad de las conciencias. La ensenanza se imparte, en todos
sus niveles, con sujecion a los principios constitucionales y a los fines
de la correspondiente institucion educativa. Los medios de
comunicacion social deben colaborar con el Estado en la educacion y
en la formacion moral y cultural.
En concordancia con las normas antes mencionadas, el articulo 17 de
la Constitucion senala que la educacion basica es obtigatoria. En las
instituciones del Estado, la educacion es gratuita. En las universidades
publicas el Estado garantiza el derecho a educarse gratuitamente a los
alumnos que mantengan un rendimiento satisfactorio y no cuenten con
los recursos economicos necesarios para cubrir los costos de
educacion.
Con el fin de garantizar la mayor pluralidad de la oferta educativa, y en
favor de quienes no puedan sufragar su educacion, la ley fija el modo
de subvencionar la educacion privada en cualquiera de sus
modalidades, incluyendo la comunal y la cooperativa. El Estado
promueve la creacion de centres de educacion donde la poblacion los
requiera. El Estado garantiza la erradicacion del analfabetismo.
Asimismo, fomenta la educacion bilingue e intercultural, segun las
caracteristicas de cada zona. Preserva las diversas manifestaciones
culturales y linguisticas del pafs. Promueve la integracion nacional.
iii) Por su parte, el Tribunal Constitucional, en diversas ocasiones, ha
sehalado que el derecho a la educacion se relaciona con otros
derechos fundamentales y permite a la persona realizarse en la vida
social y politica. Cabe resaltar que el derecho a la educacion, ademas
de ser un derecho constitucional, constituye un servicio publico par lo
10
,i. ^ DICTAMEN RECA1DO EN EL PROYECTO DE LEY
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PROGRAMAS SOCIALES
que su prestacion debe llevar garantizada la universalidad y
permanencia en el tiempo.
iv) Debe tenerse en cuenta lo senalado par los Ministerios de Educacion
y de Desarrollo e Inclusion Social, sobre lo cual el primero concluye
que el proyecto de ley no results viable ya que los estudiantes que
provienen de hogares pobres y extremadamente pobres podran recibir
alimentos en la institucion educativa donde reciben ensenanza,
significaria identificar a cada estudiante de acuerdo a la direccion que
registra su DNI, no contandose con esta identificacion; asimismo, se
necesitana contar con presupuesto adicional para llevar a cabo lo
dispuesto en la iniciativa legislativa. Par su parte el segundo ministerio
ha concluido que et proyecto de ley, no es viable, ya que su aprobacion
supondria la intromision del legislador en competencias exclusivas y
excluyentes del Poder Ejecutivo; asi como, vulnera io dispuesto en el
Articulo 79° de la Constitucion Politica del Peru y lo establecido en el
numeral 2, inciso a), articulo 76°, del Reglamento del Congreso de la
Republica, donde se establece que los representantes del Congreso
no tienen iniciativa para crear ni aumentar gasto pubico.
VI. ANALIS1S COSTO-BENEFICIO
El analisis costo-beneficio pretende identificar los impactos y efectos que
tiene la propuesta de ley sobre [os actores involucrados, la sociedad y el
bienestar general, a fin de evaluar su conveniencia.
En el presente caso, el proyecto de ley establece que no generara gasto al
erario nacional, solo ampliacion de los programas sociales, beneficiando a
los estudiantes que reciban nutricion mediante programas del Estado y
promocionar el respeto de los derechos de los menores de edad y
optimizacion de los servicios que brindan los programas sociales.
VII. CONCLUSION
Par lo expuesto, la Comision de Inclusion Social y Personas con
Discapacidad, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del articulo
70 del Reglamento de! Congreso de la Republica, recomienda el archivo del
presents dictamen, recaido en el proyecto de Ley 3504/2022-CR.
Dese cuenta.
Plataforma de sesiones virtuales.
Lima, 20 dejunio de 2023.
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Fecha: 27/D8/2D23 15;31:D2.0SaD
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ALGARRAZ AGUERO Yorel.
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"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Ana de la Unidad, la Paz y el Desarrolto"
Lima, 4 de julio de 2023
Oficio 0632-2022-2023-TERG-CR
Dr. Luis KAM1CHE MORANTE.
Presidente Comision de Inclusion Social y Personas con Discapacidad.
Congreso de la Republica.
Presente.
De mi especial consideracion.
For intermedio de la presente \o saludo/ seguidamente mediante la presente/ manifiesto
mi veto a favor y mi firma manuscrita al dictamen recafdo en el proyecto de ley
3504/2022-cr, ley que garantiza el acceso de los estudiantes de instituciones educativas
promovidas por personas jundicas privadas sin fines de lucro a los programas sociales
Lamentablemente/ la laptop otorgada por el Congreso de la Republica en la que esta
registrada mi firma electronica esta averiada y ha sido trasladada a soporte tecnico del
Congreso de la Republica para su arreglo, por lo que no puedo adherir mi finna
electronica al dictamen que se aprobo en la vigesima octava sesion ordinaria de la
Comision de inclusion Social y Personas con Discapacidad, celebrada el 20 de junio de
2023.
Agradeciendo par anticipado la atencion que Ie brinde a la presente quedo de usted.
Cordialmente.
TERG/gchm
^. -..,-. ^^.
.0.
COMISION ORD1NARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
REPOBUCA
COMISlON DE INCLUSION SOCIAL Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
PERIODO ANUAL DE SESIONES SEGUNDA LEGISLATURA 2022-2023
ACTA VIGESIMA OCTAVA SESION ORDINARIA
(SESION PRESENCIALY VIRTUAL)
MARTES, 20 DE JUNIO 2023
Inicio de lasesion
Buenos dias senores congresistas:
En Lima, siendo las 14 horas, con 12 minutos, del martes 20 de junio de 2023,
encontrandonos en sesion semipresencial en la Sala 2 Fabiola Salazar Leguia.
(Edificio Victor Raul Haya de la Torre ) y virtual a traves del programa Microsoft
TEAMS, se va a verificar el quorum, por favor, Senor Secretario Tecnico pasar
lista.
Secretario Tecnico: Muy buenas tardes sehor presidente, senores
congresistas.
Lista de asistencia
Congresistas: Kamiche Morante Luis Roberto, Saavedra Castemoque Hitler,
Jauregui Martlnez de Aguayo Maria de los Milagros Jackeline, Alcarraz Aguero
Yorel Kira, Infantes Castaneda Mery Eliana, Oiivos Martmez Leslie Vivian,
Ramirez Garcia Tania Estefany, Portalatino Avalos Kelly Roxana, Portero Lopez
Hilda Marleny, Vasquez Vela Lucinda, Ugarte Mamani Jhakeline Katy, y Sanchez
Palomino Roberto Helbert Miembros titulares (12)
Se paso lista a los congresistas miembros accesitarios.
Licencia del congresista Abel Augusto Reyes Cam, OFICIO ?241- 2022-
2023/AARC-CR De mi especial consideracion: Es grato dirigirme a Usted, por
encargo especial del Congresista Abel Augusta Reyes Cam, a fin de solicitarle
la licencia para la 28va sesion ordinaria de la comision de su presidencia,
convocada para el martes 20 de junio del 2023, debido a que el congresista se
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COIVHSION ORD1NARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
coyGRESO "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrolfo"
REPOBUCA
encontraba cumpliendo funciones inherentes a su funcion parlamentaria, por lo
que se solicita la visacion del presente de conformidad con el Acuerdo de Mesa
?044- 2004- 2005/mesa-CR. Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para
expresarle los sentimientos de mi estima y consideracion personal.
Licencia de la congresista Chacon Trujillo Nilza Merly, OFICIO N0 712 -2022-
2023/NMCHT-CR Asunto: Presento licencia / vigesima octava sesion ordinaria
de la comision convocada para ei 20 de junio de 2023. De mi especial
consideracion: Es grato dirigirme a usted, a fin de hacerle llegar la licencia
correspondiente a la vigesima octava sesion ordinaria de la comision convocada
para el 20 de junio de 2023, a la que no podre asistir, por encontrarme en
actividades en localidades del interior de mi region, donde no hay conectividad.
Lo que agradecere considerar. Sin otro particular, quedo de usted. Atentamente.
Secretario Tecnico: senor presidente, contando con el quorum con 12
miembros tituiares y 2 licencias, Ie doy pase senor presidente, adelante.
Presidente .- contando con el quorum de reglamento, damos inicio a la vigesima
octava sesion ordinaria de la comision de inclusion social y personas con
discapacidad.
Presidente: gracias senor secretario, pasamos a la aprobacion del acta.
I. Aprobacion del Acta.
1.1 Aprobacion delactaprimerasesionconjuntade laComisionde Inclusion Social
y Personas con Discapacidad, realizada el lunes 12-06-2023 y aprobada con la
dispensa de tramite del acta.
1.2 Aprobacion del acta vigesima septima sesion ordinaria de la Comision de
Inclusion Social y Personas con Discapacidad, realizada el martes 13-06-2023 y
aprobada con la dispensa de tramite del acta.
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COMISION ORDINARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
CONGRESO "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo'
REFUBL1CA
Si no hay observaciones se precede a votar, Senor Secretario.
Secretario Tecnico: Conforme Sehor Presidente:
Votacion Nominal Aprobacion del Acta
Congresistas: Kamiche Morante Luis Roberto, Saavedra Casternoque Hitler,
Jauregui Martlnez de Aguayo Maria de los Milagros Jackeline, Alcarraz Aguero
Yorel Kira, Infantes Castaheda Mery Eliana, Oiivos Martinez Leslie Vivian,
Ramirez Garcia Tania Estefany, Portalatino Avalos Kelly Roxana, Portero Lopez
Hilda Marleny, Vasquez Veia Lucinda, Ugarte Mamani Jhakeline Katy, y Sanchez
Palomino Roberto Heibert Miembros titulares (12)
Secretario Tecnico: sehor presidente, el acta ha sido aprobada por unanimidad
con 12 votos a favor, en contra cero, abstencion cero.
Adelante senor presidente.
Presidente: Gracias senor secretario tecnico.
Presidente:
Pasamos a la estacion de despachos.
II.- Despacho
Senores congresistas, damos cuenta que, como parte de la AGENDA para la
presents sesion, se remitio a sus correspondientes correos electronicos la
citacion, agenda, acta de la vigesima septima sesion ordinaria (13-06-23), acta
de la primera sesion conjunta (12-06-23) de la comision de inclusion social y
personas con discapacidad, y aprobado con la dispensa de tramite del acta.
Pasamos a la estacion de informes:
IH. INFORMES:
3.1 El sehor PRESIDENTE.
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PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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cohIGRESO "Ano de fa Unidad, la Paz y el Desarrollo"
REPUBLICA
Presidente: Si algun congresista tuviera algun informe, les agradecere solicitar
el uso de la palabra unicamente a traves del chat de Microsoft TEAMS.
No habiendo mas informes pasamos a la siguiente estacion de pedidos
IV.- PEDIDOS:
4.1. Estimados senores congresistas quiero solicitar un pedido, y espero su
valioso apoyo por tratarse de un tema importante en favor de la transparencia y
fiscalizacion tomando en cuenta el procedimiento de investigacion segun el
articulo 88 el Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de
interes publico.
Asf mismo si hay algun aporte para la Mocion de Orden del Dia, hagan llegar a la
asesoria de la comision o por el chat.
Estimados congresistas voy a solicitar al secretario tecnico que de lectura [os
requisites de acuerdo con el manual para comisiones para solicitar la
conformacion de una comision investigadora, donde los argumentos y quejas que
ha recibido la comision justifican conformar la comision investigadora con el apoyo
de ustedes estimados cotegas. Gracias
PRESIDENTE: DE LECTURA POR FAVOR
Secretario Tecnico.-
Las comisiones investigadoras son organos parlamentarios que tienen por
finalidad examinar algun asunto de interes publico, a partir del cargo del Pleno del
Congreso.
El dispositivo normativo constitucional que da origen a la institucion propiamente
de la comision investigadora parlamentaria lo encontramos en el articulo 97 de la
constitucion polftica del peru.
Reglas especiales de la mocion de orden del dia para solicitar prerrogativas y
facultades de comision investigadora.
la comision ordinaria debe:
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PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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CONGR£SO "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo"
REFUBUCA
i) Adoptar acuerdo, siguiendo las normas establecidas en el Reglamento
del Congreso de la Republica, para soiicitar al Pleno del Congreso
prerrogativas y facultades de comision investigadora, senalando en
forma clara y precisa el asunto de interes publico objeto de
investigacion, asi como el plazo necesario.
ii) Presentar la correspondiente mocion de orden del dia elaborada y
suscrita par el presidente de la comision ordinaria y los integrantes que
se sumen a ella, respetando los alcances del acuerdo senalado en el
numeral i).
iii) Incluir en la parte considerativa de la mocion de orden del dia, las
razones que justifiquen la necesidad de investigar el asunto de interes
publico en el plazo acordado y el otorgamiento de prerrogativas y
facultades de comision investigadora.
iv) Acompanar a la mocion de orden del dia el acta de la sesion de !a
comision ordinaria en la que se conste el acuerdo para su presentacion
y el sentido de la votacion .
Secretario Tecino.- Le day pase sehor presidente
Presidente. - Secretario Tecnico de lectura a la Mocion de Orden del Dia.
MOCION DE ORDEN DEL DlA
Los Congresistas de la Republica, integrantes de la Comision de Inclusion Social
y Personas con Discapacidad acordamos en la vigesima octava sesion ordinaria
del20dejuniode2023, conformarunacomisioninvestigadorasobrelaspresuntas
irregularidades del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qa// Warma
del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social - MIDIS, y de conformidad con el
Articulo 97a de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 88
del Regiamento del Congreso, proponemos al Congreso de la Republica, la
siguiente mocion de Orden del dia.
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COIVHSION ORDINARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPAC1DAD
2022- 2023
CONGRESO «^^o (/e /g t/m-dad, la Paz y el Desarrollo"
REFUBUCA
CONSIDERANDO:
1,- Que, existen serias y graves denuncias par parte de diversos sindicatos de
trabajadores y usuarios quienes de manera reiterativa vienen senalando a los
funcionarios del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qa// Warma, como
responsables de probables actos de corrupcion en esa entidad, que inclusive ha
motivado la reciente paralizacion a destiempo y la entrega de los productos
alimentarios a los diversos usuarios a nivel nacional.
2.- Que, existen denuncias periodisticas donde senalan presuntas irregularidades,
sobrevaloracion en las adquisiciones de los alimentos (envasados) durante el
periodo del mes de agosto del 2021 hasta la fecha, procesos que figuran en el
portal de SEACE, siendo autorizado por los directores ejecutivos que fueron
designados.
3.- Existirian presuntas Irregularidades en las contrataciones de los proveedores
del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, al tener contratos
vigentes con proveedores que presentaron presunta certificacion falsa al momento
del proceso de licitacion, segun reportaje periodistico del programa Cuarto Poder,
(caso empresa Grupo Marketing Alimentaria SAC, distribuidor del producto
Belsen y otras empresas proveedoras comprometidas)
4.- Distribucion de productos para los estudiantes a nivel nacional, a cargo del
Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, a pesar de tener un
informe de la Empresa Certificadora "CAHM" Certificaciones Alimentarias
Hidrobiologicas y Media Ambientales S.A.C., donde indica que sus certificados
son falsos, atentando en contra de la salud de los beneficiaries.
POR LO EXPUESTO:
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CONGRESO
REFUBUCA
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PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
"Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo'
El Congreso de la Republica:
ACUERDA:
P rime ro:
Otorgar a la Comision de Inclusion Social y Personas con Discapacidad las
facultades de Comision investigadora, conforme al articuio 88a del Reglamento
del Congreso de la Republica por 120 dias calendario para investigar las
presuntas irreguiaridades en la gestion del Programa Nacional de Alimentacion
Escolar Qa//' Warma que estarian afectando la correcta atencion de (os
beneficiaries, licitaciones irregulares con empresas vinculadas que no eran del
rubro, asi como otras que se pudiesen encontrar en el transcurso de la
investigacion.
Lima, 20 dejunio del 2023
Presidente." Asi mismo en el informe final periodo 2022-2023 se recomendara
continuar con las labores de investigaciones y fiscalizar por la proxima mesa
directiva periodo 2023-2024
ESTIMADOS CONGRESISTAS Sl NO HAY OBJECION SOLICITO QUE PASE
A ORDEN DEL DJA COMO PRIMER PUNTO PARA LLEYAR A CABQ_ LA
VOTACION NOIVIINAL
4.2. - Si algun congresista tuviera algun pedido, les agradecere solicitar el usa de
la palabra unicamente a traves del chat de Microsoft TEAMS.
Presidente. Tiene la palabra la congresista Hilda Portero, presidnte buenas tardes
y al quipo de asesores, por favor citar al Alcalde de Lima o los responsables de
tanto abuses vienes reaslizando a nuestros hermanos de UNITRADIS, persona
con discapacidad donde dignamente vienen trabajado en la calle ganado sus
sustentos para comprar sus panales los votan Ie quitan sus productos, y que sean
FERO
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PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
G,R "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo"
REPUBL1CA
citados estos malos funcionarios Ie pido que cite para que den explicaciones dfe
tanta marginacion abuzo y mal corazon y que solo quiere sacar el pan de cada dia
nosotros somos sus ojos y oido.
Presidente." colega la sesion anterior se Ie cito pero no Ie interesa las personas
con discapacidad, no quiere venir pero insistiremos con citarlo.
Presidente..- tiene ia palabra la congresista Nery Infantes, gracias senor
presidente buenas tardes colegas y a todas las personas que se encuentran en
esta sala, respaldo el pedido de la congresista Hilda Portero, en su totalidad
respado grande, quiero manifestar que en Bagua Grande hemos podido
evidenciar que los alimentos no han sido engtregados en su totalidad, otro
problema grande que se esta presentando en Chiclayo, en la cual se conforme
una comision investigadora de la cual se estan entregando alimentos vencidos o
por veneer en este mes de programa de Pantene, que informan que los alimentos
no se encuentran en buenas condiciones , me comprometo de ir al hospital y que
la leche el tipo de lacteos no son alimentos para la canasta el benficiario debe
recibir una alimentacion adecuado.
Presidente.- Tiene la palabra la congresista Kely Portalatino, buenos tardes
presidente, mi solidaridad con la congresista Hilda Portero, solicito la presencia
del Alcalde de Lima que usted ha manifestado que se Ie esta citando y no tiene
interes hay tantos hermanos con discapacidad que no estan formalizado y es
necesario que la gerente de desarrollo social oriente a los hermanos con
discapacidad ellos viven el dia a dia, en caso defensoria del pueblo pueda exortar
al alcalde parfa que tome medidas en favor dde la personas con discapacidad.
Asi miksmo citar a la jefa de Qali Warma y explique porque no se esta haciendo
un riguroso nutricional para los hermanos con tuberculosis.
Presidente. Tiene la palabra la congresista Kira Alcarraz, buenas tardes senor
presidente, mi pedido es sobre Oficio ? 495-2022-2023-YKAA-DCR de Lima, 25 de
mayo de 2023.
cordialmente y, a la vez, solicitarle que tenga a bien consultar a los integrantes de la
Comision de Inclusion Social y Personas con Discapacidad, el estudio y debate del
Proyecto de Ley ? 503/2021 -CR, Ley que promueve la inclusion financiera de la mujer y
de las personas vuinerables, de mi autoria, con la finalidad de que pueda ser requerido
ante el Consejo Directivo del Congreso.
Este pedido es el acceso a los usuario de pension 65 pase a orden del dfa y se someta
al voto,
Presidents. Mujy colega Alcarraz se votara, secretario tecnico llevar a votacion
No habiendo mas pedidos pasamos a la siguiente estacion, orden del dia
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COIVHS10N ORDINARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
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§,P^ "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo
REFUBUCA
4.2. - Si algun congresista tuviera algun pedido, les agradecere solicitar el uso de
la palabra unicamente a traves del chat de Microsoft TEAMS.
No habiendo mas pedidos pasamos a la siguiente estacion, orden del dia
V. Orden del Dia
Presidente. - Secretario tecnico de lectura la oficio ?D000054-2023-MML-
OGSC
Lima, 20junio del 2023
OFICIO ?D000054-2023-MML-OGSC
Sehor:
LU1S ROBERTO KAMICHE MORANTE
PRESIDENTE DE LA COMISION DE INCLUSION SOCIAL Y PERSONAS CON
D1SCAPACIDAD CONGRESO DE LA REPUBLICA
Plaza BolivarAv. Abancay S/N
Cercado de Lima
Presente.-
Asunto : Invitacion a la Vigesima Octava Sesion Ordinaria de la Comision de
Inclusion Social y Personas con Discapacidad
Referenda : Oficio ?1174- 2022-2023/CISPCD/CR (D/S 2023-0107208)
Tengo el agrado de dirigirme a usted, por especial encargo del Alcalde de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, Rafael Lopez Aliaga Cazorla, en atencion
al documento de la referenda.
A! respecto, debo comunicarque, por los compromisos previamente agendados,
no sera posible que el Alcalde Metropolitano de Lima asista a ia referida sesion,
por lo que presento a Ud. las debidas disculpas del caso; no obstante ello, se
pone en conocimiento que esta corporacion municipal viene coordinando
diversas acciones con la finalidad de atender los pedidos de los comerciantes
informales con discapacidad.
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PERSONAS CON DISCAPAC1DAD
2022- 2023
C(^GP^° "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo"
REFUBLICA
Sin otro particular, es propicia la ocasion para expresarle mi consideracion y
estima. Atentamente,
Documento finnado digitalmente
JOSE ALBERTO DANOS ORDONEZ
JEFE DE LA OFICINA GENERAL DE LA SECRETARJA DEL CONCEJo
Documento firmado digitalmente
PRESIDENTE.- Secretario Tecnicojlevar a cabo la votacion nominal.
mencionar nombres.
MOCION DE ORDEN DEL DIA.
Congresistas: Kamiche Morante Luis Roberto, Saavedra Casternoque Hitler,
Jauregui Martlnez de Aguayo Maria de los Milagros Jackeline, Alcarraz Aguero
Yorel Kira, Infantes Castaneda Mery Eliana, Ramirez Garcia Tania Estefany,
Portalatino Avalos Kelly Roxana, Portero Lopez Hilda Marleny, Vasquez Vela
Lucinda, Ugarte Mamani Jhakeline Katy, y Sanchez Palomino Roberto Helbert
Miembros titulares (11)
Secretario Tecnico: senor presidente, la mocion de orden del dia ha sido
aprobada por mayoria con 11 votos a favor, en contra la congresista Otivos
Martinez Leslie Vivian, (1), abstencion cero.
Adeiante senor presidente.
Presidente: Gracias sehor secretario tecnico.
Presidente.- Llevar a votacion el pedido de la congresista Kira Alcarraz para
que pase a la Comision de Inclusion Social y solcicite a la oficilia mayor
que decrete a inclusion Proyecto de Ley ? 503/2021-CR, Ley que promueve la
inclusion financiera de la mujer y de las personas vulnerables
Congresistas: Kamiche Morante Luis Roberto, Saavedra Casternoque Hitler,
Alcarraz Aguero Yorei Kira, Infantes Castaneda Mery Eliana, Portalatino Avalos
Kelly Roxana, Portero Lopez Hilda Marleny, Vasquez Vela Lucinda, Ugarte Mamani
Jhakeline Katy, y Sanchez Paiomino Roberto Heibert Miembros titulares (09)
En contra Olivos Martinez Leslie Vivian, Ramirez Garcia Tania Estefany
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PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
^^^ "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo"
KEPUBLICA
Secretario tecnico.- sehor presidente elpedido de la congresista Kira Alcarraz ha
sido aprobado par mayona 9 votos favor en contra 2 abstencion cero
SIGUIENTE PUNTO.
V.ll. Debate y votacion del Predictamen recaido en el Proyecto de Ley Na
4324/2022-CR, Ley que fortalece la protecdon de las personas con discapacidad.
Ha sido remitido para estudio y dictamen de la Comision de Inclusion Social y
Personas con Discapacidad el Proyecto de Ley 4324-2022-CR, correspondiente al
periodo parlamentario 2021-2026 presentado por el grupo parlamentario Accion
Popular, a iniciativa del Congresista llich Fredy Lopez Urena, que propone la Ley
que fortalece la proteccion de las personas con discapacidad.
El proyecto de ley ingreso a la Comision el 28 de febrero de 2023, siendo decretada
a la Comision de Inclusion Social y Personas con Discapacidad en condicion de
unica comision dictaminadora.
Segun lo expresado en la exposicion de motivos, la presente ley tiene por objeto
fortalecer la proteccion de las personas con discapacidad, a traves de la promocion
de su desarroilo individual y social, extendiendo la proteccion del Estado; el
establecimiento de servicios de salud mental y la creacion de centres asistenciales
especializados y albergues temporales y permanentes; y la implementacion de
estrategias para la prevencion de la discapacidad.
3.2 Opiniones recibidas a favor
a) Ministerio de Educacion
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COMISION ORDINARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
£ "Ano cfe /a Unidad, la Paz y el Desarrollo"
REPUBUCA
Mediante Oficio ? 02334-2023-MINEDU-SG de fecha 08 de junio de 2023 el
Ministerio de Educacion traslada el Informe ? 00657-2023-MINEDU-SG-OGAJ,
elaborado par la Oficina General de Asesoria Juridica, concluyendo en favor de la
viabilidad de la iniciativa legislativa.
En ese sentido, el Ministerio de Educacion senala que el presente proyecto de ley
es viable, asimismo precisa que la atencion educativa oportuna permite que el
riesgo de adquirir discapacidad se revierta, o que la discapacidad existente no se
ag rave.
Asimismo, refuerza su opinion tecnica haciendo referenda al ambito de su
competencia a nivel nacional precisada en el articulo 4 de la Ley 31224, Ley de
Organizacion y Funciones del MINEDU, cuyas materias comprenden: a) Educacion
Basica, b) Educacion superior y tecnico-productiva, c) Deporte, actividad fisica y
recreacion, d) Aseguramiento y calidad del servicio educativo en todas las etapas
y e) Educacion comunitaria, ademas de sus funciones rectoras y competencias
exclusivas del MINEDU senaladas en sus articulos 5 y 6 de la acotada Ley.
Tras lo expuesto, el IVIinisterio de Educacion como organo del Gobierno Nacional
que dirige la politica de educacion, recreacion y deporte, acota que la iniciativa
legislativa coadyuvara a lograr el objetivo buscado; sin que corresponda realizar
observaciones al mismo.
Finalmente, recomienda utilizar el termino "factores de riesgo", en el numeral 32.1
de aludir a aquello que puede comprometer las acciones de prevencion, que estan
bajo la posibilidad de control.
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COMISION ORDINAR1A INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
CONGRESP "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo'
REPUBUCA
a) Ministerio de la Mujery Poblaciones Vulnerables
Por medio del Oficio ? D000914-2023-MIMP-SG de fecha 10 de mayo de 2023,el
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, traslada el Informe ?
D000428-2023-MIMP-OGAJ, elaborado par la Oficina General de Asesoria Juridica
en la que concluye que la iniciativa legislativa es viable con observaciones.
En ese sentido, sobre la propuesta de modificacion del articulo 3 de la Ley 29973,
Ley General de la Persona con Discapacidad, el Ministerio de !a Mujer y
Poblaciones Vulnerables senala que es importante que se implementen politicas y
medidas que brinden apoyo y proteccion a los cuidadores de personas con
discapacidad para garantizar su bienestar y el de las personas a su cuidado,
asimismo, concuerda en la importancia de extender la proteccion a los cuidadores
de las personas con discapacidad, incluyencfo a las organizaciones de o para
personas con discapacidad que fortalecen espacios de incidencia politica o
cambios a favor de la poblacion.
a) Municipalidad Metropolitana de Lima
Mediante el Oficio D000065-2023-MML-SGC de fecha 04 de abril de 2023, la
Secretaria General de Consejo, adjunta los Informes de las Gerencias y
Subgerencias que conforman la corporacion edil, en donde concluyen que la
propuesta resuita viable con recomendaciones.
La MunicipaHdad Metropolitana de Lima, senala dentro de sus argumentos que
todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del media familiar y la de la
comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona
incapacitada para velar par si misma a causa de una deficiencia fisica o mental
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COIV11SION ORD1NARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON D1SCAPACIDAD
2022- 2023
"Ana de la Unidad, la Paz y el Desarrollo"
REPUBUCA
tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion,
atencion, readaptacion y seguridad.
B. Argumentos que sustentan la propuesta
i) El presents proyecto de ley tiene par finalidad reforzar la proteccion dirigida a
las personas con discapacidad, materializados en adecuados servicios en
materia de salud mental, asistencia especializada, entre otros; ademas del
fomento de estrategias de prevencion de la discapacidad.
La iniciativa no genera costo adicional al erario nacional. Contrario a ello,
promovera el desarrollo individual, asi como social de las personas con
discapacidad, lo cual se extendera a sus dependientes, asi como de las
instituciones que las promuevan.
Se promovera la construccion de espacios apropiados para el desarrollo de las
personas con discapacidad. Asimismo, se elevaria la calidad de vida de la
poblacion con discapacidades, lo cual permitira cerrar las brechas sociales para
este sector. Potencialmente se pod ran ver beneficiados mas de 3'209,263 personas
con discapacidad y sus dependientes.
CONCLUSION
Por lo expuesto, la Comision de Inclusion Social y Personas con Discapacidad, de
conformidad con lo establecido en el inciso b) del articulo 70 del Reglamento del
Congreso de la Republica, recomienda la aprobacion del presente dictamen,
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COMISION ORD1NARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
(J?^ "AHo de la Unidad. la Paz y el Desarrollo"
REPUBUCA
recaido en el proyecto de Ley 4324/2022-CR, con el TEXTO SUSTITUTOR10
siguiente:
TEXTO SUSTITUTORIO
El Congreso de la Republica;
Ha dado la siguiente Ley:
TEXTO SUSTITUTORIO
El Congreso de la Republica;
Ha dado la siguiente Ley:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 29973, LEY GENERAL DE LA PERSONA CON
DISCAPACIDAD, PARA AMPLIAR LA PROTECCION DE LOS DERECHOS Y
EL CUIDADO DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD, ASI COMO PARA
ESTABLECER MEDIDAS DE PREVENCION DE DISCAPACIDADES
Articulo unico. Modificacion de los articulos 3, 29 y 32 de la Ley 29973, Ley
General de la Persona con Discapacidad
Se modifican !os articulos 3 —incorporando el parrafo 3.3—, 29 —primer parrafo
e incorporando el parrafo 29.2— y 32 —incorporando el parrafo 32.2—, de !a Ley
29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, que quedan redactados en
los siguientes terminos:
"Articulo 3. Derechos de la persona con discapacidad
[...]
3.3. El Estado protege los derechos de la persona con
discapacidad, promoviendolos y procurando su desarrollo
individual y social. Esta proteccion es extensiva, en lo
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COMISION ORDINARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
CONGRESO »^y ^ ,3 Unidad, la Paz y el Desarrollo"
REPUBUCA
pertinente, a los derechos de la persona de quien este dependa
o a cuyo cuidado este y a las organizaciones quo promuevan
la prevencion, desarrollo e integracion de la persona con
discapacidad.
Articulo 29. Atencion en la comunidad
29.1. La persona con discapacidad tiene derecho a que la atencion
respecto de su salud y su rehabilitacion integral se preste dentro de
la comunidad en la que vive, bajo un enfoque intercultural, a traves
de los servicios y programas de salud generales, sin perjuicio de la
obligacion del Estado de contar con servicios especializados y
realizar acciones de prevencion de acuerdo con los tipos de
discapacidad existentes.
El Estado establece servicios de informacion, orientacion y
atencion de salud mental dirigidos a la persona con
discapacidad, su familia y cuidadores.
29.2. El Estado promueve la creacion de centres asistenciales
especializados y albergues temporales y permanentes para la
persona con discapacidad, bajo el enfoque de derechos.
Articulo 32. Medidas de prevencion
[...]
32.2. El Estado implementa estrategias para contribuir a la
prevencion de la discapacidad a traves de:
a. La promocion y educacion para la salud fisica y mental y
en materia de prevencion de situaciones de riesgo.
b. El asesoramiento en temas geneticos para la prevencion
de las enfermedades geneticas y malformaciones
congenitas.
c. La atencion adecuada y oportuna del embarazo, parto y
puerperio, asi como del recien nacido.
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CONGRESO
REFUBUCA
COMISION ORDINARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
"Afio de /a Unidad, la Paz y el DesarrotSo'
d. La lucha contra el uso de sustancias adictivas.
e. El control de la contaminacion ambiental".
DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
UNICA, Adecuacion de reglamento
El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de noventa dias calendario contados desde la
entrada en vigor de la presente ley, adecuara el Reglamento de la Ley 29973, Ley
General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo 002-2014-
MIMP, a las modificaciones establecidas en esta norma.
Dese cuenta.
Plataforma de sesiones virtuaies.
Lima, 20 de junio de 2023
Si algun congresista desea intervenir, les agradecere solicitar el uso de la
palabra unicamente a traves del chat de Microsoft TEAMS.
Si no hay observaciones se precede a votar. Sr. Secretario Tecnico proceda
SOIVIETEMOS AVOTACION NOMINAL
Por favor (mencionar nombres):
Sometemos a votacion nominal
Congresistas: Kamiche Morante Luis Roberto, Saavedra Casternoque Hitler,
Alcarraz Aguero Yorel Kira, Infantes Castaneda Mery Eliana, Olivos Martinez
leslie Vivian, Ramirez Garcia Tania Estefany, Portaiatino Avalos Kelly Roxana,
Vasquez Vela Lucinda, Ugarte Mamani Jhakeline Katy IVtiembros titulares (09)
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COMISION ORDINARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
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REPUBUCA
Secretario Tecnico: senor presidente, el dictamen ha sido aprobada por
unanimidad con 09 votos a favor, en contra cero, abstencion cero.
Adelante senor presidente.
SIGUIENTE PUNTO
Debate y votacion de) Predictamen recaido en los Proyectos de Ley Na
4350/2022-CR, 4423/2022-CR, 5252/2022-CR, Ley que modifica el numeral 20.4
de! articulo 20° de la Ley ?29973, Ley General de la persona con discapacidad,
para permitir que toda persona con discapacidad acceda al pase fibre en el
servicio de transporte publico a nivel nacional.
Han sido remitido para estudio y dictamen de la Comision de Inclusion Social y
Personas con Discapacidad los siguientes proyectos de ley:
Proyecto de Ley 4350/2022-CR, correspondiente al periodo parlamentario 2021-
2026 presentado por el grupo parlamentario Avanza Pais a iniciativa de la
congresista Rosselli Amuruz Dulanto, que propone la Ley que modifica el
numeral 20.4 del articulo 20 de la Ley ? 29973, Ley General de la Persona con
Discapacidad, para permitir que toda persona con discapacidad acceda al pase
libre en el servicio de transporte pubiico a nivel nacional.
Proyecto de Ley 4423/2022-CR, correspondiente al periodo parlamentario 2021-
2026 presentado a iniciativa del congresista no agrupado Carlos Enrique Alva
Rojas, que propone la Ley que otorga el derecho a que toda persona con
discapacidad acceda en forma gratuita al transporte publico terrestre urbano,
interurbano e interprovincial; asimismo se Ie exonere del page de peajes a nivel
nacional.
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COMISION ORD1NARIA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
2022- 2023
CONGRESO "Ano de la Unidad. la Paz y el Desarrollo"
REPUBUCA
Proyecto de Ley 5252/2022-CR, correspondiente al periodo parlamentario 2021-
2026 presentado por el grupo parlamentario Cambio Democratico - Juntos por
el Peru a iniciativa del congresista Luis Roberto Kamiche Morante, que propone
la Ley que modifica el numeral 4° del articulo 20 de la Ley 29973, Ley General de
la Persona con Discapacidad.
El proyecto de ley 4350/2022-CR ingreso a la Comision el 02 de marzo de 2023,
siendo decretado a la Comision de Inclusion Social y Personas con
Discapacidad, como unica comision dictaminadora.
El proyecto de ley 4423/2022-CR ingreso a la Comision el 09 de marzo de 2023,
siendo decretado a la Comision de Inclusion Social y Personas con Discapacidad,
como unica comision dictaminadora.
El proyecto de ley 5252/2022-CR ingreso a la Comision el 08 de junio de 2023,
siendo decretado a la Comision de Transportes y Comunicaciones como primera
Comision Dictaminadora y a la Comision de Inclusion Social y Personas con
Discapacidad, como segunda comision dictaminadora.
Al respecto, precisa el ministerio de la Mujer que la Convencion Americana de
Derechos Humanos en su articulo 26 pone de manifiesto que "los Estados partes
se comprometen a adoptar providencias, tanto a nive! interno como mediante la
cooperacion internacional, especialmente economica y tecnica, para lograr
progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las nomnas
economicas, sociaies Ast, por un iado, el Peru tiene el deber de realizar acciones
internas para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a la
accesibiiidad.
Por otro lado, estas acciones no pueden ser aplazadas bajo el principio de
progresividad, ya que el fundamento del principio "es que los gobiernos tienen la
obligacion de asegurarcondiciones que, de acuerdo con los recursos materiales
del Estado, permitan avanzar gradual y constantemente hacia la mas plena
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^^;P^^) "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo"
REPUBLICA
realizacion, Entonces, progresividad no es justificacion para la inaccion o
incumplimiento del derecho a la accesibifidad.
Justamente, teniendo claro dicha problematica la Ley 30412 genera el derecho
de pase libre en el transporte urbano e interurbano a la persona con discapacidad
severs para que no se te irrogue doble gasto, y en consecuencia, se ia perjudique
mas economicamente. Entonces, queda claro que las personas con
discapacidad severs se encuentran en una situacion diferente a las personas
con discapacidad leve o moderada.
a) Ministerio de la Mujery Poblaciones Vulnerables
Mediante el Oficio ? D000953-2023-MIMP-SG de fecha 17 de mayo de 2023,
la Secretana General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables,
remite el Informe ? D000435-2023-MIMP/OGAJ, elaborado por la Oficina
General de Asesoria Juridica del Ministerio, los cuales consideran que la
propuesta resulta viable con observaciones.
Al respecto, indica el ministerio que fa medida no contravine el marco juridico
vigente ni mucho menos el modelo social de la discapacidad y, en esa linea,
resultana un avance a favor de las personas con discapacidad leve o moderada
que cumplan el requisito de ser persona adulta mayor, se encuentren en
situacion de pobreza, cursando estudios o realizando practicas pre o
profesionales.
ii) La Constitucion Politica del Peru senala en sus articulos 1 y 2 numera! 2.2,
que la defensa de la persona humana es ei fin supreme de la sociedad y
del Estado. Toda persona tiene iguaidad ante la ley. Nadie debe ser
discriminado por ningun motivo. Asimismo, en el articulo 7 establece que la
persona con discapacidad tiene derecho al respeto de su dignidad y a un
regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad.
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"Ano de la Unidad, la Paz y el DesarroHo"
RJEFUBLICA
iii) De conformidad con la legislacion nacional, la Ley 29973, Ley General de
la Persona con Discapacidad, establece en su articulo 11, que la persona
con discapacidad tiene derecho a vivir de forma independiente en la
comunidad, en igualdad de condiciones que las demas.
Lo que se pretende con la presents iniciativa normativa, es plantear una
consolidacion en el marco normativo general de proteccion y promocion de los
derechos de las personas con discapacidad. Por ello, se enfatiza en la
modificacion del articulo 20 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con
Discapacidad, buscando promover una cultura de respeto a su condicion fisica,
el trato iguatitario y no discriminatorio, asi coma la inclusion de este Sector
vulnerable de la poblacion, en los planes y proyectos que el Estado planifica y
ejecuta.
El analisis costo-beneficio pretende identificar los impactos y efectos que tiene
la propuesta de ley sobre los actores involucrados, la sociedad y el bienestar
general, a fin de evaluar su conveniencia.
La presente iniciativa representaria una ventaja para los siguientes actores;
(a) El Estado. Al tener una norma que precisa la obligacion del Estado en
reconocer el acceso libre de las personas con discapacidad se resuelve
en parte su afectacion al proyecto de vida de cada persona, se garantizan
sus derechos al libre transito. Asimismo, la presents iniciativa legislativa,
par su naturaleza, no genera gasto publico indebido, pues se esta
ampliando un beneficio a todas las personas con discapacidad sin
discriminacion.
(b) Personas con discapacidad. Las personas con discapacidad ven
reconocido su derecho al libre transito sin discriminacion, pues el libre
acceso es para todos en el transporte publico urbano e interurbano a nivel
nacionat para conseguir impulsar el bienestar social de la poblacion con
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NGRESO "Ano de la Unidad, la Paz y el Desarroflo"
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discapacidad. Este beneficio, ademas, se ve reforzado par la ampliacion
del beneficio existente a todas las personas con discapacidad sin
discriminacion.
(c) La sociedad. La regulacion eficiente para la proteccion de derechos de
los ciudadanos es un beneficio directo para la sociedad. La mejora en ei
ejercicio y garantia de los derechos sociales tiene un impacto directo
positivo en la mejora del desarrollo humano de la sociedad. Permitir que
todas ias personas con discapacidad puedan acceder de forma libre al
transports publico urbano e interurbano a nivel naciona! permite que su
derecho al libre transito sea ejercido con libertad.
CONCLUSION
Por lo expuesto, la Comision de Inclusion Social y Personas con
Discapacidad, de conformidad con lo establecido en el inciso b) del articulo
70 del Reglamento del Congreso de la Republica, recomienda la aprobacion
del presents dictamen, recaido en los proyectos de Ley 4350/2022-CR,
4423/2022-CR, 5252/2022-CR, con el TEXTO SUST1TUTORIO siguiente:
TEXTO SUSTITUTORIO
Ei Congreso de la RepubHca;
Ha dado la siguiente Ley:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 29973, LEY GENERAL DE LA PERSONA CON
DISCAPACIDAD, PARA PERMITIR QUE TODA PERSONA CON
DISCAPACIDAD TENGA PASE LIBRE EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE
PUBLICO A NIVEL NACIONAL
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CONGRESO
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REFUBUCA.
Articulo unico. Modificacion del articulo 20 de la Ley 29973, Ley General de
la Persona con Discapacidad
Se modifica el articulo 20 —parrafo 20.4 — de la Ley 29973, Ley General de la
Persona con Discapacidad, que queda redactado en los siguientes terminos:
"Articulo 20. Accesibilidad en el transporte publico terrestre
[...]
20.4.Todas las personas con discapacidad inscritas en el registro del
Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad
(Conadis) tienen pase libre en el servicio de transporte pubiico
terrestre urbano e interurbano a nivel nacional".
DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
UNICA. Adecuacion del reglamento
El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de noventa dias calendario contados desde la
entrada en vigor de la presents ley, adecuara el Reglamento de la Ley 29973, Ley
General de la Persona con Discapacidad, aprobado por el Decreto Supremo 002-2014-
MIMP, a la modificacion establecida en la presents norma.
Dese cuenta.
Plataforma de sesiones virtuales.
Lima, 20 dejunio de
Si algun congresista desea intervenir, les agradecere solicitar el uso de la
palabra unicamente a traves del chat de Microsoft TEAMS.
Si no hay observaciones se procede a votar. Sr. Secretario Tecnico proceda
SOMETEMOS A VOTACION NOMINAL
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NGRESO "Ana de la Unidad, la Paz y el Desarrollo"
REPUBUCA
Congresistas: Kamiche Morante Luis Roberto, Saavedra Castemoque Hitler,
Alcarraz Aguero Yorel Kira, Infantes Castaheda Mery Eliana, Olivos Martinez
Leslie Vivian, Ramirez Garcia Tania Estefany, Portalatino Avalos Keily Roxana,
Vasquez Veia Lucinda, Ugarte Mamani Jhakeline Katy Miembros titulares (07)
Secretario Tecnico: sehor presidente, el dictamen ha side aprobada par
mayoria con 07 votos a favor, en contra los congresistas Olivos Martinez Leslie
Vivian, Ramirez Garcia Tania Estefany (2) abstencion congresista Infantes
Castaheda Mery Eliana (1)
Adelante senor presidente.
SIGUIENTE PUNTO
Debate y votacion del Predictamen recaido en los Proyectos de Ley Na
3504/2022, Ley que garantiza el acceso de los estudiantes de instituciones
educativas promovidas par personas juridicas privadas sin fines de lucro a los
programas sociaies
Ha sido remitido para estudio y dictamen de ia Comision de Inclusion Social y
Personas con Discapacidad el Proyecto de Ley 3504/2022-CR, presentado por
el grupo parlamentario Alianza para el Progreso a iniciativa del congresista
Alejandro Soto Reyes, que propone la Ley que garantiza el acceso de [os
estudiantes de instituciones educativas promovidas por personas juridicas
privadas sin fines de lucro a los programas sociales.
El proyecto de ley ingreso a la Comision el 11 de noviembre de 2022, siendo
decretado la Comision de Inclusion Social y Personas con Discapacidad, en
condicion de principal comision dictaminadora, y a la Comision de Educacion,
Juventud y Deporte, como segunda comision dictaminadora.
Ministerio de Educacion
Mediante el Oficio ? 787-2022-MINEDU/DM de fecha 16 de diciembre de 2022,
el Ministerio de Educacion traslada adjunto el Informe N0 01486-2022-
MINEDU/SG-OGAJ mediante el cual la Oficina General de Asesoria Juridica del
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Ministerio de Educacion brinda respuesta a la opinion solicitada respecto del
proyecto de ley, concluyendo que no es viable.
Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social
A traves del Oficio D000900-2022-MIDIS-DM de fecha 28 de diciembre de 2022,
el Ministerio de Desarroilo e Inclusion Social, traslada el Infomne D000802-2022-
MIDIS-OGAJ e informe anexo D000021-2022-MIDIS-OGAJ-TCR de la Oficina
de Asesoria Juridica mediante el cual se emite opinion sobre la propuesta
legislativa, considerandola no viable.
Al respecto, refiere el ministerio, mediante la Direccion General de Diseno y
Articulacion de las Prestaciones Sociales, es opinion que el proyecto de ley, no
es viable, ya que su aprobacion supondria la intromision del legislador en
competencias exclusivas y excluyentes del Poder Ejecutivo; asf como, vulnera lo
dispuesto en el Articulo 79° de ta Constitucion Politica del Peru y lo establecido
en el numeral 2, inciso a), articulo 76°, del Regiamento del Congreso de la
Republica, donde se establece que los representantes del Congreso no tienen
iniciativa para crear ni aumentar gasto pubico.
Debe tenerse en cuenta lo sehalado por los Ministerios de Educacion y de
Desarrollo e Inclusion Social, sobre lo cual el primero concluye que el proyecto
de ley no results viable ya que los estudiantes que provienen de hogares pobres
y extremadamente pobres podran recibir alimentos en la institucion educativa
donde reciben ensenanza, significaria identificara cada estudiante de acuerdo a
la direccion que registra su DN1, no contandose con esta identificacion;
asimismo, se necesitaria contar con presupuesto adicional para llevar a cabo lo
dispuesto en la iniciativa legislativa. Por su parte el segundo ministerio ha
concluido que el proyecto de ley, no es viable, ya que su aprobacion supondria
la intromision del legislador en competencias exclusivas y excluyentes del Poder
Ejecutivo; asi como, vulnera !o dispuesto en el Articuio 79° de la Constitucion
Politica del Peru y to establecido en el numeral 2, inciso a), articulo 76°, del
Reglamento del Congreso de la Republica, donde se establece que los
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PERSONAS CON DISCAPAC1DAD
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RJEPUBUCA
representantes del Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gasto
pubico.
El analisis costo-beneficio pretende identificar los impactos y efectos que tiene
la propuesta de ley sobre (os actores involucrados, la sociedad y el bienestar
general, a fin de evaluarsu conveniencia.
CONCLUSION
Por lo expuesto, \a Comisi6n de Inclusion Social y Personas con Discapacidad,
de conformidad con lo establecido en el inciso b) del articulo 70 del Reglamento
del Congreso de la Republica, recomienda el archive del presents dictamen,
recaido en el proyecto de Ley 3504/2022-CR.
Dese cuenta.
Plataforma de sesiones virtuales.
Lima,20dejuniode2023
Si algun congresista desea intervenir, les agradecere solicitar el uso de la
palabra unicamente a traves del chat de Microsoft TEAMS.
Si no hay observaciones se precede a votar. Sr. Secretario Tecnico proceda
SOMETEMOS A VOTACION NOMINAL
a favor (mencionar nombres):
Congresistas: Kamiche Morante Luis Roberto, Saavedra Castemoque Hitler,
Alcarraz Aguero Yorel Kira, Infantes Castaneda Mery Eliana, Olivos Martmez
leslie Vivian, Ramirez GarcEa Tania Estefany, Chacon Trujillo Nilza Merly,
Portalatino Avalos Kelly Roxana, Vasquez Vela Lucinda, Ugarte Mamani Jhakeline
Katy, Miembros titulares (10)
Secretario Tecnico: sehor presidente, el dictamen ha side aprobada por
unanimidad con 10 votos a favor, en contra cero, abstencion cero en tal sentido
pasa al archive.
Adelante senor presidente.
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CONGRESO
REPUBLICA
COMISION ORDINARiA INCLUSION SOCIAL Y
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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"Ano de la Unidad, la Paz y el Desarrollo'
Presidente.
Hasta este punto de la sesion, pido dispensa del tramite de aprobacion del acta para
ejecutar lo acordado en la presente sesion
Votacion nominal secretario tecnico
Secretario tecnico, muy bien sehor presidente se pasa lista
Congresistas: Kamiche Morante Luis Roberto, Saavedra Casternoque Hitler,
Alcarraz Aguero Yorel Kira, Olivos Martmez Leslie Vivian, Ramirez Garcia Tania
Estefany, Portalatino Avalos, Kelly RoxanaVasquez Vela Lucinda, Ugarte Mamani
Jhakeline Katy, Miembros titulares (07)
Secretario tecnico: La dispensa del tramite de aprobacion del acta para ejecutar lo
acordado en la presente sesion ha sido aprobada par unanimidad, sehor presidente,
(07) a favor, cero en contra en abstencion cero.
Presidente.
Si no hay mas intervenciones, senores congresistas y no habiendo mas temas que
tratar, se levanta !a sesion, siendo las 15 horas, con 55pm minutos.
Lima, martes 20 de junio del 2023.
Firmado digrtalmente por:
K/txllCHEMORANTELuis.
Roberto FAU 2D181749128 soft
Iwtotivo: Soy el autordel
dacumento
Fecha: 23/OS/2D23 15:Q5:2B-D50D
Por disposicion de la Presidencia, la transcripci6n de la version magnetofonica de la Sesion de la Comision de
Inclusion Social y Personas con Discapacidad, del periodo anual de sesiones 2022-2023, forma parte de la presente
Acta.
Firmado digrtalmente por:
JAUREGUI MARTINS DE
AGUAYO Maria De Las h^tlagros
Jackeline FAU 2Qief1748126 soft
hfkrtivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 23/06/2023 18:D7;D3.05QO
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