Día del trabajador de Construcción Civil, Ley Nº. 24324

AutorJavier Neves Mujica - Elmer Guillermo Arce Ortiz
Cargo del AutorEx Ministro de Trabajo y Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú - Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas575-575
REGÍMENES LABORALES ESPECIALES DE LA ACTIVIDAD PRIVADA
575
Ley Nº. 24324
Día del trabajador de Construcción Civil
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERU;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1.- Declarase el 25 de Octubre de cada año “Día de
los Trabajadores en Construcción Civil”, en reconocimiento y
gratitud nacional a dichos abnegados trabajadores.
Artículo 2.- Es día no laborable el día 25 de Octubre de cada
año para todos los Trabajadores en Construcción Civil de la
República, con goce de salario sin que afecte el salario dominical.
Artículo 3.- Esta Ley entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación.

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