El derecho a no ser discriminado. ¿Derecho incompatible con el derecho a presentar una denuncia ante una autoridad administrativa?

AutorEdwin Gabriel Aldana Ramos
Cargobogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas43-49
El Derecho a no ser discriminado. ¿Derecho incompatible con el
derecho a presentar una denuncia ante una Autoridad Administrativa?
43Círculo de Derecho Administrativo
Edwin Gabriel Aldana Ramos
En mi experiencia en temas de protección al
consumidor, específicamente en lo que se refiere a
conductas discriminadoras, he observado distintas
argumentaciones o mecanismos que buscan
camuflar este tipo de actos por parte de quienes
regentan establecimientos abiertos al público.
El argumento de la creación de un club para
legitimar la implementación de un filtro para
el ingreso a un determinado local, con el fin
de camuflar este tipo de conductas, ha sido
desvirtuado incluso en ámbitos judiciales. No dejar
ingresar a alguien por no vestirse de determinada
manera cuando dicha exigencia llega a ser un
pretexto para decidir arbitrariamente quién ingresa
a un local, es otro reflejo de esta terrible tara que
aún permanece en algunos sectores de nuestra
sociedad.
1. Una breve reseña sobre el desarrollo de
la regulación sobre discriminación en el
consumo
La regulación sobre discriminación, en lo que a
materia de Protección al Consumidor se refiere, ha
logrado grandes avances. Desde su reconocimiento
expreso en lo que respecta a la antigua Ley de
Protección al Consumidor, que la encuadra como un
derecho a la protección de los intereses económicos1
hasta su “independización” de dicha categoría,
para ser regulado de manera expresa en el actual
* Los comentarios vertidos por el autor en el presente artículo son efectuados a título personal y no involucran en modo alguno a
los órganos funcionales de INDECOPI o a la entidad misma.
** Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Egresado de la Maestría en Administración de Negocios de la
Universidad San Ignacio de Loyola. Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor de INDECOPI.
El presente artículo lo dedico a dos personas especiales. A mi abuela Victoria, gran mujer, matriarca del clan Alcántara que
ha dejado una huella imborrable de ímpetu, progresismo y unión familiar, siempre con una fuerza inagotable por más que las
condiciones se hayan mostrado adversas. También quiero dedicar estas líneas a un amigo muy especial, un gran amigo que
vivió lleno de jovialidad, preocupación por el prójimo, un gran empresario que hacía magia con los números y cuya creación
acompañó desde hace más de dieciocho años mis navidades. Queridos abuela Victoria y amigo Javier Chiok, descansen en paz
y en la gracia de Dios.
1 Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 716, Ley de Protección al Consumidor
Artículo 5°.- En los términos establecidos por el presente Decreto Legislativo, los consumidores tienen los siguientes derechos:
Derecho a la protección de sus intereses económicos, mediante el trato equitativo y justo en toda transacción comercial; y a
la protección contra métodos comerciales coercitivos o que impliquen desinformación o información equivocada sobre los
productos o servicios.
Precisase que al establecer el inciso d) del artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 716, que todos los consumidores tienen
el derecho a la protección de sus intereses económicos, mediante el trato equitativo y justo en toda transacción comercial,
se establece que los consumidores no podrán ser discriminados por motivo de raza, sexo, nivel socioeconómico, idioma,
discapacidad, preferencias políticas, creencias religiosas o de cualquier índole, en la adquisición de productos y prestación de
servicios que se ofrecen en locales abiertos al público.
El Derecho a no ser discriminado. ¿Derecho
incompatible con el derecho a presentar una
denuncia ante una Autoridad Administrativa?*
Edwin Gabriel Aldana Ramos**
SUMILLA
El derecho a no ser discriminado ha venido evolucionando para brindar al consumidor mejores
herramientas para defender su derecho a acceder sin restricciones a los bienes y servicios que
se ofrecen en el mercado. Hoy, con un Código de Protección y Defensa del Consumidor que ha
fortalecido el derecho de consumo, resulta interesante cómo se han acogido las normas sobre
discriminación en el consumo y cómo se puede evaluar un caso particular a la luz de dichas
reglas, como se hace en el presente artículo.

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