Estado de Derecho y legitimidad democrática

AutorElías Díaz
Páginas73-118
Estado de Derecho y legitimidad democrática
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Estado de Derecho y legitimidad
democrática
Elías Díaz
INTRODUCCIÓN. LA CULTURA DE LA ILUSTRACIÓN:
ÉTICA, POLÍTICA, DERECHO
El Estado de Derecho es la institucionalización jurídico-
política de la democracia. Con aquél se trata de convertir
en legalidad (normas, Constitución) el sistema de valores
(libertad como base) que caracteriza a la legitimidad democrática.
Los modos de esa específica interacción entre legalidad y legitimidad
han ido variando en la historia de la modernidad, desde un núcleo
común fundamental, en la medida también en que ambas han ido
avanzando en la consecución de un mayor apoyo fáctico social, es
decir en legitimación.
Puede, en este sentido, decirse que el Estado de Derecho
donde encuentra sus raíces de más fondo es precisamente en la filo-
sofía de la Ilustración. La cultura del Estado de Derecho —génesis
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Elías Díaz
liberal, potencialidad democrática— es, implica, la cultura de la
Ilustración, la razón y la libertad ilustrada. Deriva así, primero, del
iusnaturalismo racionalista (desde esta clave es como se entiende
mejor la legitimidad legal-racional de Max WEBER) y, después, del
racionalismo crítico que no es ya, desde luego, iusnaturalista pero
tampoco positivista. La cultura del Estado de Derecho no se com-
prende, se falsea, reduciéndola, como quería Carl SCHMITT, a las
posiciones doctrinales del positivismo formalista. La razón crítica
ilustrada implica, en relación con la democracia y el Estado de
Derecho, que todos y cada uno personalmente han de atreverse a
saber (sapere aude), comprender y deliberar, para de ese modo mejor
participar y decidir, para poder salir definitivamente de la autocul-
pable minoría de edad, tanto individual como colectiva. En eso —y
en sus decisivas implicaciones sociales— consiste substancialmente
la Ilustración tal y como hoy puede todavía invocarse y hacerse valer
en la actual polémica con/sobre la posmodernidad.
Correlación, pues, coherencia interna en ese contexto de la ra-
zón crítica entre (a) principios éticos basados en la libertad y la efectiva
autonomía individual, (b) exigencias políticas de carácter democrático
y participativo, y (c) construcciones jurídicas institucionales para la
protección de libertades y derechos fundamentales. O, si se quiere
y con otro modo de expresarlo, correlación entre democracia como
moral, democracia como política (imprescindible pero deficiente
siempre de calidad sin aquella) y democracia como institucionaliza-
ción jurídica de las dos anteriores (Estado de Derecho). El proceso
de decisión democrática es el que más se identifica con el proceso de
decisión ética (autonomía moral) y, a su vez, es el que contiene en su
interior mayor y mejor posibilidad para la actuación y realización de
tales autonomías individuales. El sistema democrático es, también por
eso, el más ético, el más justo. Esta coherencia interna —advierto otra
vez— no implica negación ni ocultación de la constante tensión entre
Ética, Política (y Derecho) —las relaciones son complejas y no hay
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siempre soluciones fáciles para los conflictos— pero aquella tampoco
se conforma acríticamente con la total escisión e incomunicación entre
una y otra de tales dimensiones.
Derivada de la mejor Ilustración, y desarrollando las anterio-
res correlaciones, (a) la ética hoy (la democracia como moral) es, ha
de ser, autonomía individual en libertad pero también —como exi-
gencia coherente— autorrealización personal (el ser humano como
ser de fines), es decir autorrealización de todos sin exclusiones. Por
su parte, (b) la política, la democracia política, se define y alcanza
legitimidad fundamental y correlativamente como efectiva partici-
pación en una doble vertiente: como participación en (la formación
y toma de) las decisiones y como participación en (la producción y
distribución de) los resultados, medidos en términos de satisfacción
de necesidades y de reconocimiento de derechos y libertades. Pre-
cisamente para tratar de asegurar tales exigencias éticas y políticas,
(c) el ordenamiento jurídico, la institucionalización jurídica de la
democracia, el Estado de Derecho lo que hace es legalizar, convertir
en principio de legalidad, con la fuerza coactiva detrás, tales valores
éticos (libertad-igualdad identificados en el valor justicia) y políticos
(doble participación como síntesis del valor legitimidad).
De este modo, en complejas interrelaciones, primer nivel, la
autonomía moral individual y la participación política en las decisio-
nes se concretan así en el Estado de Derecho en la exigencia social de
autolegislación, es decir en el imperio de la ley como expresión de la
voluntad popular; a su vez, segundo nivel, el objetivo de la autorrea-
lización personal y de la participación en los resultados se reafirman
a través del correspondiente cuadro institucional y de su organización
jurídica/judicial coactiva para la protección y garantía efectiva de las
libertades y los derechos fundamentales. La razón de ser del Estado de
Derecho es la protección y efectiva realización de los derechos funda-
mentales; pero esta no se logra, en la medida en que en la historia se ha

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