DECRETO SUPREMO N° 373-2014-EF - Aprueban Operación de Endeudamiento Interno y de Administración de Deuda

Fecha de disposición30 Diciembre 2014
Fecha de publicación30 Diciembre 2014
El Peruano
Martes 30 de diciembre de 2014
541966
Distrital de Quisqui, provincia de Huánuco, departamento de
Huánuco, hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS
TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 1 203 316,00), en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, con cargo a la fuente de
f‌i nanciamiento Recursos Determinados, provenientes
del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales
– FONIE, para f‌i nanciar la ejecución de un (01) proyecto
de inversión pública de electrif‌i cación rural, conforme a lo
señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de
la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013, la Quincuagésima Octava y
Septuagésima Novena Disposiciones Complementarias
Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,
hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS TRES
MIL TRESCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 1 203 316,00), del pliego Ministerio de Energía y Minas,
a favor de la Municipalidad Distrital de Quisqui, provincia
de Huánuco, departamento de Huánuco, para f‌i nanciar
la ejecución de un (01) proyecto de inversión pública de
electrif‌i cación rural, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 016 : Ministerio de Energía y Minas
UNIDAD EJECUTORA 005 : Dirección General de
Electrif‌i cación Rural
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0046 : Acceso y Uso de la
Electrif‌i cación Rural
PROYECTO 2196762 : Ampliación del Servicio de
Energía Eléctrica en las
localidades del distrito de
Quisqui- Huánuco- Huánuco
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
GASTO DE CAPITAL
2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS
NO FINANCIEROS 1 203 316,00
TOTAL EGRESOS S/. 1 203 316,00
================
A LA: En Nuevos Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO 100106 : Municipalidad Distrital de
Quisqui
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0046 : Acceso y Uso de la
Electrif‌i cación Rural
PROYECTO 2196762 : Ampliación del Servicio de
Energía Eléctrica en las
localidades del distrito de
Quisqui- Huánuco- Huánuco
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
GASTO DE CAPITAL
2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS
NO FINANCIEROS 1 203 316,00
TOTAL EGRESOS S/. 1 203 316,00
=================
Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitador y habilitado en la
presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan
a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la
fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta
en el Anexo que forma parte de la presente norma, a
nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y
Específ‌i ca; y, se presentarán junto con la Resolución a
la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho
Anexo se publica en el portal institucional del Ministerio de
Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio
de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) en la misma
fecha de la publicación de la presente norma en el Diario
Of‌i cial “El Peruano”.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.4 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los pliegos involucrados, instruirán a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil
catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1183108-4
Aprueban Operación de Endeudamiento
Interno y de Administración de Deuda
DECRETO SUPREMO
Nº 373-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el numeral 4.2 del Artículo 4 de la Ley
Nº 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, se autoriza al Gobierno Nacional a
acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por
un monto equivalente a S/. 5 180 450 000,00 (CINCO
MIL CIENTO OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS
CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); de los

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