Decreto supremo N° 316-2023-EF. Decreto Supremo que aprueba el número y monto por concepto de dietas para los miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU)

Fecha de publicación29 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente con el objeto de realizar el seguimiento a la formalización minera y a las acciones destinadas a la erradicación de la minería ilegal y a la recuperación del ambiente; y, aprueba la fusión de las Comisiones Multisectoriales creadas por <a href="https://vlex.com.pe/vid/decreto-supremo-mineria-formalizacion-388629544">Decreto Supremo N° 075-2012-PCM</a> y <a href="https://vlex.com.pe/vid/decreto-supremo-n-005-917933509">Decreto Supremo N° 005-2023-PCM</a>

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


Que, en el marco de lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) como un ente autónomo, que tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal, es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento; asimismo, en el marco de su competencia, es responsable de supervisar la calidad del servicio educativo universitario, incluyendo el servicio brindado por entidades o instituciones que por normativa específica se encuentren facultadas a otorgar grados y títulos equivalentes a los otorgados por las universidades; así como de fiscalizar si los recursos públicos y los beneficios otorgados por el marco legal a las universidades, han sido destinados a fines educativos y al mejoramiento de la calidad;


Que, de conformidad con los artículos 16 y 17 de la Ley N° 30220, la SUNEDU para el cumplimiento de sus funciones, cuenta dentro de su estructura orgánica de un Consejo Directivo como el órgano máximo y de mayor jerarquía de la referida entidad, el mismo que está conformado por dos representantes de las universidades públicas que cuentan con rector (a), un representante de las universidades privadas que cuentan con rector (a), un representante del CONCYTEC, un representante del SINEACE, un representante del Ministerio de Educación; y, un...

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