Decreto supremo N° 279-2023-EF. Modifican el Decreto Supremo N° 271-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba nuevos montos de la valorización principal que forma parte de la compensación económica que se otorga al personal de la salud en el marco del Decreto Legislativo N° 1153 y autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales

Fecha de publicación12 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que aprueba una nueva escala remunerativa para el personal del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRORURAL) sujeto al régimen laboral del <a href="https://vlex.com.pe/vid/decreto-supremo-n-003-575977894">Decreto Legislativo Nº 728</a>

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


Que, mediante Decreto Supremo Nº 271-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba nuevos montos de la valorización principal que forma parte de la Compensación Económica que se otorga al personal de la salud en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153 y autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, se aprueban los nuevos montos de la valorización principal que forma parte de la compensación económica, que se otorga a los profesionales de la salud y el personal de la salud técnico y auxiliar asistencial a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado;


Que, la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2023, al Ministerio de Salud, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 18 254 043,00 (DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor de sus organismos públicos, de los gobiernos regionales y de las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto Legislativo Nº 1153, de corresponder, para financiar, de manera adicional, lo dispuesto en la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a solicitud de este último;


Que, la citada Disposición Complementaria Final establece que los recursos a los que hace referencia, se destinan a financiar el incremento de la valorización principal que forma parte de la Compensación Económica que se otorga al personal de la salud en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, al que se refiere la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, de los siguientes profesionales de la salud: Cirujano Dentista, Químico Farmacéutico, Obstetra, Enfermera(o), Tecnólogo Médico, Ingeniero Sanitario, Médico Veterinario, Biólogo, Psicólogo, Nutricionista, Asistente Social y Químico; asimismo, dispone que el incremento de la valorización principal, establecido en la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638 y demás condiciones para su otorgamiento, se efectúa en el mes de diciembre del Año Fiscal 2023, conforme a lo establecido en el numeral 9.4 del artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1153; para lo cual, el Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales y las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto Legislativo Nº 1153, quedan exceptuados de lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 31638;


Que, en consecuencia, corresponde aprobar los nuevos montos de la valorización principal que forma parte de la compensación económica que se otorga al personal de la salud en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, de los profesionales de la salud a que hace referencia la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953; en virtud del cual, a través del Oficio Nº D005432-2023-SG-MINSA, el Ministerio de Salud remite una propuesta de decreto supremo con los nuevos montos de la valorización principal para los profesionales de la salud: Cirujano Dentista, Químico Farmacéutico, Obstetra, Enfermera(o), Tecnólogo Médico, Ingeniero Sanitario, Médico Veterinario, Biólogo, Psicólogo, Nutricionista, Asistente Social y Químico;


Que, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público y la base de datos remitida por el Ministerio de Salud, el monto a transferir a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, Ministerio de Educación, Ministerio Público, Instituto Nacional Penitenciario y veinticinco (25) gobiernos regionales, asciende a la suma de S/ 12 810 310,00 (DOCE MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), para financiar el costo diferencial de la valorización principal para los profesionales de la salud a que hace referencia la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953;


De conformidad con lo dispuesto en la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;


DECRETA:


Artículo 1.- Modificar los literales b), c), d), e), f), g) y h) del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 271-2023-EF


Modificar los literales b), c), d), e), f), g) y h) del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 271-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba nuevos montos de la valorización principal que forma parte de la Compensación Económica que se otorga al personal de la salud en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153 y autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera:


“Artículo 1. Aprobación de la Valorización Principal


Aprobar los nuevos montos de la valorización principal que forma parte de la compensación económica, que se otorga a los profesionales de la salud y el personal de la salud técnico y auxiliar asistencial a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, de acuerdo al siguiente detalle:


Valorización Principal - Mensual


(...)


b) Cirujano Dentista:


Nivel


S/


V


7 796,00


IV


6 797,00


III


6 298,00


II


5 799,00


I


5 300,00


Residentado


5 300,00


SERUMS


5 300,00


c) Químico Farmacéutico:


Nivel


S/


VIII


7 796,00


VII


6 797,00


VI


6 298,00


V


5 799,00


IV


5 300,00


SERUMS


5 300,00


d) Obstetra:


Nivel


S/


V


7 796,00


IV


6 797,00


III


6 298,00


II


5 799,00


I


5 300,00


SERUMS


5 300,00


e) Enfermera(o):


Nivel


S/


14


7 796,00


13


6 797,00


12


6 298,00


11


5 799,00


10


5 300,00


SERUMS


5 300,00


f) Tecnólogo Médico:


Nivel


S/


5


7 796,00


4


6 797,00


3


6 298,00


2


5 799,00


1


5 300,00


SERUMS


5 300,00


g) Ingeniero Sanitario, Médico Veterinario, Biólogo, Psicólogo, Nutricionista y Asistenta Social:


Nivel


S/


VIII


7 796,00


VII


6 797,00


VI


6 298,00


V


5 799,00


IV


5 300,00


SERUMS


5 300,00


h) Químico:


Nivel


S/


VIII


7 796,00


VII


6 797,00


VI


6 298,00


V


5 799,00


IV


5 300,00


(...)”


Artículo 2. Transferencia de Partidas


2.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 12 810 310,00 (DOCE MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, Ministerio de Educación, Ministerio Público, Instituto Nacional Penitenciario y veinticinco (25) gobiernos regionales, para financiar el costo diferencial para el pago de la valorización principal que forma parte de la compensación económica...

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