DECRETO SUPREMO N° 172-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública de infraestructura vial vecinal

Fecha de disposición01 Julio 2015
Fecha de publicación01 Julio 2015
El Peruano
Miércoles 1 de julio de 2015
556336
Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad,
a f‌i nes distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Información
Los pliegos habilitados en el presente Decreto
Supremo informarán al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones los avances físicos y f‌i nancieros de la
ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su
cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas
en los convenios y/o adendas suscritas, para efectos de
las acciones de verif‌i cación y seguimiento a que se ref‌i ere
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta
días del mes de junio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1257198-10
Autorizan Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2015, para financiar
la ejecución de proyectos de inversión
pública de infraestructura vial vecinal
DECRETO SUPREMO
N° 172-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
establece que el referido Ministerio constituye un pliego
presupuestal, asimismo, señala sus competencias
exclusivas así como las compartidas con los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, entre otras, en materia
de infraestructura de transportes de alcance regional y
local;
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº
30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2015, establece que los recursos públicos
que se asignen en los presupuestos institucionales de
las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución
de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales
o los Gobiernos Locales, se transfieren bajo la
modalidad de modificación presupuestaria en el nivel
institucional, aprobada mediante Decreto Supremo
refrendado por el Ministro del sector correspondiente
y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa
suscripción de convenio;
Que, el numeral 11.2 del citado artículo 11 y el
artículo 4 de la Ley N° 30324, Ley que establece medidas
presupuestarias para el Año Fiscal 2015, señalan que
previamente a la transferencia de recursos, los proyectos
de inversión pública deben contar con viabilidad en el
marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP);
así como, con el registro en el Banco de Proyectos del
SNIP del informe de consistencia del estudio def‌i nitivo
o expediente técnico detallado, o con el registro de
Variaciones en la Fase de Inversión, o con el registro de
la Verif‌i cación de Viabilidad en el Banco de Proyectos
del SNIP, a los que se ref‌i ere la Directiva N° 001-2011-
EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de
Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral
N° 003-2011-EF/68.01 y modif‌i catorias; y que sólo se
autorizan hasta el segundo trimestre del año 2015;
señalando que cada pliego presupuestario del Gobierno
Nacional es responsable de la verif‌i cación y seguimiento,
lo que incluye el monitoreo f‌i nanciero de los recursos,
del cumplimiento de las acciones contenidas en el
convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto
de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo
correspondiente;
Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 304-2012-EF y modif‌i catorias, establece,
entre otros, que las entidades que cuenten con programas
presupuestales pueden realizar modif‌i caciones
presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los
recursos asignados a dichos programas, siempre que el
pliego habilitado cuente con productos o proyectos del
mismo programa, señalando que dichas transferencias se
realizarán mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable
de la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, mediante Memorando N° 1782-2015-MTC/09.03,
la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta
el Informe N° 634-2015-MTC/09.03 de su Of‌i cina de
Presupuesto, en el cual se propone un proyecto de Decreto
Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas
hasta por la suma de SESENTA Y SIETE MILLONES
TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS
TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 67 351 730,00),
a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, con
cargo a la fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios,
para f‌i nanciar la ejecución de diecinueve (19) proyectos
de inversión pública de infraestructura vial vecinal
declarados viables de acuerdo al Sistema Nacional de
Inversión Pública (SNIP); asimismo, indica que se cuenta
con los convenios correspondientes y con recursos en
el presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de
Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2015,
Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado, por la
fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios; en virtud
de lo cual, a través del Of‌i cio N° 0856-2015-MTC/04, el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita dar
trámite a la citada transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar
una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, del pliego 036:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de
diversos pliegos Gobiernos Locales con cargo a la fuente
de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios, para f‌i nanciar
la ejecución de diecinueve (19) proyectos de inversión
pública de infraestructura vial vecinal;
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de
la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2015, el artículo 4 de la Ley N° 30324,
Ley que establece medidas presupuestarias para el Año
Fiscal 2015 y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de
la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N°
304-2012-EF y modif‌i catorias;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015,
hasta por la suma de SESENTA Y SIETE MILLONES
TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS
TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 67 351
730,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y
Comunicaciones a favor de diversos pliegos Gobiernos
Locales, para f‌i nanciar la ejecución de diecinueve (19)
proyectos de inversión pública de infraestructura vial
vecinal, conforme a lo indicado en la parte considerativa
de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: (En Nuevos Soles)
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 036 : Ministerio De Transportes y
Comunicaciones
UNIDAD EJECUTORA 010 : Provías Descentralizado
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061 : Reducción del Costo, Tiempo e
Inseguridad Vial en el Sistema de
Transporte Terrestre

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