DECRETO SUPREMO N° 043-2015-RE - Ratifican el “Acuerdo de Prórroga del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe”

Fecha de disposición19 Agosto 2015
Fecha de publicación19 Agosto 2015
SecciónSección Única
559452 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de agosto de 2015 /
El Peruano
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho
días del mes de agosto del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1276148-1
Ratiican el “Acuerdo de Prórroga del
Acuerdo de Cooperación para la Promoción
de la Ciencia y la Tecnología Nucleares en
América Latina y el Caribe”
DECRETO SUPREMO
Nº 043-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo de Prórroga del Acuerdo de
Cooperación para la Promoción de la Ciencia y la
Tecnología Nucleares en América Latina y el Caribe”,
fue adoptado el 5 de junio de 2015, en la ciudad de Viena,
República de Austria;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento jurídico internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que
facultan al Presidente de la República a celebrar y ratif‌i car
Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación
previa del Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Prórroga
del Acuerdo de Cooperación para la Promoción de la
Ciencia y la Tecnología Nucleares en América Latina
y el Caribe” adoptado el 5 de junio de 2015, en la ciudad
de Viena, República de Austria.
Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores
procederá a publicar en el diario of‌i cial “El Peruano” el
texto íntegro del referido Acuerdo de Prórroga, así como
la fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho
días del mes de agosto del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1276148-2
SALUD
Designan Alto Comisionado Sanitario
y representante del Ministerio ante el
Comité Intergubernamental de Emergencia
Sanitaria declarada mediante D.S N° 025-
2015SA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 500-2015/MINSA
Lima, 17 de agosto de 2015
Visto, el Expediente N° 15- 077249-002, que contiene
el Informe N° 181 -2015-REF-DVM-SP, emitida por el
Despacho Viceministerial de Salud Pública; y,
CONSIDERANDO:
aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156,
que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio
público de salud en los casos en que exista un riesgo
elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones o
la existencia de un evento que interrumpa la continuidad
de los servicios de salud, en el ámbito Nacional, Regional
o Local;
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo
N° 015-2015-SA, se incorporó al Reglamento del
Decreto Legislativo N° 1156, el “Capítulo VIII - DEL
COMITÉ INTERGUBERNAMENTAL DE EMERGENCIA
SANITARIA”, que establece en sus artículos 27, 28 y
29 que dicho Comité Intergubernamental se encuentra
encargado de articular una respuesta conjunta entre la
autoridad sanitaria nacional y los gobiernos regionales
frente a cada situación de emergencia sanitaria
declarada por Decreto Supremo, está adscrito al
Ministerio de Salud y está conformado, entre otros, por
el Alto Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud
quien lo presidirá y un representante del Ministerio de
Salud, quienes serán designados mediante Resolución
Ministerial;
Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2015-
SA, se declaró en emergencia sanitaria, por el plazo
de noventa (90) días calendario, el departamento de
Loreto;
Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto
resolutivo correspondiente a efecto de designar al Alto
Comisionado Sanitario del Ministerio de Salud, quien
presidirá el Comité Intergubernamental de Emergencia
Sanitaria declarada mediante Decreto Supremo N°
025-2015-SA y al representante del Ministerio de
Salud ante dicho Comité Intergubernamental;
Con el visado de la Directora General de la Oficina
General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de
Salud Pública; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
Legislativo N° 1156, que dicta medidas destinadas a
garantizar el servicio público de salud en los casos
en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la
vida de las poblaciones; y, en el Decreto Legislativo N°
1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar al médico cirujano Pedro Gustavo
Valencia Vásquez, profesional del Instituto Nacional de
Salud, como Alto Comisionado Sanitario del Ministerio
de Salud, quien presidirá el Comité Intergubernamental
de Emergencia Sanitaria declarada mediante Decreto
Artículo 2.- Designar al médico cirujano Jorge
Escobedo Paredes, profesional de la Estrategia Sanitaria
Nacional de Prevención y Control de Enfermedades
Metaxénicas y otras Transmitidas por Vectores de la
Dirección General de Salud de las Personas, como
representante del Ministerio de Salud ante el Comité
Intergubernamental de Emergencia Sanitaria declarada
Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución
Ministerial se notif‌i que a los profesionales designados.
Artículo 4.- Disponer que la Of‌i cina General de
Comunicaciones publique la presente Resolución
Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de
Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1276017-5
NL20150819.pdf 14 8/19/2015 9:12:04 AM

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