DECRETO SUPREMO N° 042-2015-EF - Autorizan transferencia de partidas y transferencia financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano

Fecha de disposición13 Marzo 2015
Fecha de publicación13 Marzo 2015
El Peruano
Viernes 13 de marzo de 2015
548464
Que, mediante Resolución Suprema N° 013-2012-
MIDIS, se designó a Monseñor Luis Armando Bambarén
Gastelumendi como representante del Presidente de la
República ante el Comité de Transparencia y Vigilancia
Ciudadana, en calidad de presidente;
Que, en el marco de la normativa antes citada, y según
las propuestas alcanzadas por el presidente de dicho
Comité, mediante Resoluciones Ministeriales N° 205 y
235-2012-MIDIS se designó al resto de representantes
ante el Comité de Transparencia y Vigilancia Ciudadana;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 119-2013-
MIDIS se designó al señor Elías Segovia Ruiz como
miembro del Comité de Transparencia y Vigilancia
Ciudadana, en representación de la ANGR, dejando sin
efecto la designación efectuada anteriormente mediante
Resolución Ministerial N° 205-2012-MIDIS;
Que, mediante el documento de Visto, el presidente
del referido Comité ha solicitado, en atención a las
coordinaciones realizadas con la ANGR, que se designe
al señor Edwin Licona Licona, como nuevo representante
de la indicada institución ante el Comité de Transparencia
y Vigilancia Ciudadana;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dar por
concluida la designación realizada mediante Resolución
Ministerial N° 119-2013-MIDIS y, en consecuencia,
designar al nuevo representante de la Asamblea Nacional
de Gobiernos Regionales que integrará el Comité de
Transparencia y Vigilancia Ciudadana;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29792,
ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 011-2012-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación realizada
mediante Resolución Ministerial N° 119-2013-MIDIS.
Artículo 2.- Designar al señor Edwin Licona Licona
como miembro del Comité de Transparencia y Vigilancia
Ciudadana, constituido mediante Decreto Supremo N°
012-2012-MIDIS, en representación de la Asamblea
Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR.
Artículo 3.- Mantener los demás extremos de la
Resolución Ministerial N° 205-2012-MIDIS.
Artículo 4.- Notif‌i car la presente resolución al Comité
de Transparencia y Vigilancia Ciudadana, y a la Asamblea
Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1210695-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de partidas
y transferencia financiera en el
Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015, para financiar la
ejecución de proyectos de inversión
pública de saneamiento urbano
DECRETO SUPREMO
Nº 042-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
establece que el Ministerio tiene por f‌i nalidad normar y
promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e
integración de los centros poblados, urbanos y rurales,
como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia
de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo,
desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos
regionales y locales en dichas materias;
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº
30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2015, establece que los recursos públicos
que se asignen en los presupuestos institucionales de
las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución
de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o
los gobiernos locales, se transf‌i eren bajo la modalidad
de modif‌i cación presupuestaria en el nivel institucional
aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por
el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de
Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; y en
el caso que el proyecto de inversión pública sea ejecutado
por empresas públicas, los recursos son transferidos
f‌i nancieramente, mediante Decreto Supremo, en cualquier
fuente de f‌i nanciamiento, previa suscripción del convenio;
precisando que los recursos que se transf‌i eran a dichas
empresas se administran en las cuentas del Tesoro
Público, conforme a lo que disponga la Dirección General
de Endeudamiento y Tesoro Público;
Que, el numeral 11.2 del citado artículo señala que
previamente a la transferencia de recursos, los proyectos
de inversión pública deben contar con viabilidad en el
marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP);
así como, con el registro en el Banco de Proyectos del
SNIP del informe de consistencia del estudio def‌i nitivo o
expediente técnico detallado del proyecto de inversión
pública (PIP) viable; y que sólo se autorizan hasta el
segundo trimestre del año 2015; señalando que cada pliego
presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de
la verif‌i cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo
f‌i nanciero de los recursos, del cumplimiento de las
acciones contenidas en el convenio y en el cronograma
de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo
cual realiza el monitoreo correspondiente;
Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF y modif‌i catorias, establece,
entre otros, que las entidades que tengan a cargo
programas presupuestales pueden realizar modif‌i caciones
presupuestarias a nivel institucional con cargo a los
recursos asignados a dichos programas, siempre que el
pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos
del mismo programa, señalando que dichas transferencias
se realizarán mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable
de la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, a través de los Memorando Nºs. 074, 075 y 077-
2015/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo
del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el
marco de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N 30281,
solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una
transferencia de partidas a favor del Gobierno Regional
de Arequipa y de diversos Gobiernos Locales, hasta por
la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS
OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
286 756 785,00), para f‌i nanciar la ejecución de treinta y
cinco (35) proyectos de inversión pública de saneamiento
urbano; así como una transferencia f‌i nanciera a favor de
Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, hasta
por la suma de VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS
OCHENTA MIL SETECIENTOS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 25 580 700,00), para f‌i nanciar la ejecución de
seis (06) proyectos de inversión pública de saneamiento
urbano, los cuales se encuentran viables en el marco del
Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y cuentan
con las adendas de los convenios correspondientes;
precisándose que el f‌i nanciamiento será atendido
con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por la suma
de TRESCIENTOS DOCE MILLONES TRESCIENTOS
TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y
CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 312 337 485,00),
en la fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios;
Que, la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
mediante Memorando Nº 413-2015/VIVIENDA-OGPP,
emite opinión favorable en materia presupuestal a las
transferencias de recursos referidas en el considerando
precedente, e informa que cuenta con la disponibilidad
presupuestal en la fuente de f‌i nanciamiento Recursos

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