Decreto supremo N° 012-2023-TR. Decreto Supremo que aprueba el Protocolo Intersectorial contra el Trabajo Forzoso

Fecha de publicación20 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, La Libertad, Lima, Pasco y de la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (2023-2024) y posible Fenómeno El Niño

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


Que, el numeral 15 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú reconoce el derecho de toda persona a trabajar libremente, con sujeción a ley;


Que, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, aprobada por el Estado peruano mediante Resolución Legislativa Nº 13282, en el numeral 1 del artículo 23, establece que toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo;


Que, el numeral 1 del artículo 1 del Convenio Nº 29 de la Organización Internacional del Trabajo de 1930, Convenio sobre el trabajo forzoso, aprobado y ratificado por el Estado peruano, establece que todo miembro de la Organización Internacional del Trabajo que lo ratifique se obliga a suprimir, lo más pronto posible, el empleo del trabajo forzoso u obligatorio en todas sus formas;


Que, el artículo 2 del Convenio Nº 105 de la Organización Internacional del Trabajo de 1957, Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, aprobado y ratificado por el Estado peruano, establece que todo miembro de la Organización Internacional del Trabajo que lo ratifique se obliga a tomar medidas eficaces para la abolición inmediata y completa del trabajo forzoso u obligatorio;


Que, mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1323, Decreto Legislativo que fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género, se incorpora en el Código Penal el artículo 168-B que tipifica el delito de trabajo forzoso, estableciendo pena privativa de libertad para el autor de dicho delito;


Que, asimismo con la Ley Nº 30924, Ley que modifica los artículos 168-B y 195 del Código Penal, incorporando la pena de multa al delito de trabajo forzoso, se establece que la sanción de multa será aplicable conjuntamente con la pena privativa de libertad prevista para el delito de trabajo forzoso;


Que, posteriormente la Ley Nº 31146, Ley que modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley Nº 28950, Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, con la finalidad de sistematizar los artículos referidos a los delitos de trata de personas y de explotación, y considerar estos como delitos contra la dignidad humana, se reordena la numeración y ubicación de los tipos penales de explotación, sin alterar la tipificación de los mismos, entre los cuales se encuentra el delito de trabajo forzoso tipificado en el artículo 129-O del Código Penal;


Que, el Decreto Supremo Nº 011-2014-TR, aprueba el Protocolo Intersectorial contra el Trabajo Forzoso, el cual regula el abordaje del trabajo forzoso mediante el cumplimiento de cinco fases de intervención interinstitucional por parte de las entidades públicas involucradas en la lucha contra el trabajo forzoso;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2019-TR, se aprueba el III Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso 2019 – 2022, el cual contempla, dentro de la Estrategia E. 1.8, la línea de acción 1.8.1: “Adecuar el Protocolo Intersectorial contra el trabajo forzoso en función del marco normativo vigente”, habida cuenta de los cambios normativos y de política pública en la materia;


Que, en la Sesión Ordinaria Nº 130 de la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, creado mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-TR, los miembros de la citada Comisión aprobaron la propuesta del Protocolo Intersectorial contra el Trabajo Forzoso;


Que, mediante Resolución Ministerial Nº 163-2023-TR, se dispuso la prepublicación del proyecto de decreto supremo que aprueba la actualización del Protocolo Intersectorial contra el Trabajo Forzoso, y su exposición de motivos, a fin de recibir las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general;


Que, de conformidad con el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, este Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y...

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