DECRETO SUPREMO N° 009-2015-MINEDU - Modifica el Decreto Supremo N° 002-2015-MINEDU que crea el Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, en el ámbito del Ministerio de Educación

Fecha de disposición26 Julio 2015
Fecha de publicación26 Julio 2015
SecciónSección Única
558283
NORMAS LEGALES
Domingo 26 de julio de 2015
El Peruano
/
(05) días de aprobada a los organismos señalados en el
numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
304-2012-EF.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público, las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto
Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente
Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo
responsabilidad, a f‌i nes distintos para los cuales son
transferidos.
Artículo 4.- Información
Los pliegos habilitados en el presente Decreto
Supremo informarán al Ministerio de Educación los
avances físicos y f‌i nancieros de la ejecución de los
proyectos a su cargo, con relación a su cronograma
de ejecución y a las disposiciones contenidas en los
convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de
las acciones de verif‌i cación y seguimiento a que se ref‌i ere
Artículo 5.- Del refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veinticinco días del mes de julio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1268119-6
EDUCACION
002-2015-MINEDU que crea el Proyecto
Especial para la preparación y desarrollo de
los XVIII Juegos Panamericanos del 2019,
en el ámbito del Ministerio de Educación
DECRETO SUPREMO
Nº 009-2015-MINEDU
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 11 de octubre de 2013, se suscribió
el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para
la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos del
2019, entre la Organización Deportiva Panamericana
– ODEPA y el Comité Olímpico Peruano – COP, con
la participación de la Alcaldesa de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, a través del cual se def‌i nieron las
condiciones bajo las que se ha de realizar la preparación
y el desarrollo de los referidos Juegos;
Que, el numeral 4.A.46 del mencionado Acuerdo
de Responsabilidades y Obligaciones establece que la
Ciudad de Lima se compromete ante la ODEPA a organizar
los Juegos Parapanamericanos del 2019 bajo las mismas
condiciones y en las mismas instalaciones de los XVIII
Juegos Panamericanos, promoviendo a través de ellos, los
valores e ideales olímpicos y fomentando la convivencia y
cohesión social a través del deporte; señalando además,
que dichos Juegos Parapanamericanos constituyen
un acontecimiento continental muy importante para el
desarrollo del deporte para personas con discapacidad,
por lo que el Comité Organizador de los Juegos
Parapamericanos del 2019, se esforzará al máximo para
que este evento sea exitoso. Adicionalmente, establece
que el COPAL – PERU se compromete a desarrollar en el
marco de los Juegos Parapanamericanos un programa de
competencias para sordos, el que deberá ser aprobado
conjuntamente con la ODEPA;
Que, con Resolución Suprema N° 006-2015-MINEDU,
se declaró de Interés Nacional la organización de los XVIII
Juegos Panamericanos del 2019, a realizarse en Lima,
entre el 26 de julio y el 11 de agosto de 2019; y se formalizó
la creación del grupo de trabajo denominado “Comité
Organizador de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019
(COPAL – PERU)”, adscrito al Ministerio de Educación,
encargado de llevar a cabo la organización y las actividades
necesarias para la realización del citado evento deportivo;
se creó en el ámbito del Ministerio de Educación, el
“Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de
los XVIII Juegos Panamericanos del 2019” (en adelante,
el Proyecto Especial), con el objeto de programar y
ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los
XVIII Juegos Panamericanos del 2019, principalmente
los proyectos de inversión pública en infraestructura
deportiva, en el marco del Plan Maestro del citado evento
y los compromisos asumidos por el Comité Organizador
de los citados juegos, COPAL – PERÚ;
Que, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial,
a través del Of‌i cio N° 105-2015-MINEDU/PEJP-2019-
DE, remite el Informe N° 001-2015-MINEDU/PEJP-
2019-OAJ que sustenta la necesidad de modif‌i car el
Programa Nacional pueda programar y ejecutar acciones
vinculadas con el desarrollo y la organización de los
Juegos Parapanamericanos 2019;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación
DECRETA:
Artículo 1.- Modif‌i car el artículo 1 del Decreto
Supremo N° 002-2015-MINEDU
Modif‌i car el artículo 1 del Decreto Supremo N°
002-2015-MINEDU, el mismo que quedará redactado de
la siguiente manera:
“Artículo 1.- Creación y objeto de Proyecto
Especial
Créase en el ámbito del Ministerio de Educación,
el “Proyecto Especial para la preparación y desarrollo
de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019”, con el
objeto de programar y ejecutar las acciones necesarias
para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos
del 2019 y de los Juegos Parapanamericanos del 2019,
principalmente los proyectos de inversión pública en
infraestructura deportiva, en el marco del correspondiente
Plan Maestro y los compromisos asumidos por el Comité
Organizador de los citados juegos, COPAL – PERÚ.
El Proyecto Especial cuenta con autonomía técnica,
económica, f‌i nanciera y administrativa”.
Artículo 2.- Incorporar un último párrafo al artículo
Incorporar un último párrafo al artículo 2 del Decreto
Supremo N° 002-2015-MINEDU, el mismo que quedará
redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2.- Actividades del Proyecto Especial
El Proyecto Especial tiene las siguientes actividades:
(…)
Asimismo, dichas actividades serán realizadas por
el Proyecto Especial para el desarrollo de los Juegos
Parapanamericanos del 2019, en lo que corresponda.”
NL20150726.pdf 17 7/30/2015 9:38:43 AM

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