Decreto Supremo N° 008-2022-DE. Decreto Supremo que aprueba el nuevo monto por concepto de alimentación en aplicación de la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1132 y la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 013-2013-EF

Fecha de publicación27 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1132 se aprobó la nueva estructura de ingresos aplicables al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, el cual comprende el conjunto de principios, normas y procedimientos que tienen como propósito regular y ordenar el pago de las remuneraciones, bonificaciones y beneficios del personal militar y policial;

Que, la Décima Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, dispone -entre otros- que corresponde al pliego presupuestario Ministerio de Defensa proveer de alimentación, vestimenta y condiciones de trabajo adecuadas, al personal en Actividad de las Fuerzas Armadas, así como el personal del Servicio Militar Acuartelado que se encuentran embarcados y/o acuartelados en las unidades, bases y dependencias, zonas de emergencia o realizando misiones especiales de acuerdo a sus funciones;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1132, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2012-EF, establece, entre otros aspectos, que corresponde al pliego presupuestario Ministerio de Defensa proveer de alimentación, vestimenta y condiciones de trabajo adecuadas al personal militar en situación de Actividad, así como el personal del Servicio Militar Acuartelado que se encuentren embarcados y/o acuartelados en las unidades, bases y dependencias, zonas de emergencias o realizando misiones especiales de acuerdo a sus funciones o situaciones similares debidamente sustentadas; estableciéndose que los montos por concepto de alimentación y vestimenta serán aprobados mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y a propuesta del Ministerio de Defensa, con la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas y servirán de base para la elaboración de los rubros correspondientes en el Plan Anual de Contrataciones, promoviendo la compra de productos en la zonas o jurisdicción donde se encuentre asignado o destacado el personal;

Que, mediante Decreto Supremo N° 028-2017-EF, del 22 de febrero de 2017, se estableció en Ocho y 00/100 Soles (S/ 8.00) diarios el monto por concepto de alimentación que se provee al personal militar y policial en actividad referido en la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1132 y la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento del citado Decreto Legislativo, aprobado mediante Decreto Supremo N°...

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