DECRETO SUPREMO N° 005-2015-TR - Declaran día no laborable en la ciudad de Chimbote, el día sábado 27 de junio de 2015

Fecha de disposición27 Junio 2015
Fecha de publicación27 Junio 2015
El Peruano
Sábado 27 de junio de 2015 556007
Artículo 4. Aplicar el egreso que origine la presente
Resolución a las partidas correspondientes del pliego
presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5. La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1256678-14
Autorizan viaje de funcionario
diplomático a Ecuador, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0569/2015-RE
Lima, 26 de junio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, la Política Exterior del Perú tiene como uno de
sus objetivos estratégicos, la consolidación de la Unión de
Naciones Suramericanas (UNASUR) y otros mecanismos
de integración que coadyuven al fortalecimiento de la
identidad regional, a su capacidad de negociación y a la
proyección política y económica del país en la región;
Que, UNASUR se encuentra en un proceso de
fortalecimiento institucional a través del cual se pretende
hacer más efectiva la integración sudamericana;
Que, la Secretaría General de UNASUR tiene el encargo
de llevar adelante dicho proceso de fortalecimiento;
Que, mediante comunicación EE-350-UNASURSG-
2015, de 8 de junio de 2015, el Secretario General de
UNASUR, señor Ernesto Samper Pizano, ha extendido
una invitación a todos los Delegados Titulares de los
países miembros de UNASUR para asistir a un seminario
regional llamado “UNASUR: Plan de Acción 2015-2016”,
que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del
Ecuador, del 30 de junio al 1 de julio de 2015;
Que, la f‌i nalidad del mencionado seminario es
sostener un diálogo sobre iniciativas políticas, económicas
y sociales, de acuerdo a las agendas que manejan cada
Consejo Sectorial de UNASUR. Además se presentarán
los aspectos operativos de la Secretaría General en
materia de comunicaciones, tecnología, administración y
relaciones con la comunidad;
Que, como parte del posicionamiento del Perú en
organismos internacionales, y en específ‌i co en UNASUR,
es importante participar en eventos en los cuales se
aborden temas relativos al fortalecimiento de dicha
organización.
Que, es necesario que el Director General de América,
participe en el mencionado seminario;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.°
3157, del Despacho Viceministerial, de 19 de junio de
2015; y los Memorandos (DGA) N.° DGA0539/2015, de la
Dirección General de América, de 18 de junio de 2015; y
(OPR) N.° OPR0192/2015, de la Of‌i cina de Programación
y Presupuesto, de 25 de junio de 2015, que otorga
certif‌i cación de crédito presupuestario al presente viaje;
De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, modif‌i cada por la Ley N.° 28807, y
su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.° 047-
2002-PCM; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático
de la República, su Reglamento y modif‌i catorias; la Ley N.°
29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10 de
la Ley N.° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios,
del Embajador en el Servicio Diplomático de la República
José Luis Salinas Montes, Director General de América,
a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 30 de
junio al 1 de julio de 2015, por las razones expuestas en
la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente comisión de servicios, serán cubiertos
por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática
y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior,
debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no
mayor de quince (15) días calendario, al término del
referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos
Pasaje
Aéreo Clase
Económica
US$
Viáticos
por día
US$
Número
de días
Total
Viáticos
US$
José Luis Salinas Montes 789,00 370,00 2+1 1 110,00
Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario,
posteriores a su retorno al país, el citado funcionario
diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones
Exteriores, un informe detallado sobre las acciones
realizadas y los resultados obtenidos en el viaje
autorizado.
Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1256641-1
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Declaran día no laborable en la ciudad
de Chimbote, el día sábado 27 de junio
de 2015
DECRETO SUPREMO
Nº 005-2015-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley N° 16597, norma emitida
el 22 de junio de 1967, declaró of‌i cialmente la Semana
Cívica en la ciudad de Chimbote, capital de la Provincia
del Santa, del Departamento de Ancash, la comprendida
entre los días 23 y 29 de junio de cada año;
Que, el artículo 2 de la referida Ley, establece que
el Poder Ejecutivo señalará día feriado en la ciudad de
Chimbote el sábado correspondiente a la semana cívica
de Chimbote, a la que se ref‌i ere el párrafo previo;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8
numeral 1 del artículo 6 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1.- Declárese día no laborable en la ciudad
de Chimbote, el día sábado 27 de junio de 2015, fecha
central de las celebraciones de su Semana Cívica.
Artículo 2.- Las horas dejadas de laborar por el día
no laborable a que se refiere el artículo precedente,
serán compensadas en la semana posterior al día
declarado feriado o en la oportunidad que acuerden
las partes. A falta de acuerdo, prima la decisión del
empleador.
Artículo 3.- El presente decreto supremo será
refrendado por el Ministro de Trabajo y Promoción del
Empleo.

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