DECRETO SUPREMO N° 004-2015-DE - Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa para el Año 2015

Fecha de disposición20 Marzo 2015
Fecha de publicación20 Marzo 2015
El Peruano
Viernes 20 de marzo de 2015
548976
del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el
artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 4°.- Disponer que cualquier proyecto de obra
nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros
o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes
que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos
arqueológicos prehispánicos declarados Patrimonio
Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación
previa del órgano competente del Ministerio de Cultura.
Artículo 5°.- Remitir copia certif‌i cada de la presente
Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima y
la Municipalidad Distrital de Carabayllo para efectos que
el monumento arqueológico prehispánico Huatocay 5
sea considerado dentro de los planes de ordenamiento
territorial que se desarrollen.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
1213507-1
DEFENSA
Decreto Supremo que aprueba el Plan
Estratégico de Compras del Sector
Defensa para el Año 2015
DECRETO SUPREMO
Nº 004-2015-DE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 165 de la Constitución Política del Perú
establece que las Fuerzas Armadas están constituidas por
el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea del Perú y
tienen como f‌i nalidad primordial garantizar la independencia,
la soberanía y la integridad territorial de la República, en
función de los objetivos de la Política de Defensa Nacional;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1128 se crea la
Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas como organismo
público ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargada
de planif‌i car, organizar y ejecutar los procesos de contratación
de bienes, servicios, obras y consultorías a su cargo, que
fortalezcan el planeamiento estratégico de compras y la
adecuada ejecución de contrataciones del Sector Defensa;
Que, el artículo 3 del citado Decreto Legislativo establece
que se encuentran bajo el ámbito de competencia de la
Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, las siguientes
Unidades Ejecutoras y órganos del Sector Defensa: el
Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Ejército del
Perú, la Marina de Guerra del Perú, la Fuerza Aérea del
Perú, la Escuela Nacional de Marina Mercante, la Comisión
Nacional de Desarrollo e Investigación Aeroespacial, la
Of‌i cina Previsional de las Fuerzas Armadas y otras que se
disponga mediante Decreto Supremo;
Que, el inciso 1) del artículo 4 del mencionado Decreto
Legislativo establece que la Agencia de Compras de
las Fuerzas Armadas tiene como función entre otras, la
de elaborar el Plan Estratégico de Compras del Sector
Defensa, en base a la determinación de las necesidades
de bienes, servicios, obras y consultorías que presenten
las entidades bajo su ámbito de competencia;
Que, el artículo 10 del Reglamento del Decreto
Legislativo N° 1128, aprobado por Decreto Supremo N° 005-
2013-DE, señala que “El Plan Estratégico de Compras del
Sector Defensa es el documento de gestión elaborado por
la Agencia, que comprende la visión, objetivos, estrategias
e información que considere pertinente, para lograr que las
contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías
que requieran los órganos bajo su ámbito de competencia,
garanticen la transparencia, la estandarización, la
economía de escala y la interoperabilidad”;
Que, según el numeral 1) del artículo 4 del Decreto
Legislativo N° 1128, en concordancia con el artículo 10 de su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-
DE, el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa
será aprobado mediante Decreto Supremo refrendado por el
Ministro de Defensa;
De conformidad con el artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Defensa; el Decreto Legislativo N° 1128 que crea la Agencia
de Compras de las Fuerzas Armadas; y, su Reglamento,
DECRETA:
Artículo 1.- Apruébese el Plan Estratégico de Compras
del Sector Defensa para el Año 2015, el mismo que en Anexo
forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- El presente Decreto Supremo será
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano. El Anexo será
publicado en el Portal Institucional de la Agencia de
Compras de las Fuerzas Armadas (www.acffaa.gob.pe).
Artículo 3.- La expedición del presente Decreto
Supremo no generará mayores gastos al Estado.
Artículo 4.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve
días del mes de marzo del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1214373-1
Autorizan viaje de oficiales de la
Marina de Guerra del Perú a México,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 105-2015-DE/MGP
Lima, 19 de marzo de 2015
Vista, la Carta G.500-1125 del Secretario del
Comandante General de la Marina, de fecha 11 de marzo
de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa,
viajará en Misión Of‌i cial a la ciudad de México D.F., Estados
Unidos Mexicanos, para que participe en diversas actividades
protocolares, con el objeto de fortalecer los mecanismos de
diálogo y cooperación bilateral en el ámbito de seguridad y
defensa entre ambos países y sus Fuerzas Armadas;
Que, en tal sentido, por ser de interés para el Sector
Defensa y a la importancia de las actividades a realizar,
es necesario autorizar el viaje en Comisión de Servicio
del señor Almirante Edmundo Luis Enrique DEVILLE Del
Campo, Comandante General de la Marina de Guerra del
Perú, del Capitán de Navío SN.(MC) Juan Carlos MEZA
Garcia y del Capitán de Corbeta José Luis VARGAS Baroni,
del 23 al 25 de marzo de 2015, como parte de la Comitiva
Of‌i cial y de Apoyo que acompañará al señor Ministro de
Estado en el Despacho de Defensa;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora
Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con
el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 5 de junio de 2002;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los
vuelos internacionales y con el f‌i n de prever la participación
del personal comisionado durante la totalidad de la
actividad programada, es necesario autorizar su salida del
país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno
UN (1) día después del evento;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen
serán por cada día que dure la misión of‌i cial o el evento, a los
que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día
de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado,
cuando el viaje es a cualquier país de América;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Defensa; la Ley Nº 302891, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que
regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de

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