DECRETO N° 0007-2015-GORE-ICA/GR - Modifican los costos respectivos del Procedimiento N° 293 denominado 'Registro de Contrato de Trabajo de Trabajadores Destacados en Empresas y entidades que realizan Actividades de Intermediación laboral' del TUPA del Gobierno Regional

Fecha de disposición11 Abril 2015
Fecha de publicación11 Abril 2015
El Peruano
Sábado 11 de abril de 2015 550435
Ica señalado en el artículo precedente, conforme al Anexo
Nº 2 del presente Decreto Regional.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES
Gobernador Regional
1222191-1
Modifican los costos respectivos del
Procedimiento Nº 293 denominado
“Registro de Contrato de Trabajo de
Trabajadores Destacados en Empresas
y Entidades que realizan Actividades
de Intermediación laboral” del TUPA
del Gobierno Regional
DECRETO REGIONAL
N° 0007-2015-GORE-ICA/GR
Ica, 1 de abril de 2015
EL GOBERNADOR REGIONAL DE ICA
VISTO:
El Informe Técnico Nº 018-2015-GORE.ICA-GRPPAT/
SDI de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y el Informe
Técnico Nº 06-2015 GORE-ICA/ORADM de la Of‌i cina
Regional de Administración, mediante el cual se sustenta la
necesidad de corregir el Procedimiento Administrativo Nº 293
del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA-
del Gobierno Regional de Ica, en el marco del proceso de
modernización de la gestión pública; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0013-2014-
GORE-ICA de fecha 19 de diciembre de 2013 se aprobó el
TUPA del Gobierno Regional de Ica;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de
la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, a su vez, el artículo 4º de la Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, “Los
gobiernos regionales tienen por f‌i nalidad esencial fomentar
el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la
inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio
pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de
sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas
nacionales, regionales y locales de desarrollo.”;
Que, conforme a lo establecido en el inciso f) del artículo
9° de la mencionada Ley N° 27867, los gobiernos regionales
son competentes para dictar las normas inherentes a la
gestión regional;
Que, la misma ley orgánica precisa en su artículo 36º
que las normas y disposiciones de los gobiernos regionales
se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad,
legalidad y simplif‌i cación administrativa;
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de
la Gestión del Estado, en su artículo 1º declara al Estado
Peruano en proceso de modernización en sus diferentes
instancias, dependencias, entidades, organizaciones y
procedimientos, con la f‌i nalidad de mejorar la gestión
pública y construir un Estado democrático, descentralizado
y al servicio de la ciudadanía;
Que, según el numeral 36.3 del artículo 36° de la Ley
las disposiciones concernientes a la eliminación de
procedimientos o requisitos o a la simplif‌i cación de los mismos,
podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional
de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate
de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos
Regionales o Locales, respectivamente;
Que, en ese orden de ideas, con el objetivo de orientar,
articular e impulsar en todas las entidades públicas, el
proceso de modernización hacia una gestión pública para
resultados que impacte positivamente en el bienestar del
ciudadano y el desarrollo del país, se aprobó la “Política
Nacional de Modernización de la Gestión Pública” mediante
Que, la citada Política Nacional de Modernización de
la Gestión Pública, propone que el Estado siga un “Modelo
de Gestión Pública Orientada a Resultados en Servicio
del Ciudadano”, el cual implica desarrollar acciones que
permitan implementar la simplif‌i cación administrativa en
todos los niveles de gobierno, eliminando obstáculos
o costos innecesarios para la sociedad que genera el
inadecuado funcionamiento de la Administración Pública;
Que, con la f‌i nalidad de implementar la Política de
Modernización en cuestión, mediante la Resolución Ministerial
N° 125-2013-PCM, se aprobó el “Plan de Implementación
de la Política Nacional de Modernización de la Gestión
Pública 2013-2016”, el cual tiene como uno de sus objetivos
específ‌i cos la implementación de la gestión por procesos y
promoción de la simplif‌i cación administrativa en todas las
entidades públicas a f‌i n de generar resultados positivos en
la mejora de los procedimientos y servicios orientados a los
ciudadanos y empresas;
Que, en función a dicho marco de acción, el Gobierno
Regional de Ica está llevando a cabo un proceso progresivo
de optimización de su estructura, organización y procesos,
ejecutando diversas actividades que le permitan modernizarse,
buscando desarrollar intervenciones que incrementen el valor
público para los ciudadanos y ciudadanas de la Región;
Que, la Of‌i cina Regional de Administración con Informe
Técnico Nº 06-2015 GORE-ICA/ORADM presenta un
nuevo costeo del procedimiento Nº 293 del Texto Único de
Procedimientos Administrativos-TUPA denominado “Registro de
Contrato de Trabajo de Trabajadores Destacados en Empresas
y Entidades que realizan Actividades de Intermediación laboral”,
tanto para los plazos ordinarios así como los extraordinarios,
acorde a la metodología establecidos en el Decreto Supremo
Que, la Subgerencia de Desarrollo Institucional presenta
el Informe Técnico Nº 018 -2015-GORE.ICA-GRPPAT/SDI;
donde concluye que resulta procedente modif‌i car el TUPA
incorporando los nuevos costos para el procedimiento Nº
293, en el marco de sus competencias.
En consecuencia, con la visación de la Of‌i cina Regional
de Asesoría Jurídica; y estando a lo acordado por el
Directorio de Gerencias Regionales del Gobierno Regional
de Ica, y a lo establecido en el artículo 28º y 40º de la Ley
DECRETA:
Artículo 1º.- Modif‌i car los costos respectivos del
Procedimiento Nº 293 denominado “Registro de Contrato de
Trabajo de Trabajadores Destacados en Empresas y Entidades
que realizan Actividades de Intermediación laboral”, del Texto
Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobado
por Ordenanza Regional Nº 0013-2013-GORE-ICA, conforme
al Anexo 01 que forma parte del presente Decreto.
Artículo 2º.- Modif‌i car el procedimiento administrativo
del TUPA del Gobierno Regional de Ica, en el Sistema de
Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica, las
Ventanillas de Trámite de todos los órganos, unidades
orgánicas, órganos desconcentrados y dependencias
del Gobierno Regional de Ica, y el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas - PSCE, y Portal Institucional.
Artículo 3°.- Encargar a la Of‌i cina Regional de
Administración la publicación del presente Decreto Regional
en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, en el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas - PSCE, y en el Portal Institucional
(www.regionica.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FERNANDO CILLÓNIZ BENAVIDES
Gobernador Regional
1222191-2
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Ordenanza que aprueba la modificación
de los Cuadros para Asignación de
Personal Provisional de las Unidades
Ejecutoras de Salud del Gobierno
Regional Piura
ORDENANZA REGIONAL
Nº 309-2015/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura

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