DECRETO DE ALCALDIA N° 019-2014/MM - Declaran que predio ubicado en el distrito se encuentra sometido al régimen especial de conservación establecido en la Ordenanza N° 387/MM y Ordenanza N° 401/MM

Fecha de disposición04 Diciembre 2014
Fecha de publicación04 Diciembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Jueves 4 de diciembre de 2014
539344
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
Declaran que predio ubicado en el
distrito se encuentra sometido al
régimen especial de conservación
establecido en la Ordenanza Nº 387/
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 019-2014/MM
Miraf‌l ores, 28 de noviembre de 2014
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 194 de la Constitución Política
del Perú, las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local con autonomía política,
económica y administrativa en asuntos de su competencia.
De igual modo, acorde con el artículo II del Título Preliminar
la autonomía que la Carta Magna establece para las
municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, con la Ordenanza Nº 387/MM se constituye y
regula las Microzonas de Valor Urbanísticos y Ejes de
Aprovechamiento del Potencial de Desarrollo Urbano
en el distrito de Miraf‌l ores; asimismo, con la Ordenanza
Nº 401/MM se emiten las disposiciones que regulan la
aplicación de la Ordenanza Nº 387/MM, desarrollándose,
entre otros aspectos, el procedimiento para acogerse a
los benef‌i cios que dichos dispositivos establecen. En tal
sentido, con las ordenanzas referidas se busca orientar la
composición arquitectónica de las edif‌i caciones, proteger
la arquitectura de valor representativo, preservando los
predios que constituyen patrimonio cultural o aquellos que
no siéndolo, poseen un valor urbanístico en su conjunto,
como mecanismo de preservación de la identidad
distrital;
Que, a través del Expediente Nº 3613-2014, ingresado
el 06 de mayo de 2014, el señor Javier Antonio Echecopar
Mongilardi, identif‌i cado con DNI Nº 09817063, solicita su
acogimiento libre y voluntariamente a los alcances de las
citadas ordenanzas, con relación al predio ubicado en la
Calle Ocharán Nº 675, Miraf‌l ores;
Que, conforme se aprecia en el expediente antes
citado y de acuerdo a la verif‌i cación realizada por la unidad
orgánica competente, los administrados cumplieron con
acompañar los requisitos que se exigen para la emisión
del Certif‌i cado de Derechos Edif‌i catorios al que hacen
referencia las disposiciones de las Ordenanzas Nº 387/
MM y Nº 401/MM, conforme se desprende del Informe
Legal Nº 445-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 16 de
julio de 2014, emitido por la Subgerencia de Catastro;
Que, se programaron las inspecciones a las que se
hace mención en el artículo 4 de la Ordenanza Nº 401/
MM, luego de las cuales se emitió Informe Técnico Nº
1496-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de octubre de
2014, que obra en el folio sesenta y ocho (68) y siguientes
de los actuados, mediante el cual se efectúa el diagnóstico
del predio ubicado en la Calle Ocharán Nº 675, Miraf‌l ores,
que contiene la determinación de las áreas o zonas del
predio con valor urbanístico que deberán mantenerse
intangibles, el estado de conservación de las mismas, las
recomendaciones a considerar para las obras a realizarse
y los derechos edif‌i catorios a transferir;
Que, en mérito de lo indicado y acorde a lo
establecido en el artículo 6 de la Ordenanza Nº 401/
MM, la Subgerencia de Catastro emitió la Resolución de
Subgerencia Nº 146-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha
30 de octubre de 2014, que declara procedente la solicitud
presentada por los administrados; correspondiendo emitir
el decreto de alcaldía, en cumplimiento de lo señalado en
el artículo 18 de la ordenanza citada, a f‌i n que constituya
el documento con el que se dispone la limitación o
restricción de demoler, ampliar y/o remodelar el predio
ubicado en la Calle Ocharán Nº 675, Miraf‌l ores, de modo
que dicho decreto de alcaldía y demás actos vinculados
sean inscritos en la Partida Nº 07004494 del Registro de
la Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos - Sede Lima;
Que, por otra parte, mediante Acuerdo de Concejo Nº
075-2014/MM del 13 de octubre de 2014, se aprobó la
licencia por motivos personales del Titular de la Entidad,
encargándose el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde,
Carlos Eugenio Alarco Proaño, del 22 de noviembre al 02
de diciembre de 2014, de conformidad con lo previsto en
el artículo 24 de la citada Ley Nº 27972;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de
DECRETA:
Artículo Primero.- Declarar que el predio ubicado
en la Calle Ocharán Nº 675, Miraf‌l ores, se encuentra
sometido al régimen especial de conservación establecido
conforme a lo dispuesto en la Resolución de Subgerencia
Nº 146-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 30 de octubre
de 2014; consecuentemente, los propietarios del predio
en mención se encuentran sujetos a los deberes y
obligaciones que emanen de dicho régimen.
Artículo Segundo.- Disponer la inscripción de la
Carga Técnica Registral respecto del predio ubicado
en la Calle Ocharán Nº 675, Miraf‌l ores, inscrito en la
Partida Nº 07004494, consistente en el cumplimiento de
las limitaciones y restricciones referidas a la demolición,
ampliación y/o remodelación de las áreas intangibles del
predio, así como el deber de mantenerlo en buen estado
de manera permanente, según lo dispuesto en el artículo
tercero de la Resolución de Subgerencia Nº 146-2014-
SGCA-GDUMA/MM de fecha 30 de octubre de 2014.
Artículo Tercero.- Disponer que los propietarios del
predio ubicado en la Calle Ocharán Nº 675, Miraf‌l ores,
lleven a cabo las acciones necesarias para la puesta en
valor del mismo, de conformidad con las disposiciones
de la Ordenanza Nº 387/MM y de la Ordenanza Nº 401/
MM, comprometiéndose a proteger el estado físico del
predio una vez restaurado y manteniendo su estado
original, en estricto cumplimiento de las recomendaciones
comprendidas en el Informe Técnico Nº 1496-2014-SGCA-
GDUMA/MM, que obra en el Expediente Nº 3613-2014.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General
la publicación del presente decreto en el Diario Of‌i cial
El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e
Imagen Institucional la publicación del mismo en el Portal
Institucional (www.miraf‌l ores.gob.pe), en la misma fecha
de su publicación of‌i cial.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS ALARCO PROAÑO
Teniente Alcalde
Encargado del Despacho de Alcaldía
1172218-1
MUNICIPALIDAD
DE PUCUSANA
Aprueban adecuación del TUPA 2014
de la Municipalidad a las Leyes Nºs.
30228 y 30230
Pucusana, 21 de agosto del 2014
EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUCUSANA
POR CUANTO:
Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
21/08/2014 el Informe Nº 047-2014-GPP-MDP de la

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