ORDENANZA Nº 112-2010/MLV - Amplían criterio de incorporación al Régimen del Vecino Victoriano Puntual

Fecha de disposición27 Julio 2010
Fecha de publicación27 Julio 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 27 de julio de 2010
422944
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1254-2010-MP-FN
Lima, 26 de julio de 2010
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Of‌i cio Nº 1258-2010-MP-FSCI, cursado por el doctor
Avelino Guillén Jáuregui, Fiscal Supremo, designado en la
Fiscalía Suprema de Control Interno, a través del cual solicita
la remoción del personal de la Of‌i cina Desconcentrada de
Control Interno del Cusco por necesidad de servicio.
Estando a lo expuesto y dispuesto en el Artículo 64°
del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio
Público
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación
del doctor Alberto Delgado Cana, Fiscal Provincial Titular
Mixto de Quispicanchis, Distrito Judicial del Cusco, en el
Despacho de la Of‌i cina Desconcentrada de Control Interno
del Cusco, materia de la Resolución Nº 1499-2009-MP-FN,
de fecha 19 de octubre de 2009.
Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación
de la doctora Junia Margot Molero Cazani, Fiscal Provincial
Titular Mixta de Anta, Distrito Judicial del Cusco, en el
Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de
Anta, materia de la Resolución Nº 1393-2009-MP-FN, de
fecha 29 de setiembre de 2009.
Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación de
la doctora Erika Olave Luza, Fiscal Provincial Provisional
del Distrito Judicial del Cusco, en el Despacho de la
Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Quispicanchis,
materia de la Resolución Nº 882-2010-MP-FN, de fecha
21 de mayo de 2010.
Artículo Cuarto.- Designar al doctor Alberto Delgado
Cana, Fiscal Provincial Titular Mixto de Quispicanchis,
Distrito Judicial del Cusco, en el Despacho de la Fiscalía
Provincial Civil y de Familia de Quispicanchis.
Artículo Quinto.- Designar a la doctora Junia Margot
Molero Cazani, Fiscal Provincial Titular Mixta de Anta,
Distrito Judicial del Cusco, en el Despacho de la Of‌i cina
Desconcentrada de Control Interno del Cusco.
Artículo Sexto.- Designar a la doctora Erika Olave
Luza, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial del
Cusco, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de
Familia de Anta.
Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, al Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de
Control Interno, a la Fiscal Superior Titular – Presidente
de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del
Cusco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial
Humano, Of‌i cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a
los Fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS
Fiscal de la Nación
524193-7
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
LA VICTORIA
Amplían criterio de incorporación
al Régimen del Vecino Victoriano
Puntual
ORDENANZA Nº 112-2010/MLV
La Victoria, 15 de julio del 2010
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA
VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el dictamen
conjunto Nº 001-2010-CPRDE/MDLV emitido por las
Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo
Económico, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el
concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la
gobiernos locales tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia con
sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole
al Concejo Municipal las funciones normativas que se
materializan a través de Ordenanzas, las cuales tienen
rango de ley de acuerdo a lo establecido en el artículo
200º de la Constitución;
Que, de conformidad al artículo 195º de la Carta
Magna, concordada con la Norma IV del Título Preliminar
del Texto Único Ordenado – TUO – del Código Tributario,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF,
y el artículo 40° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades – las municipalidades mediante
Ordenanza, tienen competencia para administrar sus
bienes y rentas, así como crear, modif‌i car y suprimir
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
municipales dentro de su jurisdicción y con los límites
que señala la ley;
Que, de acuerdo al artículo 52º del TUO del Código
Tributario, es competencia de los gobiernos locales
administrar exclusivamente las contribuciones y tasas
municipales, sean estas últimas, derechos, licencias
o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les
asigne;
Que, en virtud a dichas competencias y facultades,
los gobiernos locales pueden establecer políticas y
estrategias tributarias que incentiven a los contribuyentes
al cumplimiento oportuno de este tipo de obligaciones, a
f‌i n de proveerse de los recursos necesarios para asegurar
el f‌i nanciamiento de los servicios públicos a favor de la
comunidad;
Que, de conformidad con el ordenamiento legal
vigente, glosado anteriormente, la Municipalidad de La
Victoria emitió la Ordenanza Nº 053-2008/MLV publicada
en el diario of‌i cial El Peruano con fecha 20 de julio del
2008, que estableció el “Régimen del Vecino Victoriano
Puntual” en el distrito, con el objetivo de estimular a los
contribuyentes en el cumplimiento oportuno y voluntario
del pago de sus obligaciones tributarias, otorgando
diversos benef‌i cios a los cuales accedían sólo aquellos
contribuyentes que no tuvieran deudas del ejercicio 2007
y hubieran cancelado los dos (2) primeros trimestres del
impuesto predial y arbitrios del ejercicio 2008. Dicha
Ordenanza fue modif‌i cada mediante Ordenanzas Nº
069-2008/MLV, Nº 085-2009/MLV, Nº 095-2009/MLV y
Nº 103-2010/MLV, ampliando el criterio de incorporación
al referido régimen.
Que, en atención a lo expuesto la Gerencia de Rentas
ha propuesto brindar a los contribuyentes la oportunidad
de incorporarse al régimen en mención o de ser el caso
reincorporarse al mismo si hubieran mantenido un récord
positivo de pago y por motivos extraordinarios hubieran
incurrido en atrasos, siempre que regularicen dicha
situación hasta el último día del mes de julio del 2010;
Estando a los fundamentos expuestos, en uso de las
facultades conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la Ley
Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – contando
con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica
mediante Informe Nº 201-2010-GAJ/MLV y de la Gerencia
de Rentas mediante memorándum Nº 447-2010/GR/MDLV,
el Concejo Municipal por unanimidad ha aprobado la
siguiente:
ORDENANZA QUE AMPLIA EL CRITERIO DE
INCORPORACIÓN AL REGIMEN DEL VECINO
VICTORIANO PUNTUAL
Artículo 1º.- Ampliar el criterio de incorporación al
“Régimen del Vecino Victoriano Puntual” establecido en el
artículo 3º literal a) de la Ordenanza Nº 053-2008/MDLV,
modif‌i cado por el artículo 1º de la Ordenanza Nº 103-2010/
MLV, hasta el 31 de julio del 2010.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS y FINALES
Primera.- Autorizar al señor Alcalde para que mediante
Decreto de Alcaldía modif‌i que los plazos de incorporación

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