Disponen inscripción de contrato de compraventa sobre inmueble ubicado en el distrito de La Victoria

Fecha de publicación04 Marzo 2000
Fecha de disposición04 Marzo 2000
Pág. 184380
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 4 de marzo de 2000
solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Geren-
cia Nº 0726-99-RNC-CONSUCODE del 16.4.99, con una
Capacidad Máxima de Contratación de SETENTIDOS
MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/. 72'000,000.00), expi-
diéndosele el Certificado de Inscripción Nº 834, de fecha
27.4.99, con vigencia hasta el 15.4.2001, en razón de haber
cumplido con presentar los requisitos legales correspon-
dientes, acreditando como integrantes de su plantel técnico
a los ingenieros Alex Eduardo Zúñiga Araya, Fernando
Lorenzo Lázaro Pastor, Michel Alejandro Boza Solis, Daniel
Huaman Mosqueira y Luís Fernado Méndez Fernández;
Que, de la fiscalización posterior efectuada a la docu-
mentación recaudada por la empresa TECSUR S.A.A. en su
referida solicitud, se verificó que uno de los profesionales
integrante de su plantel técnico, el ingeniero Fernando
Lorenzo Lázaro Pastor, ha dejado de pertenecer a la misma,
conforme es de verse de los documentos obrantes a fojas
1629, 1630 y 1631;
Que, el Artículo 20º de la Resolución Ministerial Nº 043-
99-PCM, establece como requisito para estar inscrito en el
Registro Nacional de Contratistas, acreditar Capacidad
Técnica; la cual está dada por la conformación del plantel
técnico; que para el presente caso es de cinco ingenieros o
arquitectos, en razón que la Capacidad de Contratación
otorgada a la empresa de la referencia es de SETENTIDOS
MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/.72'000,000.00);
Que, el Artículo 25º de la acotada norma legal, estipula
que los Ejecutores de Obras, están obligados a comunicar al
CONSUCODE dentro de los diez días siguientes al término
de cada mes, las variaciones de su plantel técnico; de no
hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, éste de oficio le
disminuirá la Capacidad de Contratación o le cancelará la
Inscripción, según corresponda, publicando la resolución
correspondiente en el Diario Oficial El Peruano;
Que, de la revisión efectuada, se tiene que la empresa en
mención ha incumplido con comunicar oportunamente la
variación de su plantel técnico, por lo que siendo así, en
aplicación de la acotada norma legal, resulta pertinente
disminuir la Capacidad de Contratación otorgada a la
empresa TECSUR S.A.A., ante el Registro Nacional de
Contratistas, de SETENTIDOS MILLONES DE NUEVOS
SOLES (S/.72'000,000.00) a la suma de VEINTITRES MI-
LLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/
.23'200,000.00) por ende, modificar el primer párrafo de la
parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 0726-99-
RNC-CONSUCODE del 16.4.99; procediéndose en conse-
cuencia a emitir de oficio un nuevo certificado de Inscripción
a favor de la empresa TECSUR S.A.A., con la nueva Capa-
cidad Máxima de Contratación dispuesta por la presente
Resolución, por el término que resta del certificado anterior;
Que, estando a la facultad conferida por Resolución Nº
069-99-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por los Artículos
20º y 25º de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98-PCM,
Artículo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro
Nacional de Contratistas;
SE RESUELVE:
1.- Modificar el primer párrafo de la parte resolutiva de
la Resolución de Gerencia Nº 0726-99-RNC-CONSUCODE
del 16.4.99, únicamente en el extremo que otorga la Capa-
cidad Máxima de Contratación a la empresa TECSUR
S.A.A., la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de
VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS MIL NUEVOS
SOLES (S/. 23'200,000.00), por contar ésta con solo cuatro
(4) profesionales como integrantes de su plantel técnico y no
con cinco (5) como se requiere de acuerdo a ley.
2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INS-
CRIPCION Nº 834 del 27.4.99 emitido a nombre de la
mencionada empresa.
3.- Emitir de oficio, nuevo Certificado de Inscripción a
favor de la empresa TECSUR S.A.A., con la nueva Capaci-
dad Máxima de Contratación dispuesta por la presente
Resolución, por el término que resta del certificado anterior,
previa devolución del Certificado de Inscripción Nº 834 del
27.4.99.
4.- Declarar que la empresa TECSUR S.A.A., tiene
expedito su derecho a solicitar nuevamente el AUMENTO
DE CAPACIDAD DE CONTRATACION, regularizando la
falta de integrante de Plantel Técnico en dicha solicitud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VARGAS DE ZELA
Gerente de Registros
2547
CONTADURIA
PUBLICA DE LA
NACION
Reconocen labor efectuada por la Em-
presa Prestadora de Servicios de Sa-
neamiento de Tacna S.A. en la pre-
sentación de rendición de cuentas del
ejercicio fiscal 1999
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 021-2000-EF/93.01
Lima, 11 de febrero de 2000
VISTOS, los documentos que acreditan la recepción de
la información sobre rendición de cuentas para la elabora-
ción de la Cuenta General de la República de 1999 de las
Empresas del Estado;
CONSIDERANDO:
Que, la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE
SANEAMIENTO DE TACNA S.A. ha ocupado el tercer
lugar de las Empresas del Estado, en la presentación de la
información presupuestaria y financiera correspondiente a
la rendición de cuentas del ejercicio fiscal 1999 por lo que
merece ser felicitada;
Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del
Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones
del Sistema Nacional de Contabilidad y su Organo Rector;
a lo propuesto por la Dirección General de Contabilidad del
Sector Privado, con la aprobación de la Alta Dirección y la
visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las facultades legales que le confiere el
Artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Artículo
277º de la Ley Nº 24977;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- FELICITAR, al Presidente del Directorio
de la EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SA-
NEAMIENTO DE TACNA S.A. señor EDGAR ACOSTA
PINTO, al Gerente General Ing. FIDEL CARITA MON-
ROY y al Contador General señor CPC PERCY JAUREGUI
BRUNA, por haber presentado en tercer lugar de las Em-
presas del Estado la rendición de cuentas para elaboración
de la Cuenta General de República 1999.
Artículo 2º.- SOLICITAR, al Gerente General de la
EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEA-
MIENTO DE TACNA S.A., haga extensiva esta especial
felicitación al personal de Contabilidad, Presupuesto y a
todas las demás personas que con su esfuerzo y dedicación
han contribuido a la presentación de la rendición de cuentas
en forma oportuna, lo que significa un ejemplo que la
Contaduría Pública de la Nación exhorta a imitar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ
Contador General de la Nación
2464
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Disponen inscripción de contrato de
compraventa sobre inmueble ubicado
en el distrito de La Victoria
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Nº 031-2000-ORLC/TR
Lima, 9 de febrero de 2000

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