Constituyen juzgados laborales colectivos transitorios en la Corte Superior de Justicia del Callao*

Fecha de disposición06 Marzo 1997
Fecha de publicación06 Marzo 1997
NORMAS LEGALES
Pág. 147418 Lima, jueves 6 de marzo de 1997
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26546 se crea la Comisión
Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido,
las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del
Estado;
Que, mediante las Leyes Nºs. 26623 y 26695, se am-
pliaron y modificaron las atribuciones de la Comisión
Ejecutiva con el fin de factibilizar la reestructuración
integral del Poder Judicial en diversas materias, entre
otras, las del Despacho Judicial;
Que, conforme al inciso 5.11 del Artículo 5º del Regla-
mento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecu-
tiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Adminis-
trativa Nº 018-CME-PJ modificada por Resolución Admi-
nistrativa Nº 032-CME-PJ, esta Comisión está facultada
a reubicar, órganos jurisdiccionales que se requieran para
lograr la eficiencia del servicio, a solicitud de la Corte
Superior correspondiente;
Que, el Artículo 4º inciso 3) de la Ley Nº 26636 Ley
Procesal del Trabajo, determina que por razón de mate-
ria, los Juzgados de Paz Letrados conocen las pretensio-
nes individuales en caso de pago de remuneraciones,
compensaciones y derechos similares, impugnación de las
sanciones disciplinarias y reconocimiento de los derechos
en el régimen de trabajo del hogar cualquiera sea su
cuantía;
Estando a las facultades conferidas en las Leyes Nºs.
26546, 26623, 26695 y el Artículo 3º de la Ley Nº 26747, así
como en el Reglamento de Organización y Funciones de la
Comisión Ejecutiva del Poder Judicial aprobada por Re-
solución Administrativa Nº 018-CME-PJ y estando a lo
acordado en Sesión de la fecha;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.-
Reubicar el 4º Juzgado de Paz
Letrado de Arequipa, ubicado en la Sede de dicha Corte
Superior, al distrito de Yanahuara, provincia, departa-
mento y Distrito Judicial de Arequipa, en el local donde
funcionan los tres Juzgados Especializados de Trabajo
existentes en ese Distrito Judicial, quedando integrado
en un solo Módulo, con una Mesa Unica de Partes.
Artículo Segundo.-
El indicado Juzgado de Paz Le-
trado, conocerá las pretensiones individuales conforme la
Ley Nº 26636 y normas complementarias.
Artículo Tercero.-
Autorícese al Presidente de la
Corte Superior de Justicia de Arequipa, para que tome las
medidas necesarias para redistribuir la carga procesal del
4º Juzgado de Paz Letrado, que no corresponda en mate-
ria de trabajo, a los otros Juzgados de Paz Letrados y
garantice la integridad de los expedientes en materia
laboral a ser trasladados al nuevo local.
Artículo Cuarto.-
La presente Resolución Adminis-
trativa no irrogará gasto alguno al Presupuesto del Poder
Judicial.
Artículo Quinto.-
Transcribir la presente Resolución al
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a
la Gerencia General y a la Gerencia Ejecutiva de Proyectos
de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO
JOSE DELLEPIANE MASSA
Prorrogan el funcionamiento de la Sala
Especializada Penal Transitoria cons-
tituida en la Corte Superior de Justicia
de Lambayeque
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 334-CME-PJ
Lima, 25 de febrero de 1997
LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
VISTO:
El Oficio Nº 4523-96-P-CSJL de la Corte Superior de
Justicia de Lambayeque, mediante el cual solicita prórro-
ga de funcionamiento de la Sala Especializada Penal
Transitoria, constituida en esa Corte Superior de Justi-
cia; y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Administrativa Nº 21-94-CE-PJ,
de fecha 25 de febrero de 1994, se constituyó una Sala
Especializada Penal Transitoria en la Corte Superior de
Justicia de Lambayeque, a efectos de descongestionar la
carga procesal de la Sala Penal de ese Superior Tribunal,
prorrogándose consecutivamente hasta el 31 de diciem-
bre de 1996;
Que de la información estadística elevada por el señor
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambaye-
que, se advierte que aún subsiste la situación que motivó
la creación de la citada Sala Transitoria;
Que es atribución de la Comisión Ejecutiva del Poder
Judicial, entre otras, las de dictar las disposiciones perti-
nentes, para que las dependencias del Poder Judicial,
funcionen con celeridad y eficiencia;
En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº
26546, sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión
Ejecutiva, en Sesión de la fecha;
RESUELVE:
Primero.-
Prorrogar vía regularización, a partir del 1
de enero del presente año y hasta el 31 de marzo del año
en curso, el funcionamiento de la Sala Especializada
Penal Transitoria constituida en la Corte Superior de
Justicia de Lambayeque.
Segundo.-
Transcribir la presente Resolución, al Pre-
sidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque
y al Gerente General del Poder Judicial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO
JOSE DELLEPIANE MASSA
Constituyen juzgados laborales colecti-
vos transitorios en la Corte Superior
de Justicia del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 335-CME-PJ
Lima, 25 de febrero de 1997
LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
VISTO:
El Oficio Nº 312-P-97-CSJC de la Corte Superior de
Justicia del Callao, mediante el cual solicita la constitu-
ción de Juzgados Laborales Colectivos Transitorios, en
ese Distrito Judicial; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Administrativa Nº 106-CME-
PJ expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,
se constituyó en la Corte Superior de Justicia del Callao,
órganos jurisdiccionales, dentro de ellos, tres Juzgados de
Trabajo Colectivos Transitorios;
Que de la información estadística elevada por el Pre-
sidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, se
puede determinar que aún subsiste la situación que mo-
tivó la constitución de los juzgados antes referidos y con
la finalidad de lograr el objetivo de descarga procesal y
brindar al usuario de la administración de justicia un
servicio oportuno y eficaz, es necesario constituir más
órganos jurisdiccionales;
Que es atribución de este Organo de Gobierno y
Gestión del Poder Judicial, adoptar las medidas necesa-
rias para que las dependencias del Poder Judicial, funcio-
nen con celeridad y eficiencia;
En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº
26546, sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión
Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesión de la fecha;
RESUELVE:
Primero.-
Constituir a partir del 3 de marzo del año
en curso, dos Juzgados Laborales Colectivos Transitorios,
en la Corte Superior de Justicia del Callao.

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