La consecuencia jurídica penal debido al incumplimiento de medidas de protección por hechos de violencia familiar y contra la mujer

AutorJorge Josmell Larico Portugal
CargoFiscal Adjunto de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Miraflores
Páginas22-38
22
LA CONSECUENCIA JURÍDICA PENAL DEBIDO
AL INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS DE
PROTECCIÓN POR HECHOS DE VIOLENCIA
FAMILIAR Y CONTRA LA MUJER
THE CRIMINAL LEGAL CONSEQUENCE FOR
NON-COMPLIANCE WITH PROTECTION MEASURES
DUE TO ACTS OF FAMILY VIOLENCE AND
VIOLENCE AGAINST WOMEN
Jorge Josmell Larico Portugal
Universidad Jorge Basadre Grohmann
Tacna - Perú
falcon.larico.portugal@gmail.com
https://orcid.org/0000-0001-5204-6359
RESUMEN
El propósito del presente artículo es determinar la consecuencia jurídica que acarrea el incumplimiento de las
medidas de protección emanadas en el marco de un proceso por hechos de violencia contra miembros de un
grupo familiar, ya que existe una yuxtaposición normativa entre el delito de violencia familiar y contra la mujer y
el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. Primero, se desarrollará un estudio histórico normativo
en lo que respecta a la violencia contra integrantes del grupo familiar y contra la mujer. Posteriormente,
realizaremos un estudio sobre el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. Además, expondremos
píldoras de Derecho Penal sobre concurso de delitos, lo que permitirá dilucidar el problema. Finalmente,
planteamos una alternativa solución, indicando que estamos ante un concurso aparente de leyes, por ende,
corresponde la aplicación de la agravante del delito de violencia contra miembros de un grupo familiar y contra
la mujer, por ser una norma más benigna.
PALABRAS CLAVE:
Violencia contra la mujer, integrantes del grupo familiar, medida de protección, agravante, desobediencia a la
autoridad, concurso de delitos.
ABSTRACT
The purpose of this article is to determine the legal consequence of non-compliance with the protection
measures issued in the framework of a process for acts of violence against members of a family group, since
there is a normative juxtaposition between the crime of family violence and against women and the crime of
resistance or disobedience to authority. First, a normative historical study will be developed regarding violence
against members of the family group and against women. Subsequently, we will carry out a study on the crime
of resistance or disobedience to authority. In addition, we will expose criminal law pills on crime competition,
which will allow the problem to be elucidated. Finally, we propose an alternative solution, indicating that we are
facing an apparent competition of laws, therefore, the application of the aggravating circumstance of the crime
of violence against members of a family group and against women corresponds, as it is a more benign norm.
Lumen
Ene. - Jun. 2022.Vol 18 N°1: pp. 22 - 38
e-ISSN: 2708-5031
Doi: 10.33539/lumen.2022.v18n1.2553
El uso que se haga de este artículo
deberá incluir: Autor/ Título original
de la publicación / ISSN
La consecuencia jurídica penal debido al incumplimiento de medidas
de protección por hechos de violencia familiar y contra la mujer Jorge Josmell Larico Portugal
23
KEY WORDS:
Violence against women, members of the family group, protection measure, aggravating circumstance,
disobedience to authority, concurrence of crimes.
I. INTRODUCCIÓN
La familia es unos de los pilares de una sociedad, que está integrada por personas que tienen
lazos de consanguinidad o afinidad, donde, debido a diversos problemas, pueden generarse
desavenencias que podrían ser propias o intrínsecas a mínimos problemas familiares; sin embargo,
en muchas ocasiones, dichas situaciones rebasan el margen de lo permitido, deviniendo en
conductas ilegales que se traducen en hechos de violencia, los cuales acontecen bajo distintos
contextos de violencia contra miembros de un grupo familiar y contra la mujer.
Ante ello, el Estado vio por conveniente emitir normas en aras de brindar protección a los
miembros de un grupo familiar y a las mujeres. En atención a dicho motivo, en el presente artículo
desarrollaremos un estudio histórico de la normativa al respecto. Y, atendiendo a la evolución
normativa constante, se advirtió una yuxtaposición normativa entre agravante del delito de agresión
contra miembros de un grupo familiar y contra la mujer, en relación al incumplimiento de medidas de
protección, y la agravante del delito de desobediencia y resistencia a la autoridad, por encontrarse
renuente o no acatar una medida de protección dispuesta como consecuencia de un proceso
proveniente de la comisión de un hecho que podría constituir el delito de agresión contra integrantes
del grupo familiar y contra la mujer.
Tal es la razón por la que se desarrolla el presente artículo, con el que se busca proponer una
alternativa de solución. Para dichos efectos, en primer término, en este artículo estudiaremos el
marco normativo histórico en lo que a violencia contra integrantes del grupo familiar y contra la mujer
respecta, teniendo en cuenta la primera normativa en la materia, sus modificaciones, y la última
norma al respecto, la Ley N° 30364 y sus correspondientes modificaciones; además, analizaremos
las medidas de protección emanadas a partir de una denuncia por agresiones a los miembros del
grupo familiar y contra la mujer, y las consecuencias jurídicas por su no cumplimiento.
Posteriormente, realizaremos un estudio sobre el delito de resistencia o desobediencia a la
autoridad; asimismo, efectuaremos un análisis de sus modificaciones. Además, expondremos
píldoras básicas de Derecho Penal – Parte General sobre concurso de delitos, en lo que respecta al
concurso ideal y concurso aparente de leyes, lo cual permitirá dilucidar el problema.
Finalmente, luego de sentar bases teóricas y normativas respecto al delito de agresión contra
miembros del grupo familiar y contra la mujer, y el delito de desobediencia y resistencia a la
autoridad, y su yuxtaposición respecto al no cumplimiento de medidas de protección, plantearemos
una alternativa de solución, que permitirá cumplir y dar irrestricto respeto al principio de la ley más
favorable al reo, aplicándose, por consiguiente, la agravante del delito de violencia contra miembros
del grupo familiar y contra la mujer, por ser una norma más benigna.
II. EVOLUCIÓN NORMATIVA DE LA PROTECCIÓN JURÍDICA DE LA MUJER E INTEGRANTES
DEL GRUPO FAMILIAR:
2.1. LA PRIMERA PROTECCIÓN NORMATIVA EN MATERIA DE VIOLENCIA A
INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR: LA LEY N° 26260 – LEY DE PROTECCIÓN
DE LA VIOLENCIA FAMILIAR
Como punto de partida es necesario abordar la primera norma destinada a la protección de la
mujer e integrantes del grupo familiar; para dichos efectos, precisamos que, en el año 1993, se
emitió la Ley N° 26260, a la que se denominó Ley de Protección frente a la Violencia Familiar.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR