Amplían plazo para que comisión concluya con elaborar Anteproyecto de Ley de Grupos de Empresas

Fecha de disposición12 Agosto 2000
Fecha de publicación12 Agosto 2000
Pág. 191526
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 12 de agosto de 2000
se expida copia de la misma a favor de los interesados y de
ser el caso se adjunte en los legajos personales de los
trabajadores de la institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Ministro de Justicia
9186
Amplían plazo para que comisión
concluya con elaborar Anteproyecto
de Ley de Grupos de Empresas
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 224-2000-JUS
Lima, 9 de agosto de 2000
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial Nº 001-2000-JUS de
fecha 13 de enero del presente año, se constituyó la Comi-
sión encargada de elaborar un Anteproyecto de Ley de
Grupos de Empresas;
Que el plazo concedido a la mencionada Comisión
expiró el mes pasado, no habiéndose finalizado la labor
encomendada;
Que los integrantes de la referida Comisión han puesto
en conocimiento de este Sector que requieren de un lapso
adicional a fin de concluir con el trabajo que vienen rea-
lizando;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25993, Ley
Orgánica del Sector Justicia;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Prorrogar por un plazo de sesenta
(60) días, el encargo conferido mediante Resolución Minis-
terial Nº 001-2000-JUS.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Ministro de Justicia
9187
PESQUERIA
Amplían plazo de vigencia del Régi-
men provisional para la extracción del
recurso bacalao de profundidad
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 224-2000-PE
Lima, 10 de agosto del 2000
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Estado regular el manejo integral
y la explotación racional de los recursos hidrobiológicos,
conforme a lo dispuesto en los Artículos 2º y 9º del Decreto
Ley Nº 25977, Ley General de Pesca;
Que por Resolución Ministerial Nº 154-99-PE del 10
de mayo de 1999, se estableció un Régimen Provisional
para la extracción del recurso bacalao de profundidad
(Dissostichus eleginoides) hasta el 30 de abril del
2000, en el cual se dispusieron las condiciones y requisi-
tos para acogerse a dicho Régimen Provisional. Asimis-
mo, se dispuso que culminado dicho período y de acuer-
do a los resultados obtenidos, se establecería el
correspondiente Plan de Ordenamiento Pesquero de
dicho recurso;
Que por Resolución Ministerial Nº 129-2000-PE del 28
de abril del 2000, se prorrogó hasta el 30 de julio del 2000
la vigencia del Régimen Provisional mencionado en el
considerando precedente; así como, las autorizaciones de
pesca otorgadas para la extracción del recurso bacalao de
profundidad;
Que con la finalidad de dar continuidad a las activida-
des extractivas del recurso bacalao de profundidad por
parte de las embarcaciones pesqueras que cuentan con la
respectiva autorización de pesca, es necesario ampliar la
vigencia del citado Régimen, en tanto se culmine con el
proceso de aprobación del proyecto de Plan de Orde-
namiento de dicha pesquería;
De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley
Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y,
Con la opinión favorable del Viceministro;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar hasta el 30 de setiembre del 2000
la vigencia del Régimen Provisional para la extracción del
recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoi-
des), aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 154-
99-PE.
Artículo 2º.- Las autorizaciones de pesca para la
extracción del recurso bacalao de profundidad otorgadas a
los armadores pesqueros al amparo de las Resoluciones
Ministeriales Nºs. 154-99-PE y 184-99-PE, se mantendrán
vigentes hasta el plazo dispuesto en el Artículo 1º de la
presente Resolución.
Artículo 3º.- La Dirección General de Capitanías y
Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección
Nacional de Extracción del Ministerio de Pesquería y
las Direcciones Regionales de Pesquería dentro del
ámbito de sus respectivas competencias velarán por el
estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARTURO HANDABAKA GARCIA
Ministro de Pesquería
9238
Prorrogan vigencia y modifican resolu-
ción que autorizó pesca exploratoria
del recurso concha de abanico en el
ámbito de la Dirección Regional de
Pesquería de Piura
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 225-2000-PE
Lima, 11 de agosto del 2000
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Ministerio de Pesquería esta-
blecer las normas para preservar y explotar racional-
mente los recursos hidrobiológicos, conforme a los Ar-
tículos 9º y 10º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General
de Pesca;
Que por Resolución Ministerial Nº 197-2000-PE del 11
de julio del 2000 se resolvió autorizar, con carácter de pesca
exploratoria, la extracción de la concha de abanico en el
ámbito jurisdiccional de la Dirección Regional de Pesque-
ría de Piura, a partir del 13 de julio del 2000, por un período
de treinta (30) días calendario y mantener la prohibición
existente en isla Lobos de Tierra;
Que el Instituto del Mar del Perú en el Informe
"Situación actual del recurso concha de abanico duran-
te la pesca exploratoria realizada en el ámbito de la
Dirección Regional de Pesquería de Piura" remitido
con Oficio Nº DE-191-2000-IMP/PE del 11 de agosto del
2000, recomienda ampliar el período de pesca explora-
toria por un período de treinta días bajo determinadas
medidas de ordenamiento y control, señalando que la
evaluación poblacional en la bahía de Sechura progra-
mada para el mes de setiembre del 2000 determinará el
estado y características del recurso como base para
posteriores medidas de regulación;
De acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de
Extracción, con la visación de la Oficina General de Aseso-
ría Jurídica; y,
Con la opinión favorable del Viceministro;

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