RESOLUCION Nº 043-2011-SUNARP/SA - Dan por concluida encargatura y encargan funciones de Jefe de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna

Fecha de disposición19 Octubre 2011
Fecha de publicación19 Octubre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 19 de octubre de 2011
451868
Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplicados
a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra
ejecutada en el período correspondiente. En el caso de
obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los
montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra,
prescindiéndose del Calendario de Avance Acelerado, si lo
hubiere.
Artículo 3º.- Los factores indicados no serán
aplicados:
a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan
sido reajustados como consecuencia de la variación
mencionada en el período correspondiente.
b) Sobre el monto del adelanto que el propietario
hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar
materiales específ‌i cos.
Artículo 4º.- Los montos de obra a que se ref‌i ere el
Art. 2º comprende el total de las partidas por materiales,
mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos
generales y utilidad del contratista.
Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario
hubiera entregado al contratista, no se eximen de la
aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos
derivan de los aumentos de mano de obra.
Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la
presente Resolución, serán acumulativos por multiplicación
en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el
INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta
de éste, desde la fecha del contrato respectivo.
Artículo 7º.- Las Áreas Geográf‌i cas comprenden los
departamentos siguientes:
a) Área Geográf‌i ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La
Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín.
b) Área Geográf‌i ca 2: Ancash, Lima, Provincia
Constitucional del Callao e Ica.
c) Área Geográf‌i ca 3: Huánuco, Pasco, Junín,
Huancavelica, Ayacucho y Ucayali.
d) Área Geográf‌i ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.
e) Área Geográf‌i ca 5: Loreto.
f) Área Geográf‌i ca 6: Cusco, Puno, Apurímac, y Madre
de Dios.
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS
Jefe
705000-2
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Dan por concluida encargatura y
encargan funciones de Jefe de la Zona
Registral Nº XIII - Sede Tacna
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 043-2011-SUNARP/SA
Lima, 18 de octubre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 108-2007-SUNARP/SN,
se encargó las funciones de Jefe de la Zona Registral N°
XIII – Sede Tacna, al señor Edilberto Cabrera Ydme;
Que, mediante Resolución Suprema N° 188-2011-JUS
publicada el día 07 de octubre de 2011, se da por concluida
la designación del cargo de Superintendente Nacional de
los Registros Públicos – SUNARP;
Que, el literal c) del artículo 12º del Reglamento de
Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos - SUNARP, aprobado por
Resolución Suprema N° 139-2002-JUS y el artículo 13° del
Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos - SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N°
135-2002-JUS, disponen que el Superintendente Adjunto
tiene, como una de sus atribuciones, la de reemplazar
al Superintendente Nacional, en caso de ausencia o
impedimento temporal, así como por delegación de aquél;
De conformidad con las Leyes N° 27594 y 26366, el
literal c) del artículo 12° del Reglamento de Organización y
Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos - SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N°
139-2002-JUS, y el artículo 13° del Estatuto, aprobado por
Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; y con cargo a dar
cuenta al Directorio;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la encargatura del
señor Edilberto Cabrera Ydme, en el cargo de Jefe de la
Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, dándosele las gracias
por los servicios prestados y disponiendo su retorno a su
plaza de origen.
Artículo Segundo.- Encargar a partir de la fecha las
funciones de Jefe de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna
de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
– SUNARP, al señor Carlos Cornejo Agurto, Registrador
Público de dicha Zona Registral.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ORTIZ PASCO
Superintendente Adjunto de los Registros Públicos
SUNARP
705138-1
SUPERINTENDENCIA
DEL MERCADO
DE VALORES
Designan Oficial de Enlace de la UIF
- Perú
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE
Nº 036-2011-EF/94.01.2
Lima, 14 de octubre de 2011
La Superintendente del Mercado de Valores
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27693, modif‌i cada por la Ley
Nº 28306, (LA LEY), se creó la Unidad de Inteligencia
Financiera del Perú denominada UIF-PERÚ, con personería
jurídica de derecho público, con autonomía funcional,
técnica y administrativa, encargada de recibir, analizar,
tratar, evaluar y transmitir información para la detección del
lavado de activos y/o del f‌i nanciamiento del terrorismo;
Que, la Ley N° 29038 dispuso la incorporación de
la UIF-PERÚ a la Superintendencia de Banca, Seguros
y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
(SBS);
Que, el artículo 17º de LA LEY establece que, para
los f‌i nes de su cumplimiento, se contará con el apoyo de
Of‌i ciales de Enlace designados por los titulares de diversos
organismos de la administración pública nacional, siendo
su función la consulta y coordinación de actividades a
realizarse en el marco de la LEY con los organismos de
origen a los que pertenecen;
Que, en cumplimiento de lo señalado en el artículo
en referencia, mediante Resolución CONASEV Nº 067-
2010-EF/94.01.1 de fecha 14 de septiembre de 2010,
se designó al señor Carlos Rivero Zevallos como Oficial
de Enlace;
Que, habiéndose designado a la señora Fabiola Tello
Las Heras mediante Resolución Ministerial N° 661-2011-
EF/10, ante la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra
el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo,
funciones están vinculadas a la Unidad de Inteligencia
Financiera, resulta conveniente designar a dicha funcionaria
como Of‌i cial de Enlace;
Que, por el artículo 1° de la Ley N° 29782, Ley
de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de
Valores, se sustituyó la denominación de Comisión
Nacional Supervisora de Empresas y Valores
(CONASEV) por la de Superintendencia del Mercado de
Valores (SMV); y,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR