1067 299-2003-MDLP-ALC - Autorizan el registro de inmueble denominado Complejo Deportivo Campolo Alcalde en el Margesí de Bienes Municipales

Fecha de disposición09 Noviembre 2003
Fecha de publicación09 Noviembre 2003
Pág. 254765
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 9 de noviembre de 2003
3. Las observaciones, oposiciones o recomendaciones
de los vecinos del distrito a la propuesta de Actualización
del Plan Urbano deberán ser presentadas a través de la
Unidad de Trámite Documentario, dentro del nuevo plazo
establecido.
4. Encargar el cumplimiento de la presente norma a la
Dirección Municipal.
5. Encargar a la Secretaría General la publicación del
presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
20616
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Autorizan el registro de inmueble deno-
minado Complejo Deportivo Campolo
Alcalde en el Margesí de Bienes Munici-
pales
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 299-2003-MDLP-ALC
La Perla, 3 de noviembre del 2003
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PERLA
Visto, en Sesión de Concejo Ordinaria celebrada el día
29 de octubre del 2003, se trató sobre la Aprobación del
Saneamiento Físico Legal del Predio Municipal Campo
Deportivo Campolo Alcalde; y,
CONSIDERANDO:
establece: "las Municipalidades Provinciales y Distritales
son Órganos de Gobierno Local tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su compe-
tencia";
Que, en cumplimiento con la Ley Nº 27972, Ley Or-
gánica de Municipalidades, capítulo II de Patrimonio
Municipal, Subcapítulo Disposiciones Generales, artículo
55º, dispone que los bienes de cada municipalidad
constituyen su patrimonio y es administrado de forma
autónoma con las garantías y responsabilidades de Ley,
siendo de dominio público como inalienable e impres-
criptibles;
Que, en el Subcapítulo II de los Bienes Municipales
en el artículo 56º, inciso 6) indica que son bienes de
propiedad municipal los aportes provenientes de habi-
litaciones urbanas, en el artículo 57º dispone que cada
municipalidad deberá abrir y mantener actualizado el
margesí de bienes municipales y en el artículo 58º de-
termina que la inscripción en el registro de propiedad
se inscriben en los Registros Públicos a petición del
Alcalde y por mérito de Acuerdo del Concejo Munici-
pal;
Que, mediante Resolución Nº 496-85-CPC de la Munici-
palidad Provincial del Callao, se aprueba el nuevo Plano
de Replanteo Nº 016-85-DEAHR/DGDU de Habilitación
Urbana de la Habilitación en el cual se destina el área de
47,409.55 m2 como aporte de Áreas de Recreación Públi-
ca, inscrita en los Registros Públicos del Callao en la Fi-
cha Nº 758 - A, Asiento 26;
Que, el área de aporte para campo deportivo se encuen-
tra en el terreno de 22,035.00 m2 en la circunscripción de
la Super Manzana 9, sobre la cual se ha edificado el Com-
plejo Deportivo Campolo Alcalde en el año 1991 en conve-
nio con CORDE CALLAO;
Que, mediante INFORME Nº 150-2003-DDU/MDLP de
fecha 27.10.2003 emitido por la Dirección de Desarrollo
Urbano, señala que urge la necesidad de consolidar el
Saneamiento Físico Legal del Patrimonio Inmobiliario Mu-
nicipal y con la opinión favorable de la Oficina de Asuntos
Jurídicos a través del INFORME Nº 516-2003-OAJ/MDLP
de fecha 27.10.2003;
En uso de las facultades previstas en el artículo 9º
y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipali-
dades;
SE ACORDÓ POR MAYORÍA:
Artículo Primero.- Autorícese el Registro en el Mar-
gesí de Bienes Municipales el inmueble destinado en
uso de Campo Deportivo denominado Complejo Deporti-
vo Campolo Alcalde, ubicado entre las vías Av. Víctor
Raúl Haya de La Torre, Calle Juan José Pardo, Calle
Elías Chunga Zapata y Calle Boterín, con 22,035.00 m2,
encerrado dentro de las siguientes medidas perimétri-
cas:
Frente :Lado Oeste con la Av. Víctor Raúl Haya de La Torre con
140.33 ml.
Derecha :Lado Sur con la Calle Juan José Pardo con 134.40 ml.
Izquierda: Lado Norte con Jr. Elías Chunga Zapata con 123.57
ml.
Fondo :Lado Este con la Calle Boterín (Antes La Boya) con
160.75 ml.
Artículo Segundo.- Disponer la inscripción del terre-
no y de la fábrica edificada sobre el bien inmueble bajo
administración, destinado a uso de Campo Deportivo Mu-
nicipal, como servicios públicos complementarios, deno-
minado Complejo Deportivo Campolo Alcalde, en los Re-
gistros Públicos del Callao.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y
a la Dirección de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la
presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Notificar a las instancias admi-
nistrativas el presente Acuerdo.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS
Alcalde
20680
Declaran infundada apelación contra el
otorgamiento de la Buena Pro de proce-
so de adjudicación directa pública so-
bre adquisición de vehículos para ser-
vicio de serenazgo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 301-2003-MDLP-ALC
La Perla, 5 de noviembre del 2003
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PERLA
VISTOS, el Recurso de Apelación contra el otorgamiento
de la Buena Pro a la empresa Nissan Maquinarias S.A.
presentado por la empresa Mass Automotriz S.A. repre-
sentante del Corsorcio Mass Automotriz S.A. - Sociedad
Unificada Automotriz del Perú S.A. - Arriba Perú S.A. me-
diante Expediente Nº M-3597-03 de fecha 29.10.2003 y el
Informe Nº 521-2003-OA/MDLP de la Oficina de Asuntos
Jurídicos de fecha 5.11.2003; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Expediente Nº M-3597-03 la empresa
Mass Automotriz S.A. representante del corsorcio Mass

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR