COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCION MINISTERIAL Nº 343-2012-MINCETUR/DM - CrEan la Oficina Comercial del PerU en Estambul, RepUblica de TurquIa y la Oficina Comercial del PerU en Ginebra, ConfederaciOn Suiza y aprueban la relaciOn de las Oficinas Comerciales del PerU en el Exterior (OCEX) RESOLUCION MINISTERIAL Nº 343-2012-MINCETUR/DM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 31 de octubre de 2012
477682
Autorizan viaje de Directora Nacional
de Desarrollo Turístico a Colombia, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 340-2012-MINCETUR/DM
Lima, 29 de octubre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, la Quinta Edición de “Turismo Compite 2012”
evento organizado por el Ministerio de Comercio, Industria
y Turismo de la República de Colombia, se llevará a cabo
en la ciudad de Cartagena, República de Colombia, el 1 de
noviembre de 2012, el mismo que contará con la asistencia de
inversionistas, propietarios, gerentes y ejecutivos de cadenas
hoteleras, funcionarios públicos, agentes bancarios, asesores
nancieros, consultores, empresarios turísticos, diseñadores
de proyectos y medios de comunicación;
Que, dicho evento abordará en esta edición el tema
“Innovación, clave del éxito para el sector turismo”, que
incorpora puntos como: “innovación en turismo: experiencia
en la frontera”, “las empresas a los destinos se visten de
verde: innovación para el futuro”, entre otros, y la presentación
del Estudio para el Fortalecimiento del Sector;
Que, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
colombiano ha invitado a la Viceministra de Turismo del
Perú para que un representante del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo participe en dicho evento; ocasión
que permitirá intercambiar experiencias y profundizar los
conocimientos en materia de planeamiento y desarrollo
del turismo, desarrollar acciones de inteligencia de
mercados, así como promocionar la imagen de nuestro
país, destacando las estrategias de desarrollo y promoción
de inversiones que viene realizando nuestro sector y las
políticas que se vienen implementando para diversicar
la oferta de productos y destinos turísticos, programas
nacionales y otros que nos han permitido incrementar el
ujo de turismo internacional hacia nuestro país;
Que, por tanto, la Viceministra de Turismo ha solicitado que
se autorice el viaje de la señora Jessica María Soto Huayta,
Directora Nacional de Desarrollo Turístico, para que en
representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
- MINCETUR, participe en el evento antes mencionado;
Que, el MINCETUR es el organismo responsable de
promover, orientar y regular la actividad turística, con el
n de impulsar su desarrollo sostenible, y representa al
Estado en los eventos nacionales e internacionales de su
competencia;
Que, la Institución organizadora del evento nanciará
los gastos por concepto de alojamiento y pasajes aéreos,
en cuya razón el MINCETUR asumirá los gastos por
concepto de viáticos;
Que, es necesario encargar las funciones de la Dirección
Nacional de Desarrollo Turístico, en tanto dure la ausencia
de la titular;
Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de las acciones de
promoción de importancia para el Perú, los que deben
realizarse en categoría económica y ser autorizados por
Resolución del Titular de la Entidad;
De conformidad con la Ley 27790 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo, la Ley N° 27619 – Ley que regula la
autorización de viajes al exterior de los servidores y
funcionarios públicos, sus modicatorias y su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Jessica
María Soto Huayta, Directora Nacional de Desarrollo
Turístico, del Viceministerio de Turismo, a la ciudad de
Cartagena, República de Colombia, del 31 de octubre al
02 de noviembre de 2012, para que en representación del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR,
participe en la Quinta Edición de “Turismo Compite 2012”
a que se reere la parte considerativa de la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de
la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos (US$ 100,00 x 2 días) : US$ 200,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, la señora Soto Huayta
presentará al Titular del Sector un informe detallado sobre
las acciones realizadas y los resultados obtenidos en
el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la
rendición de cuentas de acuerdo a ley.
Artículo 4º.- Encargar a la señorita Amora Diana María
Carbajal Schumacher, Directora Nacional de Turismo, las
funciones de la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico, a
partir del 31 de octubre de 2012, y en tanto dure la ausencia
de la titular.
Artículo 5°.- La presente Resolución Ministerial no libera
ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros,
cualquiera fuere su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
860090-1
Crean la Oficina Comercial del Perú en
Estambul, República de Turquía y la
Oficina Comercial del Perú en Ginebra,
Confederación Suiza y aprueban la
relación de las Oficinas Comerciales
del Perú en el Exterior (OCEX)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 343-2012-MINCETUR/DM
Lima, 29 de octubre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la Ley N° 29890 – Ley que modica
los artículos 3° y 5° de la Ley N° 27790, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
otorgándole competencia sobre las Ocinas Comerciales en
el Exterior (OCEX), y el artículo 3° de la Ley N° 29357, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores, el MINCETUR es competente para dictar y
administrar las políticas de las OCEX y para designar a los
consejeros y agregados económicos comerciales;
Que, mediante Decreto Supremo N° 0013-91-RE, se
dispuso el establecimiento de una Ocina Comercial en
Taipei, y posteriormente mediante Resolución Suprema
N° 393-2011-RE, el Ministerio de Relaciones Exteriores,
formalizó la creación de 18 OCEX;
Que, en aplicación a lo dispuesto en la Primera Disposición
Complementaria Transitoria de la Ley N° 29890, el Ministerio
de Relaciones Exteriores transere al Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo las OCEX, que incluye el personal, los
recursos nancieros y el acervo documentario, conforme a las
disposiciones legales vigentes sobre la materia;
Que, del mismo modo, de acuerdo con lo dispuesto
en el numeral 7 del artículo 5° de la Ley N° 27790, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior
y Turismo, modicado por la Ley N° 29890, corresponde al
MINCETUR, la determinación de creación de sedes de las
OCEX, donde corresponda. En ese sentido, se ha estimado
conveniente proceder a la creación de una OCEX en la
ciudad de Estambul, República de Turquía, en el marco de la
Alianza del Pacíco, a n de que dicha ocina sirva de punto
de enlace comercial para el ingreso de nuestros productos
a Oriente Medio. Asimismo, se ha considerado pertinente
crear una OCEX en la ciudad de Ginebra, Confederación
Suiza, con la nalidad de coadyuvar a la adecuada inserción
de la producción nacional al mercado internacional de dicha
localidad buscando, de esta manera, estrechar los lazos
económicos comerciales entre ambas partes, así como
prestar asistencia técnica a la representación peruana ante
los Organismos Multilaterales con sede en dicha ciudad;
Que, a su vez resulta conveniente aprobar el listado
actualizado de las OCEX;
De conformidad con la Ley N° 29890, Ley que modica
los artículos 3° y 5° de la Ley N° 27790, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
otorgándole competencia sobre las OCEX, y el artículo 3°
de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27790 - Ley

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