RESOLUCION SUPREMA N° 015-2009-EM - Aprueban la Primera Cláusula Adicional del Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica

Fecha de publicación06 Marzo 2009
Fecha de disposición06 Marzo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 6 de marzo de 2009
391876
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días
del mes de marzo del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
320024-1
Aprueban la Primera Cláusula Adicional
del Contrato de Concesión del Sistema
de Distribución de Gas Natural por Red
de Ductos en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 015-2009-EM
Lima, 5 de marzo de 2009
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 25 de abril de 2008, dentro del Concurso
Público Internacional para la entrega en Concesión del
Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos
en el departamento de Ica, el Comité de Proyectos de
Infraestructura y de Servicios Públicos de PROINVERSIÓN
adjudicó la Buena Pro, declarando como Adjudicatario
al Consorcio EEB-TGI, conformado por la Empresa de
Energía de Bogotá S.A. ESP y Transportadora de Gas
del Interior S.A. ESP, el que conforme a las bases del
referido Concurso, constituyó la Sociedad Concesionaria
denominada Transportadora de Gas Internacional del Perú
S.A.C.;
Que, de acuerdo al Texto Único Ordenado del
Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de
Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-
EM, se emitió la Resolución Suprema Nº 046-2008-EM de
fecha 21 de octubre de 2008, que otorgó a la Sociedad
Concesionaria Transportadora de Gas Internacional del
Perú S.A.C., la Concesión del Sistema de Distribución de
Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica,
y aprobó el respectivo Contrato de Concesión;
Que, mediante Escritura Pública de fecha 23 de
octubre de 2008, la Sociedad Concesionaria cambió su
denominación social de Transportadora de Gas Internacional
del Perú S.A.C. a Transcogas Perú S.A.C.;
Que, mediante Sesión de fecha 4 de marzo de 2009, el
Consejo Directivo de PROINVERSIÓN aprobó la “Primera
Cláusula Adicional del Contrato de Concesión del Sistema
de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el
departamento de Ica”, a suscribirse con la Sociedad
Concesionaria Transcogas Perú S.A.C., bajo el fundamento
de que es necesario una cláusula adicional que regule el
impacto que las restricciones de suministro y congestión de
transporte de gas natural, declarado mediante Resolución
Ministerial Nº 358-2008-MEM-DM, causen sobre los
plazos, metas y responsabilidades a cargo de la Sociedad
Concesionaria;
Que, de acuerdo al artículo 6º del Decreto Supremo Nº
059-96-PCM, le corresponde a PROINVERSIÓN, asumir
todas las competencias correspondientes para la entrega
en concesión de obras públicas de infraestructura y de
servicios públicos, bajo los mecanismos y procedimientos
establecidos en el referido Texto Único y su Reglamento.
Asimismo, de conformidad con el artículo 10º las entidades
del Estado deberán adoptar los acuerdos o realizar las
gestiones o los actos necesarios para ejecutar las decisiones
de PROINVERSIÓN y de los Comités Especiales, sin
excepción;
Que, de otro lado, considerando que los artículos 33º y
34º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución
de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, establecen requisitos
formales que se deben cumplir para el otorgamiento de
la Concesión y aprobación del respectivo Contrato de
Concesión, es necesario cumplir con los mismos requisitos
para aprobar la Primera Cláusula Adicional del Contrato de
Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por
Red de Ductos en el departamento de Ica;
De conformidad con los artículos 15º inciso a), 33º y 34º
del Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución
de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante
Con la opinión favorable del Director General de
Hidrocarburos y el Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Primera Cláusula Adicional del
Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas
Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, que
como Anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Autorizar al Ing. Gustavo Adolfo Navarro
Valdivia, Director General de Hidrocarburos del Ministerio
de Energía y Minas a suscribir a nombre del Estado, la
Primera Cláusula Adicional a que se ref‌i ere el artículo 1º de
la presente Resolución.
Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Suprema
deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen al
Contrato de Concesión.
Artículo 4º.- Notif‌i car la presente Resolución Suprema
a la Sociedad Concesionaria Transcogas Perú S.A.C. a f‌i n
de cumplir con el trámite establecido en el último párrafo del
artículo 33º del Texto Único Ordenado del Reglamento de
Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, y proceder
a su publicación una vez verif‌i cado el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 34º del citado Reglamento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
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INTERIOR
Delegan en el Viceministro del
Interior la facultad de aprobación
de modificaciones presupuestarias
en el nivel funcional programático,
calendario de compromisos y sus
respectivas ampliaciones, incluyendo
sus anexos
RESOLUCION MINISTERIAL
N° 0198-2009-IN
Lima, 4 de marzo de 2009.
Visto, el Of‌i cio N° 532-2009-IN-0304 del Director
General de la Of‌i cina General de Planif‌i cación;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1268-2008-IN-
0304, modif‌i cada por Resolución Ministerial N° 046-2009-
IN-0304, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura
(PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 007: Ministerio del
Interior, para el Año Fiscal 2009, así como la Estructura
Funcional Programática de Apertura, por unidad ejecutora,
función, programa, subprograma, actividad y proyecto;
Que, mediante Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, así
como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema
Nacional de Presupuesto, a qué se ref‌i ere el artículo 1
de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector
Público - Ley N° 28112, en concordancia con los artículos
77° y 78° de la Constitución Política;
Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N°
28411, prevé que las modif‌i caciones presupuestarias en
el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante
Resolución del Titular, a propuesta de la Of‌i cina de
Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad;
pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante
disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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