RESOLUCION MINISTERIAL N° 318-2014-MTC/02 - Clasifican jerarquía de carretera como Ruta Vecinal o Rural y reclasifican temporalmente Rutas como Rutas Nacionales

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2014
El Peruano
Sábado 31 de mayo de 2014
524298
público de personas en los ámbitos regional y provincial,
así como aquellos que presten servicio de transporte
terrestre de mercancías que a la fecha de entrada en
vigencia de la presente norma, no han realizado el cambio
de la placa antigua por la nueva Placa Única Nacional de
Rodaje.
Artículo 3.- Procedimientos sancionadores
culminados
Lo dispuesto en la presente norma no tendrá efecto
respecto a los procedimientos sancionadores que
hayan culminado con resolución rme, en aplicación
del penúltimo párrafo del numeral 5) de la Segunda
Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento
de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado por Decreto
Supremo No. 017-2008-MTC.
Artículo 4.- Vigencia
El presente Decreto Supremo entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
O cial El Peruano.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta
días del mes de mayo del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1090649-3
Autorizan viaje de profesionales de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 014-2014-MTC
Lima, 30 de mayo de 2014
VISTOS:
El Informe No. 289-2014-MTC/12 emitido por la
Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Memorándum
No. 983-2014-MTC/02.AL.AAH emitido por el
Viceministerio de Transportes, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Informe No. 289-2014-MTC/12
la Dirección General de Aeronáutica Civil, requiere la
participación en la capacitación “Entrenamiento Inicial
- Simulador B-737-300-400”, organizado por la Pan Am
International Flight Academy, que se llevará a cabo del
05 al 12 de junio de 2014, en la ciudad de Miami, Estados
Unidos de América;
Que, el citado evento tiene como objetivo contar
con inspectores de operaciones habilitados y vigentes
en las aeronaves B-737 que operan en el parque aéreo
nacional;
Que, en tal sentido y dada la importancia del citado
evento, resulta conveniente autorizar la participación
de los señores Víctor Augusto Fajardo Camero y Javier
Alfredo Paredes Zúñiga, profesionales de la Dirección
General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones;
Que, el costo del referido viaje será nanciado dentro
del marco del Convenio de Administración de Recursos
PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil
Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones
Unidas, de conformidad con los términos de la Autorización
de Beca/Misión Int. No. 013-04-2014, suscrita por el
Coordinador del Proyecto OACI;
De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo No. 047-2002-PCM modi cado por
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014, y a lo informado por la Dirección General de
Aeronáutica Civil, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Víctor
Augusto Fajardo Camero y Javier Alfredo Paredes Zúñiga,
profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la
ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 04 al
13 de junio de 2014, para los nes expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán
cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos
PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión
Int. No. 013-04-2014 y al siguiente detalle:
Pasajes aéreos (para dos personas, incluye TUUA) US$ 1,120.00
Viáticos (para dos personas) US$ 7,920.00
Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario
siguientes de su retorno al país, las personas mencionadas
en el artículo 1° deberán presentar a la Presidencia de
la República, a través de la Secretaría del Consejo de
Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje; las personas
mencionadas en el artículo 1° deberán presentar un
informe al Despacho Ministerial, con copia a la O cina
General de Administración del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la
rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no
otorgará derecho a exoneración de impuestos o de
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DIAZ
Presidente del Consejo de Ministros
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1090648-9
Clasifican jerarquía de carretera como
Ruta Vecinal o Rural y reclasifican
temporalmente Rutas como Rutas
Nacionales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 318-2014-MTC/02
Lima, 28 de mayo de 2014
VISTO:
El O cio No. 083-2014-GRLL/PRE del Gobierno
Regional de La Libertad; el Memorándum No. 698-
2014-MTC/20 e Informe No. 010-2014-MTC/20.7/BEH
del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte
Nacional - PROVIAS NACIONAL; el Memorándum No.
1016-2014-MTC/14 e Informe No. 169-2014-MTC/14.07
de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles;
CONSIDERANDO:
se aprobó la actualización del Clasi cador de Rutas del
Sistema Nacional de Carreteras – SINAC;

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