CIRCULAR N° 035-2014-BCRP - Aprueban la lista de bancos de primera categoría

Fecha de publicación05 Octubre 2014
Fecha de disposición05 Octubre 2014
El Peruano
Domingo 5 de octubre de 2014 534249
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a EE.UU.,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
Nº 071-2014-BCRP
Lima, 17 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO QUE:
Se ha recibido la convocatoria para que el Banco
Central de Reserva del Perú participe en las Reuniones
Anuales del Fondo Monetario Internacional (FMI), Banco
Mundial (BM), G24, CEMLA y reuniones conexas, que
se realizarán en la ciudad de Washington D.C., Estados
Unidos de América;
El Perú es miembro del Fondo Monetario Internacional
y del Banco Mundial y el Banco Central de Reserva del
Perú representa al país para los f‌i nes establecidos en el
Convenio Constitutivo del primero de esos organismos
multilaterales;
Se ha designado al señor Renzo Rossini Miñán como
Gobernador Alterno Temporal durante la realización de las
Reuniones Anuales del FMI y BM;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27619, su
Reglamento el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus
modif‌i catorias, y estando a lo acordado por el Directorio
en su sesión de 28 de agosto del 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior
del señor Renzo Rossini Miñán, Gerente General,
a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de
América, del 8 al 12 de octubre y el pago de los gastos
no cubiertos por el FMI, a f‌i n de que participe en las
reuniones indicadas en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será
como sigue:
Pasaje US$ 1475,86
Viáticos US$ 930,00
--------------------
TOTAL US$ 2405,86
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a
exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros,
cualquiera fuere su clase o denominación.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
1145122-1
Aprueban la lista de bancos de primera
categoría
CIRCULAR Nº 035-2014-BCRP
Lima, 2 de octubre de 2014
Ref.: Lista de Bancos de Primera Categoría
CONSIDERANDO QUE:
La Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros, Ley No. 26702, dispone que para los f‌i nes
de la aplicación de los límites y demás disposiciones
pertinentes de dicha ley, el Banco Central elabore una
lista de los bancos del exterior de primera categoría,
con prescindencia de los criterios que aplique para la
colocación de las reservas que administra, a f‌i n de lo cual
toma como referencia las publicaciones internacionales
especializadas sobre la materia.
Los requisitos aprobados para la elaboración de
dicha lista comprenden el tipo de banco: holdings
bancarias, bancos comerciales, bancos de ahorro,
bancos cooperativos, bancos de inversión, bancos
inmobiliarios e hipotecarios, instituciones especializadas
de crédito gubernamental, instituciones de crédito no
bancario y entidades supranacionales; el capital mínimo:
US$ 1 400 millones, no requerido para entidades
supranacionales; el calif‌i cativo crediticio de corto plazo
mínimo de por lo menos dos agencias calif‌i cadoras
(F2 por Fitch, A-2 por S&P y P-2 por Moody’s); y, el
calif‌i cativo crediticio de largo plazo mínimo de por lo
menos dos agencias calif‌i cadoras (A- por Fitch, A- por
S&P y A3 por Moody’s). Estos requisitos se aplican
utilizando como fuente principal el sistema especializado
Bankscope de la empresa Bureau van Dijk Electronic
Publishing teniendo en cuenta la información provista
al 29.08.2014.
Dentro del concepto de instituciones f‌i nancieras de
primera categoría están incluidas todas las sucursales de
las matrices que se menciona en la presente norma, así
como todas sus subsidiarias que sean bancos en cuyo
capital la matriz tenga participación de al menos dos
tercios.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la lista de bancos de primera
categoría que se encuentra detallada en el portal web de
este Banco Central: www.bcrp.gob.pe
Artículo 2º.- La lista es elaborada y emitida de
conformidad con el artículo 216° de la Ley General del
Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica
de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley No.
26702, para los f‌i nes establecidos en dicho dispositivo.
Artículo 3º.- Derogar la Circular No. 024-2014-BCRP.
RENZO ROSSINI MIÑÁN
Gerente General
1146477-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona
jurídica en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 6314-2014
Lima, 24 de setiembre de 2014
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA;
La solicitud presentada por la señora Laura García
Romero para que se autorice la inscripción de la empresa
LA HUMANITARIA ASESORES Y CORREDORES DE
SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y
Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de
Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de
Seguros Generales y de Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Reglamento del Registro de
Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por
Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de
2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción
de los Corredores de Seguros en el citado Registro;
Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos
exigidos por la referida norma administrativa;

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