ORDENANZA Nº 332-CDLO - Establecen montos a pagar por concepto del servicio de emisión mecanizada y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2010

Fecha de disposición13 Febrero 2010
Fecha de publicación13 Febrero 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 13 de febrero de 2010
413842
y/o carga en Vehículos Menores Motorizados y No
Motorizados en el distrito de Los Olivos, conforme a la
propuesta alcanzada por la Sub Gerencia de Urbanismo
y Transporte;
Que, con Decreto de Alcaldía Nº 001-2010 de fecha
21 de Enero del 2010, se resolvió constituir la Comisión
Técnica Mixta de Vehículos Menores;
Que, con Acta de Instalación de la Comisión Técnica
Mixta de Vehículos Menores, de fecha 27 de Enero del
2010, toma conocimiento y proponen remitir el proyecto
Ordenanza “Que aprueba el Nuevo Reglamento del
Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y
Carga en Vehículos Menores”, al Concejo Municipal;
Que en ejercicio de las facultades conferidas en
el numeral 8 del Artículo de la Ley Nº 27972 –Ley
Orgánica de Municipalidades y las competencias que
otorgan la Ley Nº 27181 “Ley General de Transporte y
Tránsito Terrestre”, por unanimidad, el Concejo Distrital de
Los Olivos aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE
PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y/O CARGA
EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE LOS
OLIVOS
Artículo Primero.- Aprobación de Reglamento
Aprobar el nuevo Reglamento del Servicio de
Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en
Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados y Los
Cuadros de Infracciones y Sanciones en el Distrito de
Los Olivos, integrado por Siete (07) Títulos, Diecinueve
(19) Capítulos, Ciento Nueve (109) Artículos, Nueve (9)
Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales
y un (01) Anexo; cuyo texto es parte integrante de la
presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- Modif‌i cación del Cuadro de
Sanciones y Escala de Multas
Modif‌i car el apartado: “Transporte Público de Vehículos
Menores (08)” del Cuadro de Sanciones y Escala de
Multas Administrativas Aplicables en el ámbito del Distrito
de Los Olivos, aprobado con Ordenanza Nº 304-CDLO,
variando e incorporando las infracciones y sanciones
conforme al Anexo de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Constitución de la Comisión
Técnica Mixta de Transporte
Constitúyase la Comisión Técnica Mixta de Transporte
del Distrito de Los Olivos, la misma que estará conformada
por un Presidente (a) un vicepresidente (a), diez miembros
titulares y ocho miembros suplentes y que se encargará
de evaluar, proponer la normativa referida al servicio de
transporte especial así como supervisar su aplicación.
Artículo Cuarto.- Creación del Cuerpo de
Inspectores Municipales de Transporte
Se crea el Cuerpo de Inspectores Municipales
de Transporte del Distrito de Los Olivos para que en
cumplimiento de las funciones y atribuciones que le
conf‌i ere la presente Ordenanza, realice el control y
f‌i scalización del Servicio de Transporte Público Especial
de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores motorizados
y No motorizados en el distrito. Dicho cuerpo tendrá
carácter temporal hasta la implementación del Cuerpo de
Inspectores Municipales conformado mediante Ordenanza
Nº 304-CDLO.
Artículo Quinto.- Designación de Inspectores
Municipales
Dispóngase que mediante Resolución de Alcaldía
y a propuesta de la Gerencia de Desarrollo Urbano, a
través de la Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte, se
designará a los integrantes del Cuerpo de Inspectores a
que se ref‌i ere el artículo precedente.
Artículo Sexto.- Aprobación del Estudio Técnico
Aprobar el estudio Técnico de Vehículos Menores
sobre prestación del servicio de Transporte Público
Especial de Pasajeros en vehículos motorizados o no
motorizados en el Distrito de Los Olivos, el mismo que
concluye claramente que no podrán existir más empresas
que las 21 ya inscritas por la Municipalidad Distrital de
Los Olivos.
Artículo Séptimo.- Derogación
Deróguese la Ordenanza Nº 327-CDLO y toda
disposición o norma distrital que se oponga a la presente
Ordenanza.
Artículo Octavo.- Reglamentación
Facúltese al Alcalde Distrital para que, mediante
Decreto de Alcaldía y a propuesta de la Comisión Técnica
Mixta y del área competente, establezca las normas
complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias
para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Noveno.- Facultar
Se faculta a la GERENCIA DE DESARROLLO URBANO
a través de la SUB GERENCIA DE URBANISMO Y
TRANSPORTE el cumplimiento de la presente Ordenanza,
a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL
su difusión, a la GERENCIA MUNICIPAL la Supervisión
del presente y a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL
su publicación.
Artículo Décimo.- Vigencia
La presente Ordenanza entrará en vigencia al
día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
FELIPE B. CASTILLO ALFARO
Alcalde
457810-1
Establecen montos a pagar por concepto
del servicio de emisión mecanizada y
determinación del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales para el Ejercicio
2010
ORDENANZA N° 332-CDLO
Los Olivos, 29 de enero de 2010
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL
DE LOS OLIVOS
VISTO: El Dictamen Nº 01-2010-CDLO/CEP de la
Comisión de Economía y Presupuesto’; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto
Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, faculta
a las municipalidades al cobro de un importe no mayor
del 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente
al primero de enero de cada ejercicio; por el cobro del
servicio de emisión mecanizada de actualización de
valores, determinación de impuestos y de recibos de pago
correspondientes, incluido su distribución a domicilio;
Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 050-2006-
PCM se establece la prohibición en las entidades del sector
público comprendidos en el anexo de la Ley Nº 28652 –
Ley de presupuesto del Sector Público para el año f‌i scal
2006, para realizar impresión, fotocopiado y publicaciones
a color, así mismo en su artículo segundo se determina
que el titular de la entidad o quien éste delegue podrá
autorizar excepcionalmente impresos a color para casos
debidamente justif‌i cados.
Que, la Municipalidad tiene programado realizar
el servicio de la emisión masiva de las Declaraciones
Juradas de Autoavalúo y Estados de Cuenta Corriente
para el pago de los Tributos Municipales correspondientes
al ejercicio 2010 en el mes de enero del presente
ejercicio, documentación que por su naturaleza tiene el
carácter de documento único of‌i cial para el contribuyente
en todo el ejercicio 2010 el cual amerita un tratamiento

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