RESOLUCION DIRECTORAL Nº 292-2010-PRODUCE/DGEPP - Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de personas naturales

Fecha de publicación31 Mayo 2010
Fecha de disposición31 Mayo 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 31 de mayo de 2010 419893
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, a propuesta de la Directora
General de la Of‌i cina Ejecutiva de Control de Drogas del
Ministerio del Interior, la transferencia al Hospital Regional
PNP “Augusto B. Leguía” de: Setecientos veintidós
kilogramos (722,000 kg) de Hipoclorito de Sodio, a f‌i n de
que sean utilizados en los diferentes servicios que realiza
dicho Nosocomio; por los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- La Of‌i cina Ejecutiva de Control de
Drogas, procederá a la entrega del insumo químico antes
descrito, al representante acreditado del Hospital Regional
PNP “Augusto B. Leguía”, previo cumplimiento de las
formalidades establecidas, en presencia del representante
del Ministerio Público, previo pesaje y análisis certif‌i cado
por un profesional químico.
Artículo 3º.- El Director del Hospital Regional PNP
“Augusto B. Leguía”, adoptará las medidas necesarias
para garantizar el debido uso del insumo químico
transferido a mérito de la presente Resolución Ministerial,
e informará pormenorizadamente a la Of‌i cina Ejecutiva de
Control de Drogas sobre el uso del mismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OCTAVIO E. SALAZAR MIRANDA
Ministro del Interior
500301-2
PRODUCE
Aprueban cambio de titulares de
permisos de pesca a favor de personas
naturales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 291-2010-PRODUCE/DGEPP
Lima, 30 de abril del 2010
Visto en el escrito de Registro Nº 00015649-2010 de
fecha 18 de febrero del 2010, presentado por el señor
AURELIO BERNAL CASTRO, en calidad de representante
legal de su menor hijo AURELIO GUIANFRANCO BERNAL
HUAMANCHUMO.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General
de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-
2001-PE, modif‌i cado por el Decreto Supremo Nº 015-
2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca
es indesligable de la embarcación pesquera a la que
corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión
de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional
durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la
transferencia de dicho permiso en los mismos términos
y condiciones en que se otorgaron. Asimismo, su último
párrafo establece que en aquellos supuestos en los
cuales los actos administrativos sancionadores han sido
impugnados en la vía administrativa o judicial, procede la
autorización de cambio de titular del permiso de pesca
encontrándose condicionada la vigencia a su resultado;
Que mediante Resolución Directoral Nº 150-2003-
PRODUCE/DNEPP de fecha 04 de junio del 2003, se otorgó
permiso de pesca a AURELIO BERNAL CASTRO, para
operar la embarcación pesquera de madera denominada
“JEHOVA ES LUZ DEL MUNDO” de matrícula PL-6578-
CM, de 56.85 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse
a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta
con destino al consumo humano directo e indirecto, y los
recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo
humano directo, con uso de cajas con hielo como medio
de preservación a bordo, y utilizando redes de cerco con
longitud mínima de abertura de malla de ½ y 1½ pulgadas
(13 y 38 mm) según corresponda, en el ámbito del litoral
peruano y fuera de las 5 millas marinas adyacentes a la
costa para el caso de anchoveta y sardina y fuera de las
10 millas marinas adyacentes a la costa para el caso de
jurel y caballa;
Que mediante Resolución Directoral Nº 494-2007-
PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de noviembre del
2007, se caduca el permiso de pesca de la embarcación
pesquera “JEHOVA ES LUZ DEL MUNDO” (PL-6578-
CM), entre otras, otorgado mediante Resolución Directoral
Nº 150-2003- PRODUCE/DNEPP, únicamente en el
extremo referido a la extracción de los recursos jurel y
caballa para el Consumo Humano Directo e Indirecto;
Que, a la fecha la embarcación pesquera “JEHOVA
ES LUZ DEL MUNDO” de matrícula PL-6578-CM y 56.85
m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en
el en el literal L del Anexo I del listado de embarcaciones
pesqueras de madera con permiso de pesca vigente de la
Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE;
Que, mediante el escrito del visto, AURELIO
GUIANFRANCO BERNAL HUAMANCHUMO, representado
por el señor AURELIO BERNAL CASTRO, solicitó cambio
de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera
“JEHOVA ES LUZ DEL MUNDO” de matrícula PL-6578-
CM, en virtud a la transferencia de propiedad que se
realizó mediante Escritura Pública de fecha 11 de mayo
del 2006 y sustentando su derecho de propiedad sobre la
citada embarcación a través del Certif‌i cado Compendioso
de Dominio de fecha 09 de febrero del 2010, expedido en
la Of‌i cina Registral de Chiclayo – Zona Registral Nº II, y el
Certif‌i cado de Matrícula;
Que, de la copia del Certif‌i cado de Matrícula de la
embarcación pesquera “JEHOVA ES LUZ DEL MUNDO”
de matrícula PL-6578-CM, se advierte que la capacidad
de bodega es de 54.99 m3, encontrándose dentro de
los márgenes de tolerancia establecidos en el Decreto
Supremo Nº 028-2003-PRODUCE;
Que, de otro lado, mediante Escritura Pública Nº 3943
de fecha 11 de mayo del 2010 de la Notaría Caballero
con dirección Colón Nº 580 - Chiclayo, ha quedado
establecido que mediante Contrato de Donación se otorga
a AURELIO GUIANFRANCO BERNAL HUAMANCHUMO
todos los derechos inherentes a la embarcación pesquera
“JEHOVA ES LUZ DEL MUNDO” de matrícula PL-6578-
CM, dentro de los cuales se encuentra el efectuar pedidos
administrativos tales como cambios de titularidad del
permiso de pesca, entre otros;
Que, mediante Of‌i cio Nº 155-2010-PRODUCE/OGA/
OEC de fecha 23 de febrero del 2010, la Of‌i cina de
Ejecución Coactiva comunicó que la embarcación pesquera
“JEHOVA ES LUZ DEL MUNDO” de matrícula PL-6578-
CM, no registra deudas cuya ejecución se esté tramitando;
Que, de la evaluación efectuada al expediente de
cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación
pesquera “JEHOVA ES LUZ DEL MUNDO” de matrícula
PL-6578-CM, presentado por AURELIO GUIANFRANCO
BERNAL HUAMANCHUMO, se ha determinado que ha
cumplido con presentar los requisitos establecidos en el
Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de la Producción, por lo que
resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad
del permiso de pesca solicitado;
Estando a lo informado por la Dirección de Consumo
Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y
Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 155-2010-
PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la
instancia legal correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento
sus modif‌i catorias, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del
Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto
Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular de permiso
de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 150-
2003-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcación
pesquera “JEHOVA ES LUZ DEL MUNDO” de matrícula

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