Buscándole Cinco Patas al Gato. El Laberinto de la Cuantificación del Daño Moral con una Mirada Desde la Óptica Procesal

AutorDaniel Linares Avilez
CargoAbogado graduado de la Universidad de Lima
Páginas76-87
| Derecho Procesal Civil |
76
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
38
Buscándole Cinco Patas al Gato
El Laberinto de la Cuanticación del Daño Moral
con una Mirada Desde la Óptica Procesal
Daniel Linares Avilez* **
“Los abogados no tenían mejor reputación en el siglo XVI que en nuestros días. De hecho,
la corona les prohibió la entrada a Perú en un acuerdo rmado con Pizarro en 1529, antes
incluso de su conquista del territorio. Aparentemente, el rey quería evitar los posibles
efectos negativos del litigio español. Sin embargo, dadas las distancias, la corona no fue
capaz de imponer el mandato. Así, en 1534 entraron a Perú los primeros abogados, al
poco tiempo empezaron a salir pleitos de la nueva colonia española, y así han seguido
proliferando hasta el día de hoy”. 1
1. A modo de introducción: Reexiones de un
Litigante
Un caso o una controversia puede tener diferentes
alternativas de solución dependiendo de su nivel de
complejidad y personas a cuyo análisis se someta el mismo,
hay diferentes formas de ver y entender un problema
dependiendo de aquello que una persona pretenda
defender, de cómo lo ha vivido, sentido o de sus propias
convicciones y personalidad o hasta de su estado de ánimo
o circunstancias que en esos momentos lo rodean; estas
variables también son aplicables a los juzgadores, quienes
al momento de resolver una controversia llevan consigo
todo lo que son, como piensan y muchas veces como
se sienten, o que sienten o piensan de las partes o del
problema2. La Justicia es un concepto que varia conforme
la persona, pueden haber temas en los que todos
coincidimos, sin embargo son recurrentes los casos en los
que los diferentes puntos de vista ocasionan discrepancias.
Esta es una situación inevitable que humaniza los
procesos, y que además crea un escenario adicional al
simple análisis del caso a la luz de los hechos, las normas,
la jurisprudencia y doctrina; un litigante astuto siempre
estudia a su Juez o a su arbitro, establece con mucho
cuidado cual es el perl de su juzgador, busca cual ha
sido el criterio que ha aplicado en casos símiles, pues
entiende que nalmente lo que lo va a llevar a ganar
un proceso no es solo tener un buen argumento, sino
además que ese argumento cause convicción a quien
debe resolver. No es lo mismo enfrentarnos ante un
Juez que privilegia las formas y es muy conservador, que
ante uno para quien antes que las formas es importante
entender cual fue por ejemplo la voluntad de las partes
en un contrato; el caso se construye en forma totalmente
distinta, dependiendo ante quien nos encontremos, y
quienes somos nosotros.
Los abogados, dentro de los que están incluidos
los jueces, ejercemos nuestra carrera buscando
signicados, le damos signicados a los hechos y al
contenido de las normas, en esto consiste justamente la
labor de interpretar, e interpretamos conforme quienes
somos y lo que conocemos, utilizando criterios que
* Abogado graduado de la Universidad de Lima. Diploma de postgrado en Derecho con especialidad en Derecho Procesal por la Universidad de Salamanca (España).
Conciliador formado en la Cámara de Comercio de Lima. Árbitro por el Centro de Análisis y Resolución de Conictos de la Ponticia Universidad Católica del Perú y por
el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. Diploma por la Ponticia Universidad Católica del Perú en el curso de Especialización en Tutela de Juridisccional
Efectiva y Debido Proceso Civil. Diploma de Postgrado en Derecho Civil de la Escuela de Graduados de la Ponticia Universidad Católica del Perú. Estudios en la Maestría
de Derecho Procesal y de Derecho Civil de la Ponticia Universidad Católica del Perú. Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Ciencias Aplicadas - UPC -.
Miembro del Comité Consultivo de la Revista De Iure “solo para litigantes”. Socio del Estudio Linares Abogados.
** Con la colaboración de Héctor Augusto Campos García. Abogado por la Ponticia Universidad Católica del Perú. Egresado de la Maestría con mención en Derecho Civil
y Comercial por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Adjunto de Docencia de los cursos de Obligaciones y Responsabilidad Civil en las mencionadas casas de
estudios. Diploma a nivel de Pos grado en Responsabilidad Civil. Estudios de Especialización en Derecho Regulatorio con mención en Derecho de la Energía por el Organismo
Supervisión de la Inversión Privada en Energía y Minería (Osinergmin). Abogado del Área Civil, Comercial y Litigios del Estudio Linares Abogados.
1 MACQUARRIE, Kim. Los Últimos Días de Los Incas. Madrid: Editorial La Esfera de los Libros, 2011, p. 118.
2 SCHAUER, Federick. “Challenge of Legal Realism” (Cap. 7). En: Thinking Like a Lawyer, cap. 7. p. 129, señala que, “Hutcheson, and to a much greater extent Frank, believed that
the initial judgment-the hunch- was based les on cases, statutes, and legal principles than on a host of other factors that the law ocially refused to recognize but that Frank
especially thought actually played a large role. Frank ins frequently caricatured as having believed that judicial decisions were a matter of “what the judge had to breakfast”
but his claim is in reality far more sophisticated and nuanced”.
El daño moral es uno de los tantos conceptos del Derecho que no puede ser definido de una forma clara
y objetiva. Por lo mismo, la valoración y cuantificación del mismo dentro de los procesos civiles resulta
muchas veces reprobable ante los ojos de terceros que no sienten que el derecho se encuentre debidamente
tutelado. En el presente artículo, el autor nos muestra la problemática de la utilización del concepto en
la jurisprudencia nacional y propone dos soluciones a aplicarse en casos de este tipo: la indemnización
dineraria y la indemnización específica.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR