RESOLUCION N° 061-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/CD - Aprueban Reglamento de Auditoría Externa de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) Privadas y Mixtas

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2014
El Peruano
Viernes 9 de mayo de 2014
522772
Intelectual, fecha extendida para dichas mesas de acuerdo
al Of‌i cio Circular Nº 016-2014-MINCETUR/VMCE;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento
de la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone
que mediante Resolución de Superintendencia, la
SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad
y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las
establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u
otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron
las normas de austeridad y disciplina en el gasto de
la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en
las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de
los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto
institucional, salvo los que se efectúen con la f‌i nalidad
de cumplir con los objetivos institucionales y los que
se realicen en el marco de la negociación de acuerdos
o tratados comerciales y ambientales, negociaciones
económicas y f‌i nancieras y las acciones de promoción
de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y
servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia
Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de
itinerario, autorizar el viaje del trabajador Jaime Américo
Venero Muñiz del 09 al 18 de mayo de 2014, para participar
en el citado evento; debiendo la SUNAT asumir, con cargo
a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes
aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto
(TUUA), y los viáticos;
De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs.
27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y
la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT; y
en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo
19° del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-
PCM y normas modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Jaime
Américo Venero Muñiz, Profesional III de la División de
Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados
Internacionales, Valoración y Arancel de la Intendencia
Nacional de Técnica Aduanera del 09 al 18 de mayo de
2014, para participar en las Mesas de Reglas de Origen
y Propiedad Intelectual que se llevarán a cabo en el
marco de las negociaciones del acuerdo de Asociación
Transpacíf‌i co (TPP) a realizarse en la ciudad de Ho Chi
Minh, República Socialista de Vietnam.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor Jaime Américo Venero Muñiz
Pasajes (incluye la Tarifa Única
por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 3 601,24
Viáticos US$ 3 500,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado
trabajador deberá presentar ante el Titular de la
Entidad, un informe detallado describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje
autorizado.
Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del trabajador
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCOS GARCIA INJOQUE
Superintendente Nacional (e)
1080992-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ASEGURAMIENTO EN SALUD
Aprueban Reglamento de Auditoría
Externa de las Instituciones
Administradoras de Fondos de
Aseguramiento en Salud (IAFAS)
Privadas y Mixtas
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 061-2014-SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE SALUD/CD
Lima, 30 de abril de 2014
VISTOS:
El Informe N° 00598-2014/IRAR del 29 de abril del 2014
de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro
y el Informe Jurídico N° 023-2014-Superintendencia
Nacional de Salud/OGAJ del 29 de abril del 2014 de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 9° de la Ley N° 29344, Ley
Marco de Aseguramiento Universal en Salud, crea la
Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud
sobre la base de la Superintendencia de Entidades
Prestadoras de Salud – SEPS, hoy Superintendencia
Nacional de Salud, de conformidad con el artículo 2°
del Decreto Legislativo N° 1158, “Decreto Legislativo
que dispone medidas destinadas al fortalecimiento
y cambio de denominación de la Superintendencia
Nacional de Aseguramiento en Salud”, como un
organismo público técnico especializado, adscrito
al Ministerio de Salud, con autonomía técnica,
funcional, administrativa, económica y financiera; y
encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular
a las Instituciones Administradoras de Fondos de
Aseguramiento en Salud (IAFAS);
Que, el artículo 5° del citado Decreto Legislativo, señala
que se encuentran bajo el ámbito de competencia de la
Superintendencia Nacional de Salud todas las Instituciones
Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud
(IAFAS), así como todas las Instituciones Prestadoras de
Servicios de Salud (IPRESS);
Que, el artículo 6° del mismo Decreto Legislativo,
def‌i ne a las Instituciones Administradoras de Fondos
de Aseguramiento en Salud como aquellas entidades
o empresas públicas, privadas o mixtas, creadas o por
crearse, que reciban, capten y/o gestionen fondos para
la cobertura de las atenciones de salud o que oferten
cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;
siendo su registro en la Superintendencia Nacional de
Salud un requisito indispensable para la oferta de las
coberturas antes señaladas;
Que, el numeral 6) del artículo 8° de la norma
en mención establece como función general de la
Superintendencia Nacional de Salud, regular, supervisar,
autorizar y registrar a las IAFAS;
Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 114° y
corresponde a la Junta General de Accionistas designar
o delegar en el Directorio la designación de auditores
externos cuando corresponda, así como disponer
investigaciones y auditorías especiales si así lo solicitan
accionistas que representen no menos del 10% del total
de acciones suscritas con derecho a voto;
Que, ha sido necesario revisar lo dispuesto en el
“Reglamento de Auditoría Externa de las Entidades
Prestadoras de Salud”, aprobado por Resolución de
Superintendencia N° 014-2005-SEPS/CD, a f‌i n de
incorporar modif‌i caciones y precisiones en base a la
experiencia de las acciones de supervisión que realiza
esta Superintendencia y al marco legal del Aseguramiento
Universal en Salud;
Que, la labor de las sociedades de auditoría externa
constituye un instrumento fundamental de apoyo a la
supervisión y control que realiza esta Superintendencia,

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