Apuntes sobre algunos elementos del contenido del derecho al debido proceso colectivo en el Perú

AutorCarlos Glave Mavila
Páginas43-67
* Socio del Estudio Priori & Carrillo Abogados. Profesor del Departamento de Derecho de la Pontificia
Universidad Católica del Perú. Magíster por la Universidad Queen Mary de Londres.
Código ORCID: 0000-0003-3545-761X. Correo electronico: cglave@pc-abogados.com
N° 78 , 2017
pp. 43-68
Apuntes sobre algunos elementos del
contenido del derecho al debido proceso
colectivo en el Perú
Notes About Some Elements of the Content of a Due
Collective Process in Peru
CARLOS GLAVE MAVILA*
Priori & Carrillo Abogados
Resumen: Ante la insuficiente regulación de tutela colectiva de derechos
en el Perú, el objetivo de la investigación es plantear el contenido de algunos
de los elementos del derecho fundamental al debido proceso colectivo en el
Perú. Para ello, se analiza los elementos que se considera relevantes tomando
en consideración las características particulares de la tutela colectiva y
considerando la jurisprudencia y legislación existentes en el Perú.
Palabras clave: debido proceso, derecho a la tutela jurisdiccional efectiva,
acciones de clase, derechos difusos, derechos colectivos, derechos individuales
homogéneos
Abstract: Given the lack of regulation about the protection of collective rights
in Peru, the main goal of this investigation is to show what should be some
elements of the content of a due collective process. Thus each of its elements
is studied taking into account the Peruvian jurisprudence and legislation.
Keywords: collective rights, class actions, opt out, opt in, due process of law
CONTENIDO: I. INTRODUCCIÓN.– II. BREVE REFLEXIÓN SOBRE EL ESTADO
DE LA CUESTIÓN RESPECTO DE LA TUTELA DE DERECHOS DE INCIDENCIA
COLECTIVA EN EL PERÚ.– III. ALGUNOS ELEMENTOS ESENCIALES QUE
DEBEN INTEGRAR EL CONTENIDO DEL DERECHO FUNDAMENTAL AL DEBIDO
PROCESO COLECTIVO EN EL PERÚ.– III.1. ACCESO A LA JUSTICIA COLECTIVA.–
III.1.1. EL CASO DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES HOMOGÉNEOS Y
DOS EJEMPLOS.– III.1.2. EXIGENCIA, CUMPLIMIENTO Y CONTROL DE LA
REPRESENTATIVIDAD ADECUADA.– III.1.3. INTERÉS PARA OBRAR EN EL
MEDIO EN EL PLANO COLECTIVO: PREDOMINIO DE LA CUESTIÓN GRUPAL
POR SOBRE LA INDIVIDUAL.– III.2. RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS
INDIVIDUALES HOMOGÉNEOS COMO ESPECIE DEL GÉNERO DE DERECHOS
DE INCIDENCIA COLECTIVA.– III.3. UNA TEMPRANA DETERMINACIÓN DE LAS
REGLAS DE JUEGO.– III.4. EL ESTABLECIMIENTO DE UN PROCEDIMIENTO APTO
PARA LA PUBLICIDAD Y NOTIFICACIÓN DEL PROCESO COLECTIVO A TODOS
LOS INTERESADOS.– III.5. TUTELA ANTICIPADA.– III.6. UN DEBER CALIFICADO
DE MOTIVACIÓN.– III.7 COSA JUZGADA COLECTIVA.– IV. REFLEXIÓN FINAL.
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201701.003
CARLOS GLAVE MAVILA
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Derecho PUCP, N° 78, 2017 / ISSN 0251-3420
I. INTRODUCCIÓN
Sin pretender, a la luz del derecho constitucional peruano, conceptualizar
el derecho al debido proceso colectivo como un derecho fundamental
independiente, el objetivo principal del presente artículo es plantear
cuáles debieran ser los elementos esenciales del derecho a un debido
proceso colectivo en el Perú. Esto tiene como objetivo evidenciar la
inexistente o insuficiente regulación en el Perú que brinde una adecuada
tutela a los derechos de incidencia colectiva, así como destacar la
potencialidad que los procesos colectivos pueden tener en el Perú.
Como se sabe, nuestra Constitución, en su artículo 139, hace referencia
al derecho al debido proceso y al derecho a la tutela jurisdiccional
efectiva. No vamos a entrar a discutir el alcance de ambos conceptos
en nuestro país. Simplemente señalamos que coincidimos con el doctor
Giovanni Priori cuando señala que el derecho a la tutela jurisdiccional
efectiva se enmarca dentro del ejercicio de la función jurisdiccional
(2003, pp. 283-289).
En consecuencia, si el derecho fundamental a la tutela jurisdiccional
efectiva se enmarca dentro del ejercicio de la función jurisdiccional,
existe también acuerdo en señalar que el contenido de este derecho
fundamental comprende el derecho de acceso a la justicia, el derecho
a que el proceso se desarrolle respetando ciertas garantías mínimas, el
derecho a obtener una decisión fundamentada en derecho y el derecho
a que se ejecute dicha decisión. En este sentido, lo que se busca es
desarrollar algunos de los elementos que consideramos esenciales y que
deberían integrar el derecho al debido proceso colectivo en el Perú. Así,
se pretende resaltar las trascendentales diferencias o especialidades que
existen en el campo de la tutela colectiva y enfatizar las vulneraciones
constitucionales existentes en el Perú producto de su falta de regulación.
II. BREVE REFLEXIÓN SOBRE EL ESTADO DE
LA CUESTIÓN RESPECTO DE LA TUTELA DE
DERECHOS DE INCIDENCIA COLECTIVA EN EL
PERÚ
Una situación fáctica que no se puede negar es que existen derechos
y conflictos colectivos. Por ello, es necesario que existan garantías
de similar naturaleza que posibiliten exigir y discutir colectivamente
(Sucunza, 2016). A pesar de ello, la mayoría de países latinoamericanos
no posee una regulación sistemática sobre la tutela de derechos de
incidencia colectiva y el Perú no es la excepción. Por ello, al estudiar
las posibilidades de ejecutar class actions de Estados Unidos en distintos
países del mundo (Gidi, 2012, p. 902), se considera al Perú dentro del
grupo de países que no contiene una regulación sistemática al respecto.

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