DECRETO SUPREMO N° 013-2011-EM - Aprueban el Plan Nacional para la Formalización de la Minería Artesanal

Fecha de publicación30 Marzo 2011
Fecha de disposición30 Marzo 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 30 de marzo de 2011 439969
EDUCACION
FE DE ERRATAS
ANEXO - RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0114-2011-ED
Mediante Of‌i cio Nº 289-2011/ME-SG el Ministerio de
Educación solicita se publique Fe de Erratas del Anexo de
la Resolución Ministerial Nº 0114-2011-ED, publicada en
la edición del 27 de marzo de 2011.
DICE:
Cronograma de Nombramiento Docente 2011
FASE / ACTIVIDAD INICIO FIN
(*)
3) ETAPA NACIONAL
3.6 PUBLICACIÓN DE RESULTADOS sab 26/03/2011 sab 26/03/2011
DEBE DECIR:
Cronograma de Nombramiento Docente 2011
FASE / ACTIVIDAD INICIO FIN
(*)
3) ETAPA NACIONAL
3.6 PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Dom 27/03/2011 Dom 27/03/2011
621201-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban el Plan Nacional para la
Formalización de la Minería Artesanal
DECRETO SUPREMO
Nº 013-2011-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27651, Ley de Formalización y
Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal,
regula las actividades de la minería artesanal, dentro
de un marco promotor, protector y de desarrollo de las
mismas;
creó la Comisión Técnica Multisectorial, integrada
por representantes de los sectores correspondientes
del Poder Ejecutivo, relacionados con la actividad
de la minería artesanal, en la cual también podrán
participar representantes de organizaciones, entidades
e instituciones de la sociedad civil, así como de los
Gobiernos Regionales;
Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 045-
2010-PCM mencionado establece que la referida
Comisión Técnica Multisectorial tiene como función
impulsar e implementar la gestión de las conclusiones
y recomendaciones del Grupo de Trabajo Multisectorial,
encargado de elaborar propuestas para formalizar las
actividades de la minería artesanal en el marco de la
legislación vigente;
Que, asimismo, la Comisión Técnica Multisectorial
debe monitorear y f‌i scalizar las actividades y/o acciones
que resulten de implementar las conclusiones y
recomendaciones del Grupo de Trabajo Multisectorial;
Que, el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 045-
2010-PCM antes referido establece que, alcanzado el
plazo de vigencia de la Comisión Técnica Multisectorial,
esta emitirá un Informe Final de sus actividades, que
contenga la propuesta del Proyecto de Plan Nacional
para la Formalización de la Minería Artesanal, la cual será
aprobada por el Ministerio de Energía y Minas;
Que, con fecha 18 de febrero de 2011, la Comisión
Técnica Multisectorial remitió el Informe Final conteniendo
la propuesta del Proyecto de Plan Nacional para la
Formalización de la Minería Artesanal por lo que corresponde
que se emita el acto de aprobación respectivo;
De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación
Apruébese el Plan Nacional para la Formalización de
la Minería Artesanal, presentada por la Comisión Técnica
Multisectorial, creada por Decreto Supremo Nº 045-2010-
PCM, que como anexo forma parte del presente Decreto
Supremo, el que será publicado en la página web del
Ministerio de Energía y Minas: www.minem.gob.pe.
Artículo 2º.- Acción de Implementación por los
Sectores Involucrados
Los Sectores involucrados en el Plan Nacional a que
se ref‌i ere el artículo anterior, dentro de sus facultades,
adoptarán las medidas necesarias para su implementación.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por la
Presidenta del Consejo de Ministros y por los Ministros de
Energía y Minas, Ambiente, Agricultura, Trabajo y Promoción del
Empleo, Producción, Economía y Finanzas, Salud e Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veintinueve días del mes de marzo del año dos mil once.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA
Presidenta del Consejo de Ministros
y Ministra de Justicia
y encargada del Despacho del Ministerio de
Economía y Finanzas
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
ANTONIO JOSÉ BRACK EGG
Ministro del Ambiente
RAFAEL QUEVEDO FLORES
Ministro de Agricultura
MANUELA GARCÍA COCHAGNE
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
JORGE VILLASANTE ARANIBAR
Ministro de la Producción
OSCAR UGARTE UBILLUZ
Ministro de Salud
MIGUEL HIDALGO MEDINA
Ministro del Interior
621410-2
Dictan disposiciones relativas al
cumplimiento del requisito de
autorización de uso de aguas en el
procedimiento para concesión de
beneficio establecido en el Capítulo
V del Reglamento de Procedimientos
Mineros
DECRETO SUPREMO
Nº 014-2011-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 18º del Texto Único Ordenado
de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto
Supremo Nº 014-92-EM, la concesión de benef‌i cio otorga

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