Autorizan organización y funcionamiento de sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores

Fecha de disposición08 Enero 2000
Fecha de publicación08 Enero 2000
Pág. 182517
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 8 de enero del 2000
CONASEV
Autorizan organización y funciona-
miento de sociedad administradora
de fondos mutuos de inversión en
valores
RESOLUCION CONASEV
Nº 113-99-EF/94.10
Lima, 14 de diciembre de 1999
VISTOS:
El Expediente Nº 1999/00435 presentado por los accionistas
de Promoinvest Compañía de Inversiones S.A., así como el Infor-
me Nº 087-99-EF/94.55 de fecha 13 de diciembre de 1999 presen-
tado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinión
favorable de la Gerencia General;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Juntas Generales de Accionistas de Promoin-
vest Compañía de Inversiones S.A. y Promoinvest Sociedad
Administradora de Fondos S.A., de fechas 26 de abril y 28 de junio
de 1999, respectivamente, se aprobó la fusión de ambas empre-
sas, así como el respectivo proyecto de fusión, siendo la absorben-
te la primera de las mencionadas;
Que, asimismo, los accionistas de Promoinvest Compañía de
Inversiones S.A. aprobaron el cambio de su denominación por la
de Promoinvest Sociedad Administradora de Fondos S.A.A., el
cambio de su objeto social, el aumento de capital, la elección de
directorio, la modificación total del estatuto por fusión y adecua-
ción a la nueva Ley General de Sociedades, la inscripción de las
acciones representativas del capital social en el Registro de
Valores de la Bolsa de Valores de Lima y en el Registro Público de
Mercado de Valores de CONASEV para su cotización bursátil así
como la incorporación de las acciones en Cavali ICLV;
Que, mediante escrito presentado el 22 de noviembre de
1999, los accionistas de Promoinvest Compañía de Inversiones
S.A., en su calidad de organizadores, solicitan la autorización de
organización de una sociedad administradora de fondos mutuos
de inversión en valores y de fondos de inversión y el funciona-
miento para actuar como administradora de fondos mutuos de
inversión en valores;
Que, en el presente caso, Promoinvest Compañía de Inversio-
nes S.A. es una persona jurídica constituida que opera en el
mercado con un objeto social diferente y va a absorber a una
sociedad administradora de fondos mutuos, cambiar su denomi-
nación por la de la empresa absorbida y producto de la fusión,
modificar su objeto social y pasar a gestionar los fondos bajo
administración de la absorbida; en consecuencia, tratándose de
un aspecto no regulado por la normatividad vigente, resulta
conveniente evaluar en un solo acto la autorización de organiza-
ción y funcionamiento de la recurrente, aplicándole los requisitos
establecidos por los Artículos 3º, 4º, 5º, 6º y 10 del Reglamento de
Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Admi-
nistradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 084-98-EF/
94.10;
Que, evaluada la documentación presentada por la recurren-
te y teniendo en cuenta las particularidades que contiene la
presente solicitud, se ha determinado que la misma cumple con
los requisitos previstos en los Artículos 3º, 4º, 5º, 6º y 10 del
Reglamento de Fondos de Mutuos de Inversión en Valores y sus
Sociedades Administradoras, en lo que le es aplicable, por lo que
se considera procedente se otorgue la autorización de organiza-
ción y funcionamiento solicitada; y,
Estando a lo dispuesto en el inciso l) del Artículo 11º del Texto
Unico Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado
por el Decreto Ley Nº 26126; así como a lo acordado por el
Directorio de esta Institución reunido en sesión de fecha 13 de
diciembre de 1999;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la organización y funcionamiento de
Promoinvest Sociedad Administradora de Fondos S.A.A. o su
abreviatura Promoinvest SAF, empresa resultante de la fusión
entre Promoinvest Compañía de Inversiones S.A. y Promoinvest
Sociedad Administradora de Fondos S.A. La autorización de
funcionamiento que se otorga es únicamente para administrar
fondos mutuos de inversión en valores.
Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Promoinvest Socie-
dad Administradora de Fondos S.A.A. o su abreviatura Promoin-
vest SAF, empresa absorbente en el proceso de fusión, en la
sección correspondiente del Registro Público del Mercado de
Valores.
Artículo 3º.- Cancelar la autorización de funcionamiento
otorgada mediante Resolución CONASEV Nº 067-98-EF/94.10, a
la entonces denominada Promoinvest Sociedad Administradora
de Fondos S.A., así como disponer su exclusión de la sección
correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia al
día siguiente de su notificación, fecha en que también entrará en
vigencia el acuerdo de fusión adoptado por las empresas denomi-
nadas Promoinvest Compañía de Inversiones S.A. y Promoinvest
Sociedad Administradora de Fondos S.A.
Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a las empre-
sas Promoinvest Compañía de Inversiones S.A. y Promoinvest
Sociedad Administradora de Fondos S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE DIAZ ORTEGA
Presidente
Comisión Nacional Supervisora de
Empresas y Valores
0152
ESSALUD
Sancionan con destitución a servidor
del Hospital Nacional del Sur
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL
Nº 780-GG-HNSU-ESSALUD-99
Arequipa, 20 de diciembre de 1999
VISTOS:
El Acuerdo Nº 001-CPPAD-HNSU-ESSALUD-99 de fecha
99-12-13, mediante el cual la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios del Hospital Nacional del Sur
recomienda se aplique la sanción de destitución automática al
servidor Sr. LUIS ALBERTO CENTENO POSTIGO; y,
CONSIDERANDO:
Que, del expediente de vistos se desprende que mediante
Oficio Nº 264-97-6JEP-CAPD de fecha 99-12-2 el Sexto Juzgado
Especializado Penal remite copia certificada de la Sentencia en la
Instrucción Nº 264-97 seguida al servidor LUIS ALBERTO
CENTENO POSTIGO, mediante la cual es condenado como
autor del delito de violación de la libertad sexual, previsto y
sancionado por el Art. 172º del Código Penal, en agravio de Ana
Silvia Illapuma Villa, imponiéndosele cuatro años de pena priva-
tiva de la libertad con efectividad suspendida por el plazo de tres
años, Sentencia que consta con la certificación de la Secretaria de
Juzgado Dra. Carmen Peñafiel Díaz, que la misma ha quedado
consentida;
Que, el Art. 29º del Decreto Leg. Nº 276 concordante con el
condena penal consentida y ejecutoriada privativa de la libertad
por delito doloso, acarrea destitución automática. En el caso de
condena condicional, la Comisión de Procesos Administrativos
Disciplinarios evalúa si el servidor puede seguir prestando servi-
cios, siempre y cuando el delito no esté relacionado con las
funciones asignadas ni afecte la administración pública;
Que, en el caso materia de evaluación de autos, se trata de una
condena penal consentida que se ha dado con el carácter de
condicional y que la misma constituye un delito doloso que
agravia a la Institución y que afecta gravemente a la Administra-
ción Pública al no haberse observado un buen trato ni guardado
las reglas de conducta a la que están obligados los servidores
Públicos hacia los pacientes y público en general;
Que, los referidos hechos constituyen además grave falta
disciplinaria tipificada en los Incs. a) y j) del Art. 28º del D.Leg. Nº
276 al haber incumplido el referido servidor los deberes de
función previsto en el Art. 21º Incs. a) y e) del mismo cuerpo de
normas, tanto así que no brindó el deber de cuidado a la paciente
en mención y por el contrario incurre en actos inmorales confor-
me se aprecia de la Sentencia referida, por lo que el citado
servidor no puede seguir prestando servicios a la Institución, que
en consecuencia es de aplicación lo establecido en el Art. 25º, el
Art. 26º Inc. d) del D.Leg. Nº 276 concordante con lo establecido
Estando a lo recomendado por la Comisión Permanente de
Procesos Administrativos Disciplinarios del Hospital Nacional
del Sur y de conformidad a la delegación de facultades conferidas;
SE RESUELVE:
1.- Aplicar la sanción de DESTITUCION AUTOMATICA al
servidor Sr. LUIS ALBERTO CENTENO POSTIGO, por los
motivos expuestos en la presente resolución.

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