RESOLUCION MINISTERIAL N° 0743-2014-IN - Delegan facultades para suscribir contratos y adendas derivados de la ejecución del Anexo 'Términos y Condiciones' de la Adenda de Renovación del contrato de concesión con Telefónica Móviles S.A., aprobado por R.M. N° 091-2013-MTC/03, que beneficien a la Policía Nacional del Perú

Fecha de disposición21 Junio 2014
Fecha de publicación21 Junio 2014
El Peruano
Sábado 21 de junio de 2014 525769
propietarios privados el pago por concepto de compensación
e indemnización por daños y perjuicios de la servidumbre,
encontrándose la petición de acuerdo a Ley;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado que la concesionaria ha cumplido con
los requisitos legales y procedimientos correspondientes
establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y en
su Reglamento, emitió el Informe Nº 179-2014-DGE-DCE,
recomendando la procedencia de imponer la servidumbre
de electroducto solicitada;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a
favor de la concesión def‌i nitiva de transmisión de energía
eléctrica de la que es titular Peruana de Inversiones en
Energías Renovables S.A.C., la servidumbre permanente
de electroducto para la Línea de Transmisión de 66 kV S.E.
Manta – S.E. La Pampa, ubicada en el distrito de La Pampa,
provincia de Corongo, departamento de Ancash, de acuerdo
a la documentación técnica y los planos proporcionados por
la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cód.
Exp. Inicio y Llegada de la
Línea Eléctrica
Nivel de
Tensión
( kV )
Nº de
Ternas Longitud
(km)
Ancho de
la Faja
( m )
21228913 S.E. Manta – S.E. La
Pampa 66 01 2,70 16
Artículo 2º.- Peruana de Inversiones en Energías
Renovables S.A.C. deberá adoptar las medidas
necesarias a f‌i n que el área de servidumbre no sufra
daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando
sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de
incumplimiento.
Artículo 3º.- Peruana de Inversiones en Energías
Renovables S.A.C. deberá velar permanentemente para
evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre
ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja
su ejercicio.
Artículo 4º.- La servidumbre impuesta mediante la
presente Resolución no perjudica los acuerdos estipulados
entre las partes.
Artículo 5º.- Los propietarios de los predios sirvientes
no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni
realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio
de la servidumbre constituida.
Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1098610-1
INTERIOR
Delegan facultades para suscribir
contratos y adendas, derivados de
la ejecución del Anexo “Términos
y Condiciones” de la Adenda de
Renovación del contrato de concesión
con Telefónica Móviles S.A, aprobado
por R.M. N° 091-2013-MTC/03, que
beneficien a la Policía Nacional del
Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0743-2014-IN
Lima, 19 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a los numerales 5 y 16 del artículo
9° del Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio del Interior, concordados con
los literales e) y x) del artículo 8° del Reglamento de
Organización y Funciones del MININTER, aprobado
del Interior tiene por funciones representar al Sector
Interior ante las entidades públicas o privadas en los
ámbitos nacional e internacional; así como, ejercer las
demás funciones que le asigna la Constitución Política
del Perú y las leyes, pudiendo delegar las facultades y
atribuciones que no sean privativas de su función de
Ministro de Estado;
Que, en el último párrafo del artículo 25° de la Ley N°
que los Ministros de Estado pueden delegar en los
funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y
atribuciones que no sean privativas a su función, siempre
que la normatividad lo autorice.
Que, bajo dicho contexto normativo, el Ministro
del Interior mediante Resolución Ministerial N°
0117-2014-IN delegó en diversos funcionarios y
servidores públicos del Pliego Presupuestal 007:
Ministerio del Interior diversas facultades en materia
administrativa, de gestión de bienes, de personal civil
y de contrataciones del Estado;
Que, dentro de las delegaciones efectuadas se
encuentra aquella que faculta al Director de la Dirección
Ejecutiva de Administración de la Unidad Ejecutora 002
y a los Titulares de la Unidad Ejecutora en el caso de
otras Unidades Ejecutoras a “Ejercer la representación
legal ante entidades f‌i nancieras, bancarias y similares,
autoridades y/o dependencias privadas o públicas para
solicitar permisos y/o licencias, suscribir contratos, iniciar
y proseguir procedimientos administrativos, formular
solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo
(…)”;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 091-2013-
MTC-03 se renovó el plazo de los Contratos de Concesión
de Telefónica Móviles S.A. aprobados por Resolución
Ministerial Nº 373-91-TC-15.17, Resolución Ministerial Nº
440-91-TC-15.17 y Resolución Ministerial Nº 055-92-TC-
15.17, para la prestación del servicio público de telefonía
móvil en Lima y Callao, y a nivel nacional; regulándose en
diversas cláusulas del Anexo “Términos y Condiciones”
de la Adenda a los Contratos de Concesión, el servicio de
acceso a internet sin costo para entidades benef‌i ciarias,
como Acceso a Internet Social y Acceso a Internet
Social Satelital, y la puesta a disposición de circuitos
para la transmisión de señales de video para seguridad
ciudadana, entre otros servicios a cargo de Telefónica
Móviles S.A.;
Que, mediante Of‌i cios N°s. 104-2014-MTC/03 y
234-2014-MTC/03, el Viceministro de Comunicaciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones remitió
al Ministerio del Interior los modelos de Contratos de
abonado de los servicios de acceso a Internet Social
Satelital para Entidades Benef‌i ciarias, acceso a Internet
Social para Entidades Benef‌i ciarias y, acceso a Internet
Social y servicio de telefonía f‌i ja en la modalidad de
abonado para Entidades Benef‌i ciarias; así como del
Contrato para la puesta a disposición de circuitos
en instituciones para la transmisión de señales de
video para seguridad ciudadana; los cuales deberán
ser celebrados entre Telefónica del Perú S.A.A y el
Ministerio del Interior;
Que, con la f‌i nalidad de otorgar una mayor f‌l uidez
a la gestión administrativa del Pliego Presupuestal
007: Ministerio del Interior para el cumplimiento de los
objetivos del Sector Interior, resulta conveniente delegar
facultades para suscribir los contratos, y sus respectivas
adendas, derivados del Anexo “Términos y Condiciones”
de la Adenda de Renovación del contrato de concesión
con Telefónica Móviles S.A.;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del
Interior; y el Reglamento de Organización y Funciones del

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