ACUERDO N° 036-2014-GRA/CR-AREQUIPA - Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Déan Valdivia, provincia de Islay

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2014
El Peruano
Miércoles 26 de marzo de 2014 519561
-El Equipo Técnico del Consejo Regional de la Mujer
-Un representante del Ministerio Público
-Un representante del Poder Judicial
-Un representante de la Defensoría del Pueblo
-Un representante de la Policía Nacional
-Un representante del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables
-Un representante de la Mesa Regional de Lucha
contra la Violencia Familiar
-Un representante del Colegio Médico
-Un representante del Colegio de Obstetras
-Un representante del Colegio de Profesores
-Un representante del Colegio Psicólogos
-Un Representante del Colegio de Asistentes Sociales
Artículo 6°.- Plazo
La Estrategia Regional de Lucha contra la Violencia
de Género, se elaborará en el término de 60 días, cuyo
documento nal deberá ser presentado al Consejo Regional
para su aprobación mediante Ordenanza Regional.
Artículo 7°.- Encárguese al Ejecutivo Regional para que
a través del Área de Gestión Cultural y Social, proporcione
a la Comisión Técnica el apoyo logístico necesario para el
cumplimiento de su n.
Artículo 8°.- De la Publicación
DISPONER la publicación de la presente Ordenanza
Regional tanto en el Diario O cial “El Peruano”, como en el
Diario de Avisos Judiciales “La República”; en ese sentido,
se encarga a la O cina de Planeamiento y Desarrollo
Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada
en el Diario O cial, inmediatamente ésta se publique en la
página web institucional, de conformidad con lo regulado
en el artículo 9º del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.
La tramitación de la publicación estará cargo de la
Secretaría del Consejo Regional, mientras que el costo
que esta irrogue será cubierto por el Órgano Ejecutivo
Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los diez días del mes de marzo del
2014.
YAMILA OSORIO DELGADO
Presidenta del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de
Arequipa, a los trece días del mes de marzo del dos mil
catorce.
JUAN MANUEL GUILLÉN BENAVIDES
Presidente del Gobierno Regional Arequipa
1065952-1
Aprueban transferencia financiera a
favor de la Municipalidad Distrital de
Deán Valdivia, provincia de Islay
ACUERDO REGIONAL
Nº 036-2014-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 17 de marzo del 2014
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa,
en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, según Resolución Gerencia de Infraestructura N°
243-2012-GRA/GRI se aprueba el Expediente Técnico de
la Obra: “Mejoramiento de los Servicios Complementarios
de la I. E. Ciro Alegría Bazán, Anexos de El Arenal, Distrito
de Deán Valdivia, Provincia de Islay, Región Arequipa”,
por un monto de S/. 1 476,783.38 nuevos soles, el cual
fue ejecutado inicialmente por administración directa por
parte del Gobierno Regional de Arequipa, teniendo una
liquidación nanciera de S/. 370,126.05 nuevos soles y
por Acuerdo Regional N° 060-2013-GRA/CR-AREQUIPA,
se aprueban transferencias nancieras a diferentes
municipalidades, como es el caso a la Municipalidad
Distrital de Deán Valdivia, por el monto de S/. 954,618.00
nuevos soles, conforme al Convenio N° 058-2013-GRA/PR
y Adendas que fueron suscritos por los titulares de pliego
respectivo y, que a la fecha falta S/. 152,039.33 nuevos
soles para culminar con la obra mencionada, sugiriendo
la Gerencia Regional de Infraestructura del GRA se le
trans era y así cumplir con la nalidad del objetivo del
Convenio;
Que, el Órgano Ejecutivo Regional a través del O cio
Nro. 475-2014-GRA/SG, hace llegar al Despacho de la
Presidencia del Consejo Regional con el Informe N° 113-
2014-GRA/GRI que adjunta y según detalle señalado en el
O cio N° 038 -2014-GRA/ORPPOT de la O cina Regional
de Planeamiento Presupuesto y Ordenamiento Territorial,
cuenta con la disponibilidad presupuestal, siendo los
componentes de la Transferencia Financiera propuesta el
siguiente:
SNIP NOMBRE PROVINCIA FTE. FTO. TOTAL S/. MUNICIPALIDAD
A TRANSFERIR
176159 Mejoramiento
de los Servicios
Complementarios
de la I.E. Ciro
Alegría Bazán,
Anexo de El
Arenal, Distrito
de Deán Valdivia,
Provincia Islay,
Región Arequipa.
ISLAY Recursos
Ordinarios 152,039.33 Municipalidad
Distrital de Deán
Valdivia
TOTAL 152,039.33
Que, estando autorizadas las transferencias nancieras
para el nanciamiento y co nanciamiento de los proyectos
de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y
de infraestructura de saneamiento entre los niveles de
gobierno subnacional, veri cado el informe favorable
de la O cina Regional de Planeamiento Presupuesto y
Ordenamiento Territorial, y, correspondiendo al Consejo
Regional formalizar su aprobación; entonces, por estas
consideraciones, al amparo del ítem 12.2 del artículo 12
de la Ley 30114 / Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, la Ley 27783 / Ley de Bases
de la Descentralización, la Ley 27867 / Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, modi cada por las Leyes 27902,
28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del
marco legislativo regional constituido por la Ordenanza
Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la
Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza
Regional 154-AREQUIPA;
SE ACUERDA:
Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera
a favor de la Municipalidad Distrital de Deán Valdivia,
provincia de Islay, Región Arequipa, por el monto total
de Ciento cincuenta y dos mil treinta y nueve con 33/100
nuevos soles (S/. 152,039.33) y se utilizará para la
culminación de la obra: “: “Mejoramiento de los Servicios
Complementarios de la I. E. Ciro Alegría Bazán, Anexos
de El Arenal, Distrito de Deán Valdivia, Provincia de Islay,
Región Arequipa”.
Segundo.- La Municipalidad Distrital favorecida por
la presente transferencia nanciera deberá ejecutar
los plazos, especi caciones técnicas y presupuestales
conforme al Expediente Técnico.
Tercero.- El monitoreo y seguimiento de la Obra
mencionada en el artículo precedente, recaerá en el
Órgano del Ejecutivo Regional y la scalización se
efectuará a través de los Consejeros Regionales de la
Región Arequipa.
Cuarto.- La Transferencia Financiera aprobada NO
PODRÁ ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto
distinto al identi cado de conformidad con lo dispuesto en
el numeral 12.3) del artículo 12 de la Ley 30114 / Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
en consecuencia, la Gerencia General Regional deberá:
((a)) Monitorear y hacer el respectivo seguimiento de los
fondos públicos transferidos en forma mensual a través

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