ORDENANZA, N° D2-2022-GR.CAJ/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA - Crean la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca - CRAC-ORDENANZA-N° D2-2022-GR.CAJ/CR

Fecha de disposición26 Mayo 2022
Fecha de publicación26 Mayo 2022

Crean la Comisión Regional Anticorrupción de Cajamarca - CRAC

Consejo Regional

ORDENANZA REGIONAL

N° D2-2022-GR.CAJ/CR

Cajamarca, 11 de abril de 2022

El GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA;

VISTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en su sesión de fecha 01 de Abril del año 2022.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ley N° 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, se crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción con el objeto articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país;

Que, el numeral 9,1 del artículo 9° de la Ley N° 29976, establece que los gobiernos regionales y locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción, cuya conformación se da en el marco de la citada Ley, en lo que fuera aplicable;

Que, con el Decreto Supremo N° 089-2013-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con la finalidad de desarrollar, entre otros aspectos, las funciones y los roles que le corresponde, dentro de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, 3 cada uno de los representantes que la conforman y a su Coordinación General;

Que, mediante Decreto Supremo N° 169-2021-PCM se modifica el Reglamento de la Ley N° 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, aprobado por Decreto Supremo N? 089-2013-PCM, con la finalidad de desarrollar las funciones y los roles que le corresponde a las Comisiones Regionales Anticorrupción y precisar su vinculación con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción;

Que, el artículo 25° del referido Reglamento señala que los gobiernos regionales crean e Implementan Comisiones Regionales Anticorrupción en el marco de la Ley y el presente Reglamento, emitiendo la Ordenanza Regional respectiva, a fin de constituir un espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de su jurisdicción, coordinando para tal efecto con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Las Comisiones Regionales Anticorrupción son de naturaleza permanente y están adscritas del Gobierno Regional que las crea;

Que, asimismo, el...

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