RESOLUCION SUPREMA, N° 052-2022-RE, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Dan por terminadas las funciones del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador-RESOLUCION SUPREMA-N° 052-2022-RE

Fecha de disposición06 Mayo 2022
Fecha de publicación07 Mayo 2022

Dan por terminadas las funciones del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador

resolución suprema

n° 052-2022-re

Lima, 6 de mayo de 2022

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2019-RE, de 11 de enero de 2019, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Vicente Rojas Escalante;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0065-2019-RE, se fijó el 1 de marzo de 2019, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador; y,

De conformidad con el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Vicente Rojas Escalante, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador.
Artículo 2 La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.
Artículo 3 Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR