DECRETO SUPREMO, N° 069-2022-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban otorgamiento de Garantía del Gobierno Nacional a favor de los Bonos de Reconocimiento y otros-DECRETO SUPREMO-N° 069-2022-EF

Fecha de disposición07 Abril 2022
Fecha de publicación07 Abril 2022

Aprueban otorgamiento de Garantía del Gobierno Nacional a favor de los Bonos de Reconocimiento y otros

Decreto Supremo

Nº 069-2022-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley N° 31367, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda de S/ 35 116 331 396,00 (TREINTA Y CINCO MIL CIENTO DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES); de los cuales corresponde a los Bonos ONP hasta S/ 58 670 028,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES);

Que, en el marco de la autorización señalada en el considerando precedente y en mérito a lo dispuesto en el literal c) del artículo 9, en la Sétima y Décimo Quinta Disposiciones Finales y Transitorias del Texto Único Ordenado del Decreto Ley N° 25897, Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-97-EF, el artículo 145 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 004-98-EF, así como en el literal e) del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 27252, Ley que establece el Derecho de Jubilación anticipada para trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones que realizan labores que implican riesgo para la vida o la salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 164-2001-EF, el Gobierno Nacional mediante una operación de endeudamiento interno, otorga una Garantía del Gobierno Nacional a los Bonos de Reconocimiento, Bonos de Reconocimiento Complementarios, Bonos Complementarios de Pensión Mínima y Bonos Complementarios de Jubilación Adelantada a ser emitidos por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en cumplimiento de la normativa antes citada, durante el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 58 670 028,00 (CINCUENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES);

Que, la operación de endeudamiento evaluada, cumple con lo establecido en los numerales 11.2 y 11.3 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público;

Que, asimismo, la referida operación de endeudamiento interno ha cumplido con...

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