DECRETO DE URGENCIA, N° 003-2022, PODER EJECUTIVO - Decreto de Urgencia que modifica el Decreto de Urgencia N° 037-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera orientadas al fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas, y el Decreto de Urgencia N° 101-2021, Decreto de Urgencia que modifica el Decreto de Urgencia N° 037-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera orientadas al fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas-DECRETO DE URGENCIA-N° 003-2022

Fecha de disposición26 Marzo 2022
Fecha de publicación26 Marzo 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo,Financiero

DECRETO DE URGENCIA

Nº 003-2022

DECRETO DE URGENCIA QUE MODIFICA EL DECRETO DE URGENCIA Nº 037-2021, DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS COMPLEMENTARIAS EN MATERIA ECONÓMICA Y FINANCIERA ORIENTADAS AL FORTALECIMIENTO PATRIMONIAL DE LAS INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS EN MICROFINANZAS, Y EL DECRETO DE URGENCIA Nº 101-2021, DECRETO DE URGENCIA QUE MODIFICA EL DECRETO DE URGENCIA Nº 037-2021, DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS COMPLEMENTARIAS EN MATERIA ECONÓMICA Y FINANCIERA ORIENTADAS AL FORTALECIMIENTO PATRIMONIAL DE LAS INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS EN MICROFINANZAS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 037-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera orientadas al fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas, se establece medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera, que permitan el fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas, así como facilitar su reorganización societaria, a fin de proteger los ahorros del público, preservar la estabilidad macroeconómica y mantener la continuidad de la cadena de pagos en la economía;

Que, a través del Decreto de Urgencia N° 101-2021, Decreto de Urgencia que modifica el Decreto de Urgencia N° 037-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias en materia económica y financiera orientadas al fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en microfinanzas, se establecen medidas extraordinarias en materia económica y financiera, con la finalidad, entre otros, de ampliar su plazo de vigencia y el plazo de acogimiento a los subprogramas de fortalecimiento patrimonial, así como suspender lo dispuesto en el literal g) del numeral 2 del artículo 95 de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para las empresas que se acojan a los subprogramas de fortalecimiento patrimonial previstos en los literales a) y b) del numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 037-2021;

Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 103-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para garantizar el fortalecimiento de las brigadas de vacunación, la disponibilidad de recursos y la conformación de las brigadas de intervención integral en el primer nivel de atención en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia por la COVID-19 y otras medidas en materia económica y financiera, se modifica la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 101-2021, generalizando la aplicación de la suspensión hasta el 30 de junio de 2022 de lo dispuesto en el literal g), del numeral 2 del artículo 95 de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, a las empresas del sistema financiero;

Que, el deterioro de la cartera de créditos aún se viene registrando a consecuencia de los efectos...

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