RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 0196-2021-RE, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Aprueban la Directiva N° 002-2021-DSL/RE “Lineamientos para la Conducción y Coordinación de la Política Nacional Antártica”-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 0196-2021-RE
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 7 de Junio de 2021 |
Aprueban la Directiva N° 002-2021-DSL/RE “Lineamientos para la Conducción y Coordinación de la Política Nacional Antártica”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0196-2021-RE
Lima, 7 de junio de 2021
VISTOS:
El Memorándum (DSL) N° DSL00317/2020, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, y el Memorándum (OPP) N° OPP001232/2020, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión de Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, asimismo, el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo tiene entre sus competencias exclusivas, diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles del gobierno; al respecto el citado artículo establece que las políticas nacionales y sectoriales se aprueban por decreto supremo, con el voto del Consejo de Ministros;
Que, adicionalmente, el numeral 23.2 del artículo 23 de la referida Ley establece que, para el ejercicio de las competencias exclusivas, corresponde a los Ministerios ejecutar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales;
Que, en ese marco, mediante Decreto Supremo N° 014-2014-RE se aprobó la Política Nacional Antártica, la cual establece los objetivos que orientan la acción del Perú en relación a la región antártica, cautelando los intereses y derechos del Perú, así como articulando la acción intersectorial que se requiere para fortalecer la actuación del Perú en el marco del Tratado Antártico, promover sus objetivos y dar fiel cumplimiento a los compromisos asumidos como Estado Parte del mismo y de sus acuerdos complementarios y conexos, todos los cuales conforman el régimen de cooperación internacional encargado de administrar los asuntos de la región antártica, en el que se desarrollan las políticas nacionales de los Estados Parte;
Que, el citado Decreto Supremo establece, además, que la formulación, coordinación, conducción y supervisión de la referida Política Nacional está a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, en su calidad de órgano rector. Asimismo, dispone que es de alcance nacional y cumplimiento obligatorio por parte de todas las entidades de la Administración Pública, a nivel del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, la cual implementarán en el ámbito de sus funciones y competencias;
Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final de dicho Decreto Supremo establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra facultado para aprobar directivas y otros instrumentos de gestión que faciliten la adecuada implementación de lo dispuesto en la referida política nacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, la Dirección de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos es el órgano de línea que depende del Despacho Viceministerial, y es responsable, entre otros, de formular y conducir la Política Nacional Antártica, y tiene entre sus funciones, proponer, conducir y supervisar la Política Antártica, así como dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Perú en el Continente Antártico;
Que, adicionalmente, cabe señalar que el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, refiere que “toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia”;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario aprobar una directiva que establezca los lineamientos de conducción y coordinación de la Política Nacional Antártica;
Con los visados de la Secretaría General, la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina General de Asuntos Legales;
De conformidad con lo dispuesto en la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N° 014-2014-RE; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Aprobar la Directiva N° 002-2021-DSL/RE “Lineamientos para la Conducción y Coordinación de la Política Nacional Antártica”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Disponer la publicación de la presente resolución y la directiva anexa, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/rree), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, para su difusión y cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Allan Wagner Tizón
Ministro de Relaciones Exteriores
DIRECTIVA N° 002-2021-DSL/RE
Dirección General de Soberanía,
Límites y Asuntos Antárticos
LINEAMIENTOS PARA LA CONDUCCIÓN Y COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL ANTÁRTICA
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FINALIDAD
La presente directiva tiene por finalidad establecer los lineamientos para la conducción y coordinación de la Política Nacional Antártica, en adelante PNA, en el marco de la función rectora del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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ALCANCE
Los lineamientos contenidos en la presente directiva son de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública, a nivel de gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, así como las instituciones privadas que participan y se encuentren involucradas en la implementación de la PNA.
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BASE LEGAL
Normas Específicas
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Tratado Antártico, al cual el Perú se adhirió en 1981, adquiriendo el estatus de Parte Consultiva en el año 1989.
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Decreto Supremo Nº 014-2014-RE, que aprueba la Política Nacional Antártica.
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Resolución Ministerial N° 0624-2014-RE, que aprueba la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Política Nacional Antártica.
Normas Institucionales
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Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Normas Generales
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Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
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Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
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Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de...
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