DECRETO DE ALCALDIA, Nº 05-2021-MVMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO - Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 315-MVMT, que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Villa María del Triunfo-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 05-2021-MVMT

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición25 de Mayo de 2021

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 315-MVMT, que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Villa María del Triunfo

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 05-2021-MVMT

Villa María del Triunfo, 25 de mayo de 2021

EL ALCALDE DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO

VISTO: El Informe Nº 280-2021-SGRFT-GAT-MVMT de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Memorándum Nº 070-2021-GAT/MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 209-2021-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 323-2021-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, respecto al Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 315-MVMT, hasta el 30 de junio de 2021 en el Distrito de Villa María del Triunfo, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Artículos 74º, 194º y los numerales 3) y 4) del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, reconocen a los gobiernos locales autónoma política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a ley;

Que, según lo establecido en el numeral 9) del Artículo y Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, así como también en la norma IV del Título Preliminar del TUO de Código Tributario, reconocen las mismas facultades y competencias, en concordancia con lo establecido en la constitución;

Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, establece que los gobiernos locales podrán condonar, con carácter...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR