RESOLUCION, N° 0329-2020-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Aprueban el cronograma electoral para el proceso de Elecciones Generales 2021-RESOLUCION-N° 0329-2020-JNE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2020

Aprueban el cronograma electoral para el proceso de Elecciones Generales 2021

Resolución Nº 0329-2020-JNE

Lima, veintiocho de setiembre de dos mil veinte.

VISTOS el Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de julio de 2020, y el Informe Nº 099-2020-DGPID/JNE, remitido el 27 de setiembre de 2020, por el director de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo del Jurado Nacional de Elecciones, con el cual presenta la propuesta de cronograma electoral para las Elecciones Generales 2021.

CONSIDERANDOS

  1. La Constitución Política del Perú, en su artículo 176, establece que el sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa. Al sistema electoral le corresponde el planeamiento, la organización y la ejecución de los procesos electorales o de referéndum u otras consultas populares.

  2. El Jurado Nacional de Elecciones es un organismo constitucionalmente autónomo que cumple un rol determinante en los diferentes procesos electorales, y en la vida democrática del país, puesto que preside el sistema de justicia electoral peruano. Sus atribuciones y deberes se encuentran establecidos en el artículo 178 de la Constitución Política y en el artículo 5 de su Ley Orgánica, Ley Nº 26486.

  3. Mediante Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de julio de 2020, el Presidente de la República convocó, para el domingo 11 de abril de 2021, a Elecciones Generales para la Elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

  4. El proceso electoral es una serie continua y concatenada de actos que precluyen, es decir tienen un inicio y un final; es así que el artículo 79 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y sus modificatorias, establecen que el proceso electoral se inicia con la convocatoria a Elecciones por el Presidente de la República, con una...

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