RESOLUCION, N° 0308-2020-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Aprueban el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral-RESOLUCION-N° 0308-2020-JNE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2020

Aprueban el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral

Resolución Nº 0308-2020-JNE

Lima, cinco de setiembre de dos mil veinte

VISTO el Memorando Nº 351-2020-SC-DGRS/JNE del jefe de Servicios al Ciudadano, de fecha 5 de setiembre de 2020, sobre la propuesta de modificación de las disposiciones del Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, aprobado mediante la Resolución Nº 0050-2017-JNE.

CONSIDERANDOS

  1. El artículo 178 de la Constitución Política del Perú, en su numeral 3, establece que es función del Jurado Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral; asimismo, a tenor del artículo 5, literal l, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, corresponde a este organismo electoral dictar las resoluciones y reglamentación necesarias para su funcionamiento.

  2. De otro lado, el artículo 31 de la Carta Constitucional señala que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, con derecho a elegir y ser elegidos; asimismo, dispone que los ciudadanos con goce de su capacidad civil tienen derecho al voto, el que es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años, y facultativo después de esa edad. Así, dado el carácter de obligatoriedad del voto para los ciudadanos peruanos, la omisión al sufragio es sancionada con multa electoral, conforme a los parámetros previstos en la Ley Nº 28859.

  3. Es en ese marco normativo que la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en sus artículos 241 y 253, trata, respectivamente, sobre la dispensa por omisión al sufragio, así como la justificación por la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio de los miembros de mesa, que se tramitan ante el Jurado Nacional de Elecciones después de la fecha de los comicios, cuando estos incumplimientos se encuentran debidamente justificados; siendo necesario, a tenor de lo dispuesto en el artículo 390, literal c, que el DNI de los ciudadanos obligados a votar cuente con la constancia de sufragio de las últimas elecciones o la dispensa respectiva, para la realización de actos que requieran de su presentación.

  4. Mediante la Resolución Nº 461-2017-JNE, de fecha 24 de octubre de 2017, se aprobó el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, que regula las causales y procedimiento para el trámite de justificación a la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio y la dispensa por omisión al sufragio, documento normativo cuya actualización resulta necesaria en virtud de lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley Nº 31038, Ley que establece normas transitorias en la legislación electoral para las Elecciones Generales 2021, en el marco de la Emergencia Nacional Sanitaria ocasionada por la COVID-19.

    Asimismo, resulta necesario fortalecer los mecanismos virtuales para la gestión de solicitudes de dispensa y/o justificación que aseguren la adecuada accesibilidad del servicio dentro del contexto del Estado de Emergencia Sanitaria, coadyuvando a garantizar la seguridad y salud de los ciudadanos.

  5. En vista de ello, este órgano colegiado estima necesario actualizar las disposiciones para el otorgamiento de dispensa por omisión al sufragio y justificación por inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio, con la aprobación de un nuevo Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral.

    Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

    RESUELVE

Artículo Primero APROBAR el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, que consta de veintisiete artículos, ocho Disposiciones Finales y un anexo, cuyo texto es parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 461-2017-JNE, de fecha 24 de octubre de 2017.
Artículo Tercero DISPONER la publicación de la presente resolución, el reglamento que aprueba y su anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Artículo Cuarto REMITIR la presente resolución a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y los fines que se estime pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO

ARCE CÓRDOVA

CHÁVARRY CORREA

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Concha Moscoso

Secretaria General

REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN Y DISPENSA ELECTORAL

ÍNDICE

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 27
CAPÍTULO I Artículos 1 a 4

MARCO LEGAL

Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Base Normativa
Artículo 3 Alcance
Artículo 4 Responsabilidad
CAPÍTULO II Artículos 5 y 6

ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

Artículo 5 Abreviaturas
Artículo 6 Definiciones
CAPÍTULO III Artículos 7 a 9

CONSIDERACIONES GENERALES

Artículo 7 Solicitud de justificación y/o dispensa
Artículo 8 Oportunidad para presentar la solicitud de justificación y/o dispensa
Artículo 9 Causales de justificación y/o dispensa
TÍTULO II Artículos 10 a 18

JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

CAPÍTULO I Artículos 10 y 11

JUSTIFICACIÓN A LA INSTALACIÓN DE LA MESA DE SUFRAGIO

Artículo 10 Presentación de la solicitud de justificación
Artículo 11 Requisitos
CAPÍTULO II Artículo 12

DISPENSA POR OMISIÓN AL SUFRAGIO

Artículo 12 Requisitos
CAPÍTULO III Artículo 13

JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA SOLICITADAS POR CIUDADANOS PERUANOS EN EL EXTRANJERO

Artículo 13 Justificación y/o dispensa para ciudadanos peruanos en el extranjero
CAPÍTULO IV Artículos 14 a 17

JUSTIFICACIÓN Y/O

DISPENSA SOLICITADAS POR ENTIDADES

Artículo 14 Justificación y/o Dispensa para miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y personal del INPE
Artículo 15 Justificación y/o Dispensa para el personal de los organismos del sistema electoral y las instituciones públicas involucradas con el desarrollo de la jornada electoral
Artículo 16 Justificación y/o Dispensa para los internos de establecimientos penitenciarios
Artículo 17 Oportunidad y gratuidad del trámite
CAPÍTULO V Artículo 18

PLAZOS PARA RESOLVER SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

Artículo 18 Plazo para resolver
TÍTULO III Artículos 19 a 26

IMPROCEDENCIA, RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y EFECTOS

CAPÍTULO I Artículo 19

IMPROCEDENCIA DE OTORGAMIENTO DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

Artículo 19 Improcedencia
CAPÍTULO II Artículos 20 a 23

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 20 Requisitos para la presentación del recurso administrativo
Artículo 21 Recurso de Reconsideración
Artículo 22 Recurso de Apelación
Artículo 23 Desistimiento
CAPÍTULO III Artículos 24 a 26

EFECTOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

EXPEDIDOS POR EL JURADO NACIONAL

DE ELECCIONES

Artículo 24 Pronunciamiento definitivo
Artículo 25 Consecuencia de la improcedencia
Artículo 26 Actualización de Registros
TÍTULO IV Artículo 27

CUSTODIA Y CONSERVACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

Artículo 27 Custodia y Conservación
DISPOSICIONES FINALES

El presente reglamento cuenta con ocho (8) disposiciones finales.

ANEXO

Anexo Nº 1: Relación de personal por omisión al sufragio y/o inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio.

REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN Y DISPENSA ELECTORAL

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 27
CAPÍTULO I Artículos 1 a 4

MARCO LEGAL

Artículo 1 Objeto

1.1. Determinar las causales y el procedimiento para el otorgamiento de la justificación de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio.

1.2. Determinar las causales y el procedimiento para el otorgamiento de dispensa por omisión al sufragio.

Artículo 2 Base Normativa

2.1. Constitución Política del Perú

2.2. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y sus modificatorias

2.3. Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, y sus modificatorias

2.4. Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

2.5. Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

2.6. Ley Nº 31038, Ley que establece normas transitorias en la legislación electoral para las Elecciones Generales 2021, en el marco de la Emergencia Nacional Sanitaria ocasionada por la COVID-19

2.7. Texto Único...

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