DECRETO SUPREMO, N° 021-2020-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 039-2016-EM-DECRETO SUPREMO-N° 021-2020-EM

Fecha de disposición18 Agosto 2020
Fecha de publicación18 Agosto 2020

Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2016-EM

DECRETO SUPREMO

Nº 021-2020-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, se dispuso la creación del Fondo de Contingencia para la Remediación Ambiental para el financiamiento de las acciones de remediación ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos, que impliquen riesgos a la salud y al ambiente y ameriten una atención prioritaria y excepcional del Estado;

Que, a través de Decreto Supremo Nº 039-2016-EM se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental;

Que, la mencionada norma hace referencia al Fondo Nacional del Ambiente (en adelante, FONAM), creado por Ley Nº 26793, Ley de creación del Fondo Nacional del Ambiente, como entidad encargada de administrar los recursos del Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental;

Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 022-2020, Decreto de Urgencia para el fortalecimiento de la identificación y gestión de pasivos ambientales, dispuso que FONAM se fusione, bajo la modalidad de fusión por absorción, al PROFONANPE, creado por el artículo 2 del Decreto Ley Nº 26154, que crea el Fondo Nacional para Áreas Naturales protegidas por el Estado – FONANPE y asimismo, establece que toda referencia hecha al FONAM o a las atribuciones que éste venía ejerciendo en sus funciones se entiende como efectuada al PROFONANPE;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2018-EM se modificó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, incorporando en su estructura orgánica a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos como órgano de línea dependiente del Despacho Viceministerial de Hidrocarburos y encargado de implementar acciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades del Subsector Hidrocarburos, en concordancia con las Políticas Nacionales Sectoriales y la Política Nacional del Ambiente;

Que, mediante Informe Nº 083-2020-MINEM/DGAAH-DGAH la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas sustenta la necesidad de modificar algunos artículos del Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2016-EM, a fin de optimizar y agilizar el procedimiento para la remediación ambiental de los sitios impactados;

Que, estando a lo señalado corresponde emitir el Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2016-EM;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental; la Ley Nº 27658, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia Nº 022-2020, Decreto de Urgencia para el fortalecimiento de la identificación y gestión de pasivos ambientales; el Decreto Supremo Nº 039-2016-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias;

DECRETA:

Artículo 1 Modificación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental

Modifíquese los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento de la Ley Nº 30321, Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2016-EM, en los términos siguientes:

Artículo 3.- Definiciones

(...)

Autoridad sectorial competente.- Es la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas – MINEM.

Empresa Consultora.- Es la persona jurídica contratada por PROFONANPE, encargada de la elaboración del Plan de Rehabilitación.

Empresa Remediadora.- Es la persona jurídica contratada por PROFONANPE, encargada de la ejecución del Plan de Rehabilitación.

(...)

Informes de Liquidación.- Son los informes emitidos por PROFONANPE al OEFA que contienen la rendición de cuentas de los recursos empleados para la remediación de los sitios impactados y, de acuerdo a la oportunidad en la que se emiten, desarrollan los siguientes aspectos: (i) costos de acompañamiento y elaboración del Plan de Rehabilitación, (ii) costos de evaluación del Plan de Rehabilitación; y, (iii) costos de la ejecución de la remediación.

(...)

.

Artículo 4.- Junta de Administración

La Junta de Administración es el órgano de decisión para la ejecución de los recursos del Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental, de acuerdo a los procedimientos establecidos por PROFONANPE y la Ley Nº 26793, Ley de Creación del Fondo Nacional del Ambiente. La Junta de Administración se conformará por un máximo de nueve (9) integrantes que incluye:

(...)

La Secretaría Técnica Administrativa y Financiera de la Junta de Administración es ejercida por PROFONANPE, quien lleva las actas y acuerdos de las sesiones ordinarias y extraordinarias

.

(...)”.

Artículo 5.- Funciones de la Junta de Administración

(...)

e) Solicitar a PROFONANPE que inicie las gestiones necesarias para la elaboración y presentación ante la Autoridad sectorial competente de un Plan de Rehabilitación.

(...)

h) Aprobar los Términos de Referencia para la contratación de la Empresa Consultora y de la Empresa Remediadora, y hacer seguimiento de los avances del proceso de remediación a través de los Informes que presente PROFONANPE.

i) Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines.

.

Artículo 6.- Facultades y obligaciones de los integrantes de la Junta de Administración

a) Asistir a las sesiones a las que sean convocados. En caso de inasistencia, se sustentan los motivos de manera formal, mediante medio escrito o correo electrónico presentado ante PROFONANPE con anterioridad a la fecha de la realización de la sesión.

(...)

.

Artículo 7.- Sesiones y quórum

(...)

a) Las sesiones se convocan por PROFONANPE, en la fecha y hora señaladas por la Junta de Administración. Asimismo, PROFONANPE brinda las facilidades para la realización de las sesiones.

(...)

.

Artículo 8.- Funciones de la Autoridad sectorial competente

En el marco de la Ley y el presente Reglamento, corresponde a la Autoridad sectorial competente velar por la adecuada remediación de sitios impactados a cargo del Estado, desarrollando las siguientes funciones:

a) Realizar acciones de acompañamiento a la Empresa Consultora durante la elaboración del Plan de Rehabilitación, en aquellos casos en que la remediación ambiental se encuentre a cargo del Estado y de manera facultativa en los casos de Planes de Rehabilitación a cargo de una Empresa Responsable.

b) Evaluar y, en caso corresponda, aprobar el Plan de Rehabilitación.

c) Realizar acciones de acompañamiento a la Empresa Remediadora durante la ejecución del Plan de Rehabilitación, en aquellos casos en que la remediación ambiental se encuentre a cargo del Estado.

d) Emitir opinión técnica sobre los Términos de Referencia para la contratación de la Empresa Consultora y la Empresa Remediadora de acuerdo a los Contenidos de los Planes de Rehabilitación.

e) Otorgar la conformidad técnica a los entregables a cargo de la Empresa Consultora y Empresa Remediadora que sirva de base para la emisión de las conformidades de pago que emita PROFONANPE.

f) Emitir la conformidad al expediente técnico de ingeniería de detalle para la ejecución de la remediación aprobada en el Plan de Rehabilitación.

g) Tramitar la obtención de los permisos y otras autorizaciones que sean...

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