DECRETO SUPREMO, N° 013-2020-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Decreto Supremo que modifica el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 004-2020-TR-DECRETO SUPREMO-N° 013-2020-TR

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2020

Decreto Supremo que modifica el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 004-2020-TR

DECRETO SUPREMO

Nº 013-2020-TR

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y sus modificatorias, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo, y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, para, entre otros, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las materias de promoción del empleo, formación profesional y capacitación para el trabajo, y certificación de competencias laborales;

Que, mediante la Cuadragésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2019, se dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debe efectuar la reestructuración de sus programas y aprobarla mediante Decreto Supremo;

Que, por Decreto Supremo Nº 004-2020-TR, Decreto Supremo que aprueba la reestructuración del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” y declara la extinción del Programa “Perú Responsable”, entre otros, se aprueba la reestructuración del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, estableciéndose como objetivo de dicho Programa, generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, otorgando a cambio un incentivo económico;

Que, el artículo 6 del precitado decreto supremo, dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo apruebe la modificación del Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en un plazo que no exceda del 29 de mayo del 2020, y a partir de esta modificación, le corresponde al programa adecuar sus instrumentos de gestión necesarios y pertinentes, en un plazo que no exceda del 30 de octubre de 2020;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, precisado por los Decretos...

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